Os pongo una enlace.
http://noimpostsuccessions.forocatalan.com/
Para todos aquellos que vivais en Cataluña, creais que estos impuestos son iguales al resto de españa, nada mas lejos de la realidad.
¿ SABÍAS QUE ...
- En Cataluña se paga por este impuesto del orden de 100 veces más que en la gran mayoría de Comunidades Autónomas españolas ?
- Este impuesto te puede arrebatar hasta un 30 % de la herencia ?
- Este impuesto se tributa en la Comunidad de empadronamiento del finado/a, donde debe haber residido al menos seis meses de los últimos doce ?
- Las cuentas de la persona fallecida quedan bloqueadas y, aunque seas titular autorizado, no podrás tocarlas ?
- Una vez calculado el total de la herencia aún deberás incrementarlo en un 3% más, ¡ en concepto de ajuar ! ?
- Si la persona fallecida pasó fuera de su vivienda habitual más de los dos últimos años de su vida (por ejemplo, en una residencia), se pierde la exención del 95% del valor del piso donde vivía, la cual también se pierde aunque hubiera estado ausente menos tiempo, si tuvo que alquilar dicha vivienda aunque fuera para ayudar a los gastos de enfermedad, residencia, etc. ?
- El valor catastral de los inmuebles se multiplica por unos coeficientes, gracias a los cuales la valoración a efectos del impuesto puede superar el valor actual de mercado ?
- Debes realizar la autoliquidación del impuesto dentro de los 6 meses desde el fallecimiento o te expones a una sanción ?
- Puedes pedir el aplazamiento del pago por un máximo de seis meses más, siempre que lo hagas dentro de los cinco primeros meses del plazo y pagues intereses a la Generalitat ?
- Si no dispones de efectivo para hacer frente al pago de este impuesto tendrás problemas para obtener ese dinero de un banco o caja ?
- Las entidades bancarias te cobrarán fuertes comisiones por los certificados que deben facilitarte para presentar con la liquidación de este impuesto ?
- Debes tener en cuenta que, además de pagar este impuesto a la Generalitat, si en la herencia hay terrenos o inmuebles deberás pagar al Ayuntamiento correspondiente el "Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana", también conocido como "Plusvalía" ?
- No es infrecuente el caso de tener que renunciar a la herencia por no poder pagar el impuesto de sucesiones ?
- Consideramos que este impuesto es ilegal ya que incumple la Constitución Española en lo que respecta a la no discriminación entre los ciudadanos españoles por su lugar de residencia.
etc., etc.
Daros de alta en la WEB que la vamos a hacer gorda
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- Este impuesto te puede arrebatar hasta un 30 % de la herencia ?
- Este impuesto se tributa en la Comunidad de empadronamiento del finado/a, donde debe haber residido al menos seis meses de los últimos doce ?
- Las cuentas de la persona fallecida quedan bloqueadas y, aunque seas titular autorizado, no podrás tocarlas ?
- Una vez calculado el total de la herencia aún deberás incrementarlo en un 3% más, ¡ en concepto de ajuar ! ?
- Si la persona fallecida pasó fuera de su vivienda habitual más de los dos últimos años de su vida (por ejemplo, en una residencia), se pierde la exención del 95% del valor del piso donde vivía, la cual también se pierde aunque hubiera estado ausente menos tiempo, si tuvo que alquilar dicha vivienda aunque fuera para ayudar a los gastos de enfermedad, residencia, etc. ?
- El valor catastral de los inmuebles se multiplica por unos coeficientes, gracias a los cuales la valoración a efectos del impuesto puede superar el valor actual de mercado ?
- Debes realizar la autoliquidación del impuesto dentro de los 6 meses desde el fallecimiento o te expones a una sanción ?
- Puedes pedir el aplazamiento del pago por un máximo de seis meses más, siempre que lo hagas dentro de los cinco primeros meses del plazo y pagues intereses a la Generalitat ?
- Si no dispones de efectivo para hacer frente al pago de este impuesto tendrás problemas para obtener ese dinero de un banco o caja ?
- Las entidades bancarias te cobrarán fuertes comisiones por los certificados que deben facilitarte para presentar con la liquidación de este impuesto ?
- Debes tener en cuenta que, además de pagar este impuesto a la Generalitat, si en la herencia hay terrenos o inmuebles deberás pagar al Ayuntamiento correspondiente el "Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana", también conocido como "Plusvalía" ?
- No es infrecuente el caso de tener que renunciar a la herencia por no poder pagar el impuesto de sucesiones ?
- Consideramos que este impuesto es ilegal ya que incumple la Constitución Española en lo que respecta a la no discriminación entre los ciudadanos españoles por su lugar de residencia.
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