¿Cómo actuar ante una injusticia?

NetiX

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Todos nos hemos visto, supongo ante algo así. Un policía de tráfico que te pone una multa porque sí, una mala contestación (o incluso una agresion, alguna he visto), una grúa prepotente que se empeña en llevar tu coche que no está mal aparcado...

¿Cómo puedo actuar legalmente en ese momento, si yo considero que se está actuando injustamente contra mí? He oído hablar de gente que llama a la policía nacional para que intermedie ante una injusticia de un guardia de tráfico. ¿Hasta dónde es factible esto? ¿Puede hacer algo ese policía nacional, posee jurisdicción en temas de tráfico? ¿Mejor llamar a la poliía local? ¿Que puedo hacer si por ejemplo me pasa lo que comenta Donald en otro post, que dos policías motorizados chocan contra mí teniendo ellos a culpa y aún encima me empapelan? ¿Puedo actuar de alguna manera en ese momento? Me refiero a cómo actuar en ese momento, no a lo que uno pueda hacer posteriormente (juicios, testigos, pruebas y demás, eso lo sabemos todos), sino algo para el instante mismo del suceso.

A ver si alguien sabe responderme.

Muchas gracias.
 
Paciencia y prueba. Si alguna vez te ves en una situación asi, muchisima paciencia y todos los medios de prueba de que luego puedas valerte para intentar remediar la injusticia. Sirven declaraciones de testigos, tu propia y detallada declaración, si te agreden el informe del médico ...; algunos consejos:
1. Si te detienen, solicita inmediatamente que se ponga tu detención en conocimiento del juez.
2. Que se pongan los hechos en conocimiento del superior de los agentes actuantes.
3. Que se identifiquen inmediatamente, y que lo hagan de forma clara.
Y no olvides que en una situación asi, lo mejor es reservarse y actuar a posteriori, te sorprenderias de la cantidad de sentencias penales condenando a agentes de la autoridad por el abuso y la prepotencia en el ejercicio de ésta. Un saludo
 
Pués no lo había pensado nunca.

Así a bote pronto, creo que lo que yo haría es hacerme el tonto y dejarles que se embalaran solos. Mi pensamiento es que cuanto más se embalen más posibilidades tienen de cometer un error que será el que yo aprovecharé para demostrar la injustícia.

No sé si me explico.
 
Como no podía ser de otra forma, coincido con HUNO, aunque como siempre con algún matiz ;D ;D

Si te detienen que pongan en conocimiento del Juez la detención Y DE UN ABOGADO. Mi experiencia es que muchas de las cosas que se hacen en una comisaria, no se hacen cuando está el Abogado, o cuando se ha pedido que se avise a un determinado Abogado. La última me ocurrió ayer con una detención en Valencia, aunque es demasiado largo para contarlo.

Todos los agentes tienen obligación de identificarse a requerimiento de cualquier particular, y se identifican con su placa, en la que consta un número. Ese número es el que les identifica.

El tiempo me ha enseñado que lo mejor es comenzar de tonto, y que poco a poco, si realmente sabes, vaya saliendo la sabiduría. Si no sabes, empieza de tonto y termina de tonto. Coincido con HUNO en que la paciencia es la mejor de las recetas.

Es cierto que hay condenas por abuso de autoridad, pero igualmente es cierto que el porcentaje de las condenas con respecto al número de veces que ocurre es ridículo. También lo es, aunque no tanto, el porcentaje de las denuncias con relación a las condenas. Y si bien no se puede generalizar, y para nada lo pretendo, los agentes de la autoridad se cubren entre ellos de la forma más descarada e indignante que puedes imaginar.

Un atropello por un agente, que se trata y se lleva con paciencia y humildad, normalmente, o en muchos casos, no se consuma.

Habrá alguien que haciendo gala de preocupante ignorancia, me diga que velo por los intereses económicos de los abogados: allá él. Pero si es posible llevar encima el teléfono de un abogado al que llamar en el momento en que ocurra algo así, yo lo recomiendo absolutamente.

En cuanto a lo de la Policía Nacional, depende el ámbito de competencias en que se produzca el "atropello". Dudo mucho que la policía nacional acuda para mediar, primero porque los efectivos que tienen no dan a basto; además, porque nada pueden hacer, pueden mediar en la misma medida que cualquier particular que pase por la calle en ese momento; y por último, porque no están en el ámbito de sus competencias. El mejor "mediador" en esos casos: la prudencia, la paciencia, la humildad.

Y además, si ocurre, mucha suerte

Vsssssssssssssss
 
Pues para lo que te recomiendan Huno, Donald y Enric (que está muy bien), dan unos cursos estupendos a distancia en "Academia de Paciencia Santo Job.com". Te lo recomiendo. Porque hay que ver qué difícil resulta mantener la flema británica, cuando te están tocando los "íntimos" de forma clara. ;D.

Una vez, se me ocurrió arrugar la copia de una denuncia y ni te cuento el "marrón" porque aquél pensó que le estaba faltando al respeto o no se qué coño pensó. Entonces, me vino del diez el curso ese de la paciencia.

Vssssssssssssssssss
 
Es un tema muy interesante y voy a anotar el telefono de un abogado en el movil....

Seguir con estas cosas que aprendemos un monton.... Gracias ;)
 
A ver en primer lugar la puesta inmediata a disposición judicial "Habeas corpus", no se puede solicitar así como así, en segundo lugar no siempre vas a tener a tu disposición un mando de policia y si lo tienes como es mormal suelen tirar para casa y si es cierto que tienen la obligación de identificarse, ojo solo con el núm. policial no espereis que os digan nombre ni nada de eso.
Donald dice que lo ponga en conocimiento de un Juez y de un abogado.Como el bien sabrá no puede haber un detenido sin que no tenga conocimiento el Juzgado y un abogado de oficio o Particular, excepto en materia de trafico que no es obligatrorio el abogado.

Para denunciar la mala actuación de un agente, lo mejor ni otros cuerpos, ni leches, directamente al Juzgado.
 
Testigos, pruebas, no discutir con el agente. Si se está cometiendo un abuso de autoridad ,infracción u trato vejatorio dejar que prosiga, (lo se es duro :-[ ) pero si le discutes entrarás en su terreno, te podría detener por desacato (cosa q no puede hacer por una infracción de tráfico).

Historia: Un agente multa a un chaval por no llevar casco, tras un intercambio de opiniones(vete a saber lo que le dijo) el agente lo trata como un criminal, el chaval lo denuncia por trato vejatorio, la sentencia le es favorable al chaval, el agente lo espera dias mas tarde para multarle por todo lo que le parezca, sin que el chaval haya cometido infracción alguna. El chaval presenta testigos de que cumplia las normas (cascos, seguro, etc etc) y que la denuncia es falsa. Resultado: El agente está acabado.(si encuentro el link a la noticia lo pongo, aunque seguro q no es el primer caso q leeis)

Ojo, que yo no estoy de parte de nadie, el trabajo de la policía es muy digno y deben cumplir con su deber y sancionar a los infractores. Pero dentro del marco de la ley. Listos los hay en todos lados.
 
andy dijo:
A ver en primer lugar la puesta inmediata a disposición judicial "Habeas corpus", no se puede solicitar así como así, en segundo lugar no siempre vas a tener a tu disposición un mando de policia y si lo tienes como es mormal suelen tirar para casa y si es cierto que tienen la obligación de identificarse, ojo solo con el núm. policial no espereis que os digan nombre ni nada de eso.
Donald dice que lo ponga en conocimiento de un Juez y de un abogado.Como el bien sabrá no puede haber un detenido sin que no tenga conocimiento el Juzgado y un abogado de oficio o Particular, excepto en materia de trafico que no  es obligatrorio el abogado.

Para denunciar la mala actuación de un agente, lo mejor ni otros cuerpos, ni leches, directamente al Juzgado.

ANDY, una cosa es la puesta inmediata a disposición judicial de un etenido, siempre dentro del plazo de las 72 horas, y otra distinta es el "habeas corpus" procedimiento sumarisimo cuyo objeto es precisamente restablecer de libertad de quien es privado e ella por una autoridad sin causa legal.

Producida la detención, como digo, el agente de la autoridad debe poner al detenido a disposición judicial a la mayor brevedad, y debntro de las 72 horas siguientes. Lo que no quiere decir que en muchos casos el detenido queda en ependencias policiales hasta que por éstos se terminen las diligencias del atestado o se trate de sacar información al detenido. Te puedo decir, que el pasado jueves detuvieron a un cliente, y dentro de las 72 horas se realizaron con el detenido tres registros en trs domicilios, unas cuantas detenciones más, pasó a disposición judicial, se le recibió declaración judicial, y se celebró la vistilla de medidas cautelares personales. Por supuesto la intervención del Juzgado sólo se produjo en las últimas 6 horas antes de cumplir el plazo de las 72. El resto el tiempo estuvo con el detenido os integrantes de la Policía Judicial.

Con so quiero decir, que puede haber un detenido sin conocimiento del Juzgado, pero sólo durante 72 horas.En cuanto a lo del Abogado, buenmo, pus lo ofrecen cuando lo ofrecen, y lo llaman cuando lo llaman. Al detenido del que te hablo lo detuvieron el jueves a las 12:20 del mediodía, y a mi me avisaron el viernes a la 13:00 horas más o menos. Cuándo se le ofreció el Abogado? por qué no se hizo antes? No lo sé, porque como además han eclarado el secreto del sumario .....


En materia de tyráfico no es obligado el Abogado, por que no hay detención, excepto que sea por un delito contra la seguridad del tráfico, en cuyo caso el Abogado, que tampoco es obligatorio excepto para recibirte declaración, también deben ofrecértelo. Pero erl que el abogado no sea obligatorio, no quiere decir que no tengas derecho a que se le llame, y esté presente en toda diligencia que se lleve a cabo. Incluso en el acto de la detención si quieres (aunque esto requiere más expliación y no es el momento).

En fin ....

Vssssssssssssssssssss
 
Donald como sabras la inmediatez de puesta a disposición Judicial de un detenido, no depende del detenido, depende de las investigaciones policiales dentro de las 72 horas o incluso la aplicación de la circualr de la fiscalia por parte de los agentes. Por eso te digo que si, que legalmente hay que ponerlo en el plazo minimo inprescindible a disposición judicial, pero que no siempre se hace así.

Compañero motero, creo que podría aprender muchas cosas de tus sabias palabras.
 
andy dijo:
Donald como sabras la inmediatez de puesta a disposición Judicial de un detenido, no depende del detenido, depende de las investigaciones policiales dentro de las 72 horas o incluso la aplicación de la circualr de la fiscalia por parte de los agentes. Por eso te digo que si, que legalmente hay que ponerlo en el plazo minimo inprescindible a disposición judicial, pero que no siempre se hace así.

Compañero motero, creo que podría aprender muchas cosas de tus sabias palabras.

La puesta a disposición judicial de un detenido depende única y exclusivamente de cumplir no solamente la Ley española sino además los convenios internacionales sobre derechos fundamentales, y en concreto, por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Es el plazo que está establecido, y hay que cumplirlo. Y en el momento en que pase un minuto de las 72 horas, "habeas corpus".

Porque es la ley lo que tiene que cumplir la policía, y no la peculiar y "sui generis" interpretación que de la Ley hace la Fiscalía General del Estado, cuyas Instrucciones, circulares y consultas, no vinculan al policía, ni al Juez, al menos no más que lña opinión de cualquier otra persona, o profesional, debidamente fundada en Derecho. Vinculan a los Sres. Fiscales, en virtud del principio de jerarquía, pero los demás mortales no somos representantes del Ministerio Fiscal.

Efectivamente no siempre se hacen las cosas como deben hacerse. Y para eso existe un proceidmiento que es el de "habeas corpus", un delito como el de detención ilegal, un proceidmiento disciplinario sancionador, y tantas otras normas para sancionar a quien no cumple la ley, por que no siempre se cumple.

En fin,

Vsssssssssssssssssss
 
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