Una cosa es la cedula de habitabilidad que es como el carnet de identidad de la casa con lo que si no esta no se podra escriturar y otra cosa es la licencia de primera ocupacion que otorga el ayuntamiento y que es lo que se necesita para dar de alta los servicios tales como agua y luz. Por la cedula no te preocupes que si no esta el notario ya no permite escriturar.
en cuanto a la licencia, lo suyo es que este ya que si no, el agua y la luza sera de obra hasta que este. La licencia suele tardar ya que el ayuntamiento no la concede hasta que identificaque todo esta segun el proyecto. Lo mejores que te informes en el ayuntamiento.
Yo firme la casa a apesar de no tener la licencia, pude dar la luz de alta porque no me la pedian, pero me parece que esto ha cambiado. en cambio el agua no lo he dado de alta y he estado con agua de obra, es decir pagando el promotor durante un año. Mi consejo es que si para dar de alta la luz a tu nombre, necesitas la licencia de primeraocupacion, no escritures, ya que varias casas enganchadas de la luz de obra con neveras, lavadoras... etc cada dos por tres salta el magneto. Pero claro, si has vendido ya tu piso y necesitas escriturar cuanto antes pues....