sergio_bmw
Curveando
he encontrado esta informacion en otro foro y quizas os interese:
Hola a todos:
Vista la inmediatez del asunto y su importancia, he pensado que este ladrillete puede ser de interés, incluso como post-it, encuesta o como los administradores consideren oportuno...
El Ministerio de Interior tiene la intención de poner en marcha el ya anunciado carné por puntos.
De momento ya ha visto la luz el anteproyecto de ley elaborado por el Consejo de Ministros que regula esta iniciativa cuya esencia probablemente se conservará sin perjuicio de su discusión previa en los órganos legislativos competentes.
Como norma general, la asignación de partida será de 12 puntos, excepto para los conductores con antigüedad inferior a 3 años, que dispondrán de 8 puntos, al igual que aquellos que hayan recuperado su permiso tras haber perdido la puntuación inicial.
La reducción del crédito se producirá cada vez que el conductor sea sancionado en firme por cometer una infracción tipificada como grave o muy grave y que lleve aparejada la pérdida de puntuación.
El máximo de puntos que puede perderse por infracción son 6, penalización que corresponde a las calificadas como muy graves.
Los puntos perdidos pueden recuperarse. Si no carece de la totalidad de ellos, el infractor podrá realizar un curso de reeducación vial, a través del cual podrá obtener un máximo de 4 puntos. Este curso podrá hacerse una vez cada dos años o anualmente en el caso de los conductores profesionales.
Para recuperar los 12 puntos iniciales el conductor no habrá de ser sancionado en firma a lo largo de los 3 años siguientes de la infracción cometida.
Cuando se han perdido todos los puntos, la Administración anulará el permiso de conducir, que podrá recuperarse 6 meses después realizando el curso de sensibilización y reeducación vial, y superando las pruebas que para tal fin se determinan.
En caso de volver a perder la autorización dentro de los 3 años siguientes a su recuperación, el infractor tendrá que esperar un año para conseguir de nuevo el permiso.
La duración de los cursos mencionados será como máximo de 15 horas, cuando se realicen para la recuperación parcial de puntos, y como máximo de 30 horas cuando se pretenda obtener un nuevo permiso o licencia de conducción.
INFRACCIONES QUE ACARREAN PERDIDA DE PUNTOS:
Pérdida de 6 puntos:
- Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentaria establecida (6 ó 4 puntos en función del nivel detectado)
- Conducir bajo los efectos de estupefacientes o similares o no someterse a las pruebas de su detección.
- Circular en sentido contrario al establecido o de forma temeraria
- Conducir en competiciones o carreras no autorizadas
- Sobrepasar en más de 50 % la velocidad máxima autorizada, siempre que suponga superar al menos en 30 km/h dicho límite máximo
- Conducir un vehículo con una ocupación que supere en un 50% o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor
Pérdida de 4 puntos:
- Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación
- Incumplir las disposiciones sobre prioridad de paso y no detenerse con la señal de stop
- Incumplir las normas generales del adelantamiento generando peligro
- Hacer marcha atrás en autopistas y autovías
- No respetar el semáforo en rojo
Pérdida de 3 puntos:
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo precedente
- Circular produciendo deslumbramiento
- Conducir con cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, o usando dispositivos de telefonía móvil que implique su uso manual.
- Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico o para detectar radares
Pérdida de 2 puntos:
- La no utilización por parte del conductor y los ocupantes del vehículo, del cinturón de seguridad, casco y demás elementos de protección y seguridad.
Bueno, pues eso es todo, espero que sirva de algo
un saludo
sergio
Hola a todos:
Vista la inmediatez del asunto y su importancia, he pensado que este ladrillete puede ser de interés, incluso como post-it, encuesta o como los administradores consideren oportuno...
El Ministerio de Interior tiene la intención de poner en marcha el ya anunciado carné por puntos.
De momento ya ha visto la luz el anteproyecto de ley elaborado por el Consejo de Ministros que regula esta iniciativa cuya esencia probablemente se conservará sin perjuicio de su discusión previa en los órganos legislativos competentes.
Como norma general, la asignación de partida será de 12 puntos, excepto para los conductores con antigüedad inferior a 3 años, que dispondrán de 8 puntos, al igual que aquellos que hayan recuperado su permiso tras haber perdido la puntuación inicial.
La reducción del crédito se producirá cada vez que el conductor sea sancionado en firme por cometer una infracción tipificada como grave o muy grave y que lleve aparejada la pérdida de puntuación.
El máximo de puntos que puede perderse por infracción son 6, penalización que corresponde a las calificadas como muy graves.
Los puntos perdidos pueden recuperarse. Si no carece de la totalidad de ellos, el infractor podrá realizar un curso de reeducación vial, a través del cual podrá obtener un máximo de 4 puntos. Este curso podrá hacerse una vez cada dos años o anualmente en el caso de los conductores profesionales.
Para recuperar los 12 puntos iniciales el conductor no habrá de ser sancionado en firma a lo largo de los 3 años siguientes de la infracción cometida.
Cuando se han perdido todos los puntos, la Administración anulará el permiso de conducir, que podrá recuperarse 6 meses después realizando el curso de sensibilización y reeducación vial, y superando las pruebas que para tal fin se determinan.
En caso de volver a perder la autorización dentro de los 3 años siguientes a su recuperación, el infractor tendrá que esperar un año para conseguir de nuevo el permiso.
La duración de los cursos mencionados será como máximo de 15 horas, cuando se realicen para la recuperación parcial de puntos, y como máximo de 30 horas cuando se pretenda obtener un nuevo permiso o licencia de conducción.
INFRACCIONES QUE ACARREAN PERDIDA DE PUNTOS:
Pérdida de 6 puntos:
- Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentaria establecida (6 ó 4 puntos en función del nivel detectado)
- Conducir bajo los efectos de estupefacientes o similares o no someterse a las pruebas de su detección.
- Circular en sentido contrario al establecido o de forma temeraria
- Conducir en competiciones o carreras no autorizadas
- Sobrepasar en más de 50 % la velocidad máxima autorizada, siempre que suponga superar al menos en 30 km/h dicho límite máximo
- Conducir un vehículo con una ocupación que supere en un 50% o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor
Pérdida de 4 puntos:
- Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación
- Incumplir las disposiciones sobre prioridad de paso y no detenerse con la señal de stop
- Incumplir las normas generales del adelantamiento generando peligro
- Hacer marcha atrás en autopistas y autovías
- No respetar el semáforo en rojo
Pérdida de 3 puntos:
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo precedente
- Circular produciendo deslumbramiento
- Conducir con cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, o usando dispositivos de telefonía móvil que implique su uso manual.
- Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico o para detectar radares
Pérdida de 2 puntos:
- La no utilización por parte del conductor y los ocupantes del vehículo, del cinturón de seguridad, casco y demás elementos de protección y seguridad.
Bueno, pues eso es todo, espero que sirva de algo
un saludo
sergio