Consulta para trabajador en seguros (robo/hurto)

PabloRivers

Curveando
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Hola, tengo una duda que no me han dejado clara, y es posible que aquí tengamos a trabajadores del sector seguros.

En un seguro de hogar, que te cubren el robo de todo lo que tengas dentro, veo y me explican que si es robo (con violencia a personas o cosas) te pagan el 100% de lo que roben, pero si es "hurto" -no fuerzan nada- te pagan una cantidad ridícula (lo que he visto, 1500 euros).

Bueno, el tema que le planteé al agente es que si entran en mi casa (individual y cerrada) sin romper nada, por ej, "trabajando" la cerradura de la puerta principal, o "copiando" mandos a distancias de la entrada del cierre o la del garaje (que da acceso y via libre a toda la casa), para ellos es un HURTO, ya que no hay roturas físicas, de modo que no me pagarían nada aunque dejasen la casa en "el chasis".

¿es esto así? porque de serlo, menudo seguro  :P, o realmente si entran y te desvalijan tu casa sin romper nada, logicamente tu presentas la denuncia en las autoridades para que hagan la investigación correspondiente, se considerará un robo en toda regla con derecho a indemnizarte todo lo que te han robado?

un saludo y gracias
 
Buena pregunta e interesante la respuesta, pues la mayoría de seguros (a no ser que pagues una pasta) tienen esa misma limitación en la cobertura que especificas ::)

Saludos
 
Hola steppenwolf, gracias por la respuesta. La verdad es que no es un tema de dinero en la cuota de la póliza ni lo puedo "cubrir" con algún anexo, es que me dicen que "no, no y no", que si no es robo (destrozo para entrar), no hay "tutía" (en este caso, en mapfre me pagarían unos 1500 euros maximo) aunque se lleven 30.000 euros de la casa (en bienes, hablo).

Es que me gustaría aclarar este tema, porque si; ya sabemos que normalmente rompen ventanas, puertas o lo que sea, pero no tiene porque ser así, y claro, cuando eso suceda, la "estupenda compañía de seguros" te va a dar por donde ya sabemos (para no pagar, se agarran a donde sea) y si te pueden pagar 1500 euros en vez de 20.000, está claro, ¿no?.

Un saludo
 
5A70767E727D3D130 dijo:
Échale un vistazo a esto:
http://www.tuabogadodefensor.com/01ecd193e810f1e01/Penal/index.htm

Aquí dice bien claro, que el uso de llaves falsas se considera robo, del mismo modo que Las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituye infracción penal.

Saludos :).

Si señor, un robo como una catedral, además, se tilda de "Robo con Fuerza".
Solamente existe hurto en caso de que tu franquees el paso de tu casa a alguien (o te dejes una puerta o ventana abierta) y aproveche un descuido tuyo (porque si te amenaza, estamos en robo con intimidación) se lleva algo que te pertenece.
Entiendo que si entra en tu casa sin tu permiso, el hurto entraría en concurso con el allanamiento de morada, aunque aquí, la compañía de seguros se podría lavar las manos con razón, ya que tú, aunque sin quererlo, no has puesto los medios mínimos para evitar la sustracción.
La verdad es que las compañías de seguro, en esos temas, se lucen.
 
Es robo. Hay fuerza en las cosas. Incluso si utilizasen tus llaves después de habértelas sustraido el resultado sería robo, ya que se consideraría uso de llave falsa, lo mismo que un duplicado de un mando a distancia realizado sin consentimiento del dueño.
 
Le dices al del seguro, que se pase por la facultad de derecho el día que expliquen el robo con fuerza y sus distintas variantes, asi como su diferencia con el hurto.

el caso que citas es claramente un robo con fuerza, como bien dice el anterior forero, en su variante de llave falsa, no es necesario que se rompa algo para que se califique como robo con fuerza.
 
Hola a todos y gracias por la aclaración.
Entiendo que un vendedor de seguros no necesita tener conocimientos de derecho, aunque en lo que a él le atañe, si debería tener los conceptos claros.
Desde luego la lógica te lleva a lo que comentais, que se trata de un robo claramente (así como realmente lo es). Ahora, tambien me asalta la otra duda dada la situación: si llegado el caso de producirse un "robo" con uso de llave falsa (ganzua) o apertura electronica de portales (llave falsa tambien), posteriormente denuncia a la policia... ¿cómo se determina si es un robo o un hurto? Logicamente yo aseguro que la puerta y portales estaban cerrados... la compañía de seguros puede decir que no, que dejé algo abierto (no se ha forzado nada) y pagar la cantidad simbólica que le interesa más que pagar todo lo robado. ¿cómo se determina quien tiene razón?.

Porque de nada me sirve saber que es un robo, y la ley decir que puede ser un robo, si al final la compañía va a pagar sólo un hurto :-/

gracias y un saludo
 
A mi me robaron el ordenador de encima de mi mesa en el trabajo. Entró alguien al colegio, subió a la segunda planta, entró en mi clase cuando yo estaba en el recreo con los niños, y salió por la puerta con mi ordenador y el cargador.

Como no rompió nada, el seguro dijo que eso era un hurto y adios. Pero me invitaron a cambiar la denuncia y romper la puerta (cosa que no hice ni de broma) para cubrirme el ordenador. Yo alucinaba, porque me animaban a engañar para conseguir la pasta. Al final me terminé comprando otro ordenador volviéndolo a pagar de mi bolsillo.
 
5C5A54535A5A59360 dijo:
A mi me robaron el ordenador de encima de mi mesa en el trabajo. Entró alguien al colegio, subió a la segunda planta, entró en mi clase cuando yo estaba en el recreo con los niños, y salió por la puerta con mi ordenador y el cargador.

Como no rompió nada, el seguro dijo que eso era un hurto y adios. Pero me invitaron a cambiar la denuncia y romper la puerta (cosa que no hice ni de broma) para cubrirme el ordenador. Yo alucinaba, porque me animaban a engañar para conseguir la pasta. Al final me terminé comprando otro ordenador volviéndolo a pagar de mi bolsillo.
Si estaba la puerta cerrada, y lo puedes acreditar (con testigos) es robo, y te deben pagar.
Si estaba abierta, es hurto.
Si hubieras cogido a la mesa el ordenador con un cable de acero con llave y lo hubieran cortado, también sería robo.
Y la "propuesta" que te hicieron, muy fueeerte, ya que ese tipo de fraude se persigue habitualmente y tiene carcel (independientemente de que por primerizo no se cumpla)
 
5657000505350 dijo:
[quote author=5C5A54535A5A59360 link=1296300834/8#8 date=1296391378]A mi me robaron el ordenador de encima de mi mesa en el trabajo. Entró alguien al colegio, subió a la segunda planta, entró en mi clase cuando yo estaba en el recreo con los niños, y salió por la puerta con mi ordenador y el cargador.

Como no rompió nada, el seguro dijo que eso era un hurto y adios. Pero me invitaron a cambiar la denuncia y romper la puerta (cosa que no hice ni de broma) para cubrirme el ordenador. Yo alucinaba, porque me animaban a engañar para conseguir la pasta. Al final me terminé comprando otro ordenador volviéndolo a pagar de mi bolsillo.
Si estaba la puerta cerrada, y lo puedes acreditar (con testigos) es robo, y te deben pagar.
Si estaba abierta, es hurto.
Si hubieras cogido a la mesa el ordenador con un cable de acero con llave y lo hubieran cortado, también sería robo.
Y la "propuesta" que te hicieron, muy fueeerte, ya que ese tipo de fraude se persigue habitualmente y tiene carcel (independientemente de que por primerizo no se cumpla)[/quote]

Hola, la verdad es que esa es mi pregunta... ¿eres tu el que tiene que demostrar que la puerta estaba cerrada, para considerarse robo, o es el seguro el que tiene que demostrar que estaba abierta, para que sea un hurto?

es que entonces, pese a las respuesta que me habeis dado que indican claramente que un robo por los medios citados, es tal, resulta que se considerará siempre un hurto (es decir, el uso de llave falsa), porque... ¿como demuestras tú que dejaste la puerta cerrada y cerraste correctamente los portales?.

los del seguro tienen siempre las de ganar.... o sea, siempre será un hurto y no pagarán si no hay ninguna evidencia de rotura.

saludos
 
No, es más simple:
La compañia pretenderá acreditar que e s hurto, para no pagar.
Tu, pretenderás acreditar que es robo, para cobrar.
Ganará el que pueda acreditar lo que dice, claro que si en apariencia no está fracturada la cerradura, es más facil acreditar que es hurto.
Es, en definitiva, cuestión de prueba.
 
Bien, pero en ese caso seria igual de difícil demostrar que es robo si alguien ha entrado en tu casa con una llave sin forzar nada pero tú no se la has dado, la hayas perdido, se hayan hecho una copia, etc... :-? , y lo mismo con el mando a distancia que es más fácil :P

Saludos
 
7B7A2D2828180 dijo:
No, es más simple:
La compañia pretenderá acreditar que e s hurto, para no pagar.
Tu, pretenderás acreditar que es robo, para cobrar.
Ganará el que pueda acreditar lo que dice, claro que si en apariencia no está fracturada la cerradura, es más facil acreditar que es hurto.
Es, en definitiva, cuestión de prueba.

gracias por la respuesta RTkid. Entonces, al final, va a tener razón el comercial de seguros, pese a no tenerla :-X.

Es decir, si te desvalijan la casa con ganzua o apertura electronica de portales, sin romper por ello nada, para la compañía de seguros es HURTO (o sea, 1500 euros por dejar tu casa vacía).

Es que no sé como demostrar que has dejado cerrada la puerta de tu casa, más que tu propia palabra, o dicho de otro modo, no sé como la compañía de seguros demuestra que la puerta la has dejado abierta. Entiendo que tú puedes prestar declaración asegurando y jurando que la puerta estaba cerrada, mientras que la compañía de seguros no tiene ningún modo para atestiguar lo contrario. Digo yo.

Un tema delicado, que nunca pasa hasta que pasa.

¿alguien tiene alguna experiencia al respecto y cómo se ha resuelto por la compañía de seguros? Es decir, si tu declaras que has dejado la puerta abierta, pues está claro, hurto, pero si declaras que estaba todo bien cerrado a la policía (con el consiguiente delito de no ser cierto, ojo), debería ser robo a todos los efectos, no?

saludos
 
Te cargas la cerradura la cambias en incluyes en la denuncia que la han forzado y se acabo el problema.
Si te dejas las llaves puestas en la moto que sera? un robo no y diras lo de las llaves? no porque si la tiens a terceros con robo e incendio como la mayoria no te pagaran nada.
Vssss.YYY
 
4751594B571E0 dijo:
Te cargas la cerradura la cambias en incluyes en la denuncia que la han forzado y se acabo el problema.
Si te dejas las llaves puestas en la moto que sera? un robo no y diras lo de las llaves? no porque si la tiens a terceros con robo e incendio como la mayoria no te pagaran nada.
Vssss.YYY

Hola Yogui... eso que comentas parece una opción lógica, pero no legal (y como hemos leido más arriba, incluso la llegan a "sugerir", rompe una ventana, etc... para que el seguro pague). Pero no deja de ser un delito (no digo ni justificado ni injustificado, y más en el caso de que realmente se trate de un robo puro y duro). Y lo peor, es que van y detienen al autor del robo, declara que él no ha roto ni forzado nada, y encima el problema lo tienes tú, porque ya sabemos que vale más la palabra de un delincuente que la de un ciudadano que paga sus impuestos.

un saludo
 
5E4F4C42414A4F454F5C2E0 dijo:
[quote author=7B7A2D2828180 link=1296300834/11#11 date=1296400682]No, es más simple:
La compañia pretenderá acreditar que e s hurto, para no pagar.
Tu, pretenderás acreditar que es robo, para cobrar.
Ganará el que pueda acreditar lo que dice, claro que si en apariencia no está fracturada la cerradura, es más facil acreditar que es hurto.
Es, en definitiva, cuestión de prueba.

gracias por la respuesta RTkid. Entonces, al final, va a tener razón el comercial de seguros, pese a no tenerla  :-X.

Es decir, si te desvalijan la casa con ganzua o apertura electronica de portales, sin romper por ello nada, para la compañía de seguros es HURTO (o sea, 1500 euros por dejar tu casa vacía).

Es que no sé como demostrar que has dejado cerrada la puerta de tu casa, más que tu propia palabra, o dicho de otro modo, no sé como la compañía de seguros demuestra que la puerta la has dejado abierta. Entiendo que tú puedes prestar declaración asegurando y jurando que la puerta estaba cerrada, mientras que la compañía de seguros no tiene ningún modo para atestiguar lo contrario. Digo yo.

Un tema delicado, que nunca pasa hasta que pasa.

¿alguien tiene alguna experiencia al respecto y cómo se ha resuelto por la compañía de seguros? Es decir, si tu declaras que has dejado la puerta abierta, pues está claro, hurto, pero si declaras que estaba todo bien cerrado a la policía (con el consiguiente delito de no ser cierto, ojo), debería ser robo a todos los efectos, no?

saludos


[/quote]

En fin, cuando suceden estos casos que ya no puede resolver uno a las buenas, es cuando se acude a un abogado, si es posible, especialista en seguros... ;)
 
Hola otra vez. RTkid, tienes razón, pero... ¿no exisitirá algún seguro que cubra lo sustraido por ROBO Y HURTO, sin hacer distinción? (aun costando más, algún suplemento, etc...). ¿o todos hacen esta distinción, y no pagan por "hurto"?

saludos
 
68797A74777C7973796A180 dijo:
Hola a todos y gracias por la aclaración.
Entiendo que un vendedor de seguros no necesita tener conocimientos de derecho, aunque en lo que a él le atañe, si debería tener los conceptos claros.
Desde luego la lógica te lleva a lo que comentais, que se trata de un robo claramente (así como realmente lo es). Ahora, tambien me asalta la otra duda dada la situación: si llegado el caso de producirse un "robo" con uso de llave falsa (ganzua) o apertura electronica de portales (llave falsa tambien), posteriormente denuncia a la policia... ¿cómo se determina si es un robo o un hurto? Logicamente yo aseguro que la puerta y portales estaban cerrados... la compañía de seguros puede decir que no, que dejé algo abierto (no se ha forzado nada) y pagar la cantidad simbólica que le interesa más que pagar todo lo robado. ¿cómo se determina quien tiene razón?.

Porque de nada me sirve saber que es un robo, y la ley decir que puede ser un robo, si al final la compañía va a pagar sólo un hurto  :-/

gracias y un saludo


Lo recomendable, cuando se asegura una propiedad, es tratar de acompañarlo de algún tipo de medida de seguridad extra como, por ejemplo, las cámaras de vigilancia. De esta forma, tendremos más posibilidades de aportar pruebas a la compañia de seguro en caso que se produza un hecho delictivo dentro de la propiedad asegurada. Evidentemente, tenemos que valorar si el objeto o la propiedad asegurada merecen la pena como para hacer un desembolso en este tipo de seguridad. Las de uso profesional son costosas, y son más recomendadas para edificios, naves o locales comerciales donde haya mercancia de mucho valor como puede ser una joyería. A nivel doméstico también existen opciones en el mercado bastante asequibles y con apenas instalación que, si bien, no aportan la misma calidad, puede ser más que suficiente para una vivienda y servir para el caso que nos ocupa.

Es sorprendente que la propia compañia te haya aconsejado que hagas uso de la picaresca para poder reclamar el daño como un robo, algo que, como bien dice RT_Kid, está penado, pero es que a veces las compañias parecen no dejarte otra opción... :-/.

Saludos :).
 
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