Próxima regulación de los intercomunicadores?

Dibi

Curveando
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Según leo en el artículo al que enlazo, está relativamente próxima (2023) la nueva homologación de cascos ECE 22.06 que será más exigente y que contemplaría la homologación de los intercomunicadores en los cascos para poder usarlos:

"Los intercomunicadores genéricos y demás elementos externos solo podrán montarse en los cascos si han superado los test con ellos instalados, es decir, que se acabó en comprar un dispositivo bluetooth y montarlo en cualquier casco. Para que sean legales, deberán venir ya montados en el casco o como accesorios aprobados para dicho modelo de casco, tras la pertinente prueba."

Además todos los modurales deberían homologarse tanto abiertos como cerrados

 
Como siempre, a pasar por caja para ir legal. Pero bueno, algo es algo.

Gracias por el aporte. Saludos,
 
Esto, traducido=

El que quiera llevar intercomunicador, deberá pasar por caja. Si no pasa diremos que es un inconsciente peligroso y lo denunciaremos.

Y lo mas triste es que será una homologación como la de los focos antiniebla o cosas así. Los de mi anterios moto los homologué sin que los viera el de la ITV... eso sí, casi 200 euracos.

Un saludo
 
Yo lo veo como que si el casco pasa la homologación sí puede llevar BT y esto permite al Señor Político firmar el papel que dice que se podrá conducir con cascos homologados por la ECE.
Y ahora es trabajo de NZI, Nolan, Shoei y la demás peña pagar el ensayo y repercutirlo en los precios de cascos.
 
Yo lo veo muy positivo. Llevamos años quejándonos de que no nos permitan el uso de intercomunicadores y cuando por fin parece que se va a regular también nos quejamos. Las distintas marcas de cascos y de intercoms ya se encargarán de las homologaciones, tampoco debe repercutir excesivamente en el precio, en todo caso seguro que mucho menos que una multa con pérdida de puntos incluida. Puede pasar que algunas como Schuberth no homologuen más que sus cascos con sus intercoms fabricados por Cardo si no me equivoco, pero se arriesgan a perder un gran número de ventas.
 
...haber, en cierta logica entiendo lo que se plantea que bien autoricen la conectividad pero con su ensayo correspondiente, tipo shubert por ejemplo.....que ya lo trae instalado de fabrica con su hueco etc....lo que no quieren es que los montemos nosotros mismos, tal como esta la cosa de legalista, alguien tiene que firmar que eso esta bien montado y que se puede montar....en parte lo veo correcto....mucha gente esta montando chinadas, que a saber si no explotan como los móviles con el calor etc...es un decir vamos......no creo que homologen algo que se a puesto a posteriori....y tambien es una forma de mover la economía, si quieres casco con chuches pasa por caja, sino no vas legal....saludos
 
Lo mismo que la tercera luz de freno.
Peligrosísima. Cómo va usted a poner eso en el coche? Loco!
Y luego resulta que es legal, recomendable y super bonita.

Cómo lleva usted un aparato atornillado al casco? Loco! Motero tenía que ser. Endrogao, espantaviejas.
Pero resulta que lo homologan por el artículo 33 y hala, qué bonito, cómo se compra usted un casco sin comunicación, caballero. Ya deben tener preparado hasta el artículo de la revista de la JDT : "El bluetooth en el casco, muy recomendable según nuestro bienamado Director General. -Yo hace años que lo recomiendo. nos dice."
 
...haber, en cierta logica entiendo lo que se plantea que bien autoricen la conectividad pero con su ensayo correspondiente, tipo shubert por ejemplo.....que ya lo trae instalado de fabrica con su hueco etc....lo que no quieren es que los montemos nosotros mismos, tal como esta la cosa de legalista, alguien tiene que firmar que eso esta bien montado y que se puede montar....en parte lo veo correcto....mucha gente esta montando chinadas, que a saber si no explotan como los móviles con el calor etc...es un decir vamos......no creo que homologen algo que se a puesto a posteriori....y tambien es una forma de mover la economía, si quieres casco con chuches pasa por caja, sino no vas legal....saludos
Yo no lo interpreto así. El artículo dice: "Los intercomunicadores genéricos y demás elementos externos solo podrán montarse en los cascos si han superado los test con ellos instalados..." No quiere decir que no puedas comprarlo tú e instalarlo, eso sí, tendrás que asegurarte que el intercom que compres esté homologado para el casco al que lo vayas a poner. Los distintos fabricantes de prestigio como Sena o Cardo se encargarán de homologar sus dispositivos con los principales cascos que se vendan. Imagino que quienes se verán perjudicados por esto serán los vendedores y usuarios de productos chinos que serán los que no homologuen sus aparatos.

Pienso que podremos seguir comprando e instalando el producto pero no cualquier producto.
 
Si no pasa la homologación el fabricante del casco CON el chisme dentro, el casco no está homologado CON chisme.
Puedes jurar que Cascos Pepe SL no va a querer pagar dos homologaciones, una con Bluetooth Manoliño y otra con Intercom Venancio.
 
Si no pasa la homologación el fabricante del casco CON el chisme dentro, el casco no está homologado CON chisme.
Puedes jurar que Cascos Pepe SL no va a querer pagar dos homologaciones, una con Bluetooth Manoliño y otra con Intercom Venancio.
Siempre refiriéndome a lo que dice el artículo, no tiene por qué estar el intercon "dentro" del casco ni tienes por qué comprar el casco ya con el intercom instalado.

"Los intercomunicadores genéricos y demás elementos externos solo podrán montarse en los cascos si han superado los test con ellos instalados, es decir, que se acabó en comprar un dispositivo bluetooth y montarlo en cualquier casco. Para que sean legales, deberán venir ya montados en el casco o como accesorios aprobados para dicho modelo de casco, tras la pertinente prueba."

Entiendo que los cascos los homologarán, tal cual, y los homologarán con distintos intercoms que luego nosotros podremos comprar en el mercado. Exactamente lo mismo que ahora sólo que tendremos que fijarnos que ese intercom en concreto que nos interesa lo podemos instalar en nuestro casco.
 
Efectivamente esto va a significar un "juego revuelto", todo lo que haya, para la basura.

Por otro lado, a ver si esta nueva normativa, y su aplicación, va a significar otro palo...
cámaras de casco. Teoricamente ya sabemos que no se puede llevar, pero si aprovechan ésto, igual empiezan a caer multas a todo kiski.

Y si, hay la opción de homologar la cámara gopro y similares, por parte de un fabricante, soporte, etc... pero a ver a quien le interesa.

Básicamente, la norma podría ser ser "multa a todo aquel casco que no sea redondo".

Saludos
 
A mi no me importaria tirar lo que tengo y comprar otro, si con ello queda todo homolagado.

Ahora habrá que ver el precio, porque la homologación no la va ha pagar el fabricante. Bueno, la pagará y la cobrará al vendedor. Y a ver a que precio la cobra.
 
O sea, que ni mis cascos ni mi intercomunicador actuales serán legales. ¿A comprar todo nuevo igual pero homologado?
Pues sí que lo hemos arreglado.
 
Para dedicar tiempo, dinero, recursos humanos por parte de las administraciones sobre este asunto, me gustaria saber:
- cuantos accidentes se han generado por culpa de un intercom de los actuales
- entiendo por eso debido al uso adecuado, no tocarlo en marcha.

A partir de ahi, es cuando se deberia de estudiar perder recursos en esto, o si por el contrario, era mejor centrarse en lo que mas muertes provoca.
Vease en guardarrailes, estado de las carreteras, señalizacion... estudiando de manera tecnica esto para sacar soluciones efectivas que eviten lesiones y muertes.

Yo lo veo asi. Eso si, buena iniciativa por su parte no obstante el habernos escuchado y dar una solucion.

Saludos
 
Todos los que os quejáis tenéis razón, parto de esa base. Dicho lo anterior, ahora tendremos la oportunidad de circular legalmente sin riesgo a ser sancionados por el uso del intercomunicador, que por otro lado detrae puntos del permiso de conducir. Quien prefiera seguir con su intercom y casco podrá hacerlo asumiendo los mismos riesgos que hasta ahora, de ser sancionado y quien prefiera y pueda, podrá adaptarse a la normativa para ir tranquilo.

También es posible que las marcas se comporten y homologuen intercomunicadores que ya producen y venden con cascos que ya se producen y venden con lo que muchos podríamos seguir tal cual y sin infringir norma alguna.

Las homologaciones igual lo que tienen en cuenta es que en caso de accidente el aparato unido al casco no suponga un riesgo para el usuario y eso no creo que sea difícil ni tiene por qué afectar a los actuales intercoms.

Lo veremos con el tiempo.
 
A partir de 2023, los cascos, auriculares "o similar" ya no aislaran del exterior y no importará que estemos totalmente "insonorizados" y no percibamos lo de nuestro alrededor, hasta entonces estaremos en continuo peligro.
 
todo es igual pero lo antiguo no vale
pues otra cacicada, esta gente nos lleva al precipicio
luego compraremos lo que ellos quieren y al de dos años sera ilegal, porque a otro iluminado se le ocurrira otra cosa
 
Lo que tienen montado es un negocio, y muchas de las modificaciones de la norma están más enfocadas a generar beneficios que a evitar accidentes. Véase la última modificación para la obtención del A2. Se sale más preparado para conducir moto que antes? NO. Se sale con bastantes menos euros en el bolsillo que antes? SI, muuuchos menos.
Podrían haber hecho la modificación haciendo que la gente saliera mejor formada? SI, y no les ha dado la gana.
Nuestra querida administración, la misma que está gestionando esta crisis sanitaria.
En fin, paro que se me calienta el morro.
 
Excelente noticia, cuando toque cambiar de casco espero que Shoei ya tenga homologados unos cuantos sistemas y que se puedan escoger por precio/calidad de sonido, mientras tanto seguiré disfrutando de los stereo que llevo montados de hace años, no concibo una ruta sin música a expensas de que me multen cuando quieran.
Lo de siempre en este país, los que legislan solo piensan en la pasta, si pasamos por caja es legal si no a joderse.
Saludos.
 
Todos los que os quejáis tenéis razón, parto de esa base. Dicho lo anterior, ahora tendremos la oportunidad de circular legalmente sin riesgo a ser sancionados por el uso del intercomunicador, que por otro lado detrae puntos del permiso de conducir.


Si. Por los intercomunicadores, si.
Pero luego se fijaran en... ese baul que no venia con la moto, esas defensas que añaden peso, esa pantalla mas alta... el caso es HOMOLOGAR. (=cobrarte)

Ánimo y suerte
 
Buenas tardes, aunque no esté del todo de acuerdo con la manera que tienen de poner solución al tema de los intercomunicadores, al menos parece que empieza a haber luz al final del tunel (aunque sea aflojando la cartera, como siempre).
Un saludo.
 
Yo tampoco, tengo un cardo y un neotec, k sean las marcas las que saquen el tema de la homologacion.

Enviado desde mi CLT-L09 mediante Tapatalk
 
Pues nos lo han hecho otra vez. Como la luz de freno trasera, muy buen ejemplo.

En este caso ademas ya obviamos la discusion de si son seguros o no por temas de distracciones. Se trata, según parece, de comprobar si son seguros o no por temas de impacto. Una circunstancia que solo concierne al usuario y no a terceros.

Igual que la pretension de hace años de obligar a llevar guantes y que sean homologados ¿ alguien ve normal que unos guantes tope gama de cuero de 200 euros, con lo mejor en protecciones y materiales pero de 1 mes antes de la homolgacion CE como EPI protegan menos que unos guantes de 20 euros con marcado CE?.

Y recordemos que los daños personales los paga tu seguro, no la sanidad publica.

Espero equivocarme pero empezamos con la imposicion del casco si o si ( lo que ya deberia ser un tema de educacion y no de imposición a estas alturas) y vamos a acabar tirando toda la ropa y accesorios que tenemos para que no nos multen.

Y encima nos sentimos aliviados de poder "legalizar" la situación, que en mi caso es ir hablando, cuando las circunstancias del trafico lo permiten, con el acompañante y nada más, ni móvil, ni musica, como si voy en coche hablando con el copiloto.

Perdonad el tochazo y la calentura.


Vs
 
Última edición:
Pues nos lo han hecho otra vez. Como la luz de freno trasera, muy buen ejemplo.

En este caso ademas ya obviamos la discusion de si son seguros o no por temas de distracciones. Se trata, según parece, de comprobar si son seguros o no por temas de impacto. Una circunstancia que solo concierne al usuario y no a terceros.

Igual que la pretension de hace años de obligar a llevar guantes y que sean homologados ¿ alguien ve normal que unos guantes tope gama de cuero de 200 euros, con lo mejor en protecciones y materiales pero de 1 mes antes de la homolgacion CE como EPI protegan menos que unos guantes de 20 euros con marcado CE?.

Y recordemos que los daños personales los paga tu seguro, no la sanidad publica.

Espero equivocarme pero empezamos con la imposicion del casco si o si ( lo que ya deberia ser un tema de educacion y no de imposición a estas alturas) y vamos a acabar tirando toda la ropa y accesorios que tenemos para que no nos multen.

Y encima nos sentimos aliviados de poder "legalizar" la situación, que en mi caso es ir hablando, cuando las circunstancias del trafico lo permiten, con el acompañante y nada más, ni móvil, ni musica, como si voy en coche hablando con el copiloto.

Perdonad el tochazo y la calentura.


Vs

Creo que te estás anticipando, bueno, todos nos estamos anticipando. De momento no hay nada. No sabemos qué va a ocurrir ni cómo va a quedar la cosa. Hasta es posible que las marcas homologuen aparatos que ya han vendido y que ya usamos, no sólo los nuevos productos.

De las prendas de ropa tampoco hay nada y al paso que vamos tardará mucho todavía la administración en regularla pero si lo hacen tendrán que poner una moratoria.

Los años personales yendo en moto no los paga completamente tu seguro, los límites creo que están en unos 11.000 euros, el resto corre a cargo de la sanidad pública. A mí me parece perfecto que se proteja obligatoriamente al inconsciente también.

Un saludo.
 
Hola Dibi, que tal?

Soy consciente de que es solo un borrador por el momento, pero un reflejo de por donde van las cosas de cara al futuro.

Es cierto que es un poco hablar por hablar.

Simplemente me parece que en muchos casos, en europa, hay una sobre regulación normativa y mas que va a haber. Esa regulación va sustituyendo tu capacidad de decision y buen juicio por una imposición.

Ya nos consideran tan incapaces como de cambiar un manillar de moto o montar unas luces auxiliares, con lo que debemos tener un certificado de instalacion de taller para cosas que en otros paises se hace cualquiera a si mismo., se lleva a inspección y listo.

¿Tan difícil seria que te obliguen a pasar por taller a montar el comunicador al casco?. ¿Seria razonable?

Tampoco me consolaria nada tener que tirar unos guantes, cazadora, pantalon de gama alta... que estan nuevos por que cambia una homologacion. Has visto los guantes homologados CE de 20-30 euros que se venden... ¿si de ti dependiera tirarias tus guantes tope gama de circuito por ellos solo para poder circular?


Respecto a proteger al inconsciente aunque el no quiera.... hay mucho escrito sobre este tema.

Resumiendo, yo creo que si, al incosciente hay que protegerlo de si mismo, o mucho mejor aun formarle para que sea consciente de los riesgos y luego decida, pero al consciente que lo hace bajo su responsabilidad, siempre y cuando sus acciones no perjudiquen a terceros, pues no, ahora mismo creo que no. Antes pensaba como tu.

Por reduccion al absurdo, extendiendo la doctrina de que otra persona decida por tu salud : cualquier desplazamiento no esencial es innecesario y evidentemente existe el riesgo de accidente. Por lo tanto habria que prohibir, por seguridad, todos los desplazamientos no imprescindibles.

Lo del seguro, de verdad pensaba que era así. Mis disculpas si estoy equivocado. ¿Alguien puede confirmar ese tema de la limitación de daños personales?.

Vs





Tan dificil
 
Yo estoy mirando un casco modular y cada vez veo más "oportuno" comprarlo si tiene la opción de instalarle un intercomunicador "oficial del fabricante del casco". En esas resulta que ayer mismo se me antojó indagar en el modelo Nolan N100-5 Plus y su intercomunicador B901R (el que no lleva luz trasra) y una cosa que dice la web del intercomunicador es:

Todos los cascos Nolangroup predispuestos para el sistema N-Com están homologados con el sistema instalado y cumplen, por lo tanto, con la normativa ECE/ONU 22-05

Y mi pregunta entonces es: ¿entraría este modelo e intercomunicador en esta nueva legislación?
 
Hola Dibi, que tal?

Soy consciente de que es solo un borrador por el momento, pero un reflejo de por donde van las cosas de cara al futuro.

Es cierto que es un poco hablar por hablar.

Simplemente me parece que en muchos casos, en europa, hay una sobre regulación normativa y mas que va a haber. Esa regulación va sustituyendo tu capacidad de decision y buen juicio por una imposición.

Ya nos consideran tan incapaces como de cambiar un manillar de moto o montar unas luces auxiliares, con lo que debemos tener un certificado de instalacion de taller para cosas que en otros paises se hace cualquiera a si mismo., se lleva a inspección y listo.

¿Tan difícil seria que te obliguen a pasar por taller a montar el comunicador al casco?. ¿Seria razonable?

Tampoco me consolaria nada tener que tirar unos guantes, cazadora, pantalon de gama alta... que estan nuevos por que cambia una homologacion. Has visto los guantes homologados CE de 20-30 euros que se venden... ¿si de ti dependiera tirarias tus guantes tope gama de circuito por ellos solo para poder circular?


Respecto a proteger al inconsciente aunque el no quiera.... hay mucho escrito sobre este tema.

Resumiendo, yo creo que si, al incosciente hay que protegerlo de si mismo, o mucho mejor aun formarle para que sea consciente de los riesgos y luego decida, pero al consciente que lo hace bajo su responsabilidad, siempre y cuando sus acciones no perjudiquen a terceros, pues no, ahora mismo creo que no. Antes pensaba como tu.

Por reduccion al absurdo, extendiendo la doctrina de que otra persona decida por tu salud : cualquier desplazamiento no esencial es innecesario y evidentemente existe el riesgo de accidente. Por lo tanto habria que prohibir, por seguridad, todos los desplazamientos no imprescindibles.

Lo del seguro, de verdad pensaba que era así. Mis disculpas si estoy equivocado. ¿Alguien puede confirmar ese tema de la limitación de daños personales?.

Vs





Tan dificil

Hola Farmala. No hay que disculparse por nada, faltaría más. Aquí estamos para charlar.

Los límites de facturación para las distintos tipos de siniestros, los puedes ver aquí:

 
Yo creo que van a meter mano de los equipos que se montan en superficie.
Los que son especificos del casco y van integrados que ni se ven se supone que estan homologados para ese casco y eso si pasaran. Al tiempp
 
Perdonad por salirme un poco del tema, pero he estado leyendo lo que nos enlazó Dibi por el tema de los seguros.

Me surgen algunas dudas (de cara a daños físicos propios por caida culpable del conductor):

1. Da la impresion de que el convenio solo es para con unos pocos centros publicos y no a nivel general para toda España.

2. Si a las aseguradoras no se las pide, por parte de la seguridad social, que embolsen mas de 10.000 euros por siniestro, a quien le reclaman el resto, ¿al conductor directamente?. La ley lo da a entender, ¿es así?

3. Si el accidente es fuera de españa, entiendo dependera de cada pais y sus convenios.

Me ha llamado la atencion el limite de dos años que figura en este convenio.

Normalmente cuando viajamos fuera nos vamos con seguro de vida, de conduccion y uno especifico de viaje con una burrada de cobertura en gastos medicos, pero veo que quiza en algunos paises no tenga mucho sentido, si he entendido bien el convenio ( que lo dudo :) ) seria el caso de España.

Muy interesante el asunto. Mañana consultare en detalle mis polizas de automovil y la de vida y viaje a ver que traen exactamente en caso de asistencia medica al conductor.

Gracias por el aporte Dibi.

Vs
 
Última edición:
La cartera de servicios de la Seguridad Social en el Reino de España en el día de hoy NO ( repito NO ) cubre los accidentes de tráfico.
Preguntadlo en vuestros centros de asistencia primaria, vuestros sistemas de salud autonómicos, el ministerio y si le conocéis, el ministro.
Repito. Los accidentes no los cubre la SS. Los cubre la aseguradora individual de cada uno según el contrato ( los contratos son libres ) y sus condiciones.
 
Perdonad por salirme un poco del tema, pero he estado leyendo lo que nos enlazó Dibi por el tema de los seguros.

Me surgen algunas dudas (de cara a daños físicos propios por caida culpable del conductor):

1. Da la impresion de que el convenio solo es para con unos pocos centros publicos y no a nivel general para toda España.

2. Si a la aseguradora no se las pide, por parte de la seguridad social, que embolsen mas de 10.000 euros por sinoestro, a quien le reclaman el resto, ¿al conductor directamente?. La ley lo da a entender, ¿es así?

3. Si el accidente es fuera de españa, entiendo dependera de cada pais y sus convenios.

Me ha llamado la atencion el limite de dos años que figura en este convenio.

Normalmente cuando viajamos fuera nos vamos con seguro de vida, de conduccion y uno especifico de viaje con una burrada de cobertura en gastos medicos, pero veo que quiza en algunos paises no tenga mucho sentido, si he entendido bien el convenio ( que lo dudo :) ) seria el caso de España.

Muy interesante el asunto. Mañana consultare en detalle mis polizas de automovil y la de vida y viaje a ver que traen exactamente en caso de asistencia medica al conductor.

Gracias por el aporte Dibi.

Vs

El acuerdo, según lo interpreto yo, recoge los importes máximos que puede facturar la SS a las aseguradoras según el tipo de accidente, si hay o no vehículo contrario, si se trata de una moto o ciclomotor sin terceros... Los importes máximos quiere decir que la SS no va a facturar más por esas asistencias, cuesten lo que cuesten.

En cualquier caso, cuando se trata de un solo vehículo la aseguradora se compromete a pagar esos gastos con esos límites.

Cuando hay más de un vehículo cada aseguradora se compromete a pagar los gastos de su asegurado y resto de ocupantes de su vehículo.

Por aquí hay gente que conoce el tema mejor que yo y que trabajan en aseguradoras que seguro que podrán asegurar o desmentir lo que digo.

Saludos.
 
La cartera de servicios de la Seguridad Social en el Reino de España en el día de hoy NO ( repito NO ) cubre los accidentes de tráfico.
Preguntadlo en vuestros centros de asistencia primaria, vuestros sistemas de salud autonómicos, el ministerio y si le conocéis, el ministro.
Repito. Los accidentes no los cubre la SS. Los cubre la aseguradora individual de cada uno según el contrato ( los contratos son libres ) y sus condiciones.

Creo que estás equivocado. Has mirado el enlace que adjunté un poco más arriba?: http://noticias.juridicas.com/base_...es-territoriales-10-de-oct-2017-convenio.html
 
Este es el texto oficial al que te refieres :
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-12022
En el artículo 1 define el objeto, en este caso un convenio entre las partes.
En el 2, hace referencia al art. 83 de la Ley General de Sanidad, que enlazo, y es la clave.
https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-10499
Los temas jurídicos son así, un embrollo. Leed por favor que dice que la SS puede cobrar ( por tanto no es gratis ) y que en el convenio se definen contraprestaciones pero en ningún sitio dice que los gastos los paga la SS. Explica los mecanismos de pago.
Por otra parte, y por si os quedan dudas ( cuando se acabe la movida ) os repito que en vuestros centros de salud os aclararán que no, que la SS no paga los accidentes de tráfico.
Si leéis un poco más, habla del Consorcio y tal y Pascual, también se refiere a la adaptación de normas comunitarias y a la Ley de Accidentes de Tráfico, que también enlazo : ( EDITO, la ley de responsabilidad civil en accidentes de tráfico, para más precisión )
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-18911&p=20041105&tn=1
Como lema : si sales a la carretera estás solo y si te pasas del límite de su seguro, además estás jodido. Así que cuidadito todos.
 
Este es el texto oficial al que te refieres :
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-12022
En el artículo 1 define el objeto, en este caso un convenio entre las partes.
En el 2, hace referencia al art. 83 de la Ley General de Sanidad, que enlazo, y es la clave.
https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1986-10499
Los temas jurídicos son así, un embrollo. Leed por favor que dice que la SS puede cobrar ( por tanto no es gratis ) y que en el convenio se definen contraprestaciones pero en ningún sitio dice que los gastos los paga la SS. Explica los mecanismos de pago.
Por otra parte, y por si os quedan dudas ( cuando se acabe la movida ) os repito que en vuestros centros de salud os aclararán que no, que la SS no paga los accidentes de tráfico.
Si leéis un poco más, habla del Consorcio y tal y Pascual, también se refiere a la adaptación de normas comunitarias y a la Ley de Accidentes de Tráfico, que también enlazo : ( EDITO, la ley de responsabilidad civil en accidentes de tráfico, para más precisión )
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-18911&p=20041105&tn=1
Como lema : si sales a la carretera estás solo y si te pasas del límite de su seguro, además estás jodido. Así que cuidadito todos.

No encuentro nada que respalde lo que dices. El segundo enlace es el convenio que ya puse pero publicado en el BOE y, para mí, lo deja bastante claro, es un convenio que firman las aseguradoras con la SS:

A. Siniestros en que intervenga un único vehículo.

Las Entidades Aseguradoras se obligan al pago de las prestaciones sanitarias que precisen las víctimas del siniestro, incluido el conductor del vehículo, si bien, en este caso, con el límite recogido en las condiciones económicas del Convenio.
En el caso de un vehículo directamente asegurado por el Consorcio de Compensación de Seguros, esta Entidad asumirá los gastos asistenciales devengados por las víctimas, con la excepción del conductor del vehículo.
En el supuesto de inexistencia de Seguro de Responsabilidad Civil o en aquellos otros en que resulte acreditada la intervención en el siniestro de un vehículo robado, los gastos asistenciales de las víctimas del accidente que ocuparan voluntariamente estos vehículos, con excepción del conductor del vehículo, serán por cuenta del Consorcio de Compensación de Seguros, el cual quedará en todo caso exento de la obligación de pago de la asistencia sanitaria prestada cuando pruebe que los ocupantes del vehículo que originan los gastos asistenciales conocían la circunstancia de robo o no aseguramiento del mismo.

B. Siniestros en que participe más de un vehículo.

En estos siniestros se abonarán por cada Entidad Aseguradora las prestaciones sanitarias correspondientes a las víctimas ocupantes del vehículo que aseguren y las del conductor respectivo, excepto cuando se trate de vehículos no asegurados o robados, en los que el Consorcio de Compensación de Seguros no asumirá los gastos del conductor en ningún caso, ni tampoco los de las víctimas que ocuparan voluntariamente estos vehículos siempre que pruebe que conocían la circunstancia de robo o no aseguramiento.


Más adelante establece los importes máximos a facturar a esas aseguradoras.

Dime, si no te importa, dónde la Ley del Seguro o la Ley General de Sanidad disponen otra cosa, con los enlaces no lo veo.
 
Creo que no lo he dejado claro. El 83 de la LGS, hace referencia a terceros responsables. Eso queda cubierto con el seguro de responsabilidad civil de todos los seguros. Cuando tenemos un accidente solos, sin terceros, no nos afecta. Luego explica quiénes son los obligados al pago en los párrafos que ya puse anteriormente y pone los límites a ese pago.
 
Te lo explico encantado : estás buscando lo que no hay. No dice que los accidentes los paga la SS. Punto y final de la discusión.
Como no lo dice, en la mejor tradición del derecho, no lo paga.
Cualquier conclusión a la que puedas llegar interpretando el derecho es un error. La cartera de servicios de nuestra sanidad, por decisión del legislador, no cubre a los conductores, y todo ese articulado detalla las demás relaciones entre las partes, lo que también está en el objeto mismo de ese convenio, que se refiere, insisto a las aseguradoras y la SS, no a los usuarios y la SS.
Y no se puede referir a los ciudadanos y las aseguradoras porque se trata de una relación mercantil, la del seguro.

Salvo opinión mejor fundada, claro. Yo aquí solo aporto una voz más.

Una anécdota. En Badalona, junto al Hospital Trías y Pujol, está el Institut Guttmann. Algunos accidentados se recuperan allí.
Todo el complejo está algo alejado de la ciudad, subiendo por una carreterita, hay autobús, claro. Una vez arriba las vistas son espectaculares.
 
Estoi leyendo mucho sobre leyes y demás historias sobre accidentes,todo palabrería pero ningún caso prático.¿ a alguien le han hecho pagar por tratarle en un hospital de la seguridad social?porque me imagino que entre los foreros habrá gente que a tenido un accidente.en mi caso yo tuve una caída con rotura de clavícula y no pague nada,ni la atención en el hospital,ni la reabilitación y como autónomo la baja de tres meses me lo pagaron y no conozco a nadie entre los que andamos en moto que a tenido que abonar nada.Otra cosa será si te atienden en un hospital privado.
 
Te lo explico encantado : estás buscando lo que no hay. No dice que los accidentes los paga la SS. Punto y final de la discusión.
Como no lo dice, en la mejor tradición del derecho, no lo paga.
Cualquier conclusión a la que puedas llegar interpretando el derecho es un error. La cartera de servicios de nuestra sanidad, por decisión del legislador, no cubre a los conductores, y todo ese articulado detalla las demás relaciones entre las partes, lo que también está en el objeto mismo de ese convenio, que se refiere, insisto a las aseguradoras y la SS, no a los usuarios y la SS.
Y no se puede referir a los ciudadanos y las aseguradoras porque se trata de una relación mercantil, la del seguro.

Salvo opinión mejor fundada, claro. Yo aquí solo aporto una voz más.

Una anécdota. En Badalona, junto al Hospital Trías y Pujol, está el Institut Guttmann. Algunos accidentados se recuperan allí.
Todo el complejo está algo alejado de la ciudad, subiendo por una carreterita, hay autobús, claro. Una vez arriba las vistas son espectaculares.

Quieres decir que las aseguradoras pagan hasta los límites que les impone el convenio y que el resto no lo cubre la SS? Cuando el art. 83 hace referencia a "terceros" obligados, yo entiendo que un tercero no es la persona lesionada que ha sido asistida, sino otro responsable.

A mí me gustaría que alguno de los compañeros que hay por aquí que trabajan en aseguradoras nos aclararan cómo funciona realmente. Yo no conozco a nadie que haya tenido nunca que pagar ninguna asistencia por un accidente al no haber un tercero responsable.
 
Yo no lo interpreto así. El artículo dice: "Los intercomunicadores genéricos y demás elementos externos solo podrán montarse en los cascos si han superado los test con ellos instalados..." No quiere decir que no puedas comprarlo tú e instalarlo, eso sí, tendrás que asegurarte que el intercom que compres esté homologado para el casco al que lo vayas a poner. Los distintos fabricantes de prestigio como Sena o Cardo se encargarán de homologar sus dispositivos con los principales cascos que se vendan. Imagino que quienes se verán perjudicados por esto serán los vendedores y usuarios de productos chinos que serán los que no homologuen sus aparatos.

Pienso que podremos seguir comprando e instalando el producto pero no cualquier producto.
Así lo entiendo yo también ??
 
Hola Arno, yo te puedo decir de primera mano que España, en urgencias, te piden antes de entrar( si estas bien como para pedirtelo) la aseguradora y la póliza y lo firmas.

En Francia te llega la peticion de las costas a tu domicilio reclamandote directamente los daños o pidiendo que facilites los datos del seguro.

La de francia fue un tercero y aun asi me reclamaban el dinero por vía postal certificada. Ningun problema porque el pobre hombre que nos dio por detrás lo reconoció todo desde el primer momento, bastante tenia con el ataque de nervios que le dio. Asi que no pagamos nada, lo pago su seguro.

Desde entonces siempre seguro de viaje con muchos miles de euros de cobertura porque a 700-1500 euros la noche de ingreso el dinero si es algo serio se va deprisa y fuera de España, pues....

Para el que se quiera hacer una idea de si compensa, un seguro de viaje para dos por 8 paises, 22 dias y con mas de 100.000 euros de covertura por persona (que cubra claro accidente de moto) nos costo las ultima vacaciones menos de 200 euros. El seguro tiene ademas otras prestaciones.

La de España una capa de hielo, a 10 por hora o menos, tampoco pagamos nada pero es que no hubo ni ingreso, solo radiografías y demas protocolo de accidente de moto, pero yo, salvo una luxacion de hombro estaba bien. Los costes de urgencias, que seguro fueron muy pocos, los pago el seguro.

No se que hubiera pasado si hubiera llegado al limite de covertura de mi seguro y de ahi la duda, que espero algun compañero nos sepa aclarar a ciencia cierta.

vs
 
Hola Farmala. Cuando viajo fuera de España contrato un seguro con IATI. En España te piden esos datos, es lógico, les van a facturar lo que corresponda. Yo tuve un accidente hace unos 3 años, sin terceros, rotura de la meseta tibial, fue en otra comunidad a la mía de residencia, una semana o algo más hospitalizado en esa comunidad, traslado a la mía y otra semana más larga en mi hospital de referencia. No llegaron a operarme, muchas curas, rehabilitación y todavía me visitan por ello una vez al año. La cobertura del seguro por asistencia sanitaria no recuerdo cuál era pero seguro que se sobrepasó de largo. Después de las hospitalizaciones y primeras semanas de asistencia me derivaron a Trafisaba que es un centro dependiente del hospital Taulí para asistencia a víctimas de accidentes de tráfico. Nunca me han reclamado nada.
 
Yo tuve un accidente de bici ( yo en bici ) con coche. Y el hospital me mandó la factura. Y fue culpa del coche.
Lo de las facturas de hospitales privados en el extranjero también tengo alguna experiencia.
Aquí hay una práctica común y otra cosa, que es lo que estábamos comentando arrojándonos leyes a la cabeza ( broma ) es la ley.
 
Siento mucho que os tocara tambien pasar por accidentes. No se pasa nada bien.

Por lo que he leído estos dias, parece que sanidad, en España no esta pidiendo a los particulares que reembolsen lo que supera la prima de seguro, pero la ley si que lo contempla, con lo cual si tenemos una cobertura pequeña y tenemos un accidente gordo, estamos en manos de la politica " oficiosa " del momento con base en convenios o acuerdos temporales, mal asunto. ( la fuente son artículos de las propias aseguradoras, que tampoco se si es información fiable al 100%).

Este es uno de los artículos que he leído. En el epígrafe " asistencia sanitaria".


A mi me ha valido la charla para mirar una poliza que he hecho en la moto nueva, sin leerla en detalle ( mal hecho, las prisas....) y ver que tengo muy poca cobertura de daños propios.

Mañana llamare al seguro para ver hasta donde la puedo subir, al menos hasta esos 10.000 euros, y por cuanto sale.

Vs
 
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