ayuda para recurrir sancion de algun Granadino ....

antonietvfr

Allá vamos
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muy buenas, si fuera posible necesito que algun colega de la zona de Granada, mas en concreto de la zona de Motril que habitualmente transite por la crta. N-340 a la altura de la poblacion de Torrenueva, me pudiera confirmar la limitacion de velocidad concretamente en el km. 338, que segun he visto por guia repsol corresponde a dicha poblacion.

Todo esto para recurrir una multa por exceso de velocidad que me han puesto ( con el scooter ) por circular a 70 en una zona limitada a 40. En concreto me han denunciado cuando circulaba por la N-340 en Valencia por el km. 838, aunque en el boletin de denuncia han especificado el km,. 338, y creo que por este error podria recurrir la sanción.

Tengo claro que si voy por encima del limite establecido, debo pagar, pero me cabrea las formas que tienen de colocar los tripodes del radar, con alevosia, nocturnidad, y con mala leche, para pillar a todo el que pase por esa zona. Y digo todos, porque al 99 % de los que circulamos por esa via ( incluidas las bicicletas ojo) vamos por encima de la limitacion de 40 que marca, y todo ello sin ninguna peligrosidad ya que es una carretera, no dentro de una población, con buen asfalto y visibilidad. En concreto es en un puerto de montaña con varias curvas y limitaciones, y justo despues de varias curvas no excesivamente cerradas hay un tramo de recta de 300 metros en bajada con curva a izqdas con la susodicha señal de 40. Ayer domingo unos amigos que salen en bici por la misma zona, me confirmaron que ellos pasan por alli a 50-52 kms/h, ¡¡ en bicicleta ¡¡ , pero bueno a todo vehiculo con matricula que pasa por alli lo retratan.

Agradezco de antemano vuestra colaboracion, y un saludo.
 
Hombre, yo no soy abogado, pero creo que se puede recurrir perfectamente por defecto de forma en la denuncia...son 500 kms de diferencia.
 
Si te llega la denuncia, lo primero que te van a pedir es que digas quién es el conductor. Con decir que tú nunca has estado en ese kilómetro, creo que bastará. A ver los expertos qué te dicen.
Pero ojo, que si no prospera, te toca pagar sin 50% de bonificación.
 
Si te llega la denuncia, lo primero que te van a pedir es que digas quién es el conductor. Con decir que tú nunca has estado en ese kilómetro, creo que bastará. A ver los expertos qué te dicen.
Pero ojo, que si no prospera, te toca pagar sin 50% de bonificación.

El compañero dice que en el boletín de denuncia pone tales datos. Entiendo entonces que lo pararon, lo identificaron, etc, etc. No creo que pueda argumentar que no estuvo en tal sitio porque fue identificado in situ por agentes de la autoridad.Podría aclarar ese punto porque cambia la cosa.

Si se refiere a que le han mandado la denuncia a posteriori, cuidado con no identificar al conductor porque son 900 euros la broma.

El como circulen allí los demás o a la velocidad que circulen las bicis no cambia para nada la denuncia.Cuando te pillan te pillan. A ver si tienes suerte con lo del punto kilométrico, pero si te pararon, me parece a mi que ni Perry Masón.

Un saludo.
 
Última edición:
Opino, sin saber mucho de leyes, que lo mejor será ir por la via que apunta el compañero de la inconsistencia de forma.
Si ha sido un radar, en la foto tiene que venir identificado el pk donde se hizo la foto y éste no cuadrará con el valor indicado en el texto, con lo que ya está.
Por este mismo motivo de la foto, no se puede atener a que no estuvo allí, ya que la foto hará referencia a un sitio distinto... no sé si se me entiende, creo que al final me he liao.

Saludos.

PS: sólo pretendía ayudar. :huh:
 
Ojo con los defectos de forma, que ya no es como antes.
Si el defecto de forma no deriva en indefensión del denunciado, no es motivo para anular el procedimiento.
Por ejemplo, si en la denuncia pone que tu coche es un modelo tal con matrícula cual, de color negro, y el coche es azul oscuro, al recurrir la denuncia por defecto de forma, te darán las gracias por aclarar el color del coche, pero el procedimiento seguirá adelante.

Si retrotrayendote al momento procesal en el cual se produce el defecto de forma, el procedimiento pudiera llevar a un resultado distinto, entonces crea indefensión, lo cual no es el caso, ya que si pusieran el punto kilométrico correcto en el boletín de denuncia el resultado sería el mismo.

Precisamente el enfoque que hace el compañero es el más adecuado, que es aceptar que efectivamente pasaba por el kilómetro 338, pero que ahí el límite de velocidad no es de 40 si no de X, y que por lo tanto el no ha cometido infracción alguna.
No es justo que tenga uno que buscar argucias para defenderse, pero así es la ley...

He localizado de manera aproximada el punto kilométrico 338 de la n340 en la guía Repsol, y aparece en Torrenueva (Granada).
Con el Street View he estado aproximando la situación, y he visto el 339 (con una señal de 40 por obras) casi entrando en población desde el Este (viniendo de Adra, por decirlo de otra forma).
El 338 ya no lo localizo, así que debe estar dentro del casco urbano, por lo que desgraciadamente, como mucho lograrás reducir el márgen de exceso, porque como máximo ese punto kilométrico debería estar marcado a 50.

Suerte.

Edito: al terminar de escribir el tocho, he visto el resto de opiniones y se me ocurre que si hay foto de por medio, queda demostrado que ha habido infracción, aunque podría alegar que el radar no estaba regulado a la velocidad que marca la vía (en caso de que el km 338 tenga una velocidad diferente al 838).
De todas formas también caigo en la cuenta de que el número de identificación del agente aclara mucho las cosas, ya que si está destinado en Valencia, dificilmente te puede poner una sanción en Torrenueva...
De modo que cuando recurras la multa y le llegue el pliego de descargos al denunciante, contestará que efectivamente hay un error de transcripción y que el punto kilométrico correcto es el 838.
 
Última edición:
gracias a todos por vuestra respuesta.

En el momento de la denuncia, no me pararon para notificarme la denuncia, me la remitieron posteriormente por correo. Y efectivamente antes de escribir este post visualicé por google view dicha carretera, y no saque nada en claro. Tambien tengo claro que no puedo o no debo decir que yo no pasaba por ese punto kilometrico, ya que me diran gracias por avisar, y que ha sido un error de Trafico y que me modifican la denuncia al punto kilometrico correcto. Creo que debe de ir el recurso en saber la velocidad del punto kilometrico especificado en la denuncia para ver si lo sobrepasaba o en indicar que los Guardias Civiles destinados en valencia, no podian poner una denuncia en Granada. De momento estoy retrasando al maximo la identificación del conductor, para aclarar si debo pagar con el 50 % y recurrir, o no pagar y recurrir con la posibilidad de perder ese 50 % de descuento por pagar pronto.

De nuevo gracias por vuestros comentarios y un saludo.
 
Insisto, normalmente en las fotos del radar no sólo sale la foto, sino que arriba o abajo salen sobreimpresos unos datos como el nº de serie del radar, la fecha y hora de la foto y, normalmente, la vía y el pk correspondiente (si lo han consignado antes de activarlo, supongo).
A ver si por ahí.
Si no te sale en la foto que recibes tú, prueba a solicitarla "completa", no sé.

Saludos.
 
He estado dando otro paseo virtual por Torrenueva y he encontrado el punto kilométrico:

Esta es dirección Oeste.

n340km338.jpg



Y esta dirección Este
n340km338sentidooeste.jpg



Como ves entre la maleza de la segunda foto, la velocidad es a 50, aunque en el momento de la foto del Streetview había señal de 40 por obras (la primera foto), que supongo que ya no estará.
 
Última edición:
Pues yo pagaba el 50% de la multa y me olvidaba del tema porque por mucho que te cabree los de la DGT no son tontos y saben muy bien lo que se hacen y donde y como ponen los radares y sus multas.
Lo puedes intentar pero no veo ninguna razón de peso para que te la quiten.

Un saludo.
 
de nuevo gracias a todos. De momento voy a alargar al maximo la identificacion del conductor, para ganar algo de tiempo mientras veo si el seguro me pueden recurrir la multa.

He mirado la foto, y en la parte superior indica la crta. y punto kilometrico erroneamente, por lo que a lo mejor me salvo por ahi.

Gracias y un saludo.
 
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