Legalización de intercomunicadores

Pues yo creo que es una noticia fake. Desde luego la web parece de marujeo.

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Si que es una pena, había leído la sentencia de la sancion de Zaragoza y pensé que estaba cambiando la dirección del viento, pero ahora leo (en este foro) que no tiene por qué ser vinculante. Mojon, pues.

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DrutaK - Salidas, rutas y viajes en motoMe gusta esta página
Ayer a las 12:56 ·
¿ SABIAS QUE...?
Los intercomunicadores de moto son legales y son realmente útiles y benefician a nuestra seguridad. Pero ¿lo son todos? ¿Por qué hay casos de multas? ¿Qué dice la jurisprudencia?
Te contamos todo lo que debes saber:
Existe mucha confusión respecto a la legalidad de los intercomunicadores de moto: llevar un intercomunicador en el casco de moto no es ilegal, aunque la Ley es ambigua al respecto.
Te explicamos por qué lo es y resolvemos tus principales dudas para que pierdas cualquier miedo a usarlos. Sigue leyendo porque hay mucho que contarte:
1) LA LEY Y LOS INTERCOMUNICADORES DE MOTO. QUÉ DICE EL CÓDIGO DE CIRCULACIÓN
Antes de nada, hay que recordarte qué son los intercomunicadores de moto.
Los intercomunicadores son unos aparatos electrónicos que nos permiten (a grandes rasgos), escuchar música, la radio, hacer y recibir llamadas, comunicarnos con nuestro pasajero u otros motoristas y, algunos modelos, hasta grabar vídeo.
Todo esto, dependiendo del modelo y de la marca. Los intercomunicadores son muy útiles, especialmente para viajar en moto o moverte en el día a día.
Actualmente, esto es los que estipula el Código de Circulación respecto a los dispositivos de comunicación, detallado en su artículo 18.2:
“Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.
Reglamentariamente se podrán establecer otras excepciones a las prohibiciones previstas en los párrafos anteriores.”
2) ¿TE PUEDEN MULTAR POR LLEVAR UN INTERCOMUNICADOR DE MOTO?
Este artículo 18.2 es poco preciso y deja a la interpretación de la autoridad competente si el intercomunicador es un auricular o no.
Realmente, solo se detallan dos usos legales de sistemas de comunicación de este estilo (para autoescuelas y policía), pero también aclara que se podrían establecer más excepciones de cara el futuro.
Esta falta de concreción de la ley hace que existan casos de multas, donde agentes de tráfico han considerado que el intercomunicador de moto era un dispositivo ilegal, interpretando que es un auricular ya que impide percibir sonidos externos.
Afortunadamente, la jurisprudencia está de parte de los moteros y moteras. Las multas por llevar intercomunicador en el casco de moto se pueden recurrir y suelen fallar a favor del usuario.
El motivo es que los intercomunicadores actúan como altavoces y no como auriculares. Al estar integrados en el casco disponen de la misma consideración que los altavoces del coche, ya que no limitan ni reducen la audición de las señales acústicas del exterior.
Así que se puede recurrir la sanción y lograr que sea anulada.
Y tú, ¿ qué opinas sobre este tema ?
Un saludo V'sss !!!

Esto e leido en Facebook,sobre este tema
 
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Ayer a las 12:56 ·
¿ SABIAS QUE...?
Los intercomunicadores de moto son legales y son realmente útiles y benefician a nuestra seguridad. Pero ¿lo son todos? ¿Por qué hay casos de multas? ¿Qué dice la jurisprudencia?
Te contamos todo lo que debes saber:
Existe mucha confusión respecto a la legalidad de los intercomunicadores de moto: llevar un intercomunicador en el casco de moto no es ilegal, aunque la Ley es ambigua al respecto.
Te explicamos por qué lo es y resolvemos tus principales dudas para que pierdas cualquier miedo a usarlos. Sigue leyendo porque hay mucho que contarte:
1) LA LEY Y LOS INTERCOMUNICADORES DE MOTO. QUÉ DICE EL CÓDIGO DE CIRCULACIÓN
Antes de nada, hay que recordarte qué son los intercomunicadores de moto.
Los intercomunicadores son unos aparatos electrónicos que nos permiten (a grandes rasgos), escuchar música, la radio, hacer y recibir llamadas, comunicarnos con nuestro pasajero u otros motoristas y, algunos modelos, hasta grabar vídeo.
Todo esto, dependiendo del modelo y de la marca. Los intercomunicadores son muy útiles, especialmente para viajar en moto o moverte en el día a día.
Actualmente, esto es los que estipula el Código de Circulación respecto a los dispositivos de comunicación, detallado en su artículo 18.2:
“Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.
Reglamentariamente se podrán establecer otras excepciones a las prohibiciones previstas en los párrafos anteriores.”
2) ¿TE PUEDEN MULTAR POR LLEVAR UN INTERCOMUNICADOR DE MOTO?
Este artículo 18.2 es poco preciso y deja a la interpretación de la autoridad competente si el intercomunicador es un auricular o no.
Realmente, solo se detallan dos usos legales de sistemas de comunicación de este estilo (para autoescuelas y policía), pero también aclara que se podrían establecer más excepciones de cara el futuro.
Esta falta de concreción de la ley hace que existan casos de multas, donde agentes de tráfico han considerado que el intercomunicador de moto era un dispositivo ilegal, interpretando que es un auricular ya que impide percibir sonidos externos.
Afortunadamente, la jurisprudencia está de parte de los moteros y moteras. Las multas por llevar intercomunicador en el casco de moto se pueden recurrir y suelen fallar a favor del usuario.
El motivo es que los intercomunicadores actúan como altavoces y no como auriculares. Al estar integrados en el casco disponen de la misma consideración que los altavoces del coche, ya que no limitan ni reducen la audición de las señales acústicas del exterior.
Así que se puede recurrir la sanción y lograr que sea anulada.
Y tú, ¿ qué opinas sobre este tema ?
Un saludo V'sss !!!

Ese artículo anda errado. Si lees un poco en este mismo foro verás por qué.
 
Pues no se si sera verdad o mentira, pero en la cadena DMAX, los domingos por la noche a las 21:30 han estrenado programa que se llama "Control de carreteras" y en el primer capitulo, una pareja de motoristas de la GC denuncia a un motorista por llevar el intercomunicador.
 
Pues no se si sera verdad o mentira, pero en la cadena DMAX, los domingos por la noche a las 21:30 han estrenado programa que se llama "Control de carreteras" y en el primer capitulo, una pareja de motoristas de la GC denuncia a un motorista por llevar el intercomunicador.
pues si como dicen lo legalizan en primavera , quien ha multado a este motorista se merece un premio, por lo que se va escuchando ya no es una ni dos multas son bastantes mas., eso si si lo llevas apagado dicen por hay que no te multan , aunque yo no me lo creo .
 
pues si como dicen lo legalizan en primavera , quien ha multado a este motorista se merece un premio, por lo que se va escuchando ya no es una ni dos multas son bastantes mas., eso si si lo llevas apagado dicen por hay que no te multan , aunque yo no me lo creo .

A ver Pepe, qué es lo que no te crees, no me ha quedado claro pues te ha quedado la cosa un tanto deslavazada, que si lo llevas apagado no te tienen que denunciar? Es eso? Pues para aclarártelo se tienen que dar dos circunstancias:

- Que te ponga la normativa que tan poco te gusta.

- Que abras los ojos y la leas atentamente intentado comprenderla.

Si no se cumplen esas dos premisas va a ser tontería intentar aclarártelo.
 
A ver Pepe, qué es lo que no te crees, no me ha quedado claro pues te ha quedado la cosa un tanto deslavazada, que si lo llevas apagado no te tienen que denunciar? Es eso? Pues para aclarártelo se tienen que dar dos circunstancias:

- Que te ponga la normativa que tan poco te gusta.

- Que abras los ojos y la leas atentamente intentado comprenderla.

Si no se cumplen esas dos premisas va a ser tontería intentar aclarártelo.

las premisas , la normativa , etc. etc. si te quieren multar te multan , y claro que puedes alegar para que en otras vias te la quiten pero de momento estas multado. hechos son razones como dice el refranero.
y claro que lo pone la normativa ya en varios post de todo el mundo lo pones , pero no se habla de razones se habla de hechos.
 
A ver Pepe, qué es lo que no te crees, no me ha quedado claro pues te ha quedado la cosa un tanto deslavazada, que si lo llevas apagado no te tienen que denunciar? Es eso? Pues para aclarártelo se tienen que dar dos circunstancias:

- Que te ponga la normativa que tan poco te gusta.

- Que abras los ojos y la leas atentamente intentado comprenderla.

Si no se cumplen esas dos premisas va a ser tontería intentar aclarártelo.

lo siento dibi eres muuuu pesao ja ja ja a na que escribo tu erre que erre , eres mu cansino , dejameeeeee o a ver asi igual lo entiendes mas ejameeeeee sin la D ja ja ja tu piensa lo que quieras que yo no te taladro , asi que haz lo mismo ufffff
cansino es poco ja ja ja
 
las premisas , la normativa , etc. etc. si te quieren multar te multan , y claro que puedes alegar para que en otras vias te la quiten pero de momento estas multado. hechos son razones como dice el refranero.
y claro que lo pone la normativa ya en varios post de todo el mundo lo pones , pero no se habla de razones se habla de hechos.

Ya tenía yo razón. Sabía que mentarte normativa era como nombrarte al diablo, jajaja.

lo siento dibi eres muuuu pesao ja ja ja a na que escribo tu erre que erre , eres mu cansino , dejameeeeee o a ver asi igual lo entiendes mas ejameeeeee sin la D ja ja ja tu piensa lo que quieras que yo no te taladro , asi que haz lo mismo ufffff
cansino es poco ja ja ja

Y si yo soy pesado, tú no lo eres? Jjaajaja, veo que hoy estás de buen humor.

Ah, no te pierdas, que si te mencioné fue porque tú hiciste alusiones a mis comentarios y luego vas y te quejas:
eso si si lo llevas apagado dicen por hay que no te multan , aunque yo no me lo creo

Además, nunca he dicho ni leído a nadie que diga que si lo llevas apagado no te multan sino que he dicho que por llevarlo, si no se lleva conectado, no se comete infracción alguna, que son cosas distintas. Seguro que todavía sigues sin entenderlo.
 
No seas pueril, hombre. Compórtate como un adulto.
 
Entonces por que nuestras gs llevan software para conectar el intercomunicador con la moto?No entiendo nada


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Entonces por que nuestras gs llevan software para conectar el intercomunicador con la moto?No entiendo nada


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....porque ni el software preinstalado ni la venta de intercomunicadores está prohibida en nuestro país....

.....puedo equivocarme, pero creo que también es por la misma razón por la cual el velocímetro marca 260 ó 300.......viene de fábrica, luego cada uno debe de adaptarse a la legislación que rige en cada país por donde circule la moto para utilizarlo o no.......

....esperemos que aquí legalicen pronto la intercomunicación en moto particular y de esa forma ya se podrá aprovechar que viene preinstalado de fábrica en algunas motos.......es cuestión de sensatez y tiempo.
 
Mas info:
Legalidad de intercomunicadores de moto: Toda la verdad sobre la ley de 2020.


Leyendo el artículo sobre el tema de la legalización de los intercomunicadores, me ha dado la impresión al leerlo que parece que los que usamos intercomunicadores chinos vamos a tener algún problema al respecto con el tema de la homologación del mismo.Eso es así o la persona que ha escrito el artículo se lleva comisión de SENA?
 
Solo digo algo, y espero no molestar.

Hay un post abierto para firmar documento solicitando legalización de los intercomunicadores (ComandoGs).

Visitas: 18k
Respuestas: 343

Las cosas no vienen solas, hay que insistir e insistir para conseguir algo.

Saludos
 
Pues a falta de saber a que homologación se refieren en este artículo, NO existe una homologación como tal para estos equipos que especifique en que situación del casco se pueden poner y en cual no, en que cascos se puede poner y en cuales no, y cosas por el estilo.

Supongo que el artículo se refiere al equivalente Europeo del marcado FCC en USA, mas conocido en España como "certificado de aceptación radioelectrica" (Real Decreto 188/2016) pero que dudo mucho que los Sena o similares se hayan molestado de conseguir una certificación que solo y exclusivamente aplica a España, ya que solo los fabricantes de equipos de radiocomunicaciones se preocupan por este asunto, por lo que como el resto de dispositivos bluetooth que se venden en la UE con llevar el marcado CE debe ser suficiente, que además es el único marcado que llevan los sena, FCC a parte.
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El artículo pretende tirar por tierra los baratos diciendo que solo los caros son los homologados (¿en que? pregunto yo), cuando la única homologación que pasan todos para europa es el marcado CE.

Si alguien se inventa otro tipo de homologación como por ejemplo y sin animo de dar ideas (jejeje) que esten totalmente integrados en el casco sin salientes externos pues las marcas que quieran vender en este nuestro pais de pagar por todo, tendrán que pasar la homologación e incrementar los precios de los productos como siempre.

Para mi que en este caso Motocenter se ha "columpiado" diciendo que compremos algo que hoy por hoy y segun sale en la tele no es legal y que no hay mas garantias de que sea legal, hablando de una homologación sin determinar cual es y que ni esta ni se la espera.

Saludos.

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... sin comentarios ...
 
El problema nada tiene que ver con la homologación. Cuanto más leo el art. 18 más pegas le encuentro. Sin duda tiene una redacción pésima. Por supuesto que llevar el intercomunicador es totalmente legal, no está prohibido, está prohibido su uso, eso sí de forma nada clara y contradictoria incluso lo que nos deja a los pies de los caballos.
 
es cierto esta prohibido su uso y si no los usas no esta prohibido , pero conoceis a alguien que los compre para no usarlos??? es muy contradictorio decirle a un GC o MOSSO la normativa que ellos conocen.en fin es mas de lo mismo , pero de mientras ellos van multando.
a ver si aprueban ya la dichosa ley y nos quitan este rollo.
 
Hola a todos, reflotando este post, me preguntaba si alguien sabe algo mas del tema, de momento solo he encontrado esta noticia, pero solo informa de la intencion de homologarlos.

 
Cada elecciones veo como la administración se simplifica y se adelgazan los puestos a dedo.

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Es de cajón que aprueben su legalización pero nos la meterán doblada y solo se podrán usar los que sean específicos y testados para un modelo concreto de casco. Lo chinorris...hasta luego
 
Es de cajón que aprueben su legalización pero nos la meterán doblada y solo se podrán usar los que sean específicos y testados para un modelo concreto de casco. Lo chinorris...hasta luego
Seguro que sí , y si es así, Virgencita, que me quede como estoy.
 
Hoy me he dado cuenta de que mi intercomunicador me amplifica considerablemente el sonido del claxon de mi moto e incluso de otros vehículos relativamente próximos.
Esto debería ser razón suficiente para que mi Cardo freecom 4+ fuese considerado como "elemento activo de seguridad en la moto"
Pensé que era cosa del mal aislamiento acústico de mi casco y mi mujer me dijo que con su Schubert nuevo y el mismo intercom. le pasaba exactamente lo mismo. Ambos escuchamos más alto cualquier bocinazo externo.
Después he pensado que si escucho mucho mejor un pitido de un coche debería molestarme bastante el ruido del aire, por ejemplo, pero parece que este aparato atenúa los ruidos externos continuos, como el del aire o el del motor pero potencia los sonidos más potentes y aislados: conversación, bocinazos, etc. La magia de la electrónica, supongo...

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Última edición:
....según donde lleves colocado el micro y si este es de buena recepción, puede ser normal que se te amplíen los sonidos estridentes, tales como tu propio claxon o el de otros vehículos, ya que son captados de la misma manera que se puede escuchar el aire cuando el micro no lleva una buena protección...

.....puede ser una buena explicación, aunque es la primera vez que lo oigo, bueno, y que lo leo......yo no lo he notado nunca, aunque sí he escuchado el ruido del aire si mi mujer lleva la mentonera abierta y me habla......
 
....según donde lleves colocado el micro y si este es de buena recepción, puede ser normal que se te amplíen los sonidos estridentes, tales como tu propio claxon o el de otros vehículos, ya que son captados de la misma manera que se puede escuchar el aire cuando el micro no lleva una buena protección...

.....puede ser una buena explicación, aunque es la primera vez que lo oigo, bueno, y que lo leo......yo no lo he notado nunca, aunque sí he escuchado el ruido del aire si mi mujer lleva la mentonera abierta y me habla......
Yo hice dos pruebas con el intercom encendido y otra con él apagado. En mi caso, con un casco mal aislado, escuché mucho mejor el sonido del claxon con el aparatito encendido.
En el caso de mi mujer, con un casco nuevecito, de cierta calidad y con la pantalla cerrada, también notó esa amplificación.



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Este pasado sábado (8 de agosto) me han parado en un control rutinario, me han pedido el permiso de circulación y un agente me ha dicho que no podía llevar el intercomunicador, que estaba prohibido. A lo cual yo le dije que solo lo usaba para llamadas. Él me insistió en que estaba prohibido, que no me haría denuncia, pero que lo supiese, que no se puede llevar, excepto ellos.
No contento, hoy día 10 de agosto, yendo a por el coche veo que están dos motos aparcadas de la DGT al lado desayunando en una cafetería. Me acerco a uno de ellos y le comento la jugada que me había pasado dos días atrás con otros compañeros. Y se queda el hombre con cara de circunstancia intentando darme la razón a pesar de lo que dice la ley. Lo que está realmente prohibido es escuchar música a través de los intercomunicadores. Lo que pasa, que al no poder demostrar que la llevas puesta, pues optan por lo más fácil. Ahí fue donde se me encendió la bombilla y le planteé una escena.

- Mí moto tiene equipo de música. Ese está permitido??
- Por supuesto.
- Entonces si yo llevo la música de mí moto puesta y el intercomunicador encendido, supongo que entenderéis que lo llevo encendido por otros motivos??
- Está claro que si.
- Yo si voy a viajar por sitios que no conozco o callejear por ciudades que no se donde está una dirección, tendré la opción de usar el navegador no??
- Si, claro, si es por eso que esta ley es un disparate. Por eso nosotros no nos metemos con eso, nos parece una incongruencia. Y no conocemos a ningún compañero que haya denunciado por ello.
- Pues a ver si os cambian al jefe ese que tenéis que no sabe por donde anda.
- Eso va a ser más complicado
.
- Risas ???
- Gracias por la aclaración y que tengan un buen día.

- Igualmente.
 
Este pasado sábado (8 de agosto) me han parado en un control rutinario, me han pedido el permiso de circulación y un agente me ha dicho que no podía llevar el intercomunicador, que estaba prohibido. A lo cual yo le dije que solo lo usaba para llamadas. Él me insistió en que estaba prohibido, que no me haría denuncia, pero que lo supiese, que no se puede llevar, excepto ellos.
No contento, hoy día 10 de agosto, yendo a por el coche veo que están dos motos aparcadas de la DGT al lado desayunando en una cafetería. Me acerco a uno de ellos y le comento la jugada que me había pasado dos días atrás con otros compañeros. Y se queda el hombre con cara de circunstancia intentando darme la razón a pesar de lo que dice la ley. Lo que está realmente prohibido es escuchar música a través de los intercomunicadores. Lo que pasa, que al no poder demostrar que la llevas puesta, pues optan por lo más fácil. Ahí fue donde se me encendió la bombilla y le planteé una escena.

- Mí moto tiene equipo de música. Ese está permitido??
- Por supuesto.
- Entonces si yo llevo la música de mí moto puesta y el intercomunicador encendido, supongo que entenderéis que lo llevo encendido por otros motivos??
- Está claro que si.
- Yo si voy a viajar por sitios que no conozco o callejear por ciudades que no se donde está una dirección, tendré la opción de usar el navegador no??
- Si, claro, si es por eso que esta ley es un disparate. Por eso nosotros no nos metemos con eso, nos parece una incongruencia. Y no conocemos a ningún compañero que haya denunciado por ello.
- Pues a ver si os cambian al jefe ese que tenéis que no sabe por donde anda.
- Eso va a ser más complicado
.
- Risas ???
- Gracias por la aclaración y que tengan un buen día.

- Igualmente.
Pues mira que creo que estaban equivocados. No está prohibido escuchar música a través de los intercomunicadores. Es que está prohibido "su uso". ¿Encendido o apagado? Ese es el problema, como no se sabe como va. Con la ley en la mano solo lo pueden llevar las fuerzas de seguridad y las autoescuelas. Tampoco queda claro si los altavoces los consideran cascos o auriculares... en la segunda parte parece que si no lo tocas con la mano lo puedes llevar, pero como es un reproductor de sonido, si te ciñes a la primera parte pues ya no podrías. Vamos una chapuza de ley que deja a la valoración del Guardia civil la decisión.
"

2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado)
."



Otra cosa es que como casi todo el mundo entiende que es mas beneficioso que perjudicial, hagan la vista gorda y la mayoría no proponga denuncia. Peo vamos, con la ley en la mano da igual lo que hagas con el, si vas circulando con el físicamente en el casco (encendido no) te pueden proponer para sanción.
 
Coincido con obimikel, tanto un GC como el otro estaba equivocado. La prohibición es sobre "conducir y usar..." Cuándo se está usando? No queda muy claro, evidentemente si el aparato está desconectado, no se está usando ergo no es infracción. Respecto a que si son altavoces y no cascos o auriculares y por eso bla, bla bla... no sirve el argumento, el mismo artículo añade: "... o instrumentos similares" y por si hubiera alguna duda exime de la prohibición a quienes están obteniendo el permiso de conducir de moto y a los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.

Lo mejor es no discutir nunca, mucho menos si ya te anticipan que no te van a denunciar. Si te denuncian intentar hacerles ver que lo que se prohíbe es el uso, no llevarlos en el casco pero sino quieren entenderlo, mejor dejarlo así para el recurso. Armarse de pruebas cuando el intercom esté apagado, como grabaciones de vídeo en las que el GC reconozca que está apagado pero que te denuncia por llevarlo, eso sería lo ideal. Recordando que la grabación es legal pero no según qué usos hagamos de esas grabaciones. No se pueden difundir públicamente, sí usarlas en un recurso o procedimiento judicial si llega el caso.
 
Aplíquese en cualquier caso el art. Primero: "El agente siempre tiene la razón".

Si hubiese atisbo de duda se puede recurrir al art. Segundo: "Siempre se aplicará el art. Primero si hubiese alguna duda en la aplicación del Reglamento"

Y recuérdese que al ejercitar el derecho al recurso será siempre el agente quien informe sobre dicho recurso por lo que convendrá decir la verdad y sólo la verdad sobre lo acaecido: "pues un simpático agente me denunció -y con toda la razón- por infringir bla, bla, bla, pero me vendría bien una pequeña rebaja"

En definitiva, lo mejor es el 50% por pronto pago y a correr.

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Y que no haya habido ningún político motero que haya regularizado ya esto como dios manda.



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Al que le interese que busque ECE 22.06. ;)


Saludos
 
Al que le interese que busque ECE 22.06. ;)


Saludos
Toca esperar las nuevas homologaciones del año 2023

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