Accidente

Kdajoz

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Pues si, ya estrené mi recién restaurada K75...

Os quería consultar, a ver si alguien me puede iluminar.

Me dirigía del trabajo a casa en mi K75. Me incorporo a una rotonda sin señalizar los carriles, en la cual no venía nadie, para coger la segunda salida.
Una vez dentro de la rotonda, observo que se aproxima un coche lanzado por la primera salida. La sorpresa es cuando observo que no hace el ceda el paso, se lo salta, frena en medio de la rotonda y mi reacción intentar esquivar el choque con que la moto y yo nos vamos al suelo, produciendo roturas y roces en la moto sin colisión con el coche.
La moto tan solo se ha desplazado un metro y medio o dos como mucho, para nada iba rápido, puesto que la rotonda es pequeña y el giro cerrado.

La mujer no ha querido hacer parte amistoso, la policía local ha tomado nota y fotos, señalizando la situación de los vehículos y mañana me toca ir a comisaría....

Me gustaría saber vuestras opiniones al respecto sobre de quien es la responsabilidad de los daños

Un saludo chicos!
 
Buenas

A ver, la culpa es de la Señora ( por ser elegante, porque me gustaría decir algo menos aceptable ) pero como no ha habido contacto entre vehículos te va a tocar pagar a ti tus daños si o si. No lo pelees que lo tienes perdido.

Propongo hacer un tutorial para saber circular por las rotondas.... mientras tanto, yo en moto conducción defensiva y en coche , pues, " a ver si te atreves "

Saludos
 
Buenas

A ver, la culpa es de la Señora ( por ser elegante, porque me gustaría decir algo menos aceptable ) pero como no ha habido contacto entre vehículos te va a tocar pagar a ti tus daños si o si. No lo pelees que lo tienes perdido.

Propongo hacer un tutorial para saber circular por las rotondas.... mientras tanto, yo en moto conducción defensiva y en coche , pues, " a ver si te atreves "

Saludos
Gracias por tu respuesta!! Se me ha olvidado comentar que tengo parte de lesiones, no se si esto afecta o no...
 
Última edición:
Llevabas puesto el intermitente para acometer la salida?. Eso te podía salvar. Te lo digo porque hace un mes una furgoneta se me echó literalmente encima de mi vehículo (yo en plena rotonda y el incorporándose a una velocidad tremenda). Ante mi protesta, bajo la ventanilla y me dijo que no había señalizado mi maniobra, por lo que él interpretó que no saldría en la salida.

Suerte, saludos
 
Llevabas puesto el intermitente para acometer la salida?. Eso te podía salvar. Te lo digo porque hace un mes una furgoneta se me echó literalmente encima de mi vehículo (yo en plena rotonda y el incorporándose a una velocidad tremenda). Ante mi protesta, bajo la ventanilla y me dijo que no había señalizado mi maniobra, por lo que él interpretó que no saldría en la salida.

Suerte, saludos

Hola Mike, sí la puse. Pero no sé si eso valdra de mucho. Ahora iri otra vez al ambulatorio a que me hagan otro parte de lesiones, porque vaya noche he pasado con la cadera.....
 
Pues si lo tenías puesto, asegúrate que el parte de la policía lo refleje.

De todas formas, el comportamiento ti de l conductora, en este caso, deja mucho que desear.

Saludos
 
Y lo más importante, que todo se haya quedado en un susto. Los primeros días tendrás dolores. Recupérate pronto
 
si no hay contacto entre vehiculos , no podras reclamar nada.
en ocasiones es injusto , pero esa es la ley.
 
si no hay contacto entre vehiculos , no podras reclamar nada.
en ocasiones es injusto , pero esa es la ley.

Ésa no es la ley. El problema si no ha habido contacto está en demostrar que la caída ha sido responsabilidad del otro vehículo. Si éste comete infracción y ésta es el motivo de que cayera claro que lo puede ganar pero eso sin una grabación o unos buenos testigos son difíciles de demostrar.

El problema se agrava cuando se trata de una rotonda pequeña en la que resulta más difícil determinar el motivo del accidente porque no siempre es del que se incorpora ya que en ocasiones quien ya circula por ella lo puede hacer a una velocidad inadecuada por exceso, lo he visto mil veces, entrar a saco y el que se incorpora después por la siguiente ni verlo venir y no digo que éste sea el caso del compañero que estoy seguro de que no.
 
Ésa no es la ley. El problema si no ha habido contacto está en demostrar que la caída ha sido responsabilidad del otro vehículo. Si éste comete infracción y ésta es el motivo de que cayera claro que lo puede ganar pero eso sin una grabación o unos buenos testigos son difíciles de demostrar.

El problema se agrava cuando se trata de una rotonda pequeña en la que resulta más difícil determinar el motivo del accidente porque no siempre es del que se incorpora ya que en ocasiones quien ya circula por ella lo puede hacer a una velocidad inadecuada por exceso, lo he visto mil veces, entrar a saco y el que se incorpora después por la siguiente ni verlo venir y no digo que éste sea el caso del compañero que estoy seguro de que no.
Gracias por tu respuesta!!

Esa es la esperanza que tengo, y segun la impresión que me han dado los policías que asistieron el accidente, creo q tengo posibilidades.

Os adjunto una foto con la señalización del accidente, se puede observar donde golpeó la moto y dónde quedó, y dónde quedó el coche
 

Adjuntos

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    IMG_20190121_220738.jpg
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Jbl, por la imagen que has puesto, te libraste por poco de colisionar.

La policia tiene que levantar atestado, realizar informe. Hazte con el, a ver qué pone para que te orientes.

Suerte, y espero que hayas mejorado de los dolores.

Saludos
 
Jbl, por la imagen que has puesto, te libraste por poco de colisionar.

La policia tiene que levantar atestado, realizar informe. Hazte con el, a ver qué pone para que te orientes.

Suerte, y espero que hayas mejorado de los dolores.

Saludos

Gracias Mike, la verdad es que faltó poco, menos mal que iba despacio, como se puede ver en la foto, la moto se desplazó apenas 2 metros y la mujer paró el coche a bastante distancia del "ceda el paso"...
 
Pues me parece que lo vas a tener complicado.
Hay una especie de principio general aplicable en este caso que viene a decir que el conductor debe de ser capaz de controlar siempre su vehículo.
A pesar de que hay situaciones, quizás la tuya, que es imposible o casi - pero es lo que van a aplicar, con intermitente o sin intermitente.
Estoy de acuerdo con el compañero que propone abrir un tutorial de circulación en rotondas, desgraciadamente con las conductas generalizadas que se ven, no solo en las carreteras, habría que abrir otros tutoriales sobre:
Respeto a los demás.
Cumplir las normas.
Humildad.
Perdonar las maniobras apuradas de los demás.
Esto a mí no me pasa.
Y un etcétera tan largo que es imposible escribir ya que me echarían, no solo del foro, sino de internet por bloquearlo.
 
A ver que pasa, estoy esperando el informe de la Policía, pero ellos son los que más me animan a reclamar. Incluso uno de ellos me han dicho que si mi compañía me dice que no hay nada que hacer, que cambie de compañia.
 
si no hay contacto entre vehiculos , no podras reclamar nada.
en ocasiones es injusto , pero esa es la ley.

siento diferir de tu comentario, esa no es la ley, aunque no hay contacto si la otra parte por ejemplo se ha saltado la prioridad de paso y así lo refleja el atestado es responsable y su cía pagará amistosamente o judicialmente pero pagara, si no llegaríamos al absurdo de que un coche se salte un stop y para poder cobrar tengamos que ir a chocar contra el....
 
Viendo la foto con la posición final del vehículo, creo que no vas a tener ningún problema en el sentido de determinar la responsabilidad del accidente, siempre y cuando las declaraciones de ambos sean similares en el desarrollo del accidente y que coincidan en un breve espacio de tiempo. ¿Que quiero decir con esto?, (exagerándolo para que se entienda mejor) pues que no es lo mismo que la conductora manifestase llegó a la glorieta, no te vio y continuó la marcha y que al verte frenó y tu ya te fuiste al suelo, a que diga que ya te había visto hacía tiempo y estaba allí parada desde hacía 10 minutos viendo la puesta de sol y que tú te has caído porque no tienes mucha idea de andar en moto. No se si se me entiende :rolleyes:.
Otra cosa son los daños que pueda tener tu moto y la quieran declarar siniestro total. Esa ya sería otra guerra. Pero con el tema de la responsabilidad del accidente, no deberías tener problema.
Suerte con el desenlace y una buena recuperación.
 
siento diferir de tu comentario, esa no es la ley, aunque no hay contacto si la otra parte por ejemplo se ha saltado la prioridad de paso y así lo refleja el atestado es responsable y su cía pagará amistosamente o judicialmente pero pagara, si no llegaríamos al absurdo de que un coche se salte un stop y para poder cobrar tengamos que ir a chocar contra el....

esperemos a ver que le dice su compañia o su abogado. y esta claro que todo se puede rebatir , por eso se hacen los juicios, pero no se te olvide la declaracion de la otra parte , que contara la feria como le convenga dentro de lo que le interese decir, y aunque sea absurdo lo del stop como dices , como no tengas una grabacion mal lo tienes y con la razon te quedas.
no es un problema de razones si no de demostraciones muy claras , es dinero para las compañias nada mas.
 
Pues me parece que lo vas a tener complicado.
Hay una especie de principio general aplicable en este caso que viene a decir que el conductor debe de ser capaz de controlar siempre su vehículo.
A pesar de que hay situaciones, quizás la tuya, que es imposible o casi - pero es lo que van a aplicar, con intermitente o sin intermitente.
Estoy de acuerdo con el compañero que propone abrir un tutorial de circulación en rotondas, desgraciadamente con las conductas generalizadas que se ven, no solo en las carreteras, habría que abrir otros tutoriales sobre:
Respeto a los demás.
Cumplir las normas.
Humildad.
Perdonar las maniobras apuradas de los demás.
Esto a mí no me pasa.
Y un etcétera tan largo que es imposible escribir ya que me echarían, no solo del foro, sino de internet por bloquearlo.
No pueden quitarle la razón en base al argumento que dices sobre que un conductor debe estar siempre en condiciones de controlar su vehículo, hay situaciones que se escapan a cualquier conductor por virtuoso y prudente que sea. Por esa regla de 3 nunca se ganaría un pleito, ni siquiera cuando alguien no respeta un stop, un semáforo, un cambio de carril sin respetar prioridad...

Enviado desde mi SM-G965F mediante Tapatalk
 
No pueden quitarle la razón en base al argumento que dices sobre que un conductor debe estar siempre en condiciones de controlar su vehículo, hay situaciones que se escapan a cualquier conductor por virtuoso y prudente que sea. Por esa regla de 3 nunca se ganaría un pleito, ni siquiera cuando alguien no respeta un stop, un semáforo, un cambio de carril sin respetar prioridad...

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Me encanta tu comentario, es lo razonable.
Pero... ya veremos.
 
Por mi experiencia lo realmente importante más que contacto si o contacto no es tener un testigo , atestado policial y firmar el parte amistoso , por ese orden , como la conductora no coincida con tu versión lo veo malamente
 
Tuve un incidente igual. Coche que se salta un giro sin ceder el paso, maniobra para no empotrarme contra el coche con arrastròn de por medio. La diferencia en mi caso, el conductor del coche reconoce su error y hacemos parte amistoso. Moto al taller, peritaje y empezaron las pegas al no tener el coche daños. Varias reclamaciones por escrito tras la peritación y, al final, creo que gracias a que la compañía de seguros era la misma, reconocen el incidente.

Espero no lo tengas que pelear mucho. Te ayudaría que en el atestado de los policía, más allá que reflejar como quedaron los vehículos, narrasen el incidente.

Quizás también ayude que denuncies en comisaría la infracción de trafico cometida por la conductora, la cual merece otro calificativo......
 
Tuve un incidente igual. Coche que se salta un giro sin ceder el paso, maniobra para no empotrarme contra el coche con arrastròn de por medio. La diferencia en mi caso, el conductor del coche reconoce su error y hacemos parte amistoso. Moto al taller, peritaje y empezaron las pegas al no tener el coche daños. Varias reclamaciones por escrito tras la peritación y, al final, creo que gracias a que la compañía de seguros era la misma, reconocen el incidente.

Espero no lo tengas que pelear mucho. Te ayudaría que en el atestado de los policía, más allá que reflejar como quedaron los vehículos, narrasen el incidente.

Quizás también ayude que denuncies en comisaría la infracción de trafico cometida por la conductora, la cual merece otro calificativo......
Pero la policía, normalmente, no va a narrar nada que no haya visto.
 
JBL_trumpet, no es por desmoralizarte, lo digo por el tono de mis participación en este hilo que, efectivamente, es un pelo negativo.
Te cuento lo que le pasó a mi hijo con un ciclista.
Se abre el semáforo, mi hijo arranca y aparece un ciclista saltándose los semáforos, impacta con mi hijo, moto al suelo, mi hijo también, ciclista "trasconejado" a la ambulancia y al hospital.
Todo lo ve la PL de Madrid, intervienen, además un testigo (el de los periódicos) dice que ese ciclista lo hacía así siempre.
Daños entre moto, ropa y demás 3.500€.
Ciclista, sin seguro, insolvente.
Parte de la policía relatando los hechos, que habían visto, incluyendo la declaración del de los periódicos.
Moto a terceros, parte al seguro y al final ¿quien pago?... exacto ¡mi hijo!.
Ya sé que este accidente no tiene que ver nada con el tuyo, pero te sirve para que veas como actúan los seguros. Tampoco estoy descubriendo nada nuevo.
 
esperemos a ver que le dice su compañia o su abogado. y esta claro que todo se puede rebatir , por eso se hacen los juicios, pero no se te olvide la declaracion de la otra parte , que contara la feria como le convenga dentro de lo que le interese decir, y aunque sea absurdo lo del stop como dices , como no tengas una grabacion mal lo tienes y con la razon te quedas.
no es un problema de razones si no de demostraciones muy claras , es dinero para las compañias nada mas.


por eso comentaba que es fundamental en esos casos tener un atestado, va a misa en el 99% de las veces.
 
Pero la policía, normalmente, no va a narrar nada que no haya visto.


la policía salvo que coincida que este presente nunca presencia un accidente, por ello se limita a recoger versiones de las partes implicadas, testigos si los hubiera (no valen lo que luego salen....) y ver restos de los vehículos si los hubiera, etc..., con ello hacen su informe de parecer
 
Gracias por vuestras respuestas chicos!! A ver cómo queda la cosa.... De momento la moto está en el taller para que vaya el perito, espero que la semana que viene tenga noticias.
Os mantendré informados!!!
 
JBL_trumpet, no es por desmoralizarte, lo digo por el tono de mis participación en este hilo que, efectivamente, es un pelo negativo.
Te cuento lo que le pasó a mi hijo con un ciclista.
Se abre el semáforo, mi hijo arranca y aparece un ciclista saltándose los semáforos, impacta con mi hijo, moto al suelo, mi hijo también, ciclista "trasconejado" a la ambulancia y al hospital.
Todo lo ve la PL de Madrid, intervienen, además un testigo (el de los periódicos) dice que ese ciclista lo hacía así siempre.
Daños entre moto, ropa y demás 3.500€.
Ciclista, sin seguro, insolvente.
Parte de la policía relatando los hechos, que habían visto, incluyendo la declaración del de los periódicos.
Moto a terceros, parte al seguro y al final ¿quien pago?... exacto ¡mi hijo!.
Ya sé que este accidente no tiene que ver nada con el tuyo, pero te sirve para que veas como actúan los seguros. Tampoco estoy descubriendo nada nuevo.

El problema que tuvo tu hijo es que el tipo de la bici era insolvente y no tenía seguro y el seguro de tu hijo es a terceros, así las cosas y habiendo lesiones tu hijo podría haber reclamado al Consorcio de Compensación de Seguros y algo habría cobrado.
 
El problema que tuvo tu hijo es que el tipo de la bici era insolvente y no tenía seguro y el seguro de tu hijo es a terceros, así las cosas y habiendo lesiones tu hijo podría haber reclamado al Consorcio de Compensación de Seguros y algo habría cobrado.
Efectivamente, pero entre el tiempo, el coste y la incertdumbre era más barato, a priori, "tragar".
Y los seguros lo saben y tienen estructura para desarrollarlo y de paso ahorrarse/ ganar la pasta.
Dibi, tu eres un profesional -a mi me lo parece- yo solo intuyo e interpreto, sin fundamento profesional, lo que veo.
 
Efectivamente, pero entre el tiempo, el coste y la incertdumbre era más barato, a priori, "tragar".
Y los seguros lo saben y tienen estructura para desarrollarlo y de paso ahorrarse/ ganar la pasta.
Dibi, tu eres un profesional -a mi me lo parece- yo solo intuyo e interpreto, sin fundamento profesional, lo que veo.
Profesional emérito ya, pero sí, durante más de 20 años he bregado con todo tipo de situaciones, entre éstas muchos cientos de juicios de todo tipo, mayoritariamente de lo penal aunque alguno civil también y casi siempre como testigo. Tu hijo podría haber reclamado al Consorcio, quizá todavía pueda hacerlo, y su aseguradora debería facilitarle los trámites. Mira las prescripciones según la ley del contrato del seguro, artículo 23:

Artículo 23

Las acciones que se deriven del contrato de seguro prescribirán en el término de dos años si se trata de seguro de daños y de cinco si el seguro es de personas.

Te pongo también un enlace al Consorcio para que veas cómo reclamar:

https://www.consorseguros.es/web/am...ros-de-automoviles/solicitud-de-indemnizacion

Saludos!

Edito para autocorregirme.- Me temo que al tratarse de una bici el seguro no cubra los daños pues a pesar de que el artículo 11.3 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece:
"3. El perjudicado tendrá acción directa contra el Consorcio de Compensación de Seguros en los casos señalados en este artículo, y éste podrá repetir en los supuestos definidos en el artículo 10 de esta Ley, así como contra el propietario y el responsable del accidente cuando se trate de vehículo no asegurado, o contra los autores, cómplices o encubridores del robo o robo de uso del vehículo causante del siniestro, así como contra el responsable del accidente que conoció de la sustracción de aquel."
… Me temo que a pesar de que habla de VEHÍCULO NO ASEGURADO y no VEHÍCULO A MOTOR no asegurado y una bicicleta es un vehículo, pueda quedar fuera de la cobertura del Consorcio, pero por informarse no pierde nada.
 
Última edición:
hola dibi , si eres profesional bian sabes que una cosa es la infraccion en si (DGT ) que ningun juez entra y otra un accidente , se llama accidente por ser fortuito e inusual de lo habitual, y en eso es donde un juez dictamina su fallo , (por eso se llama fallo) si no hay contacto dificil es , no es la primera ves que en un stop alguien se lo salta , pero dice que freno en seco a los 3 metros de la señal al ver venir una moto y que el motorista se cayo al desviarse bruscamente , mas por el susto que por la colision ya que tenia espacio para pasar, eso es de un juicio de hace unos 6 años , el final ya te lo imaginas , por eso se habla de que si no hay contacto cuesta mucho demostrar , otra cosa es lo que quiera oir el afectado , pero esa es la realidad y tu como profesional la sabes , y llevas la razon total , pero nada que ver con la realidad.
 
Profesional emérito ya, pero sí, durante más de 20 años he bregado con todo tipo de situaciones, entre éstas muchos cientos de juicios de todo tipo, mayoritariamente de lo penal aunque alguno civil también y casi siempre como testigo. Tu hijo podría haber reclamado al Consorcio, quizá todavía pueda hacerlo, y su aseguradora debería facilitarle los trámites. Mira las prescripciones según la ley del contrato del seguro, artículo 23:

Artículo 23

Las acciones que se deriven del contrato de seguro prescribirán en el término de dos años si se trata de seguro de daños y de cinco si el seguro es de personas.

Te pongo también un enlace al Consorcio para que veas cómo reclamar:

https://www.consorseguros.es/web/am...ros-de-automoviles/solicitud-de-indemnizacion

Saludos!

Edito para autocorregirme.- Me temo que al tratarse de una bici el seguro no cubra los daños pues a pesar de que el artículo 11.3 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece:
"3. El perjudicado tendrá acción directa contra el Consorcio de Compensación de Seguros en los casos señalados en este artículo, y éste podrá repetir en los supuestos definidos en el artículo 10 de esta Ley, así como contra el propietario y el responsable del accidente cuando se trate de vehículo no asegurado, o contra los autores, cómplices o encubridores del robo o robo de uso del vehículo causante del siniestro, así como contra el responsable del accidente que conoció de la sustracción de aquel."
… Me temo que a pesar de que habla de VEHÍCULO NO ASEGURADO y no VEHÍCULO A MOTOR no asegurado y una bicicleta es un vehículo, pueda quedar fuera de la cobertura del Consorcio, pero por informarse no pierde nada.
Muchas gracias por la información, se la paso a mi hijo.
 
hola dibi , si eres profesional bian sabes que una cosa es la infraccion en si (DGT ) que ningun juez entra y otra un accidente , se llama accidente por ser fortuito e inusual de lo habitual, y en eso es donde un juez dictamina su fallo , (por eso se llama fallo) si no hay contacto dificil es , no es la primera ves que en un stop alguien se lo salta , pero dice que freno en seco a los 3 metros de la señal al ver venir una moto y que el motorista se cayo al desviarse bruscamente , mas por el susto que por la colision ya que tenia espacio para pasar, eso es de un juicio de hace unos 6 años , el final ya te lo imaginas , por eso se habla de que si no hay contacto cuesta mucho demostrar , otra cosa es lo que quiera oir el afectado , pero esa es la realidad y tu como profesional la sabes , y llevas la razon total , pero nada que ver con la realidad.

A ver, que no haya contacto entre los vehículos lo único que cambia es que hace más difícil demostrar la causa del accidente pero para nada impide determinar la responsabilidad si se aportan las pruebas suficientes a juicio del juez al que le llegue el asunto. Lo que no se puede decir es:
si no hay contacto entre vehiculos , no podras reclamar nada.
en ocasiones es injusto , pero esa es la ley.
porque eso no es así para nada.

Un saludo!
 
JBL_trumpet, no es por desmoralizarte, lo digo por el tono de mis participación en este hilo que, efectivamente, es un pelo negativo.
Te cuento lo que le pasó a mi hijo con un ciclista.
Se abre el semáforo, mi hijo arranca y aparece un ciclista saltándose los semáforos, impacta con mi hijo, moto al suelo, mi hijo también, ciclista "trasconejado" a la ambulancia y al hospital.
Todo lo ve la PL de Madrid, intervienen, además un testigo (el de los periódicos) dice que ese ciclista lo hacía así siempre.
Daños entre moto, ropa y demás 3.500€.
Ciclista, sin seguro, insolvente.
Parte de la policía relatando los hechos, que habían visto, incluyendo la declaración del de los periódicos.
Moto a terceros, parte al seguro y al final ¿quien pago?... exacto ¡mi hijo!.
Ya sé que este accidente no tiene que ver nada con el tuyo, pero te sirve para que veas como actúan los seguros. Tampoco estoy descubriendo nada nuevo.


perdona, una duda que me surge leyendo tu comentario, porque indicas "como actual los seguros"?? si lo tienes a terceros obvio que no te paguen, y si el responsable es un ciclista no solvente igualmente obvio que tu seguro no te pague pues lo tienes a terceros, que ha hecho mal en tu caso el seguro de tu moto en ese accidente???
saludos
 
El problema que tuvo tu hijo es que el tipo de la bici era insolvente y no tenía seguro y el seguro de tu hijo es a terceros, así las cosas y habiendo lesiones tu hijo podría haber reclamado al Consorcio de Compensación de Seguros y algo habría cobrado.

perdona que te corrija, el consorcio no actua cubriendo a una bicicleta en ningún caso, solo cubre a vehículos a motor, así es la ley.
 
he leído después tu corrección, son siniestros con verdadera mala suerte, que la culpa sea de un peatón o ciclista, y que sean insolventes, salvo que la póliza tenga daños propios el perjudicado se "comera" sus daños, lamentablemente hay muchos casos de estos, estoy aburrido de pedir informes de solvencia para poder reclamar al cliente y cuando llega pues te quedas jodido pues el perjudicado no tiene culpa de nada y con una póliza a terceros se queda doblemente perjudicado.
 
Hay pólizas a terceros que cubren los daños al vehículo (con un límite) causados por terceros declarados insolventes.
 
perdona que te corrija, el consorcio no actua cubriendo a una bicicleta en ningún caso, solo cubre a vehículos a motor, así es la ley.

No hay nada que perdonar, no obstante esa apreciación ya la hice yo después de ver que el Consorcio se lavaba las manos, sin embargo no creo que sea porque "así es la ley", como dices, pues la ley lo que dice, concretamente el artículo 11.3 de la ley del contrato del seguro es que el perjudicado tendrá acción directa contra el Consorcio siempre que se trate de "un vehículo no asegurado" y evidentemente una bicicleta es un vehículo así que deberían cubrir esos casos. Yo al menos desconozco en base a qué norma se lavan las manos en estos casos pero quizá tú que has trabajado para aseguradoras si no recuerdo mal nos lo puedas aclarar lo que sería muy instructivo.

Saludos.
 
A ver, que no haya contacto entre los vehículos lo único que cambia es que hace más difícil demostrar la causa del accidente pero para nada impide determinar la responsabilidad si se aportan las pruebas suficientes a juicio del juez al que le llegue el asunto. Lo que no se puede decir es:
porque eso no es así para nada.

Un saludo!

es cierto podra reclamar , pero las compañias viven de rebatirlo y contar su version. en los juicios tu ,lo sabes no siempre gana la razon , siempre hay excepciones pero las minimas como tu sabes. por eso digo esto al no haber roce. las aseguradoras viven de pagar o indemnizar lo minimo posible y los abogados de ganarles los pleitos y los peritos de rechazar siniestros etc. etc. dibi solo dinero , olvida el sentimiento.
 
Tuve un accidente en el que me fui al suelo para evitar a una furgoneta que hizo una pirula. Sin contacto.
El de la furgoneta se lavò las manos.

Afortunadamente pasó por allí un compañero en una TMax que se personó como testigo en el juicio y gané. Le estaré agradecido siempre. Fueron 1000 pavos en daños.

Por cierto, como anécdota, el bengala de la Policia Municipal se luciò en el atestado, señalando los daños en el lado opuesto de la moto.
Me quedé de piedra cuando lo alegò la parte contraria. El abogado que me tocò, ni se había leído el atestado. Al final el juez viò lo que había y fallò a mi favor.
 
No hay nada que perdonar, no obstante esa apreciación ya la hice yo después de ver que el Consorcio se lavaba las manos, sin embargo no creo que sea porque "así es la ley", como dices, pues la ley lo que dice, concretamente el artículo 11.3 de la ley del contrato del seguro es que el perjudicado tendrá acción directa contra el Consorcio siempre que se trate de "un vehículo no asegurado" y evidentemente una bicicleta es un vehículo así que deberían cubrir esos casos. Yo al menos desconozco en base a qué norma se lavan las manos en estos casos pero quizá tú que has trabajado para aseguradoras si no recuerdo mal nos lo puedas aclarar lo que sería muy instructivo.

Saludos.


buenos días, mas que he trabajado diría que sigo trabajando, ya me gustaría prejubilarme jajaja, bueno sobre el tema el motivo principal de porque una bicicleta, patinete que están tan de moda etc... no los cubre el consorcio es porque ese tipo de "vehículos" no tienen la obligación de estar asegurados ni están matriculados a diferencia de un "vehículo a motor" que si la tiene, y que como sabes una pequeña parte de la prima que se paga va destinada al consorcio, yo tengo bastantes expedientes en los que el responsable "identificado" por un atestado ha sido el conductor de bicicleta o incluso peatones, y en los que una vez solicitado informe de solvencia y en algunos casos con investigador privado se están recobrando los daños del asegurado, a veces de forma amistosa permitiendo que el pago lo hagan mensualmente o en otros casos que no han querido de forma judicial con sentencia firme y procediendo a la ejecución de la misma, luego también hay bastantes casos y mas en estos tiempos en los que el responsable es insolvente y lamentablemente el cliente que no ha tenido ninguna culpa se queda con su daños si tienen la póliza a terceros, da mucha rabia porque parece que un peatón nunca tiene la culpa, pero la tienen y en muchas ocasiones...
 
es cierto podra reclamar , pero las compañias viven de rebatirlo y contar su version. en los juicios tu ,lo sabes no siempre gana la razon , siempre hay excepciones pero las minimas como tu sabes. por eso digo esto al no haber roce. las aseguradoras viven de pagar o indemnizar lo minimo posible y los abogados de ganarles los pleitos y los peritos de rechazar siniestros etc. etc. dibi solo dinero , olvida el sentimiento.

yo respeto tu opinión como no puede ser de otra manera, pero decir que las compañías viven de rechazar siniestros, rebatir, etc es no saber la realidad de una compañía, mas hoy en día, cuando empecé a trabajar en siniestros en el '90 no te niego que había cierta cias conocidas que rechazaban todo por norma (las cuales por cierto desaparecieron como era lo esperado), pero todo cambia y actualmente ninguna cia actua de esa manera porque seria su ruina, todas están enfocadas al cliente ante la brutal competencia, defendiendo sus intereses, pero no hay que confundir esto con que " el cliente siempre tiene razón", en siniestros tiene razón a quien se la da el atestado o aporta pruebas o testigos, aquí no vale solo la palabra del conductor porque obviamente la otra parte también tiene la palabra de su cliente que será diferente y ahí empieza el conflicto, cuando uno de los dos cambia la versión para no declararse culpable, no olvides que en siniestros cualquier conflicto comienza cuando uno de los implicados cambia la versión y de eso no tiene culpa la compañía, solo el que la cambia, para una compañía es mucho mejor tramitar siniestros por ejemplo por el convenio cicos en el cual uno se declara culpable, el siniestro se tramita muy rápido y sin que la cia le cueste recursos de tramitador, abogado, procurador etc..., la diferencia entre un siniestro rapido y otro?? que en el siniestro conflictivo uno de los conductores cambia la versión,
 
buenos días, mas que he trabajado diría que sigo trabajando, ya me gustaría prejubilarme jajaja, bueno sobre el tema el motivo principal de porque una bicicleta, patinete que están tan de moda etc... no los cubre el consorcio es porque ese tipo de "vehículos" no tienen la obligación de estar asegurados ni están matriculados a diferencia de un "vehículo a motor" que si la tiene, y que como sabes una pequeña parte de la prima que se paga va destinada al consorcio, yo tengo bastantes expedientes en los que el responsable "identificado" por un atestado ha sido el conductor de bicicleta o incluso peatones, y en los que una vez solicitado informe de solvencia y en algunos casos con investigador privado se están recobrando los daños del asegurado, a veces de forma amistosa permitiendo que el pago lo hagan mensualmente o en otros casos que no han querido de forma judicial con sentencia firme y procediendo a la ejecución de la misma, luego también hay bastantes casos y mas en estos tiempos en los que el responsable es insolvente y lamentablemente el cliente que no ha tenido ninguna culpa se queda con su daños si tienen la póliza a terceros, da mucha rabia porque parece que un peatón nunca tiene la culpa, pero la tienen y en muchas ocasiones...

Todo llega amigo ;)

En cuanto a la razón que me das es la que me imaginaba aunque sigo pensando que el redactado de la ley del contrato del seguro obliga siempre que se trate de un vehículo, peatones excluidos, pues no hace referencia a vehículos a motor con obligatoriedad de tener contratado el seguro.

Otra opción para cobrar en estos casos y que muchas veces no se tiene en cuenta es recurrir al seguro del hogar, si se tiene, cuando se es peatón o ciclista y responsable en un accidente pues estas pólizas suelen tener la cobertura de responsabilidad civil para este tipo de accidentes.

Un saludo.
 
Todo llega amigo ;)

En cuanto a la razón que me das es la que me imaginaba aunque sigo pensando que el redactado de la ley del contrato del seguro obliga siempre que se trate de un vehículo, peatones excluidos, pues no hace referencia a vehículos a motor con obligatoriedad de tener contratado el seguro.

Otra opción para cobrar en estos casos y que muchas veces no se tiene en cuenta es recurrir al seguro del hogar, si se tiene, cuando se es peatón o ciclista y responsable en un accidente pues estas pólizas suelen tener la cobertura de responsabilidad civil para este tipo de accidentes.

Un saludo.


efectivamente la ley no es muy "precisa" aunque la jurisprudencia desde luego lo deja claro, efectivamente por la rc de cabeza de familia por ejemplo que tienen las polizas de hogar se podría reclamar a la aseguradora de estay así hacemos, lo que pasa que normalmente el que es "insolvente" suele serlo en todos los sentidos, es decir, tampoco tiene una póliza de hogar contratada....por eso no solamente solicitamos informes de solvencia, si no que también en según que casos metemos investigados para ver si hay propiedades, etc...
 
yo respeto tu opinión como no puede ser de otra manera, pero decir que las compañías viven de rechazar siniestros, rebatir, etc es no saber la realidad de una compañía, mas hoy en día, cuando empecé a trabajar en siniestros en el '90 no te niego que había cierta cias conocidas que rechazaban todo por norma (las cuales por cierto desaparecieron como era lo esperado), pero todo cambia y actualmente ninguna cia actua de esa manera porque seria su ruina, todas están enfocadas al cliente ante la brutal competencia, defendiendo sus intereses, pero no hay que confundir esto con que " el cliente siempre tiene razón", en siniestros tiene razón a quien se la da el atestado o aporta pruebas o testigos, aquí no vale solo la palabra del conductor porque obviamente la otra parte también tiene la palabra de su cliente que será diferente y ahí empieza el conflicto, cuando uno de los dos cambia la versión para no declararse culpable, no olvides que en siniestros cualquier conflicto comienza cuando uno de los implicados cambia la versión y de eso no tiene culpa la compañía, solo el que la cambia, para una compañía es mucho mejor tramitar siniestros por ejemplo por el convenio cicos en el cual uno se declara culpable, el siniestro se tramita muy rápido y sin que la cia le cueste recursos de tramitador, abogado, procurador etc..., la diferencia entre un siniestro rapido y otro?? que en el siniestro conflictivo uno de los conductores cambia la versión,

tus palabras son como las de los seguros muy bonitas, pero tu mismo lo dices , en declararse culpable , son las compañias las que no se declaran culpables , ya que sus clientes les traspasan lo ocurrido y si no te firman el parte amistoso in situ declarandose culpables luego las compañias lo cambian a su modo de ver, cuando es muy claro normal paguen y callen , los peritos que mas llaman las compañias ya que tu lo sabes , son los que les ahorran mas dinero , rechazando siniestros o rebajandolos a lo minimo.
y si el siniestro es de envergadura economica te llevan años o decadas a cobrar sabiendo que perderan , es su fuerza ahogarte economicamente para que aceptes menos cantidad , y si no lo sabes informate y veras la de millones y millones que tienen paralizados a espera de juicio las compañias y los bancos , es su negocio no se te olvide funciona asi. yo personalmente estuve 12 años para cobrar un siniestro que los jueces me dieron la razon en los 2 juicios y luego el supremo. pero perdi mas de la mitad de lo que cobre en aguantar economicamente pidiendo creditos y pagando peritaciones y demas. que era lo que ellos me ofrecian el 50%.bancos y seguros , ojo.
 
tus palabras son como las de los seguros muy bonitas, pero tu mismo lo dices , en declararse culpable , son las compañias las que no se declaran culpables , ya que sus clientes les traspasan lo ocurrido y si no te firman el parte amistoso in situ declarandose culpables luego las compañias lo cambian a su modo de ver, cuando es muy claro normal paguen y callen , los peritos que mas llaman las compañias ya que tu lo sabes , son los que les ahorran mas dinero , rechazando siniestros o rebajandolos a lo minimo.
y si el siniestro es de envergadura economica te llevan años o decadas a cobrar sabiendo que perderan , es su fuerza ahogarte economicamente para que aceptes menos cantidad , y si no lo sabes informate y veras la de millones y millones que tienen paralizados a espera de juicio las compañias y los bancos , es su negocio no se te olvide funciona asi. yo personalmente estuve 12 años para cobrar un siniestro que los jueces me dieron la razon en los 2 juicios y luego el supremo. pero perdi mas de la mitad de lo que cobre en aguantar economicamente pidiendo creditos y pagando peritaciones y demas. que era lo que ellos me ofrecian el 50%.bancos y seguros , ojo.



Sin entrar a polemizar, mis palabras no son bonitas, son la experiencia de 30 años tramitando siniestros, vamos por partes, el siniestro lo tiene el asegurado, y su obligación seria dar la versión real de lo que ha ocurrido (no la que le gustaría o la que da para que no le suba el recibo) pero de ahí a que las cias cambias las versiones estas muy equivocado, en las cias no cambiamos las versiones de un cliente, tienes una visión muy distorsionada de como funciona una cia, y en absoluto llamamos a los peritos que más rechaza, es más, la plantilla de peritos sigue siendo la misma salvo jubilaciones desde que yo entre… con eso te digo todo, a mí no me sirve un profesional que rechace todo o casi todo sin pruebas porque eso genera conflicto con el cliente, con al Dgs, con el agente, etc, hoy en día y todos nos podemos equivocar, hay muy buenos profesionales peritos, médicos y abogados que son los principales colaboradores externos de las cias, lo de que si es de envergadura lleva años tampoco es así, por si no lo sabes (entiendo que si porque si el siniestro tuyo ha estado doce años y te han dado la razón has cobrado intereses) el interés al que estamos sometidos las cias al cabo de dos años es del 20%, te aseguro que ninguna entidad bancaria paga eso por tener el dinero en su cuenta por lo que alargar los asuntos cuesta dinero y mucho, otra cosa es que para no pagar intereses haya que pagar cosas que no procedan… amen de tu siniestro que lógicamente para ti fue lo más importante como seria para cualquiera de nosotros y sobre el cual no puedo opinar al no conocerlo, en el volumen general de siniestros, las incidencia son mínimas, lo que pasa es que el siniestro que tiene conflicto es el que se anuncia, el que sale como debe ser, correctamente, de él no decimos nada, en mi trabajo se tramitan al año más del millón de siniestros del ramo de automóviles, las incidencias/quejas son mínimas, deseable que fuera el 0% por supuesto, pero eso es utopia y por desgracia al que le toca pues es una putada pero no por ello demonicemos al seguro.

Mira, que no trabajamos de forma perfecta por supuesto, creo que como en todos los trabajos también nos confundimos en ocasiones, quizás con una diferencia, nuestro trabajo parte de lo que nuestro cliente nos indica que ha ocurrido, si este cambia la versión ya tenemos un problema, yo me acabo de cambiar de operadora móvil por una falta de servicio según entiendo, y quien no ha tenido un problema con un fontanero, o con un funcionario, o con….bmw por ejemplo.

Lo que me resulta curioso es que siempre que sale el tema de criticar al seguro nunca sale el tema de los defraudadores que todos pagamos, el que contrata la póliza y luego no la paga, el que paga de forma semestral, paga el primer recibo y el siguiente ya no teniendo de por medio un siniestro, el que no declara como conductor a su hijo sin experiencia para no pagar suplemento, el que declara un parte falso de robo para no pagar franquicia, etc etc, eso parece que se nos olvida y no pensamos que todo eso lo pagamos entre todos en nuestros recibos.

Saludos.
 
tus palabras son como las de los seguros muy bonitas, pero tu mismo lo dices , en declararse culpable , son las compañias las que no se declaran culpables , ya que sus clientes les traspasan lo ocurrido y si no te firman el parte amistoso in situ declarandose culpables luego las compañias lo cambian a su modo de ver, cuando es muy claro normal paguen y callen , los peritos que mas llaman las compañias ya que tu lo sabes , son los que les ahorran mas dinero , rechazando siniestros o rebajandolos a lo minimo.
y si el siniestro es de envergadura economica te llevan años o decadas a cobrar sabiendo que perderan , es su fuerza ahogarte economicamente para que aceptes menos cantidad , y si no lo sabes informate y veras la de millones y millones que tienen paralizados a espera de juicio las compañias y los bancos , es su negocio no se te olvide funciona asi. yo personalmente estuve 12 años para cobrar un siniestro que los jueces me dieron la razon en los 2 juicios y luego el supremo. pero perdi mas de la mitad de lo que cobre en aguantar economicamente pidiendo creditos y pagando peritaciones y demas. que era lo que ellos me ofrecian el 50%.bancos y seguros , ojo.

Pero lo tuyo es muy raro porque además de los intereses punitivos que establece la propia ley del contrato del seguro del 20% tal y como te dice Jose Antonio, si ganaste sin duda lo harías también en costas por lo que las acciones judiciales te tendrían que haber salido gratis y un 20% anual (si no te anticiparon nada) por doce años es una pasta que suma tanto o más que la propia cantidad reclamada.
 
Sin entrar a polemizar, mis palabras no son bonitas, son la experiencia de 30 años tramitando siniestros, vamos por partes, el siniestro lo tiene el asegurado, y su obligación seria dar la versión real de lo que ha ocurrido (no la que le gustaría o la que da para que no le suba el recibo) pero de ahí a que las cias cambias las versiones estas muy equivocado, en las cias no cambiamos las versiones de un cliente, tienes una visión muy distorsionada de como funciona una cia, y en absoluto llamamos a los peritos que más rechaza, es más, la plantilla de peritos sigue siendo la misma salvo jubilaciones desde que yo entre… con eso te digo todo, a mí no me sirve un profesional que rechace todo o casi todo sin pruebas porque eso genera conflicto con el cliente, con al Dgs, con el agente, etc, hoy en día y todos nos podemos equivocar, hay muy buenos profesionales peritos, médicos y abogados que son los principales colaboradores externos de las cias, lo de que si es de envergadura lleva años tampoco es así, por si no lo sabes (entiendo que si porque si el siniestro tuyo ha estado doce años y te han dado la razón has cobrado intereses) el interés al que estamos sometidos las cias al cabo de dos años es del 20%, te aseguro que ninguna entidad bancaria paga eso por tener el dinero en su cuenta por lo que alargar los asuntos cuesta dinero y mucho, otra cosa es que para no pagar intereses haya que pagar cosas que no procedan… amen de tu siniestro que lógicamente para ti fue lo más importante como seria para cualquiera de nosotros y sobre el cual no puedo opinar al no conocerlo, en el volumen general de siniestros, las incidencia son mínimas, lo que pasa es que el siniestro que tiene conflicto es el que se anuncia, el que sale como debe ser, correctamente, de él no decimos nada, en mi trabajo se tramitan al año más del millón de siniestros del ramo de automóviles, las incidencias/quejas son mínimas, deseable que fuera el 0% por supuesto, pero eso es utopia y por desgracia al que le toca pues es una putada pero no por ello demonicemos al seguro.

Mira, que no trabajamos de forma perfecta por supuesto, creo que como en todos los trabajos también nos confundimos en ocasiones, quizás con una diferencia, nuestro trabajo parte de lo que nuestro cliente nos indica que ha ocurrido, si este cambia la versión ya tenemos un problema, yo me acabo de cambiar de operadora móvil por una falta de servicio según entiendo, y quien no ha tenido un problema con un fontanero, o con un funcionario, o con….bmw por ejemplo.

Lo que me resulta curioso es que siempre que sale el tema de criticar al seguro nunca sale el tema de los defraudadores que todos pagamos, el que contrata la póliza y luego no la paga, el que paga de forma semestral, paga el primer recibo y el siguiente ya no teniendo de por medio un siniestro, el que no declara como conductor a su hijo sin experiencia para no pagar suplemento, el que declara un parte falso de robo para no pagar franquicia, etc etc, eso parece que se nos olvida y no pensamos que todo eso lo pagamos entre todos en nuestros recibos.

Saludos.

bueno , solo doy mi punto de vista , tengo bastante experiencia en seguros por eso opino asi, y no lo demonizo , solo digo que si pueden se desmarcan , nada mas , no culpo a nadie solo indico que es una parte de su negocio , como tu darles buen servicio a los clientes , para que te hagan mas polizas .
 
Pero lo tuyo es muy raro porque además de los intereses punitivos que establece la propia ley del contrato del seguro del 20% tal y como te dice Jose Antonio, si ganaste sin duda lo harías también en costas por lo que las acciones judiciales te tendrían que haber salido gratis y un 20% anual (si no te anticiparon nada) por doce años es una pasta que suma tanto o más que la propia cantidad reclamada.

siento amigo dibi que no sepas ver que para ganarle a una compañia empecinada en no pagar , tienes que llevar un buen bufete y esos no cobran solo lo que les marca la ley , asi como firmas de personas acreditadas de universidades o centros de estudio (iese)
o peritos de renombre que avalen las tesis etc. etc. enfrentarse a una compañia o un banco en segun que temas como bien sabes es caro. y en el 87/90 cuando paso este juicio los intereses bancarios del momento iban al 20% , y mas cosas que no te voy a explicar aqui.
conozco muy bien los seguros o los bancos , y cada uno segun su experiencia opina, por eso digo lo que digo.
 
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