Bienvenido, Invitado. Por favor Entra o Regístrate
Volver a página principal de BMWMOTOS.COM
 
  ÍndiceAyudaBuscarEntrarRegistrarse  
 
Páginas: 1 2 
Enviar Imprimir
Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +... (Leído 1183 veces)
Escalera R-GS
Ex-miembro


Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +...
03. Dic 2006 a las 15:03
 

   pues eso, os transmito el mensaje que la Mutua ha enviado a todos los socios acerca de la Manifestación del día 6 contra los guardarrailes, una vez mas en mi tierra somos distintos al resto de las comunidades, aquí seguimos sumidos en no se que clase de autoritarismo (dígase "por mis w....os")...


El pasado día 30 de noviembre, la Delegación del Gobierno en Galicia nos hizo un comunicado por fax que viene a intentar prohibir de forma ilegal nuestra manifestación por la vida en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Aunque el texto original os lo reproduzco a continuación de esta introducción y lo podréis leer con vuestros propios ojos, lo que viene a decir este comunicado de la Delegación del Gobierno es que “dado que el derecho de manifestación es un derecho reconocido a las personas, y como quiera que una vez que nos montamos en moto dejamos de detentar la condición de persona, perdemos dicho derecho y por lo tanto entiende que el escrito que le presentamos en su día informando de que nos íbamos a manifestar de conformidad con el art. 8 de la Ley que regula el derecho de Reunión, lo da por no presentado y en consecuencia, la Administración no nos puede denegar el ejercicio de un derecho que no tenemos, por lo que su escrito no supone tal denegación, y en consecuencia ni nos podemos manifestar ni podemos recurrir dicho escrito a los Tribunales, por lo que si intentamos nuestro acto de protesta enviarán a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a disolvernos.”

Como veis, parte de una premisa falsa, ofensiva y absurda para seguir un razonamiento absurdo que les permita llegar ilegalmente a la conclusión que quieren llegar, PROHIBIR SIN TENER FACULTAD PARA HACERLO. Lo que en definitiva constituye un claro ataque al Estado de Derecho.

Lo que sucede en realidad es que a la Administración en Galicia se le ha pasado el plazo para poder denegarnos nuestra manifestación, a parte de no tener razones legales para tal denegación, y ahora pretenden mediante un fraude de ley prohibir de hecho el ejercicio de nuestro derecho constitucional de reunión y manifestación, haciéndolo además mediante una premisa falsa y despreciativa hacia nuestro colectivo, como es el hecho de entender que desde que nos montamos en la moto dejamos de detentar los derechos que la Constitución Española reconoce a todos los ciudadanos. Este acto del Gobierno implica no solo una vulneración del derecho fundamental de reunión, sino que además pretende dejarnos en la más absoluta indefensión al hacerlo de tal forma que intenta que no podamos recurrir a los Tribunales de Justicia, lo que en definitiva implica una clara vulneración de nuestro derecho fundamental a la Tutela Judicial Efectiva.

  Por supuesto hemos presentado escrito de alegaciones al propio Delegado del Gobierno en Galicia, así como Recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia por vulneración de derechos fundamentales. Tanto las alegaciones como el recurso se presentaron el mismo día 1 de diciembre, (al día siguiente de la recepción del escrito del Gobierno).

  Hemos de aclarar que esta desafortunada situación tan solo afecta a la Comunidad de Galicia, y que en el resto de España no hemos encontrado ninguna dificultad grave para manifestarnos por parte de las Administraciones públicas, por lo que la convocatoria a nivel estatal continúa su marcha sin incidencias.

En cuanto a la convocatoria en Galicia, por ahora se mantiene en los mismos términos que desde el principio, pues estamos a la espera de la resolución por parte del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Si éste no resolviera a tiempo, nos veríamos obligados a suspender nuestro acto de protesta en Galicia, y se estudiarán nuevas e importantes medidas a adoptar en la Comunidad de Galicia.

Os reproduzco a continuación tanto el penoso escrito del Gobierno en Galicia como nuestro recurso ante el TSJG.

Un saludo

  Fdo: el "presi" de la AMM.



   por dos días me pilla fuera de casa, porque si no aunque se cayeran granizos del tamaño de pelotas de golf el menda se iba a Coruña a fundir la bocina de la Gs Enojado Enojado

   Un saludo a todos
Subir al inicio
 
 
IP Registrada
 
CHARLYE39
Cortando encendido
*****
Desconectado


el acelerador furrula
en dos direcciones

Mensajes: 19789
la virgen del camino(leon)
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #1 - 03. Dic 2006 a las 15:16
 
¿y el escrito?V,s
Subir al inicio
 

La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
CHARLYE39  
IP Registrada
 
Escalera R-GS
Ex-miembro


Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #2 - 03. Dic 2006 a las 15:33
 
CHARLYE39 dijo 03. Dic 2006 a las 15:16:
¿y el escrito?V,s



  no lo quería poner porque es un tocho de c.....s, pero ahí va:


AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

  A CORUÑA

        D. Juan Lage Fernández Cervera, procurador de los Tribunales en A Coruña, actuando en nombre de la Asociación Mutua Motera representada a su vez en la persona de su presidente D. Juan Manuel Reyes Martínez, con D.N.I. nº 24.220.810-Q, , con domicilio social sito en la calle Recogidas, nº 39, 3º Izquierda de Granada, e inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior con el número 169454, actuando en representación de dicha Asociación, ante esa Delegación del Gobierno y DIGO:

            Que por medio del presente vengo a formular Recurso Contencioso Administrativo contra la resolución dictada por el Delegado del Gobierno en Galicia el día 30 de noviembre notificada por fax a la entidad que represento el mismo día 30 (se adjunta copia de dicho escrito como documento nº 1), por entender que la resolución impugnada implica una VULNERACIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE REUNIÓN Y MANIFESTACIÓN del artículo 21 de la Constitución Española, así como el DERECHO FUNDAMENTAL A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA recogido en el artículo 24 de la Carta Magna.

             Se sustancia el presente por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL URGENTE regulado en el artículo 122 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

            Que el presente recurso se basa en los siguientes HECHOS

  PRIMERO: Que de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de Julio, reguladora del Derecho de Reunión, el pasado día 23 de noviembre presentamos en la Subdelegación del Gobierno de Granada escrito dirigido al Ministerio del Interior (se adjunta copia de dicho escrito como documento nº 2) por el que se comunicaba que el próximo miércoles día 6 de diciembre, primer día del puente de la Constitución, la Asociación que represento, junto con numerosos motoclubes, y organizaciones del colectivo motorista de España realizaremos una manifestación en varias autovías y carreteras españolas entre las que se encontraban la A6 tanto en su tramo de salida de Madrid como en sus tramos entre Lugo, Orense y La Coruña.

   Que ni dentro del plazo de 72 horas que recoge el artículo 10 de la citada LO 9/1983, ni en los días siguientes hasta el presente, hemos recibido resolución denegatoria alguna por parte del Ministerio del Interior ni de ninguna otra Administración competente en la materia en relación con dicho escrito, luego a sensu contrario y de conformidad con dicha Ley Orgánica entendemos que no hay problema alguno para celebrar dicha manifestación.

  SEGUNDO: Que el pasado día 24 de noviembre presentamos en la Subdelegación del Gobierno de Pontevedra escrito dirigido a la Delegación del Gobierno de Galicia por el que se hacía igual comunicación en relación con los recorridos que se procederían a realizar dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia, siendo este un escrito adicional y aclarativo del primero presentado el día 23, con el fin de informar a las Autoridades de la Comunidad. ( Se adjunta copia de dicho escrito como documento nº 3)

  Que en el día de hoy, 30 de noviembre, hemos recibido fax de la Delegación del Gobierno a la que nos dirigimos (documento nº 1) por el que se hace referencia a que el escrito presentado el día 24 tuvo entrada en la Delegación del Gobierno de Galicia el día 29, y se nos viene a decir que el derecho de reunión y manifestación recogido en la LO 9/1983 “no prevé la modalidad de manifestación motorizada y que por tanto entiende por no presentado el escrito informativo que prevé el artículo 8 de la citada Ley, al entender que no se está ejerciendo el derecho de manifestación y reunión regulado en la mencionada norma”.

  Igualmente se dice que “al no tener por presentada la información a la que alude el artículo 8 de la norma, el escrito que se nos notifica por fax no tiene el carácter de contestación denegatoria del artículo 10 de la Ley Orgánica.”

  Para terminar se nos dice en el último párrafo del escrito que dicho documento no es más que una “advertencia o recordatorio” de que no se puede ocupar la vía pública “simulando ejercer derecho alguno” y se nos “advierte que los agentes de la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tomarán las medidas que consideren pertinentes para asegurar la correcta circulación por todas las vías públicas”.

         En relación con estos hecho hemos de formular las siguientes ALEGACIONES Y
CONSIDERACIONES JURÍDICAS

           PRIMERA: El escrito que la Asociación que represento interpuso dirigido a la Delegación del Gobierno de Galicia, fue presentado el día 24 de noviembre, no el 29 (ver sello entrada del documento 3). El hecho de que la Subdelegación del Gobierno de Pontevedra tarde 5 días en enviar dicho escrito a la Delegación del Gobierno de Galicia no puede originar perjuicios al ciudadano que ha presentado el escrito en el lugar y fecha marcados por la ley. Luego la fecha en que tuvo entrada dicho escrito en la Delegación del Gobierno de Galicia carece de relevancia jurídica alguna, y mucho menos lo que se pretende por ese Organismos que, a todas luces es perjudicial y restrictivo de derechos para los administrados, lo que contraviene claramente la abundante y pacífica doctrina y jurisprudencia de la totalidad de los Tribunales encargados del ordenamiento Contencioso-Administrabivo que, por su aceptación general, y sobrado conocimiento por parte de la Administración gubernativa, debe también saber dicha Administración las consecuencias de dictar una resolución injusta, a sabiendas de que lo es.

            De conformidad con esto, lo que debe contar a efectos legales es la fecha del 23 de noviembre (fecha en que se presenta el primer escrito dirigido al Ministerio del Interior), y la del 24 del mismo mes en relación con el escrito informativo que se presenta a la Delegación del Gobierno de Galicia.

           Quiere ello decir que la obligación de contestar denegatoriamente de la Administración en caso de que fuera procedente dicha denegación, caducó el día 26 en el primer caso, y el 27 en el segundo. Transcurridas dichas fechas no procede denegar la manifestación en cuestión, ni siguiera con la argucia legal de disfrazar dicha contestación denegatoria de mero “escrito informativo” 4 días más tarde de que transcurriera el plazo legalmente establecido.

           SEGUNDO: Efectivamente ni el artículo 1.2 ni el 4.1, recogen la modalidad de manifestación motorizada, al igual que tampoco recoge la modalidad de manifestación con acompañamiento de animal de compañía, ni la de manifestación conjunta con ganado ovino, bovino o porcino, o la de manifestación con las manos pintadas de blanco, entre otras cosas porque ninguno de dichos artículos recoge modalidad alguna en cuanto al ejercicio del derecho de manifestación de los ciudadanos.

  Lo que recoge el artículo 1.2 de la L.O. 9/83, es la definición de reunión, concretamente dice: “A los efectos de la presente Ley, se entiende por reunión la concurrencia concertada y temporal de más de 20 personas, con finalidad determinada.”
  Y efectivamente lo que vamos a hacer los moteros es concurrir concertada y temporalmente en número superior a 20 en una vía pública con la finalidad de protestar por el menosprecio de la Administración hacia la vida de más de 4 millones de personas que integramos el colectivo motorista en España.
  Como se puede comprobar de la dicción literal de dicho artículo, ni se definen distintos tipos de manifestación, ni se plantean modalidades o elementos accesorios que impliquen la exclusión de modalidad alguna de concurrencia concertada y temporal de la definición de reunión.
  El artículo 1.3 define como ilegales exclusivamente las manifestaciones que así vengan determinadas por el Código Penal, norma que como bien sabe la Delegación del Gobierno ha de interpretarse de forma restrictiva al ser de carácter sancionador, y que en cualquier caso, en ninguno de sus artículos viene regulada la manifestación en moto como ilegal.
   Por su parte el artículo 4.1 que se alega de contrario dice “1. Las reuniones, sometidas a la presente Ley, sólo podrán ser promovidas y convocadas por personas que se hallen en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.”
  Nada regula dicho artículo en cuanto a las supuestas modalidades de manifestación que refieren. Tan solo marca como requisito de legitimidad para convocar una manifestación, el ser una persona en pleno ejercicio de sus derechos civiles, como es el caso de la Asociación que represento, al tratarse de una entidad con personalidad jurídica sin limitación alguna en cuanto a derechos se refiere.
  Tan solo el artículo 5 refiere el tipo de manifestaciones que podrán ser suspendidas y disueltas, y las concreta de la forma siguiente:

“La autoridad gubernativa suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones en los siguientes supuestos:

a) Cuando se consideren ilícitas de conformidad con las Leyes penales.

b) Cuando se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes.

c) Cuando se hiciere uso de uniformes paramilitares por los asistentes.

Tales resoluciones se comunicarán previamente a los concurrentes en la forma legalmente prevista.”

Es evidente que no estamos en ninguno de los tres supuestos del artículo 5, por lo que no procede la denegación.
  Hemos de concluir por tanto que no existiendo modalidades del ejercicio de manifestación, no se puede limitar el mismo por el hecho de que unos ciudadanos decidan ejercer dicho derecho en moto, en bicicleta, en patinete o en burro.
  Si fuera así, no se habría permitido ninguna de las 5 manifestaciones que los motoristas hemos realizado en los últimos 4 años, concretamente la del pasado 4 de noviembre de este año en Madrid, donde más de 4.000 motoristas nos manifestamos en el Paseo de la Castellana EN MOTO. También se tendrían que haber prohibido las manifestaciones de los agricultores que lo han hecho en tractor, la de los ciclistas en bici, o la de los ganaderos que han sido acompañados de sus animales, y ello a pesar de que en la LO 9/83 no viene recogido el derecho de los animales a manifestarse con sus dueños.
   He de aclarar por último en este punto, aunque la verdad es penoso que tenga que hacerlo, que los que nos manifestaremos el próximo día 6, SOMOS PERSONAS, “a pesar de ir en moto y de ser motoristas” cosa que la Delegación parece no reconocer. El hecho de conducir un vehículo determinado no nos priva de la condición de ser persona, y por tanto no nos puede privar del derecho de manifestación constitucionalmente recogido. Luego estamos dentro de la definición del artículo 1.2 de la LO 9/83, lo que estamos planteando es una manifestación, y en consecuencia, constitucional y legalmente tenemos derecho a celebrarla.

            TERCERO: Entendemos que somos nosotros, como personas que somos, aunque haya quien dude de tal consideración, los únicos que podemos definir si lo que queremos hacer es una manifestación o algún otro tipo de reunión, y no es la Administración Gubernativa quien tenga la potestad de definir el tipo de reunión que vamos a celebrar, y menos para rebajar su calificación a la categoría de “marcha en moto”. Luego entendemos que legalmente hablando la Delegación del Gobierno no es quien para tener por no presentado el escrito a que hacen referencia los artículos 8 y 9.1 de la Ley Org. 9/83.

           Pretender limitar el derecho de reunión o manifestación por el hecho de ir en moto al ser un derecho reconocido a las personas, es algo así como entender que quien se está manifestando son las motos y no sus usuarios, y claro, las motos, al igual que las ovejas de los ganaderos, a día de hoy, no tienen reconocido el derecho de manifestación, sin embargo, dado que a los ganaderos se les permite ir con sus ovejas, no se por qué a nosotros no se nos permite ir con nuestras motos.

          En cualquier caso si esto fuera de verdad un impedimento legal, tendría solución, pues sería tan fácil como dejar las motos aparcadas y entrar en las autovías andando a manifestarnos, modalidad que está perfectamente permitida, pues el Título IV de la Ley hace referencia a las reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público, y el artículo 9.1 tan solo pone la limitación de que, en caso de que la manifestación se desarrollen en vías públicas, se deberá informar a la Administración del Itinerario a seguir, cosa que hemos hecho.

            En ambos casos se habla de lugares de tránsito público y de vías públicas, definiciones ambas dentro de las cuales se encuentran las carreteras, autovías y autopistas objeto de nuestra manifestación. Y tampoco se ponen límites en cuanto a la fecha a elegir, por lo que entendemos que no hay impedimento legal alguno a que nos manifestemos el día 6 de diciembre.

          Aun teniendo el derecho a entrar a pie en una autovía, entendemos sin embargo que usar este tipo de vía para manifestarnos a pie, genera mucho más perjuicio a los ciudadanos que hacerlo en motocicleta a velocidades legales, pero si el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno de Galicia entiende que es preferible la manifestación a pie por la A6, no tendremos inconveniente alguno en modificar “la modalidad” de manifestación de “en moto” a “a pié”, pero siempre en el itinerario que hemos notificado.

            CUARTO: Que no es cierto que pretendamos “impedir al resto de ciudadanos circular” por las carreteras afectadas.

           Como se explica en los escritos presentados lo que se va a hacer es circular en grupo a la velocidad mínima legalmente permitida en la vía donde circularemos, luego en el peor de los casos, lo que se producirá será una ralentización del tráfico rodado, pero nunca un impedimento del mismo.

          Igualmente se aclara que se circulará en todo momento respetando la normativa de circulación, luego insisto, nunca se impedirá la circulación de vehículos.

        QUINTO: Parece olvidar el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en Galicia, que el derecho de reunión y manifestación es un derecho recogido dentro del Título I, Capítulo Segundo, Sección 1ª de la Constitución Española, y que por tanto se trata de un Derecho Fundamental de los ciudadanos, regulado concretamente en el artículo 21 de la Carta Magna.

     Ni la Constitución, ni la L.O. 9/83 regulan limitación alguna al ejercicio de dicho derecho, más que las expresamente tasadas por dicha norma y por el Código Penal.

     A más abundamiento, en contraposición a las normas sancionadoras, que deben ser objeto de una interpretación restrictiva de su aplicación, las normas que regulan los derechos fundamentales han de ser interpretados en un sentido amplio, con el fin de evitar cualquier posible vulneración de los mismos por pequeña que ésta sea, principio que omite la Administración Gubernativa en cuestión.

     Consideramos que el escrito notificado a la Asociación que represento por parte de la Delegación del Gobierno de Galicia, constituye claramente un intento de limitación del derecho de manifestación, utilizando para tal fin una estrategia que entendemos puede constituir incluso un fraude de ley.

   Decimos esto porque se utiliza la argucia legal de, partiendo de la premisa falsa de que “al ir en moto no tenemos derecho de manifestación, procede a “no dar por presentado” el escrito de información recogido en los artículos 8 y 9.1 de la Ley Orgánica, para así poder evitar la calificación del escrito del Gobierno como “contestación denegatoria” del artículo 10, y de esta forma intentar evitar el derecho de recurso que nos ampara en el artículo 11 de la citada L.O., y todo ello para que con el “disfraz” de escrito “informativo recordatorio”, “advertirnos” de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tomarán cartas en el asunto. Y todo ello se hace además fuera del plazo de 72 horas legalmente establecido en el artículo 10 de la L.O. 9/83., o a lo mejor, precisamente porque se le ha pasado dicho plazo. Lo que además implica una clara vulneración de la OBLIGACIÓN DE RESOLVER que, con carácter imperativo, impone el artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común, a la TOTALIDAD de las Administraciones Públicas españolas.
    Se pretende en definitiva impedir ilegítimamente el ejercicio de nuestro derecho de manifestación, sin permitirnos defensa alguna, bajo la amenaza de intervención de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Lo que además puede estar vulnerando nuestro derecho fundamental a la Tutela Judicial Efectiva regulado en el artículo 24 de la Constitución, pues se nos pretende dejar en una situación de indefensión al impedir de esta forma nuestro derecho de recurrir a los Tribunales.
      Todo ello implica además un incumplimiento patente de la obligación que tiene la Autoridad Gubernativa de proteger las reuniones y manifestaciones frente a quienes trataren de impedir, perturbar o menoscabar el lícito ejercicio de este derecho.


           En su virtud:


           Solicito a la Sala:Que teniendo por presentado el presente escrito, lo admita, y teniendo por presentado en tiempo y forma Recurso Contencioso Administrativo contra la resolución descrita en el encabezamiento de este escrito, previa sustanciación por vía del procedimiento especial de urgencia del artículo 122 de la L.J.C.A., proceda a dictar sentencia por la que se determine que en los escritos presentados los días 23 y 24 de noviembre ante la Subdelegación del Gobierno de Granada y Pontevedra respectivamente se informa de la convocatoria de una manifestación por parte de la Asociación Mutua Motera de conformidad con los artículos 8 y 9 de la Ley Orgánica 9/1983, revoque la denegación implícita que supone el escrito de la Delegación del Gobierno en Galicia, fechado en A Coruña el 30 de noviembre de 2006, ordene al Gobierno de España a través de la Delegación del Gobierno en Galicia a garantizar el ejercicio del derecho de manifestación del colectivo que represento de conformidad con lo marcado por el artículo 3.1 de la citada Ley Orgánica y del artículo 21 de la Constitución Española y en definitiva declare el legítimo derecho del colectivo motorista representado por la Asociación Mutua Motera como convocante de la manifestación, a celebrar la manifestación del día 6 de diciembre de 2006 en los términos en que ha sido informados mediante los escritos presentados en su día .



           Por ser de justicia que pido en Granada a 1 de diciembre de 2006

            Miguel Ángel Jáimez Díaz

           Col 2969

           Abogado



   Un saludo  Sonrisa


   





Subir al inicio
 
 
IP Registrada
 
Gabrielr
Cortando encendido
*****
Desconectado


Antes G ramon, ahora Gabriel
r

Mensajes: 1025
Jaén
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #3 - 03. Dic 2006 a las 15:50
 
¿manifestación motorizada?

¿no está prevista en la ley una manifestación motorizada y por tanto no se puede aprobar?

Ah, entonces ha sido un sueño, yo nunca he visto manifestarse a los taxistas por la muerte de un compañero, por la competencia desleal y mil cosas mas.

Tampoco he visto manifestarse a cientos de personas subidas a un tractor (a motor) por las negociaciones sobre el precio de cualquier producto agrícola.

¿Caminoneros en huelga colapsando la frontera? JAMAAAASSSSSS

Los pescadores en sus barcos (con motor, diesel pero motor) no han cortado nunca la entrada a los puertos gallegos, JAMAAASSSS

Pues deben tener razón, seguramente estamos equivocados.

Me gustaría que alguien de la AMM me lea y se interese por preparar una bonita procesión de semana santa o en un puente en que podamos acudir los moteros de toda España a enseñarles a esos sujetos que sobre el asiento van una o dos personas. TODOS A GALICIA, de todos los rincones de España, traslademos allí un nuevo Pingüinos que incluya un paseo por las sedes del gobierno gallego, a ver si pueden cargar contra todos.

Saludos.
Subir al inicio
 

La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
 
IP Registrada
 
Carlos203
Cortando encendido
*****
Desconectado


R-1200-GS Adventure

Mensajes: 3527
Zaragoza
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #4 - 03. Dic 2006 a las 16:56
 
Enojado Enojado Enojado

Siempre podeis ir por libre a circular tranquilamente al minimo de velocidad exigida por la normativa de tráfico. Por libre 400 moteros sin que haya una persona física o jurídica que convoque esa reunión, que para eso vienen muy bién los SMS (... pásalo) e internet.  Ojos

No os quiteis el casco ni las protecciones por si a la policía le da por enfrentarse a vosotros, que no creo. Aunque iguál aplican a la indumentaria motera el rango de " vestimenta paramilitar", que está prohibida.  Mueca

Suerte.  Guiño
Subir al inicio
 

"Hay tres tipos de personas: Los que saben contar y los que no". Homer Simpson.
 
IP Registrada
 
o motarra
En rodaje
*
Desconectado


M-30

Mensajes: 34
Ribadeo - Leganés
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #5 - 03. Dic 2006 a las 18:50
 
Si estuviera por Galicia , iria.
Seria interesante que algun colectivo diese apoyo juridico.
Si hay tractoradas
La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
Hay motarradas
La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
De modo que a ver si van frenando
La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
Si pasan de poner camiseta solo pueden pararte a pedir la documentación , dado que solo tienen en comun que se da la casualidad que estan todos a la vez en la carretera, circulando legalmente, ¿no?

Mueca
Subir al inicio
 

____________________________&&La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse&&La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
WWW o motarra  
IP Registrada
 
marcos
Moderador Global
*****
Desconectado


K 1200 LT, la patera  
       

Mensajes: 16970
Vilanova i la Geltrú, BCN
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #6 - 03. Dic 2006 a las 19:12
 
bueno, tambien se puede hacer una manifestacion sin motos y en vez de ir a 65 km./h ir al paso de una persona, si asi lo prefiere el delegado de gobierno, hombre, supongo que les colapsareis mas la carretera y para la proxima se piensa lo de prohibirlo.

otra es en vez de hacer una macromanifestacion, saliren grupos de unas 20 motos, cual salida dominguera de un grupo de amigos (que previamente se han reunido en algun lugar sin moto y se han organizado para salir en moto en grupos reducidos como digo y a la velocidad prevista de 65 km./h) y asi con muchos grupos de unas 20 motos a esa velocidad y en vez de ralentizar la salida de vehiculos una sola vez lo ralentizais a lo largo de toda la mañana, si por tocar los cojones ......ideas que no falten, mira que no me gustaba la idea de no molestar a los demas conductores y cuando veo estos abusos de poder me entran ganas de ir  Guiño

por cierto, curioso que dejemos de ser personas en cuanto subimos en moto, veras como para cuando lleguen las elecciones volveis a ser personas aunque subais en moto
Subir al inicio
« Última modificación: 03. Dic 2006 a las 19:17 por marcos »  

La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
 
IP Registrada
 
diayu
Cortando encendido
*****
Desconectado


DIAYU GS1150Adventure
- R65GS - R90 S

Mensajes: 6252
Granada
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #7 - 03. Dic 2006 a las 19:32
 
¡¡¡INCREIBLE!!! Chocado Chocado Chocado Chocado

Bueno, ideas ya han planteado los compañeros...

Como ha apuntado uno, id bien equipados con el mono o la cordura y todas sus protecciones por si la cosa se pone fea... Mueca Mueca

La idea de Marcos no es mala, KDD en un gran descampado, e id saliendo de 20 en 20 motos, como dice, circulando a velocidad legal, lo más que pueden hacer es pediros la documentación, eso sí, ni se os ocurra olvidárosla en casa Molón

Buena suerte Guiño
Subir al inicio
 

DIOS APRIETA PERO NO  AHOGGGGG, AGGGG!!!
 
IP Registrada
 
Gali
Ex-miembro


Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #8 - 03. Dic 2006 a las 23:03
 
Ni caso, yo seguiria con el tema y punto.

Ese señor? Que señor?  Ojos

Mirare bien la fecha y simpuedo allí estare aunque la prohiban Sonrisa
Subir al inicio
 
 
IP Registrada
 
Conoman
A tope
****
Desconectado


"La maquina no tiene cerebro.¡Utiliza
el tuyo"!

Mensajes: 804
Benicarló (Castellon)
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #9 - 03. Dic 2006 a las 23:12
 
Me parece LAMENTABLE y desvergonzado el argumento empleado.Ni pies ni cabeza, pero claro que carajo les vamos a pedir a estos iluminaos Chocado
seguro que cuqando redactaba el texto, no se lo creia ni él  Enojado Enojado
Subir al inicio
 

LA PEOR DECISION ES LA INDECISION&&La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
 
IP Registrada
 
osoleon
A tope
****
Desconectado


CBF 1000 LEON

Mensajes: 511
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #10 - 04. Dic 2006 a las 00:18
 
Lo acabo de leer, me he quedado de piedra. ¿ Pero como un monigote de feria nos puede quitar un derecho que nos otorga la

constitución ? Para mí que se chuta.

El caso es que igual no se puede hacer en Galicia por falta de tiempo para que salga una resolución antes del día 6, pero luego

espero que se convoque otra solo para Galicia y si es así, propongo que sea en las cuatro provincias gallegas y que vallamos

muchos moteros a apoyar a nuestros compañeros los gallegos.


Un saludo




Subir al inicio
 

Atate a la vida, usa el casco.
 
IP Registrada
 
Alberto_J
A tope
****
Desconectado


Supermaño con garrota.

Mensajes: 527
Aragón
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #11 - 04. Dic 2006 a las 01:54
 
Animo Gallegos!!!!

Que no os amedrante el primer caciquillo que se crea con poder para privaros de un derecho que recoje la constitucion.

¿Que pasa? ¿Que jode que los de las motos t monten el pitote en medio de la operacion salida del puente?
Pues a aguantarse.
Yo lo que haria seria desconvocarla para Galicia (para que no le carguen el muerto al que la convoca) y seguir quedando donde se iba a quedar y hacer lo que se iba a hacer.
O es que un nutrido grupo de motoristas gallegos no pueden coincidir en la misma carretera circulando a velocidad legal "65 km/h"?????   Huh Huh Huh Huh Huh
Subir al inicio
 

Las cosas se caen del lao que se inclinan.La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse&&
 
IP Registrada
 
Lean27
Ya estoy rodado
**
Desconectado


Ci vediamo presto

Mensajes: 110
Cicely
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #12 - 04. Dic 2006 a las 03:40
 
Pues estamos listos! Cuando me subo a la moto no soy persona! Chocado
¿Alguien me puede decir que soy?
Chocado
Subir al inicio
 

AMM 10498
 
IP Registrada
 
marcos
Moderador Global
*****
Desconectado


K 1200 LT, la patera  
       

Mensajes: 16970
Vilanova i la Geltrú, BCN
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #13 - 04. Dic 2006 a las 03:47
 
Lean27 dijo 04. Dic 2006 a las 03:40:
Pues estamos listos! Cuando me subo a la moto no soy persona! Chocado
¿Alguien me puede decir que soy?
Chocado


seguen el gilipichi ese, debemos ser mierdas con casco
Subir al inicio
 

La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
 
IP Registrada
 
fernandogm
Cortando encendido
*****
Desconectado


R1150R Rockster 80 Aniv.
Ed. Sevilla

Mensajes: 3360
sevilla
Género: male
Re: Manifest día 6: Galicia da la nota una vez +..
Respuesta #14 - 04. Dic 2006 a las 09:41
 
Lean27 dijo 04. Dic 2006 a las 03:40:
Pues estamos listos! Cuando me subo a la moto no soy persona! Chocado
¿Alguien me puede decir que soy?
Chocado

A lo mejor se refiere a que cuando vamos en moto somos usuarios de la via publica.
Entonces podremos circular respetando la normativa vigente sin impedimento alguno. Que ocurre si coinciden tropecientos usuarios de la via publica en la misma calle a la misma hora? pues nada: todo legal Guiño
Eso si, una vez se llegue a nuestro punto de destino nos bajamos de la moto, recuperamos el estado de persona y podemos ponernos a silbar como posesos Mueca

Menudo lumbrera el chupatintas de turno! Enojado
Subir al inicio
 

La visualización Multimedia y los Enlaces, sólo son visibles para los usuarios registrados.  Necesitas Entrar o Registrarse
 
IP Registrada
 
Páginas: 1 2 
Enviar Imprimir