Compra de moto fuera de mi ciudad

jmagana

Allá vamos
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Hola a todos,

he visto una motillo que estoy pensando comprar en Barcelona, y yo soy de Madrid. El proceso de ver la moto, pagarla y recogerla la haría un tío mío que vive allí, pero lo que no sé cómo hacer es el cambio de nombre. La idea es hacerlo en Madrid, pero no sé qué documentación del vendedor necesito. ¿Alguien puede echarme un cable?

Gracias y un saludo
 
¿Y porqué tienes que hacer el cambio de nombre en Madrid? En Barcelona también hay jefatura de tráfico donde te pueden hacer el cambio de nombre. Solo tienes que dejarle los papeles firmados a tu tio y él mismo puede hacer el cambio de nombre en tu nombre.
La documentación es simple el DNI original, por parte del vendedor, el original del impuesto de circulación pagado y los impresos que facilita tráfico firmados por ambos.
El resto de documentación te compete a tí únicamente.
 
bueno bueno vale la fotocopia del D.N.I,. pero hay que compulsarla y como te ha dicho jehtro lo puedes hacer mismo en barcelona y te la traes a tu nombre y listo pues todo eso se hace en un dia
En cualquier jefatura de trafico de cualquier parte de españa se puede hacer cualquier tramite
 
Ya imagino que se puede hacer en cualquier sitio la transferencia. La idea de hacerla en Madrid es molestar a mi tío lo menos posible, por eso lo de hacerlo aquí en Madrid.

Imagino que la solución es que el vendedor compulse una fotocopia del DNI y me la haga llegar junto con los papeles.

Gracias por vuestras respuestas....
 
Sólo puedes hacerla en Madrid por una razón: porque un documento que debes presentar entre otros es el de haber liquidao el impuesto de transmisión de vehículos a motor, que es un gravamen con el que se queda la Hacienda madrileña para sus gastos e inversiones  ;D y no vale con que se lo quede la barcelonesa...  :p
 
;) Bueno el intento, pero hacienda somos todos (menos algunos que yo me se) y tanto da donde se pague, va a parar al bolsillo de los mismos (los de siempre >:( >:()
 
Bueno, siempre puede liquidar el impuesto en Madrid y hacer la transferencia en la delegación de Tráfico de Barcelona, pero ya puestos en trámites, como que no...

:p
 
Incorrecto, se puede hacer en cualquiera de la dos jefaturas de residencia de los implicados, usease, vendedor o comprador.

La documentacion que debes de presentar:

- Original y fotocopia del Impuesto de circulacion del año en curso o del año anterior si el cambio de nombre lo realizas en el primer trimestre del año.

- Original y fotocopia de la ficha tecnica y permiso de circulacion del vehiculo

- Original y fotocopia de los DNI por duplicado

- Contrato de compraventa ( te vale cualquiera sacado de internet ) firmado por ambas partes y por triplicado.

Una vez tengas esto te vas a la oficina liquidadora de hacienda y alli pagas el impuesto de transmisiones patrimoniales. Aqui se quedaran una fotocopia del DNI, fotocopia de la ficha tecnica y permiso de circulacion y un contrato de compraventa.

Despues te vas a trafico, rellenas el impreso de transferencia de vehiculo, pagas la tasas y te vas a la seccion de automoviles. Aqui se quedaran la otra fotocopia de los DNI, el impuesto de transmisiones patrimoniales y la fotocopia del impuesto de circulacion y el permiso de circulacion. En el mismo momento te entrgaran el permiso de circulacion a tu nombre.

despues, ya puedes disfrutar de tu moto con total seguridad :D :D

Debes de consultar en cualquier jefatura como lo tienes que hacer para la compulsacion del DNI.

Vss
 
Los trámites son los correctos, de no ser que no necesitas tantas fotocopias.
Lo se porque no hace ni un mes que me quité de encima una de las latas, y no me pidieron las fotocopias, (Aunque las llevaba) es más no necesité ni el impreso del impuesto de transmisiones ya me lo rellenaron directamente en la ventanilla de recaudación de dicho impuesto.
Solo tuve un pequeño problema y fué con la financiera con la que pagué el coche que después de 10 años aún no había anulado la reserva de dominio.
 
He encontrado esto en la página de la DGT, lo copio y lo pego tal cual pasándolo a itálicas. Lo que está en mayúsculas es porque así está en origen:


Transferencias (cambio de titularidad del vehículo)

SI HA ADQUIRIDO UN VEHÍCULO MATRICULADO EN ESPAÑA Y QUIEN SE LO ENTREGÓ YA NOTIFICÓ A LA JEFATURA LA TRANSMISIÓN, DEBERÁ EFECTUAR LA TRANSFERENCIA EN LA JEFATURA DE LA PROVINCIA DE SU DOMICILIO O EN LA QUE SE MATRICULÓ EL VEHÍCULO:

SI SOLICITA CONJUNTAMENTE EL CAMBIO CON EL TRANSMITENTE LA DOCUMENTACIÓN TAMBIÉN PUEDE PRESENTARLA EN LA JEFATURA DE LA PROVINCIA DEL DOMICILIO DEL TRANSMITENTE.


1º SOLICITUD en impreso oficial facilitado por la Jefatura de Tráfico con los datos y firma del adquirente y del transmitente salvo que éste hubiera notificado la transmisión.

Si es menor de edad o incapacitado el que adquiere el vehículo constarán también en la solicitud los datos y firma del padre, la madre o el tutor.

Si el vehículo se va a inscribir a nombre de varias personas, se presentarán tantas solicitudes como peticionarios, pagándose una sola tasa.

2º TASA I.5 o I.6 si es un ciclomotor, por el importe legalmente establecido. Consulte la información sobre tasas.

3º DOCUMENTACIÓN DE LAS PERSONAS INTERESADAS. En este caso, tanto el adquirente como el transmitente, salvo que éste último hubiera presentado la notificación de transmisión caso en el que no es necesario que se aporte ninguna documentación de él, ni su firma en la solicitud.

A) SI SE TRATA DE PERSONAS FÍSICA

A.1-NACIONALES:

-Original del DNI en vigor. Si no lo tiene, ha de presentar:

*Resguardo de haberlo solicitado y,

*Libro de Familia, Pasaporte, Permiso de conducir u otro documento que acredite los datos del DNI.

-En caso de menores de edad o incapacitados , además presentarán:

* Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor y,

*Documento original que acredite el concepto en que actúan, (Ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).

-Si el vehículo se va poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además

*Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso. Si está exento, copia cotejada de declaración de alta en el censo de obligados tributarios o certificado de la actividad que se ejerce expedido por el órgano competente en la gestión del Impuesto.

A.2-EXTRANJEROS:

-Declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en España o del número de identificación que figure en el Permiso de Conducir español del que sea o hubiera sido titular, y,

-Original de la Tarjeta de Residencia en vigor. Si no la tiene, ha de presentar:

I- Documento original en el que figure el N.I.E o un Certificado de la Policía en el que conste que no se le puede expedir dicho documento y,

II- Original del Documento Nacional de Identidad de su país si pertenece al Espacio Económico Europeo o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país y,

III- Documento original que acredite su domicilio en España. Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial.

-En caso de menores de edad o incapacitados , además presentarán:

*Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor y,

*Documento original que acredite el concepto en que actúan, (Ej. Libro de Familia, resolución judicial, etc.).

-Si el vehículo se va a poner a nombre de quien ejerce una actividad por cuenta propia, y desea domiciliarlo en la sede de su actividad, deberá aportar además:

*Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso. Si está exento, copia cotejada de declaración de alta en el censo de obligados tributarios o certificado de la actividad que se ejerce expedido por el órgano competente en la gestión del Impuesto

IMPORTANTE : SI HA CAMBIADO DE DOMICILIO Y ÉSTE NO FIGURA EN SU DNI. O TARJETA DE RESIDENCIA DEBERÁ LLEVAR:

-Si el nuevo domicilio está en otro Ayuntamiento: Certificado original de empadronamiento o tarjeta censal.

-Si el nuevo domicilio está en el mismo Ayuntamiento: El original de cualquier documento o recibo en el que figure. (Ej. Recibo del teléfono, luz, agua).

B) SI SE TRATA DE PERSONAS JURÍDICAS

-Original del CIF y,

-Original del DNI, Pasaporte, Tarjeta de Residencia del representante que firma la solicitud y,

-Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (Poder notarial o Escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil) y,

-Si se desea domiciliar el vehículo en el domicilio de una Sucursal, deberá aportar además:

*Original y fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas del año en curso. Si está exento, copia cotejada de declaración de alta en el censo de obligados tributarios o certificado de la actividad que se ejerce expedido por el órgano competente en la gestión del Impuesto.

4º DOCUMENTACIÓN DEL VEHÍCULO.

-Original de la Tarjeta de inspección Técnica con la inspección en vigor o del Certificado de Características y,

-Original del Permiso o Licencia de circulación excepto si el transmitente notificó la transmisión ya que en este caso el adquirente no tendrá este documento.

-Cuando el vehículo se adjudique judicialmente o por subasta

*Original y fotocopia del acta de adjudicación que sustituirá los requisitos del transmisor.

5º JUSTIFICANTE DEL PAGO DEL ÚLTIMO RECIBO PUESTO AL COBRO, O DE LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. Original y fotocopia. Excepto si el transmitente notificó la transmisión. En el supuesto de haber comprado el vehículo a un compraventa, sólo se presentará si la transferencia se solicita fuera del año natural en el que el vehículo fue dado de baja temporal por transmisión.

6º AUTOLIQUIDACIÓN O DOCUMENTO QUE ACREDITE LA EXENCIÓN O NO-SUJECIÓN DEL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad.

La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la AEAT, en el caso de Ceuta y Melilla.

7º DOCUMENTO ORIGINAL QUE ACREDITE LA ADQUISICIÓN DEL VEHÍCULO . Este documento no será necesario si el transmitente notificó la transmisión o se presentan ambos conjuntamente. En el caso de que el transmitente sea un empresario que actúa en el ejercicio de su actividad habrá de presentarse original y fotocopia de la factura de venta. Si el vehículo se adquiere por subasta o sentencia judicial habrá de presentar original y copia del acta de adjudicación.

8º DOCUMENTO QUE ACREDITE EL PAGO LA EXENCIÓN O NO-SUJECIÓN DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE. Original y fotocopia en los casos de vehículos que en su primera matriculación definitiva tuvieron exención de éste impuesto, y se solicitase la transmisión antes de transcurridos CUATRO AÑOS desde su matriculación, o DOS AÑOS si son vehículos de autoescuela o alquiler con o sin conductor, o 12 MESES si la exención fue por cambio de residencia del titular desde el extranjero al territorio español. No será necesario presentar este documento si el transmitente ya lo adjuntó al notificar la transmisión.

La información y los impresos de éste impuesto puede obtenerse en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Hacienda de la provincia de su domicilio.

9º DOCUMENTO ORIGINAL ACREDITATIVO DE LA BAJA Y EL ALTA EN EL REGISTRO OFICIAL DE MAQUINARIA AGRÍCOLA si se trata de un vehículo especial agrícola No será necesario presentar el documento de la BAJA si el transmitente notificó la transmisión.

10º CERTIFICADO ORIGINAL DE LA CONSEJERÍA DE TRANSPORTES DE QUE POSEE O ESTÁ EN CONDICIONES DE OBTENER EL TÍTULO HABILITANTE CORRESPONDIENTE si son vehículos de transporte de viajeros con una capacidad superior a 9 plazas, incluida la del conductor, así como los vehículos de transporte de mercancías o mixtos con una masa máxima autorizada superior a seis toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3.5 toneladas incluida la cabeza tractora.

11º SI LA TRANSFERENCIA SE REFIERE A UN VEHÍCULO MATRICULADO EN CANARIAS, CEUTA O MELILLA, Y SE IMPORTA A LA PENÍNSULA O A LAS ILLES BALEARS, SE APORTARÁ CERTIFICADO DE ADUANAS QUE ACREDITE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.

-POR LA ANOTACIÓN, EN EL REGISTRO GENERAL DE VEHÍCULOS DE LA IMPORTACIÓN DEFINITIVA, SE HABRÁ DE ABONAR UNA TASA IV.1

NOTA: SI EL VEHÍCULO TIENE UNA MATRÍCULA CON SIGLAS DE OTRA PROVINCIA, Y SE SOLICITA SIMULTÁNEAMENTE LA TRANSFERENCIA Y UNA NUEVA MATRÍCULA DEBERÁ APORTAR NUEVA TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA CON SUS COPIAS, QUE SE OBTENDRÁ PREVIA INSPECCIÓN TÉCNICA DEL VEHÍCULO Y ABONAR LA TASA I.1. LEGALMENTE PREVISTA (Consulte la información sobre tasas).


IMPEDIMENTOS:

-En el caso de constar en el Registro de Vehículos la constitución de cualquier limitación de disposición, no se realizará el cambio de titularidad, debiendo solicitar directamente la previa cancelación de dicha limitación, en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la persona favorecida por tal inscripción.

-El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos.

-La existencia de orden de precinto , que supondrá la no-emisión del permiso de circulación.

-El tener caducada la Inspección Técnica periódica, que supondrá la no entrega del permiso de circulación hasta que no se acredite la Inspección Técnica en vigor.


IMPORTANTE: Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente del vehículo, la persona que lo represente debe aportar:

-Original de su propio DNI y,

-Autorización del adquirente para realizar el trámite, donde exprese el carácter gratuito de la citada representación

 
Yo no es que sepa mucho los pasos a seguir pero he comprado mi actual moto a un particular en Madrid el 21 de Septiembre de este año yo vivo en Bilbao y la transferencia se a hecho en Madrid con una fotocopia de mi DNI y si es por temas de hacienda si os digo que en Vizcaya no tenemos la Estatal sino la Foral y encima no se llevan bien.
Ni un problema, el vendedor por motivos de por si acaso se hizo cargo de hacer la trasferencia y eso sí un amigo me anunció que en Madrid tardaban casi dos meses y acertó de pleno le faltó una semana para los dos meses.
 
Lo que demuestra que SI se puede hacer en la provincia del vendedor y yo estaba equivocado. Y lo estaba porque no pude hacer la transferencia en Bilbao de un un coche que vendí hace años a un chico de Vitoria. La razón fue la que comenté antes y es la que me dieron en la Hacienda vizcaína. Evidentemente, han pasao los años y la cosa ha cambiao...
 
Pues aquí cuento lo que me ha dicho la gestoría que me lo va a hacer al final (por pura comodidad, y porque son amigos): ellos me darán todo lo que tiene que firmar el vendedor, que si mal no recuerdo es el contrato compra-venta y el impreso de la DGT. Eso se lo lleva mi tío a BCN con la tela y el vendedor entrega la moto, los papeles, recibo pagado del numerito, fotocopia del DNI y la moto, claro ;D. Todo eso viene a Madrid con la moto (en tren) y lo llevo a la gestoría para que hagan el cambio definitivo.
Gracias a todos por vuestras respuestas, que ayudan mucho a entender el proceso...
 
jmagana dijo:
... que si mal no recuerdo es el contrato compra-venta y el impreso de la DGT... recibo pagado del numerito, fotocopia del DNI y la moto...

Conforme, salvo que donde pones contrato de compra-venta querrás decir impreso de liquidación del impuesto sobre transmisión de vehículos a motor (Hacienda) ya que es obligatorio mientras que el contrato es aconsejable, pero no deja de ser un documento privado. Él te lo dará firmado y la gestoría lo presentará en Hacienda y hará efectivo el pago. Con ese documento sellado y todo lo demás irán a Tráfico a formalizar el resto...
 
Cierto, ese impreso me lo han dicho también...

Bueno, ya enseñaré la moto si sale bien el tema...

gracias de nuevo a todos
 
El impreso a veces no es necesario (hablo por Barcelona, no se como estaran en el resto de sitios) pues te lo hacen ya en la oficina liquidadora y te sacan tantas copias sean necesarias.
 
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