Duda control Guardia Civil

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Y si tiene la pieza en casa al final ha tenido suerte.
@Perola, que lo que tiene en casa es la pieza para DESlimitarla, no para limitarla. Se supone que la limitación la tiene puesta. En muchos modelos es cambiar una pieza por otra.

Mi segunda moto fue una Suzuki GSR y la pieza para limitarla era directamente con otra centralita, pero con los parámetros para que diera 35cv. Siempre tuve la moto limitada mientras tenía que estarlo y siempre tuve la pieza para DESlimitarla en casa, porque la pieza que la limitaba estaba puesta.
 
Última edición:
¿Alguien ha leído que lo que tiene en casa es la pieza que DESLIMITA la moto?

¿Porque no? Hay limitaciones que se realizan reemplazando una pieza por otra que llimita las funcionalidades de la moto.

Tú tienes en la moto la pieza que limita, y en casa guardas la original para que cuando pasen los dos años la vuelvas a poner, y legalizar posteriormente la vuelta a la potencia original.

M
 
¿Porque no? Hay limitaciones que se realizan reemplazando una pieza por otra que llimita las funcionalidades de la moto.

Tú tienes en la moto la pieza que limita, y en casa guardas la original para que cuando pasen los dos años la vuelvas a poner, y legalizar posteriormente la vuelta a la potencia original.

M
Claro Manuel. De hecho, en una de mis intervenciones explico que tuve una moto que se limitaba cambiando la centralita entera. Cambiabas una por otra.

Es que la gente está leyendo que lo que tiene en casa es la pieza que limita y no la que deslimita. A partir de ahí, están sacando conclusiones totalmente cotrarias.
Según su relato, la moto está LIMITADA físicamente y reflejado en la documentación. Vamos, totalmente legal.
 
Si el guardia te dice que no esta limitada pues no esta, el no va a saber tu vida o la de tu moto, para eso se anota en la documentación del vehículo que es lo válido

Ya tuvo suerte que no lo sanciono


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Si el guardia te dice que no esta limitada pues no esta, el no va a saber tu vida o la de tu moto, para eso se anota en la documentación del vehículo que es lo válido

Ya tuvo suerte que no lo sanciono


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Teniendo en cuenta que la limitación estaba anotada en la documentación, ¿Qué es lo válido? ¿Qué tocó el puño? ¿La vida del usuario? ¿La vida de la moto? ¿La vida del agente? ¿La vida en general?
 
Se confirma que lees lo que te interesa...poca más que decir..
No leo lo que me interesa...procuro leerlo todo y así ha sido esta vez, y efectivamente el es el que pone que tiene la pieza en casa y lo comento, otra cosa es que no haya estado acertado en la interpretación de deslimitar y limitar...?
 
Última edición:
A mi me pararon en un control y el guardia civil me limito la moto por que creia que no conducia demasiado bien..
Me parece vergonzoso..
Cuando tengo mi carnet y pone que conduzco bien..
No me parece correcto..que podria hacer ?
Además levanto la moto en segunda y tercera, que es mas dificil..
Me parece bien que el que no controle
lo limiten..pero a mi??.
En fin..con la crisis hay que sacar perras y poner mas multas...
 
A mi me pararon en un control y el guardia civil me limito la moto por que creia que no conducia demasiado bien..
Me parece vergonzoso..
Cuando tengo mi carnet y pone que conduzco bien..
No me parece correcto..que podria hacer ?
Además levanto la moto en segunda y tercera, que es mas dificil..
Me parece bien que el que no controle
lo limiten..pero a mi??.
En fin..con la crisis hay que sacar perras y poner mas multas...
Yo creo que en tu caso el guardia se equivocó....te tendría que haber limitado a tí...por ejemplo quitandote las botas y la pantalla del casco...pero puede que me equivoque y por supuesto sin acritud ni querér ofender a nadie ni aquí ni en el más allá y es mi opinión aunque es posible que Pere te ponga un airbag y unos guantes chulos...

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Buenas,
Hoy he salido a dar un paseo con unos amigos a tomar un café y de paso mover la moto que llevaba más de un mes parada.
Total, que saliendo de Brunete había un control y nos han parado. Me ha pedido la ITV y se la he enseñado, luego me ha pedido el permiso y se lo he enseñado, a lo que me ha dicho que no tenía el A y que no podía conducir la moto (F800GT limitada). Le digo que si que puedo porque está limitada y me dice que no lo está. Aquí ya me quedo a cuadros porque el agente está a metro y pico de mi, así que le digo que si y me dice que no, que se lo enseñe. Saco la ficha técnica y el permiso de circulación. Lo mira y dice que donde va la limitación. Pues sinceramente lo desconozco, tengo la pieza en casa para deslimitarla. Me dice que la moto va limitada en puño y le da un par de meneos al puño y dice que no lo está.
Al final me ha dejado irme diciendo que si me vuelve a ver me sanciona y vamos a la ITV, a lo que le he contestado que si quería íbamos en ese mismo momento.

Sinceramente la moto esta limitada porque paso de líos en caso de problemas y tampoco echo en falta más potencia porque hasta hace poco iba con una de 125. ¿Qué se puede hacer en estos casos? Porque la moto está carenada y creo que la pieza que la limita lleva un número de serie pero ni idea de donde está. Agradecería sobre todo si algún agente podría darme su consejo u opinión.

Gracias.


Yo la única moto que tuve limitada la limitación iba por software así que dudo que un civil lo vea. Dudo que la moto tuya si es moderna no valla así. Lo único que puede hacer es ponerla en un banco de potencia. Para demostrar que no. En barcelona los mossos los he visto con el pero fuera de Catskills no lo he visto en ningún sitio. Por tanto no te puede multar. Es más ni en la itv creo que haya banco de potencia en todas las estaciones. Por lo tanto si estás seguro que tu moto está limitada. Lo único que tienes que hacer es seguir como hasta ahora y si hay próxima vez actuar como ahora. Siempre con respeto pero sin dejar que te toreen.
 
A mi me pararon en un control y el guardia civil me limito la moto por que creia que no conducia demasiado bien..
Me parece vergonzoso..
Cuando tengo mi carnet y pone que conduzco bien..
No me parece correcto..que podria hacer ?
Además levanto la moto en segunda y tercera, que es mas dificil..
Me parece bien que el que no controle
lo limiten..pero a mi??.
En fin..con la crisis hay que sacar perras y poner mas multas...
Estás aburrido??
 
Yo creo que hay que partir de la base que como según dices, "la pieza para deslimitarla la tengo en casa",... y al final el culpable de ello y al que le caen los palos es al Guardia Civil.
Para saber lo que tienes que hacer la próxima vez...es ir a un taller con la pieza, que te la monten, ver como lo hacen y dónde la ponen, y si te vuelven a parar se lo explicas de primera mano al Guardia Civil, que por cierto, es curioso que te diga que no está limitada, tenga razón y encima sea un chulo y un perdonavidas, cuando lo único que ha hecho es su trabajo y encima acertadamente.
En fin....siempre dándole la vuelta a las cosas...y ahora que me caigan los palos.
Saludos
La moto esta limitada físicamente y en papeles, vamos que está totalmente legal. De hecho en el contrato de compraventa así aparece. Si salgo a darme una vuelta no es para buscarme problemas por llevar la moto limitada en papeles.
Si tengo la pieza en casa para deslimitada, es que está limitada. Pensé que había dejado esto claro, pero parece que no. No termino de entender porque habría de ir al taller para que me expliquen como poner una pieza que devolvería toda la potencia a la moto, entonces ya no iría legal.
 
La moto esta limitada físicamente y en papeles, vamos que está totalmente legal. De hecho en el contrato de compraventa así aparece. Si salgo a darme una vuelta no es para buscarme problemas por llevar la moto limitada en papeles.
Si tengo la pieza en casa para deslimitada, es que está limitada. Pensé que había dejado esto claro, pero parece que no. No termino de entender porque habría de ir al taller para que me expliquen como poner una pieza que devolvería toda la potencia a la moto, entonces ya no iría legal.

La moto es de primera mano o de segunda? Lo digo porque ese razonamiento no tiene porque ser así. A en este caso no implica B.

Estando todo bien no debe haber problema. La duda surge por la "duda" del agente. Yo la verdad no se ni entiendo de estas cosas. Sólo se que no me fiaría ni de mi padre si fuera de segunda mano.
 
La moto esta limitada físicamente y en papeles, vamos que está totalmente legal. De hecho en el contrato de compraventa así aparece. Si salgo a darme una vuelta no es para buscarme problemas por llevar la moto limitada en papeles.
Si tengo la pieza en casa para deslimitada, es que está limitada. Pensé que había dejado esto claro, pero parece que no. No termino de entender porque habría de ir al taller para que me expliquen como poner una pieza que devolvería toda la potencia a la moto, entonces ya no iría legal
El asunto es que algunos no hemos interpretado bien lo de "deslimitada/limitada". Ya está todo aclarado y al Cesar lo que es del Cesar, tienes toda la razón, no hay mucho más que decir
Saludos ?
 
Puedes tener todos los papeles en regla. Pero en caso de accidente ira un perito de la compañía a chequear supongo. Eso es lo que tienes que tener claro.
 
Claro como el agua. Supongo que tu limitación debe ser electrónica y no mecánica.
No, es una limitación mecánica, pero no en el puño: lo que se sustituye para limitar la moto es la pletina mediante la cual el cable del acelerador se une a los cuerpos del admisión. La que se usa para limitar permite un recorrido menor del cable. Yo tengo misma moto e igualmente limitada. En papeles consta que está limitada y cómo (número de serie de la pieza). Y también me dieron, junto con la moto, la pieza original para cuando la quiera deslimitar.
 
Mirando cosas veo que hay un limitador para las F800 que repercute en el acelerador.

 
No, es una limitación mecánica, pero no en el puño: lo que se sustituye para limitar la moto es la pletina mediante la cual el cable del acelerador se une a los cuerpos del admisión. La que se usa para limitar permite un recorrido menor del cable. Yo tengo misma moto e igualmente limitada. En papeles consta que está limitada y cómo (número de serie de la pieza). Y también me dieron, junto con la moto, la pieza original para cuando la quiera deslimitar.
Gracias, ¿y eso se puede ver a simple vista o hay que quitar el carenado?
 
Yo pensaba que era un aparato como la caja negra y resulta que es una simple pletina.......como para verlo a simple vista.

1613323815443.png
 
Deberías tener en los papeles algo asi:
 

Adjuntos

  • 1613323945432147165322544232042.jpg
    1613323945432147165322544232042.jpg
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La moto esta limitada físicamente y en papeles, vamos que está totalmente legal. De hecho en el contrato de compraventa así aparece. Si salgo a darme una vuelta no es para buscarme problemas por llevar la moto limitada en papeles.
Si tengo la pieza en casa para deslimitada, es que está limitada. Pensé que había dejado esto claro, pero parece que no. No termino de entender porque habría de ir al taller para que me expliquen como poner una pieza que devolvería toda la potencia a la moto, entonces ya no iría legal.
No le des muchas vueltas, te puede multar si le sale de ahí, pero esa multa no iría a ningún lado, te ha tocado el GC cansino del día, yo como cuerpo no tengo queja y hay muy buenos profesionales, pero como en todos los oficios son personas, y la cagan, a mi con el confinamiento también me han parado con justificante con firma digital de la empresa, pues me toco también el listo del día, no le gustaba, tenía que ser de puño y letra el justificante, y eso que lo llevaba impreso, al final como a tí, me dejó ir y me perdono la vida, con la misma advertencia, si me pillaba otro compañero me puede multar, tras mas de 1 año, sigo circulando y sin problema y sin ninguna multa, y me han parado varias veces.
 
Gracias, ¿y eso se puede ver a simple vista o hay que quitar el carenado?
Lo tienes fácil Miguel, si la numeración de la pletina original que tienes en casa no es la misma que te pone el certificado ese, es que está limitada. Seguramente lo puedes comprobar en la ficha técnica con el número de la pletina limitadora.
 
No, es una limitación mecánica, pero no en el puño: lo que se sustituye para limitar la moto es la pletina mediante la cual el cable del acelerador se une a los cuerpos del admisión. La que se usa para limitar permite un recorrido menor del cable. Yo tengo misma moto e igualmente limitada. En papeles consta que está limitada y cómo (número de serie de la pieza). Y también me dieron, junto con la moto, la pieza original para cuando la quiera deslimitar.
Pues visto lo visto el que abre el hilo no tiene ni idea de lo que lleva montado....así que lo mismo la lleva limitada en papeles y la pieza que tiene en casa es la de limitar...y el guardia ,que posiblemente tenga más experiencia que los que aquí opinamos, nota que ese acelerador tiene el recorrido normal y no el que debiera llevar estando limitada...o no , y se equivoca...nunca lo sabremos....

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Y por eso lo unico se le puede aconsejar es que lo compruebe todo y se asegure. No tenga un dia un follon juridico en caso de accidente con las aseguradoras/peritos de por medio...Que ya sabemos todos del tiempo/dinero tenemos de sobra para juicios/abogados...Es decir, el GC hasta quizas le hizo un favor poniendolo sobreaviso...Eso si, las chulerias sobran.
 
Pues visto lo visto el que abre el hilo no tiene ni idea de lo que lleva montado....así que lo mismo la lleva limitada en papeles y la pieza que tiene en casa es la de limitar...y el guardia ,que posiblemente tenga más experiencia que los que aquí opinamos, nota que ese acelerador tiene el recorrido normal y no el que debiera llevar estando limitada...o no , y se equivoca...nunca lo sabremos....

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El agente claramente no tiene tanta experiencia, pues aseguró que esa moto va limitada en puño cuando no es así necesariamente (en algunos casos no digo que no vaya limitada en puño, pero en la moto del compañero y en la mía no).
 
lo que se sustituye para limitar la moto es la pletina mediante la cual el cable del acelerador se une a los cuerpos del admisión. La que se usa para limitar permite un recorrido menor del cable. .
En tus palabras interpreto que si limita el recorrido del cable limitará igualmente el recorrido del puño del acelerador...que lo mismo estoy equivocado...



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Después de haber leído todo el hilo, me parece que el compañero que tiene la moto limitada en papeles y físicamente lo tendrá bastante claro, de llevar 34 cv a 90 es un mundo, aunque aún no tenga mucha experiencia en motos potentes tiene que saber si está limitada. Él está convencido de tenerla limitada, en los papeles así lo indica, el GC pudo dudar, pero al no tenerlo claro se tuvo que tragar sus palabras, si a mí me pasase eso, le intentaría hacer ver al agente que está equivocado, pero si me quiere retener la moto, que se la quede y me cojo un taxi. Y ya veremos quien tiene razón. Tampoco puedes ponerte a su nivel. Es muy probable que ese agente haya visto varias deslimitadas físicamente y en los papeles que figure limitada. Y por eso esté escamado.
No le des más vueltas, ve siempre legal y punto. La mayoría de los agentes no son así. Tambien ten en cuenta que ese mismo agente con toda su prepotencia y chulería no dudaría en meterse en un arcén en dirección contraria para ayudarte cuando te hiciese falta.
 
Por el hilo del compañero he comprobado lo que llevo en los papeles de mi Guzzi V7 III comprada recientemente para el carnet A2.

Bueno, no es "mi" moto (GSA) sino la de mi mujer. Y he comprobado que efectivamente pone 34 kw. Entiendo que la limitación "física" es una cuestion de "software", e incluso en este caso, aún si estuviera deslimitada, no estaría "muy" por encima de los límites del A2. Pero bueno, la ley es la ley, y hay que cumplirla!

Todo el mundo puede tener un mal dia, incluso el guardia civil que ése dia estaba por allí que, como ser humano (!), se puede equivocar también. Para eso están las excepciones y los recursos en caso de que alguien sienta que se vulneran sus derechos (que a veces no se "usan" homogéneamente...). Pero por lo que he entendido, el guardia civil, con sus dudas, dejó marchar al compañero y no hubo sanción ni retención de la moto...

Tengo que decir también que no entiendo muchas reacciones expresadas aquí contra la actuación del guardia civil, quien, "quizás" haya visto muchas otras motos limitadas "solo" en papeles y, como todos, intentaba hacer su trabajo de la mejor manera posible... de lo cual nos beneficiamos todos.

Saludos
 
Por el hilo del compañero he comprobado lo que llevo en los papeles de mi Guzzi V7 III comprada recientemente para el carnet A2.

Bueno, no es "mi" moto (GSA) sino la de mi mujer. Y he comprobado que efectivamente pone 34 kw. Entiendo que la limitación "física" es una cuestion de "software", e incluso en este caso, aún si estuviera deslimitada, no estaría "muy" por encima de los límites del A2. Pero bueno, la ley es la ley, y hay que cumplirla!

Todo el mundo puede tener un mal dia, incluso el guardia civil que ése dia estaba por allí que, como ser humano (!), se puede equivocar también. Para eso están las excepciones y los recursos en caso de que alguien sienta que se vulneran sus derechos (que a veces no se "usan" homogéneamente...). Pero por lo que he entendido, el guardia civil, con sus dudas, dejó marchar al compañero y no hubo sanción ni retención de la moto...

Tengo que decir también que no entiendo muchas reacciones expresadas aquí contra la actuación del guardia civil, quien, "quizás" haya visto muchas otras motos limitadas "solo" en papeles y, como todos, intentaba hacer su trabajo de la mejor manera posible... de lo cual nos beneficiamos todos.

Saludos
Pero es que el tema es que en mitad de la carretera nadie puede verificar que la moto está limitada sólo en los papeles. Asi que cualquiera que tenga dudas por el motivo que sea, no puede pagarla con el primero que pasa y vulnerar su presunción de inocencia. Y por cierto, en este caso, si tan claro lo tenía, tampoco hizo bien en dejarlo marchar.
 
Deberías tener en los papeles algo asi:
Si, eso es lo que pone, reducción de potencia por instalación de pieza con número de serie tal.
Lo tienes fácil Miguel, si la numeración de la pletina original que tienes en casa no es la misma que te pone el certificado ese, es que está limitada. Seguramente lo puedes comprobar en la ficha técnica con el número de la pletina limitadora.
No, no es la misma.
Pues visto lo visto el que abre el hilo no tiene ni idea de lo que lleva montado....así que lo mismo la lleva limitada en papeles y la pieza que tiene en casa es la de limitar...y el guardia ,que posiblemente tenga más experiencia que los que aquí opinamos, nota que ese acelerador tiene el recorrido normal y no el que debiera llevar estando limitada...o no , y se equivoca...nunca lo sabremos....

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Pues el que abre el hilo sabe lo que tiene. En casa tengo la pieza para restituir la potencia original a la moto, es decir deslimitarla. El agente dice, sin ver siquiera la ficha que la moto no está limitada, en fin.
Y por eso lo unico se le puede aconsejar es que lo compruebe todo y se asegure. No tenga un dia un follon juridico en caso de accidente con las aseguradoras/peritos de por medio...Que ya sabemos todos del tiempo/dinero tenemos de sobra para juicios/abogados...Es decir, el GC hasta quizas le hizo un favor poniendolo sobreaviso...Eso si, las chulerias sobran.
Seguro que esta limitada, ya te digo yo que la moto no tiene los 90cv ni de coña... O eso o la de la autoescuela tenia más o menos la misma potencia.

Voy legal y eso no me preocupa, pero sigo sin saber en caso de discrepancia entre el agente y lo que dicen mis papeles, ¿que puede pasar? Al final si peritan la moto verán que la reducción de potencia está y legalmente no tendrá mayor problema. ¿Puede ser que se lleven la moto y tenga que volver a casa en taxi? De ser así, cualquiera se plantea un viaje un poco largo.
 
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