Alucinante, mirad que sentencia.

Para empezar diré q siento lo ocurrido y aunque no le conociera al fallecido el echo de ser un motard me hace ser de los suyos.

También quiero dejar claro q no soy consumidor de ese tipo de sustancias. ;)

Estoy de acuerdo con la sentencia basándome en la declaración de los agentes y de su compañero en que no detectaron un comportamiento extraño.

Y con esto estoy más de acuerdo si cabe.
"El simple resultado positivo es insuficiente para acreditar que se encontraba bajo los efectos de esta droga", concluye la sentencia
 
No estoy de acuerdo para nada con la toma de drogas o alcohol mientras se conduce.....dicho esto digo tb que bajo la excusa de un positivo se tapan imprudencias ajenas de los que no dan positivo, me explico

Si tú estás parado en un stop esperando a que pase un coche y llega un zumbao y te da un golpe por atrás, hacen a los dos la prueba de alcoholemia y si tú das positivo estando haciendo bien el stop la culpa pasa a ser tuya.

Insisto al volante ni drogas ni alcohol ni ostias.
 
Para empezar diré q siento lo ocurrido y aunque no le conociera al fallecido el echo de ser un motard me hace ser de los suyos.

También quiero dejar claro q no soy consumidor de ese tipo de sustancias. ;)

Estoy de acuerdo con la sentencia basándome en la declaración de los agentes y de su compañero en que no detectaron un comportamiento extraño.

Y con esto estoy más de acuerdo si cabe.
"El simple resultado positivo es insuficiente para acreditar que se encontraba bajo los efectos de esta droga", concluye la sentencia
Pero Irko entonces pregunto que tipo de prueba te tienen que hacer para demostrar los efectos de la droga?
 
La prueba es el testimonio de los agentes sobre un comportamiento alterado. Y el test lo corrobora.
Pero el test solo, no es prueba de alteración. Es lo que yo interpreto.
 
....yo lo veo perfecto, lo que declara improcedente es el despido.....el accidente no fue culpa suya, sino del motorista..

El Tribunal también argumenta que la colisión fue ocasionada por el impacto de una moto con el autobús, cuyo motorista falleció como consecuencia del accidente y dió positivo en consumo de cocaína.

Los hechos revelan que el conductor del autobús conducía a una velocidad adecuada y que no daba signos de estar bajos los efectos de ninguna sustancia y no se apreció ningún elemento de afectación, ni física ni psíquica.
 
Esta claro que la vida privada no deberia de influir en otras cosas. Puede incluso que efectivamente no estuviera bajo influencia alguna pues el "porro" se lo fumo hace 3 dias mientras estaba de vacaciones.

Pero una cosa queda clara. Ya la empresa no tendra la misma confianza en este conductor. Puesto quien toma drogas, no tiene habitos saludables. Que puede ser reincidente. Crea un precedente. Asi que este despido sera improcedente, pero no creo lo readmitan. Su indemnizacion y arreando.

Por otro lado, deberian mejorarse las pruebas de drogas o el procedimiento. Si no pueden demostrar su influencia en la conduccion algo esta mal enfocado.
 
Última edición:
No estoy de acuerdo para nada con la toma de drogas o alcohol mientras se conduce.....dicho esto digo tb que bajo la excusa de un positivo se tapan imprudencias ajenas de los que no dan positivo, me explico

Si tú estás parado en un stop esperando a que pase un coche y llega un zumbao y te da un golpe por atrás, hacen a los dos la prueba de alcoholemia y si tú das positivo estando haciendo bien el stop la culpa pasa a ser tuya.

Insisto al volante ni drogas ni alcohol ni ostias.

Compañero, eso no es así. Independientemente de la responsabilidad que pueda tener el conductor "alcanzado" por conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida, el responsable de ese accidente es el que alcanza al detenido en el stop.

En cuanto a la sentencia, será de la sala de lo social por despido improcedente y supongo que tendrá en cuenta la normativa laboral que desconocemos.
 
Hola. No quiero valorar quien pudo ser el culpable del accidente porque ni tengo datos ni tampoco es mi intención.
Yo estoy totalmente de acuerdo en que el despido es totalmente procedente. Una persona que consume cualquier tipo de sustancia estupefaciente no goza de las mismas facultades psico-físicas que una persona que no consume, independientemente de si el consumo ha sido dos minutos previos al accidente o dos días antes del accidente. Las sustancias estupefacientes son perniciosas para la salud, dañan física y psicológicamente a su consumidor y le producen una indudable dependencias física y psicológica (dependiendo de la sustancia será mayor una que la otra). Las sustancias estupefacientes producen secuelas físicas y psicológicas en las personas incluso muchos años después de haber dejado de consumir. Numerosas patologías psíquicas son producidas por el consumo temprano, prolongado y posteriormente suspendido por parte del consumidor. Seguro que alguien puede preguntarme que tipo de estudio científico demuestra estas afirmaciones pero solo puedo contestar que no lo necesito.
No debemos ser absolutamente nada permisivos con el consumo de ningún tipo de droga. Hacemos mucho daño cuando banalizamos el consumo de hachis o marihuana. Me escandalizo cuando en diferentes programas de televisión se ríen de este pequeño consumo afirmando sobre determinadas personas: "que contento se le ve", "habrá fumado algo"...… y afirmaciones similares que hacen ver que este pequeño consumo de estas sustancias es inofensivo en pequeñas cantidades y se llega incluso a tolerar en determinadas ocasiones su consumo social.
El tabaco, alcohol, hachís, marihuana, heroína, cocaína, drogas sintéticas.........… todo te puede matar, disminuir tus capacidades, tu salud, destrozar tu vida, tu familia..... podría seguir, cada uno a su manera y de una determinada forma.
También habrá quien diga que estoy dramatizando, pero preguntad a cualquier familia de cualquier consumidor de 15, 16 años de hachís o marihuana... que os expliquen los trastornos de personalidad que sufren y muchas más consecuencias.
Yo no querría en mi empresa ningún consumidor de ninguna de estas sustancias ilegales y por supuesto lo echaría a la calle en cuanto me enterara de su consumo.
Dejaríais que vuestro hijo fuera al colegio en un autobús conducido por una persona que consume aunque lo haya hecho dos noches anteriores? Yo no. Un saludo.
 
estamos mezclando...

por un lado sea o no culpable del accidente dio positivo en drogas, no por dar positivo eres el responsable del accidente

por otro, prestar servicios conduciendo un autobus y dar positivo en drogas es o no motivo suficiente de despido, si su Señoría no lo ha visto así, mañana que monte él y su familia con toda tranquilidad.

son dos causas judiciales diferentes, una de lo penal y la otra de lo social
 
Lo primero manifestar mi sorpresa, y es que todo el mundo va chutado, el uno de coca, el otro de cannabis, en fin, que ruina de país. Para la gente que no este puesta en el tema comentar que hay dos tipos de infracciones, una de carácter administrativo cuando das positivo en drogas o a partir de cierto gradiente de alcohol en sangre o aire espirado, y otra de carácter penal, cuando manifiestas síntomas en la conducción, o por supuesto, si has ocasionado un accidente de circulación. En esta ultima, no se necesita llegar a ningún minimo de tasa.

Para mi el despido tampoco encaja como improcedente, pues en este caso solo hubo presencia, no influencia, pero tampoco seria procedente mantenerlo conduciendo mis autobuses si yo fuera el gerente de la flota, ante el peligro de que en la próxima haya influencia y la prepare gorda.
 
Efectivamente, sin ser parte del siniestro, pero estando como testigo de una situación parecida, nos tomaban datos y comentaban la misma perogrullada, y no sé más a partir de ahi.

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Por otro lado, deberian mejorarse las pruebas de drogas o el procedimiento. Si no pueden demostrar su influencia en la conduccion algo esta mal enfocado.

La influencia siempre deberá ser probada por hechos objetivos. Ya sabes, hay gente con una tolerancia y habito terrible que puede ir cargadísimo y tener una conducción correctísima y otras personas que sin llegar tan siquiera a los minimos para ser denunciados por presencia (tasa) ya van de lado a lado..
 
Perdonad mi atrevimiento, y desconocimiento, y ciñendome solo al hecho del despido, corregidme si me equivoco.

-Despido improcedente: la empresa despide al trabajador por un motivo no procedente, por ejemplo una falta de modales, con los clientes, o cualquier otra causa... que no estajustificada por una falta grave en el ordenamiento laboral, y por tanto indemniza al trabajador conforme a la ley.

-Despido procedente: la empresa despide acojiendose a una falta grave recogida por el ordenamiento juridico, y por tanto no indemniza al trabajador.

La sentencia no habla de culpabilidad, si no del tipo de despido, correcto?

Igual me estoy perdiendo.......
 
Perdonad mi atrevimiento, y desconocimiento, y ciñendome solo al hecho del despido, corregidme si me equivoco.

-Despido improcedente: la empresa despide al trabajador por un motivo no procedente, por ejemplo una falta de modales, con los clientes, o cualquier otra causa... que no estajustificada por una falta grave en el ordenamiento laboral, y por tanto indemniza al trabajador conforme a la ley.

-Despido procedente: la empresa despide acojiendose a una falta grave recogida por el ordenamiento juridico, y por tanto no indemniza al trabajador.

La sentencia no habla de culpabilidad, si no del tipo de despido, correcto?

Igual me estoy perdiendo.......
es correcto, pero te ha faltado una parte
en el despido improcedente, o indemniza su despido (días por año trabajado etc) o readmite abonando el tiempo trascurrido hasta su incorporación más intereses legales
 
El dia que para sacarse el carnet inventen una máquina para detectar locos, imprudentes o maleducados, nos quedamos en tierra la mitad más uno.
 
La influencia siempre deberá ser probada por hechos objetivos. Ya sabes, hay gente con una tolerancia y habito terrible que puede ir cargadísimo y tener una conducción correctísima y otras personas que sin llegar tan siquiera a los minimos para ser denunciados por presencia (tasa) ya van de lado a lado..

A ver si lo entiendo mal o es así, si uno conduce correctamente y no muestra sintomas de estar drogado y le paran y da mas de lo permitido no le multan? o no es correcto que te multen?
 
la sentencia segun leo , dice que si fumas el efecto son 14horas , pero que te dura 10 dias si te hacen las pruebas , y si es despedido por estas causas pues dicen que es improcedente ya que no han demostrado cuando se tomo la droga y por lo tanto si no esta demostrado puede que no fuese drogado y ya esta .
luego va el tema moral de que al ser un conductor etc. etc. pero si un juez se ciñe a juzgar lo que le estan pidiendo ambas partes es una sentencia muy justa y correcta. otros temas no creo se debatan en ese juicio , ya que el propio consistorio reconoce lo de las drogas.
para mi una gran sentencia.
 
A ver si lo entiendo mal o es así, si uno conduce correctamente y no muestra sintomas de estar bebido y le paran y le hacen soplar y da mas de lo permitido no le multan? o no es correcto que te multen?
Si no tienes síntomas de estar bajo la influencia de las drogas y no has cometido infracción alguna, el tema no ira por via penal (imputación/detención) sino por via administrativa (multa/detracción de puntos).
 
A ver si lo entiendo mal o es así, si uno conduce correctamente y no muestra sintomas de estar drogado y le paran y da mas de lo permitido no le multan? o no es correcto que te multen?


....en temas de drogas no hay "más de lo permitido"....o das positivo o no, cannabis, mdma, heroína, cocaína, etc........lo de "más de lo permitido" es por alcohol....
 
Recuerdos a Barry Sheene. Droga legal: alcohol. Droga ilegal: thc. El alcohol, a las 24 horas del "colocón" ya no da positivo, aunque salgas de viaje hecho una mierda, "vas bien". Hachís: a los tres días (y más) de haberte fumado un peta, da positivo.

PD: La presunción de veracidad solo es efectiva en el ejercicio del cargo.

Vss
 
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