matriculacion moto alemana a nombre del titular

miavi

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Buenas tengo un familiar que a estado viviendo unos años en alemania, alrededor de 5 años y por motivos laborales le trasladan de nuevo a españa.
La cosa es que se compro una moto hace 1 año mas o menos en alemania y que esta actualmente a su nombre.

Toda la información que encuentro en internet es cuando se compra una moto en Alemania no cuando ya esta a nombre del titular.

Sabeis algo al respecto?
 
Depende de la antigüedad de la moto y si tiene número de homologación europeo

Sobre todo, si cuando se la compró estaba registrado en la embajada española como residente permanente allí.

Si no lo estaba, se complica bastante.
 
Hola miavi,

Te explico... yo personalmente he vivido algo similar....
Si tu familiar es residente en Alemania y está registrado en el consulado como tal, pues el trámite es el siguiente:
Tiene que ir al consulado y pedir un certificado o justificante de que ha estado residiendo en Alemania (esto solo es posible y en su día se registró en el consulado). Y evidentemente tendrá que solicitar la baja si se vuelve a España para poder empadronarse de nuevo en España.
Una vez en España tiene que pasar por la ITV y solicitar una inspección por cambio de residencia dentro de la Unión Europea (es una inspección especial y para ello necesitará copia del justificante del consulado y el certificado de conformidad europeo -viene a ser la ficha técnica europea, en países centroeuropeos la suelen dar al comprar el vehículo-, entre otras copias -DNI, tasas,...-).
Luego tiene que pasar por hacienda.... (ahí la hemos dado..., no hombre!!!! ;)), tiene que llevar otra copia del consulado, DNI, la ficha técnica nueva de España (la que le hayan hecho en la ITV),.... para el impuesto de matriculación, del cual estará exento solo si cumple el requisito de haber residido en Alemania, al menos un año antes de volverse y la moto ha estado a su nombre en ese periodo de tiempo (desconozco si habiéndola comprado meses antes también le vale) y eso lo justifica con el mencionado certificado consular.
Luego tendría que pasar por el municipio donde vaya a residir y pagar el impuesto municipal.
Y por fin ir a tráfico entregar cada documento te le hayan ido dando (ITV, hacienda, impuesto municipal,... , copia DNI, tasas,...) y chapeau!!!! te dan el número de matrícula. Que vaya donde las hagan y listo!!! :excited:

Creo que no se me pasa nada, si tienes dudas me dices e intento aclarar.

Espero haberte ayudado.

V'ssssss
 
Emy!! Mejor explicación no se puede. Yo compré una moto en canarias y al año tuve que regresar a la península, tuve que ir al servicio aduanero a presentar la documentación de la moto, el nuevo empadronamiento de Madrid y el billete del barco. Me sellaron una serie de documentos y todo eso lo lleve a trafico para que me hicieran un nuevo permiso de circulación eso si... creo que en el periodo inferior a uno o dos años no recuerdo bien no podía vender la moto o tendría que pagar la parte correspondiente de IVA.
 
Hola miavi,

Te explico... yo personalmente he vivido algo similar....
Si tu familiar es residente en Alemania y está registrado en el consulado como tal, pues el trámite es el siguiente:
Tiene que ir al consulado y pedir un certificado o justificante de que ha estado residiendo en Alemania (esto solo es posible y en su día se registró en el consulado). Y evidentemente tendrá que solicitar la baja si se vuelve a España para poder empadronarse de nuevo en España.
Una vez en España tiene que pasar por la ITV y solicitar una inspección por cambio de residencia dentro de la Unión Europea (es una inspección especial y para ello necesitará copia del justificante del consulado y el certificado de conformidad europeo -viene a ser la ficha técnica europea, en países centroeuropeos la suelen dar al comprar el vehículo-, entre otras copias -DNI, tasas,...-).
Luego tiene que pasar por hacienda.... (ahí la hemos dado..., no hombre!!!! ;)), tiene que llevar otra copia del consulado, DNI, la ficha técnica nueva de España (la que le hayan hecho en la ITV),.... para el impuesto de matriculación, del cual estará exento solo si cumple el requisito de haber residido en Alemania, al menos un año antes de volverse y la moto ha estado a su nombre en ese periodo de tiempo (desconozco si habiéndola comprado meses antes también le vale) y eso lo justifica con el mencionado certificado consular.
Luego tendría que pasar por el municipio donde vaya a residir y pagar el impuesto municipal.
Y por fin ir a tráfico entregar cada documento te le hayan ido dando (ITV, hacienda, impuesto municipal,... , copia DNI, tasas,...) y chapeau!!!! te dan el número de matrícula. Que vaya donde las hagan y listo!!! :excited:

Creo que no se me pasa nada, si tienes dudas me dices e intento aclarar.

Espero haberte ayudado.

V'ssssss
Me a quedado muy claro.
Lleva en Alemania 5 años más o menos y empadronado desde ese tiempo. Se tuvo que empadronar para el cto de trabajo y cuenta del banco.
La moto la compro a un particular en mayo 2017 y se vuelve en septiembre.

la moto es una kawasaki del 2013 con lo cual tiene chapa de homologacion con db, y los faros intermitentes lleva la homologacion y el escape tambien(es el de origen pero tambien tiene un akrapovic de kawasaki)
Miraremos todo lo que me comentas.

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Última edición:
releyendo lo que me has puesto, en una gestoria me han dicho esta mañana, que cuando se vaya de alemania tiene que cursar baja del vehiculo y pedir placas temporales, estas que duran7 15 o 30 dias.

Todavia no sabemos si se bajara rodando o en grua, el seguro aleman le sirve en españa para llevarlo a la itv, o solamente le servira hasta la frontera?
 
releyendo lo que me has puesto, en una gestoria me han dicho esta mañana, que cuando se vaya de alemania tiene que cursar baja del vehiculo y pedir placas temporales, estas que duran7 15 o 30 dias.

Todavia no sabemos si se bajara rodando o en grua, el seguro aleman le sirve en españa para llevarlo a la itv, o solamente le servira hasta la frontera?

Efectivamente, tiene dos opciones:
- Bien da de baja la moto y pide placas temporales, las cuales llevan asociado, o se le hace, un seguro también temporal y le sirve para traerla rodando e ir a la ITV (para llevarla a la ITV tiene que aportar alguna matricula).
- O... Se la trae con placa alemana, es decir, aún no la da de baja y mientras rodaría con su seguro europeo -carta verde-, hace todos los trámites aquí y cuando la tenga regularizada en España tiene que darla de baja en Alemania y para ello tiene que enviar la matricula (de esto ultimo no estoy muy seguro porque depende de cada país, en Bélgica por ejemplo si la tiene que enviar)

En cualquier caso, creo recordar que tiene hasta un máximo de dos meses para regular su situación (respecto al cambio de matricula en España)

V'sssssss;)
 
Entonces creo que la mejor opción es traerla con placas alemanas finalmente vendrá en grua. Y una vez este echo todo se dará baja de Alemania y se enviará las placas o lo que se tenga que hacer.
Esto se puede hacer desde España o se hay que ir físicamente a Alemania?

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Entonces creo que la mejor opción es traerla con placas alemanas finalmente vendrá en grua. Y una vez este echo todo se dará baja de Alemania y se enviará las placas o lo que se tenga que hacer.
Esto se puede hacer desde España o se hay que ir físicamente a Alemania?

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Yo creo que se puede hacer desde aquí, pero sino a malas a través de algún contacto allí, por si hubiese que enviar alguna documentación añadida además de la placa física (que creo se debe de enviar, al menos en Bélgica es así)

V'sssss
 
Muchísimas gracias por toda la información. Parece mentira que por aquí me hayan informado mejor que en una itv. Un ing industrial que de dedica a homologar motos y una gestoria. ..

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Reacciones: Emy
Tu amigo no deberá tributar en España por la matriculación de la moto. Mira la ley 38/92 de impuestos especiales, artículo 66.1 n):

n) Los medios de transporte que se matriculen o se utilicen como consecuencia del traslado de la residencia habitual de su titular desde el extranjero al territorio español. La aplicación de la exención quedará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • 1.º Los interesados deberán haber tenido su residencia habitual fuera del territorio español al menos durante los doce meses consecutivos anteriores al traslado.
  • 2.º Los medios de transporte deberán haber sido adquiridos o importados en las condiciones normales de tributación en el país de origen o procedencia y no se deberán haber beneficiado de ninguna exención o devolución de las cuotas devengadas con ocasión de su salida de dicho país.

    Se considerará cumplido este requisito cuando los medios de transporte se hubiesen adquirido o importado al amparo de las exenciones establecidas en los regímenes diplomático o consular o en favor de los miembros de los organismos internacionales reconocidos y con sede en el Estado de origen, con los límites y condiciones fijados por los convenios internacionales por los que se crean dichos organismos por los acuerdos de sede.
  • 3.º Los medios de transporte deberán haber sido utilizados por el interesado en su antigua residencia al menos seis meses antes de la fecha en que haya abandonado aquélla.
  • 4.º La matriculación deberá solicitarse en el plazo previsto en el artículo 65.1.d), de esta Ley.
  • 5.º Los medios de transporte a los que se aplique esta exención no deberán ser transmitidos durante el plazo de doce meses posteriores a la matriculación. El incumplimiento de este requisito determinará la exacción del impuesto referida a la fecha en que se produjera dicho incumplimiento.
Yo creo que podría venir perfectamente con la moto con sus placas alemanas y tramitar la baja desde aquí por la nueva matriculación en nuestro país.
 
Tu amigo no deberá tributar en España por la matriculación de la moto. Mira la ley 38/92 de impuestos especiales, artículo 66.1 n):

n) Los medios de transporte que se matriculen o se utilicen como consecuencia del traslado de la residencia habitual de su titular desde el extranjero al territorio español. La aplicación de la exención quedará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • 1.º Los interesados deberán haber tenido su residencia habitual fuera del territorio español al menos durante los doce meses consecutivos anteriores al traslado.
  • 2.º Los medios de transporte deberán haber sido adquiridos o importados en las condiciones normales de tributación en el país de origen o procedencia y no se deberán haber beneficiado de ninguna exención o devolución de las cuotas devengadas con ocasión de su salida de dicho país.

    Se considerará cumplido este requisito cuando los medios de transporte se hubiesen adquirido o importado al amparo de las exenciones establecidas en los regímenes diplomático o consular o en favor de los miembros de los organismos internacionales reconocidos y con sede en el Estado de origen, con los límites y condiciones fijados por los convenios internacionales por los que se crean dichos organismos por los acuerdos de sede.
  • 3.º Los medios de transporte deberán haber sido utilizados por el interesado en su antigua residencia al menos seis meses antes de la fecha en que haya abandonado aquélla.
  • 4.º La matriculación deberá solicitarse en el plazo previsto en el artículo 65.1.d), de esta Ley.
  • 5.º Los medios de transporte a los que se aplique esta exención no deberán ser transmitidos durante el plazo de doce meses posteriores a la matriculación. El incumplimiento de este requisito determinará la exacción del impuesto referida a la fecha en que se produjera dicho incumplimiento.
Yo creo que podría venir perfectamente con la moto con sus placas alemanas y tramitar la baja desde aquí por la nueva matriculación en nuestro país.
Muchísimas gracias tomo nota. Y mucho mejor si se ahorra lo de hacienda y solo tiene que pagar la itv de hacer la ficha española y la matriculación. Es mucho más barato. Porque una moto con menos de 5 años y 800cm3 son unos 300 euros en hacienda

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Sin baja consular no hay tu tía aunque esté la moto a su nombre ect ect.

Ni en Hacienda ni en ITV.

La ley no lo obliga literalmente pero una Orden ministerial de industria posterior sí. Por lo visto había gente residiendo en el extranjero que importaba coches continuamente y los dejaba en barbecho un año, al ser libre de impuestos y sobre todo de homologaciones, COC y zarandajas, pues rentaba.

Ojo pues mucha gente no se inscribe en la Embajada como residente permanente. No es en principio obligatorio y quien ya ha tratado con nuestros "amables y eficientes" servicios consulares puede tender a evitar registrarse por pereza.
 
Efectivamente, tiene dos opciones:
- Bien da de baja la moto y pide placas temporales, las cuales llevan asociado, o se le hace, un seguro también temporal y le sirve para traerla rodando e ir a la ITV (para llevarla a la ITV tiene que aportar alguna matricula).
- O... Se la trae con placa alemana, es decir, aún no la da de baja y mientras rodaría con su seguro europeo -carta verde-, hace todos los trámites aquí y cuando la tenga regularizada en España tiene que darla de baja en Alemania y para ello tiene que enviar la matricula (de esto ultimo no estoy muy seguro porque depende de cada país, en Bélgica por ejemplo si la tiene que enviar)

En cualquier caso, creo recordar que tiene hasta un máximo de dos meses para regular su situación (respecto al cambio de matricula en España)

V'sssssss;)

Exactamente! Creo que la segunda opción es mejor.
Decir tan solo que la baja de la matricula alemana se puede hacer desde un consulado alemán en España.
Creo que asi de esta manera miran que la moto abandona Alemania limpia de posibles multas, embargos y demás ya que se cambia a una matricula española. Decir también que esto tiene un coste , pero no se si eran 50 o 90 ( creo que 50) y de esto ya hace un tiempo. Comentar también que en la ITV, la moto este lo mas de serie posible. Suerte y ya contaras como fue todo...
P.d: Fenomenal explicación de Emy de los pasos a seguir. Mis felicitaciones!
 
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Entonces creo que la mejor opción es traerla con placas alemanas finalmente vendrá en grua. Y una vez este echo todo se dará baja de Alemania y se enviará las placas o lo que se tenga que hacer.
Esto se puede hacer desde España o se hay que ir físicamente a Alemania?

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Como ya te ha dicho, puedes perfectamente cursar la baja desde un consulado, pero antes mira si tu consulado cercano lo hace o que te indiquen el mas cercano que si pueda hacerlo. No se si en vuestro caso también tendréis que llevar el Anmeldung español o el certificado de empadronamiento del titular de la moto además de la placa de matricula. Pregunta en el consulado si tenéis que esperar al dictamen antes de cambiar a la española. Es importante que cuideis de los tiempos para hacer los pasos no vaya a ser que OS presentéis a la ITV sin matricula. En mi caso creo que lo primero fue resolver el tema de ITV y nueva ficha técnica. Luego al consulado a dar de baja, a Hacienda para las exenciones y luego a la DGT con este papeleo para nuevo permiso de circulación y numero de placa. Finalmente hacer la placa, ir al Ayuntamiento para el Impuesto de circulación y finalmente contratar el seguro. Suerte!
 
Editado y borrado por repetición de mensaje. Pido perdón...V's!
 
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Es importante contar con el certificado de conformidad europeo donde se especifique las emisiones de CO2. Hace yo unos años hice el trámite que comentas. Vivía en Alemania, me compré una varadero de segunda mano del 2003. Por entonces el certificado de conformidad no recogía las emisiones de CO2 y cuando volví a España tuve que pagar el tipo máximo del impuesto de matriculación. Me puse incluso en contacto con la central de Honda España por si me podían dar algún documento con las emisiones homologadas de la moto. Su respuesta fue que por entonces no se necesitaban medir las mediciones y que por tanto no tenían el dato de manera oficial..... En resumen, a pagar el tipo máximo, del valor de la moto en ese momento, eso si. Dado que la moto de la que hablas es más moderna, seguramente ya vendrá la cantidad de CO2 que emite y pagarás el impuesto de matriculación acorde a ello.
 
Es importante contar con el certificado de conformidad europeo donde se especifique las emisiones de CO2. Hace yo unos años hice el trámite que comentas. Vivía en Alemania, me compré una varadero de segunda mano del 2003. Por entonces el certificado de conformidad no recogía las emisiones de CO2 y cuando volví a España tuve que pagar el tipo máximo del impuesto de matriculación. Me puse incluso en contacto con la central de Honda España por si me podían dar algún documento con las emisiones homologadas de la moto. Su respuesta fue que por entonces no se necesitaban medir las mediciones y que por tanto no tenían el dato de manera oficial..... En resumen, a pagar el tipo máximo, del valor de la moto en ese momento, eso si. Dado que la moto de la que hablas es más moderna, seguramente ya vendrá la cantidad de CO2 que emite y pagarás el impuesto de matriculación acorde a ello.
Tengo tanto el papel de kawasaki Alemania colo kawasaki España así como la ficha que dieron en su día con noto que viene db potencia contaminación. Creo que es euro 4 o euro 3. Ya que lleva abs y catalizador.
El único miedo que tenemos es por el escape que lleva akrapovic de kawasaki. Homologado y todo eso y tenemos dudas si pasarlo con eso y que lo metan en la ficha o poner el original.

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Del 2013 y Euro 4? Si es este mismo año cuando entra y con condiciones también motos de inferior normativa. Me extraña mucho que sea Euro 4. Pero bueno lo importante es que tengas el documento que certifique que normativa de emisiones cumple.
 
Del 2013 y Euro 4? Si es este mismo año cuando entra y con condiciones también motos de inferior normativa. Me extraña mucho que sea Euro 4. Pero bueno lo importante es que tengas el documento que certifique que normativa de emisiones cumple.
Será euro 3 entonces

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