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Me parece que el tema da lugar a bastante confusión, lo que no es extraño si la administración se cree con el derecho de saber dónde vives en cada momento.
Estamos hablando de domicilio y sus cambios en tres o cuatro aspectos.
En el fiscal, hacienda creo que considera domicilio, como dice fran, donde vivas más de 180 días/año; pero sólo a nivel fiscal, y sólo tiene relevancia para deducciones, etc. (salvo que vivas en el extranjero, que es otra película, tengas tus ahorros en las caimán, etc.).
En el municipal, veo que hay una obligación de comunicar el domicilio al ayuntamiento, pero no encuentro ninguna sanción por no hacerlo, por lo que sólo afectaría al acceso a servicios, etc.
En el dni, no encuentro la obligación de comunicar los cambios de domicilio; lo mismo está en alguna norma reglamentaria, pero no la encuentro.
En el permiso de conducir, hay obligación de comunicar a la dgt tu domicilio (lo que haces al obtenerlo, claro) pero nada dice de los cambios; incluso en la lsv, en las denuncias, se habla del domicilio que, en su caso, indique el interesado a efectos de notificaciones, y nada dice de su domicilio legal, habitual, forzoso o como se quiera llamarlo.
Es posible que haya por ahí normas que sí impongan estas obligaciones, pero no las he encontrado; como la búsqueda negativa es poco fiable, sería bueno que quien las conozca las indique aquí, para irnos aclarando todos.
Pero luser, yo creo que vives en la más estricta legalidad, lo que no deja de ser sospechoso.
Vssss