Cobertura de seguro entre familiares

niclaus

Curveando
Registrado
2 Oct 2006
Mensajes
1.019
Puntos
113
El otro día tuve un percance con mi madre. Me tocó la moto (la matricula) con su coche, y casi me la tira. El tema es que me ha doblado ligeramente el subchasis que porta la matricula.

Queria saber si algunos de los seguros cubriría la reparación del mismo.

El seguro de mi madre es un todo riesgo de MUTUA madrileña y el de mi moto es de MAPFRE.

No he podido ver las condiciones generales y particulares de la póliza de mi madre, de ahí la consulta.

Aún no he querido que mi madre diera parte hasta no tener claro este tema.

Gracias por anticipado.

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
Última edición:
No es una pieza en absoluto cara en despiece de ocasión. Yo no daría parte por eso, te va a repercutir en la bonificación como si hubierais tenido un accidente de trafico. De hacerse cargo el seguro, claro..
 
No es una pieza en absoluto cara en despiece de ocasión. Yo no daría parte por eso, te va a repercutir en la bonificación como si hubierais tenido un accidente de trafico. De hacerse cargo el seguro, claro..

Ya te digo yo que no te cubre entre familiares no se seguro hasta q grado pero fijo q no




Mobylete ÓNIX
Honda MTX 75
Honda NSR 75
Honda CRM 75
Yamaha XT 600
BMW f 650 GS
BMW R ninet PURE
BMW R 1250 GS
 
Estamos hablando de una Honda XADV por lo que siendo un modelo nuevo, desconozco la posibilidad de encontrarlo con facilidad. Por otra parte, no me preocupa enderezar la pieza en vez de sustituirla, porque no afecta nada al ciclo y estabilidad de la moto. Otra cosa es enderezarla con resultados positivos.

Por otra parte, me dice la Mutua Madrileña que el seguro a todo riesgo, con base a la ley de contrato de seguro, no cubre entre familiares. Son la leche, no he visto en la ley referencia a grados de parentesco. Pretenden justificar con la ley algo que aplican las compañías en sus polizas para evitar fraude. En este caso, pagan justos por pecadores.

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
como bien te han dicho , no cubre entre familiares directos hasta no se que grado.
no le des mas vueltas mira de enderezarlo con cuidado y claro esta que tu siempre sabras que no esta perfecta , pero nadie lo notara ,como digo solo tu, eso nos pasa a todos cuando sabemos que algo de nuestra moto no esta del todo bien , nos comemos mucho la cabeza.
 
Aunque el seguro lo cubriera, siempre es interesante saber antes de dar parte lo que valdría la pieza versus la bajada del bonus de tu madre en el próximo recibo...

Manuel
 
si tal como dice ya ha hecho la consulta al seguro y todo se grava , incurrira en estafa. ojo.
Perdoname, yo soy de los justos y no de los pecadores. Me visto por los pies. Así que, que graben lo que quieran.

Yo mismo le dije que era familiar directo. Voy por las claras.

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
Aunque el seguro lo cubriera, siempre es interesante saber antes de dar parte lo que valdría la pieza versus la bajada del bonus de tu madre en el próximo recibo...

Manuel
Manuel, te sigo y creo que eres jurista. Es cierto que eso está amparado en la ley?

La reparación puede ser aprox. 200 euros, por lo que no creo que merezca la pena. En otro caso, un siniestro de una moto de ese precio iría a por todas a por la compañía de seguros.

Dame algo de luz y así aprendo un poco sobre este tema.

Gracias por anticipado Manuel.

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
Niclaus, mi única relación con el mundo del derecho es haber pasado un año en la cafetería de la facultad fingiendo hacer el primer curso...

El resto es tener 60 años y haber sufrido mucho con compañías de seguros.... eso te pasa cuando te gustan mucho los coches y las motos y has tenido unos cuantos.

El cálculo del bonus/malus de los asegurados es un puto enigma. Lo que si te puedo indicar es que el incremento de la prima al año siguiente de haber dado parte de un siniestro culpable no es proporcional al coste del siniestro...

Manuel
 
Perdoname, yo soy de los justos y no de los pecadores. Me visto por los pies. Así que, que graben lo que quieran.

Yo mismo le dije que era familiar directo. Voy por las claras.

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
creo que no lo leiste bien , esa repuesta no era para ti , era para el compañero que en su buena fe te dio la solucion de un amigo , nada mas , cogelo como es asi de simple.
 
creo que no lo leiste bien , esa repuesta no era para ti , era para el compañero que en su buena fe te dio la solucion de un amigo , nada mas , cogelo como es asi de simple.
Disculpa entonces. Lo entendí mal.

Un saludo en Vss

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
en los daños materiales como lo ocurrido (madre e hijo) están excluidos "POR LEY" Y NO POR LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS, que es diferente, efectivamente hay mucho fraude (como por aquí aconsejan y que luego pagamos todos en los recibos), no así los daños personales que si están cubiertos, tu has sido honrado y has declarado tal y como ha ocurrido, has tenido mala suerte al ser tu propia madre, pero has obrado correctamente, saludos.
 
en los daños materiales como lo ocurrido (madre e hijo) están excluidos "POR LEY" Y NO POR LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS, que es diferente, efectivamente hay mucho fraude (como por aquí aconsejan y que luego pagamos todos en los recibos), no así los daños personales que si están cubiertos, tu has sido honrado y has declarado tal y como ha ocurrido, has tenido mala suerte al ser tu propia madre, pero has obrado correctamente, saludos.
Gracias por la aclaración. Por favor me puedes decir en qué parte de la ley aparece lo que comentas? . Lo busque, pero no lo vi.

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
Tienes que buscarlo en la Ley del contrato de seguro (Ley 50/1980), exclusiones de la Responsabilidad Civil Obligatoria, me pillas de viaje y no recuerdo bien, pero si no me falla la memoria esta el en Real Decreto 7/2001 del 12 de enero, en su articulo 10 exclusiones: daños sufridos por el vehículo asegurado y por los bienes que sean titulares el tomador, asegurado, propietario, así como los del conyuge o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinadad, algo así dice, o puedes mirarlo (digo a nivel de búsqueda fácil) creo en el Art. 5 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación de vehículos a motor que indica lo mismo, si no son correctos los artículos dímelo y a la vuelta lo miro en el trabajo que lo tengo allí. saludos.
 
Tienes que buscarlo en la Ley del contrato de seguro (Ley 50/1980), exclusiones de la Responsabilidad Civil Obligatoria, me pillas de viaje y no recuerdo bien, pero si no me falla la memoria esta el en Real Decreto 7/2001 del 12 de enero, en su articulo 10 exclusiones: daños sufridos por el vehículo asegurado y por los bienes que sean titulares el tomador, asegurado, propietario, así como los del conyuge o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinadad, algo así dice, o puedes mirarlo (digo a nivel de búsqueda fácil) creo en el Art. 5 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación de vehículos a motor que indica lo mismo, si no son correctos los artículos dímelo y a la vuelta lo miro en el trabajo que lo tengo allí. saludos.
En el artículo 43 se hace la única referencia a la palabra consanguinidad en la ley de contrato de seguro. Anticipo que no soy jurista, y puedo ser muy torpe, pero de ese articulo no interpreto limitación a la cobertura de seguro.

El derecho de subrogacion del asegurador contra otros distintos del asegurado es una cuestión particular....

Que algún jurista de ilumine.

Gracias por anticipado.
182bed78d1138d1b60135223fd9e4f48.jpg


Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 

Cómo te indicaba el compañero, lo tienes en el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Gracias por la aclaración.

Ok eso aplica a los seguros que cubren la responsabilidad civil obligatoria. Que hay de la extensión a responsabilidad civil voluntaria?? En mi caso la mía ampliada a 50 KK euros?? . Que hay de las coberturas ampliadas en un seguro a todo riesgo??

Vamos que hay que ir a tribunales a por ello, porque las aseguradoras siempre van a lo mismo. El seguro es fantástico, tu paga la prima que luego ya veremos.

O sea que un matrimonio que tengan dos coches en un pequeño garaje de una casa adosada, que no se den un golpe aparcando porque están jodidos. Impensable......

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
Gracias por la aclaración.

Ok eso aplica a los seguros que cubren la responsabilidad civil obligatoria. Que hay de la extensión a responsabilidad civil voluntaria?? En mi caso la mía ampliada a 50 KK euros?? . Que hay de las coberturas ampliadas en un seguro a todo riesgo??

Vamos que hay que ir a tribunales a por ello, porque las aseguradoras siempre van a lo mismo. El seguro es fantástico, tu paga la prima que luego ya veremos.

O sea que un matrimonio que tengan dos coches en un pequeño garaje de una casa adosada, que no se den un golpe aparcando porque están jodidos. Impensable......

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk


Solo por aclararte que la extensión de la responsabilidad civil obligatoria, es decir, la voluntaria es para cuando supera la cuantía de la obligatoria, no para cuando la obligatoria no lo cubre...
Respecto a que las aseguradoras van siempre a lo mismo, respeto tu comentario pero obviamente no lo comparto, al final también habremos matado a Manolete... solo nos quejamos de lo que las cías hacen o dejan de hacer, nunca de los de que defraudan, de los que no pagan el recibo, de los que mienten en la contratación, de que no nos leemos lo que contratamos y luego cuando tenemos al sorpresa es que la cía no quiere pagar en vez de decir que no sabíamos que habíamos firmado, etc, y todos estas cosas las pagamos entre todos los que tenemos cualquier tipo de seguro, solo reiterar que es una exclusión en la Ley, no de las compañías.
Hay compañías/empleados que no actúan bien, y también defraudadores/morosos, ni todo es blanco ni todo es negro en ambos lados de la barra.
saludos.
 
Última edición:
Solo por aclararte que la extensión de la responsabilidad civil obligatoria, es decir, la voluntaria es para cuando supera la cuantía de la obligatoria, no para cuando la obligatoria no lo cubre...
Respecto a que las aseguradoras van siempre a lo mismo, respeto tu comentario pero obviamente no lo comparto, al final también habremos matado a Manolete... solo nos quejamos de lo que las cías hacen o dejan de hacer, nunca de los de que defraudan, de los que no pagan el recibo, de los que mienten en la contratación, de que no nos leemos lo que contratamos y luego cuando tenemos al sorpresa es que la cía no quiere pagar en vez de decir que no sabíamos que habíamos firmado, etc, y todos estas cosas las pagamos entre todos los que tenemos cualquier tipo de seguro, solo reiterar que es una exclusión en la Ley, no de las compañías.
Hay compañías/empleados que no actúan bien, y también defraudadores/morosos, ni todo es blanco ni todo es negro en ambos lados de la barra.
saludos.
Perdoname, pero yo hablo por mi mismo y por mi experiencia personal. Ni he defraudado en ningún seguro, ni he dejado de pagar ningún recibo. En ocasiones, he tenido problemas para cobrar cosas lógicas que estaban cubiertas en la póliza, sencillamente porque las compañías tienden a minimizar las salidas de efectivo de sus balances. Muchos juicios con aseguradoras con fallos en su contra acreditan lo que digo. Eso son hechos.....

Finalmente, creo que lo que opino no es descabellado si eres de los justos, que no pecadores. Por todo ello, tengo el derecho a desahogarme.

Y que no te quepa duda que si el importe del siniestro fuese importante iría a tribunales contra ellos.



Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
Perdoname, pero yo hablo por mi mismo y por mi experiencia personal. Ni he defraudado en ningún seguro, ni he dejado de pagar ningún recibo. En ocasiones, he tenido problemas para cobrar cosas lógicas que estaban cubiertas en la póliza, sencillamente porque las compañías tienden a minimizar las salidas de efectivo de sus balances. Muchos juicios con aseguradoras con fallos en su contra acreditan lo que digo. Eso son hechos.....

Finalmente, creo que lo que opino no es descabellado si eres de los justos, que no pecadores. Por todo ello, tengo el derecho a desahogarme.

Y que no te quepa duda que si el importe del siniestro fuese importante iría a tribunales contra ellos.



Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk

A ver ni tengo nada que perdonarte ni mucho menos digo que lo que dices sea descabellado, y por su puesto aquí estamos para contar como nos ha ido a cada uno y entiendo de verdad lo que dices, lo que pasa que tu das como es lógico tu versión, hablas de sentencias a favor de clientes y por supuesto que las hay, también a favor de las compañías e incluso gente en la cárcel por defraudar y de eso no comentas, seguramente por que no las conoces como es lógico, pero yo si las conozco y hay de ambos lados te lo aseguro, lo que quiero decir es lo que comentaba anteriormente, que al final como en todos los negocios, no solo en el de seguros hay cias/empleados que no obran bien y en ese caso hay que ir hasta el final, la pena es que normalmente cuando se hacen las cosas bien no se comenta...por eso ni todo en negro ni blanco, hay muchos grises en el negocio Asegurador. Un saludo.
 
Perdoname, pero yo hablo por mi mismo y por mi experiencia personal. Ni he defraudado en ningún seguro, ni he dejado de pagar ningún recibo. En ocasiones, he tenido problemas para cobrar cosas lógicas que estaban cubiertas en la póliza, sencillamente porque las compañías tienden a minimizar las salidas de efectivo de sus balances. Muchos juicios con aseguradoras con fallos en su contra acreditan lo que digo. Eso son hechos.....

Finalmente, creo que lo que opino no es descabellado si eres de los justos, que no pecadores. Por todo ello, tengo el derecho a desahogarme.

Y que no te quepa duda que si el importe del siniestro fuese importante iría a tribunales contra ellos.



Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
Pues si el importe fuera mayor, te quedarías exactamente igual, no se cubre y punto.
Y eso lo recoge la ley de contrato de seguro, lo mismo para todas las compañias y pólizas de este país.
Y si no te vas a un abogado y le consultas.
Si le planteas demandar a la compañía, se parte...
Una cosa es pedir opinión y/o consejo a los demás y otra, es que como no te gusta la respuesta...pues eso.
Saludos.
 
A ver ni tengo nada que perdonarte ni mucho menos digo que lo que dices sea descabellado, y por su puesto aquí estamos para contar como nos ha ido a cada uno y entiendo de verdad lo que dices, lo que pasa que tu das como es lógico tu versión, hablas de sentencias a favor de clientes y por supuesto que las hay, también a favor de las compañías e incluso gente en la cárcel por defraudar y de eso no comentas, seguramente por que no las conoces como es lógico, pero yo si las conozco y hay de ambos lados te lo aseguro, lo que quiero decir es lo que comentaba anteriormente, que al final como en todos los negocios, no solo en el de seguros hay cias/empleados que no obran bien y en ese caso hay que ir hasta el final, la pena es que normalmente cuando se hacen las cosas bien no se comenta...por eso ni todo en negro ni blanco, hay muchos grises en el negocio Asegurador. Un saludo.
Tomo nota. Agradezco tu comentario y la información que me das y desconocia. Para eso están los foros, al menos para mi, para conocer otros puntos de vista y aprender más.

Un saludo en Vss

Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
Pues si el importe fuera mayor, te quedarías exactamente igual, no se cubre y punto.
Y eso lo recoge la ley de contrato de seguro, lo mismo para todas las compañias y pólizas de este país.
Y si no te vas a un abogado y le consultas.
Si le planteas demandar a la compañía, se parte...
Una cosa es pedir opinión y/o consejo a los demás y otra, es que como no te gusta la respuesta...pues eso.
Saludos.
No me entiendas mal, no cuestiono vuestras respuestas, cuestiono la ley que es distinto. No todo lo que está recogido en ley debe tener sentido per se.

No soy jurista pero trabajo mucho con normativa, y desde luego en ciertos casos tiene sus lagunas, debilidades, y en otros contradicciones y sinsentidos.

Quizá si fuera noruego o sueco viviendo en España entenderías mi malestar, pero claro como soy español y el fraude está al cabo de la calle..... ya no tengo derecho a dar mi opinión sobre la ley.

Sin acritud.....


Enviado desde mi G8142 mediante Tapatalk
 
No pasa nada.
La ley es la que es, a mi tampoco me parece justo que no se cubra porque no se considera un tercero a un familiar en primer grado.
Pero en este caso no se trata de un supuesto en el que la compañía se quiera librar de un pago, no dudo que ocurra a veces, pero no en este supuesto.
Saludos.
 
Arriba