Estatuto Asturianu

kalandraka

Acelerando
Registrado
12 Sep 2003
Mensajes
241
Puntos
16
Lo acabo de recibir por correo, su autor permanece en el anonimato, pero esta proxima su publicación para su referendum, con urnas en todas las sidrerias.

REENTAMAU D'EL ESTATUTU D'AUTONOMÍA DE LA REPÚBLICA D'ASTURIES

PREÁMBULO

Asturies, faciendo usu d'el derechu que-y reconoz la constitución, declarala su voluntá d'armase en República Independiente d'Asturies, rexón a la que tuvo subyugá hasta agora mesmo. N'esta hora solene en qu'Asturies recupera la so llibertá, rinde tamién homenaxe a tolos homes y muyeres que
ficiéronlo posible. Asturies non escaez.

TÍTULU PRELIMINAR: ARREMANGAES XENERALES

Artículo 1
Asturies ye nación, entamá na forma de República.O por lo menos lo val.

Artículo 2
La República d'Asturies tá fecha per los territorios actuales más los que se reclamen por razones riques y turístiques y en conceptu de recuayamientu, que son: Tolos pueblos de la provincia de León sometíes al yugo de Castilla.

Artículo 3
Escudu. Tará formau per una imaxen del Puente de Villaviciosa con el escudu del Real Sporting de Xixón y del Mosconia a ambos laos, coronáu por vasu sidra col focicu de Pelayo grabáu.

Artículo 4.
Himnu. El Himnu d'Asturies será ya el reconocíu internacionalmente y declaráu patrimoniu de la humanidá por la PAESCU (Puxa Asturias Educational, Scientific and Cultural Organization).

Artículo 5.
Pol culu te la hinco

Artículo 6 (equí los que fuméis os jodéis)
Van ser paisanos de la República D'Asturies toos aquellos nacíu en los praos y cases de la República,y en los territorios citaos n'el artículu 2.

Artículo 7.
Llíngua. La llíngua oficial del estáu astur será el Astur (ó asturianu, ó bable). To paisanu tien el derechu y el deber de deprender la su llíngua. Les istituciones van promover su usu y van ser especialmente escrupuloses (por cojones) de que en dicha llíngua vengan traducíos los billetes del bancu, entráes pal Molinón y los tikes del Carrefour, Lidl, DIA, El Corte Inglés, Mercadona, y el Árbol. Los que non sepan falala dirán a clases los martes y xueves después de llamber.

Artículo 8
El faro d'el Cabu Peñes a partir d'agora, en vez de la tradicional llume emitía, va entamar a emitise un focu con fondo oscuru de forma Cruz de la Victoria. Pa si salen los tanques del ejércitu d'españa, venga Pelayo a echanos un cable.

Artículo 9
La bandera. Asturies tendrá una nueva bandera, azul cola Cruz de la Victoria n'el fondu, y la firma en roxu de Fernando Alonso na esquina superior dizquierda.

TÍTULO PRIMERU

Artículo 1.
>Financiación. El tesoro d'el Estáu será sufragáu per ún impuestu directamente proporcional a la riqueza de sus paisanos, así como per ún canon sobre les pastilles juanola, vino Don Simón , los armarios de ikea, el papel higiénicu y solidariamente per lo que-y sobre a Cataluña.

Artículo 2.
Con l'aprobáu d'est articuláu colmense les reivindicaciones históriques de León y así pues per fín LEÓN YE UNA PROVINCIA sin discriminación sobre'l restu de les que formen La República D'Asturies.

Artículo 3.
Toles provincies dependen orgánica y administrativamente de Uviéu capital,como capital de la República, incluíu León.

Artículo 4
La Asamblea ye la cámara de representación de to los Astures y tará formáu per ún sólu escañu.

Artículo 5
Alza la pata que te la hinco.

Artículo 6
Ta permitíu el botellón

TÍTULO SEGUNDU

Artículo 1.
Moneda. La moneda d'Asturies ye el pinín, divisible a su vez en piezas de menor valor, así 1 pinín equivale a 100 pininos, y tan equiparaos a la moneda imperialista d'europa.

Artículo 2
La unidad de medida ye el cachu. Tómase como referencia la distancia entre Ribadeo y Covadonga: Un buen cachu, que ye proporcional en 100 veces al cachu.

Artículo 3
El cachu divídese en 100 cachinos. La unidad fracionaria d'el cachu ye'l cachín, tamién llamáu "un trozu".
Como unidaes superiores al Cachu adoptarase el LaDeDios y el CachuLlargu.

Artículo 4
La Sidra cúbica ye la medida de capacidad. La Sidra cúbica midese al revés.
Exemplu: una pipa sidra llena ye igual a 1.000 Culetes, una pipa sidra vacía ye igual a la de dios de asturianos.

Artículo 5(Por el culo te la Hinco)
La República D'Asturies arropellará el Río Sella pa evitar trasvases d'ésti a otres cuenques. A partir de güei será navegable hasta el Picu Fariu.

Artículo 6 (y los que fuméis os jodéis)
Festividaes. La Semana Santa queda revocá, que pasará a llamase Semana Pelaya. La folixa na primavera de Mieres, la fiesta peritos e ingenieros del 19 de Marzo(San Xosé), la novena de químiques y la Espicha d'Económiques van ser declaraes fiestes nacionales, y establezse el día 8 de Septiembre
-Dia D'Asturies- como el día de la fiesta nacional.

Artículo 7
La comidona nacional ye la fabada, incluyendo el pixín, el pote asturianu, los chorizos de noreña, los callos y el pan d'escanda como platos de la gastronomía nacional. La bebida nacional ye la Sidra. La sidra dulce tendrá carácter de bebida arropellada por los llagareros.

ARREMANGAES ADICIONALES

Artículo Únicu
El poder na República D'Asturies emana del pueblu, que vota nos chigres.

Lo dicho no me hago responsable ;D que por mi zona son los gallegos los que quieren hacer una quinta provincia ;D.
V´s
 
Cheee, que yo tengo el mismo pero cambiando vocablos para la Ciutat Vella de Valencia, un saludito a todos
 
ta echu, por mi tira palante que cuentes conlmi votu.

Asturies España, lo demas tierra conquistá

:)
 
Hace dos días que lo colgó "pequesuki" en moteros.com ;)
 
kalandraka dijo:
...
Artículo 2
La unidad de medida ye el cachu. Tómase como referencia la distancia entre Ribadeo y Covadonga: Un buen cachu, que ye proporcional en 100 veces al cachu.

Artículo 3
El cachu divídese en 100 cachinos. La unidad fracionaria d'el cachu ye'l cachín, tamién llamáu "un trozu".
Como unidaes superiores al Cachu adoptarase el LaDeDios y el CachuLlargu ...

To'l articulao ye muy buenu , pero estos dos llegaronme al corazón   ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D

Contai co'l mi votu tamién   ;D ;D ;D ;D

Ya dire al chigre a votar ... y tomar unos culinos de pasu    ;D ;D ;D ;D

Saludos  ;).
 
Juan_Xixon dijo:
Cagüen el copón, te me adelantaste por unos minutos!!!


Puxa Asturies!!

;) ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D


Si yo hago lo mismo referente a Catalunya , aunque sea de coña, la que se lia.

El doble rasero de los españoles, para catalanes y para el resto...
 
Yo lo he visto tambien de Andalucia ;D

josepmaria dijo:
Si yo hago lo mismo referente a Catalunya , aunque sea de coña, la que se lia.

El doble rasero de los españoles, para catalanes y para el resto...
Hombre, no es por polemizar, pero el texto no es mas que una parodia del estatut catalan.
Ademas, no creo que nadie este en contra de los catalanes, lo que pasa es que algunos politicos se empeñan en enturbiar las relaciones de los ciudadanos (sean de donde sean).

Un saludo a todos.
 
josepmaria dijo:
[quote author=Juan_Xixon link=1140549690/0#1 date=1140550763]Cagüen el copón, te me adelantaste por unos minutos!!!


Puxa Asturies!!

;) ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D


Si yo hago lo mismo referente a Catalunya , aunque sea de coña, la que se lia.

El doble rasero de los españoles, para catalanes y para el resto...

[/quote]


:'(

pañoles malos

:-* cura sana
 
Anda, mcHumber, publica el de Ciutat Vella, o envíamelo ;D
 
Ahi va el estatuto sevillano: ;)

NUEVO ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA NACIÓN DE SEVILLA

PREÁMBULO

Sevilla, ejerciendo el derecho que le reconoce la Constitución, manifiesta su voluntad de constituirse en Nación independiente de Andalucía, región a la que ha estado subyugada hasta este momento.
En esta hora solemne en que Sevilla recupera su libertad, rinde también homenaje a todos los hombres y mujeres que lo han hecho posible.

TITULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

Sevilla es un Imperio, o por lo menos lo vale

Artículo 2

El Reino Sevillano está compuesto por los territorios actuales más los que se reclaman por razones históricas y turísticas y en concepto de repoblación que son: Chipiona, Sanlúcar de Barrameda, El Puerto de Santa María, y Jerez de la Frontera, que hasta ahora pertenecían a la provincia de Cádiz; Matalascañas, Torre La Higuera, Punta Umbría, Isla Canela, Islantilla, Mazagón y Aracena, que lo eran de la provincia de Huelva; Ronda, Antequera (ante era fontanero, ara soy albañil), Fuengirola y Marbella, que anteriormente pertenecían a la enemiga provincia de Málaga; Palma del Río, Cabra y Montilla que hasta ahora habían pertenecido a la provincia de Córdoba; y Zafra, Almendralejo y Jerez de los Caballeros que anteriormente estaban bajo el yugo de Badajoz.

Artículo 3

Escudo. Estará compuesto por una imagen del Puente Triana con los escudos del Sevilla C.F. y del Real Betis Balompié a ambos lados, y coronado por la Macarena y el Gran Poder.

Artículo 4.

Himno. El Himno del Reino de Sevilla a diferencia del vecino país Ex-Paña tiene letra pero no tiene música, y su estribillo dice así: "...Sevilla tiene un coloooooor especiaaaaaaaaaaaaal...."

Artículo 5.

Por el culo te la hinco

Artículo 6

Serán ciudadanos de Sevilla todos aquellos nacidos en el Reino de Sevilla, en los territorios citados en el artículo 2, y en los territorios de ultramar (Isla Perejil)

Artículo 7.

Lengua. La lengua oficial del Reino es el Sevillano, todo súbdito tiene el derecho y el deber de conocer su lengua. Las instituciones promoverán su uso y serán especialmente escrupulosas de que en dicha lengua vengan traducidos los billetes de banco, entradas de fútbol y los tikes del Carrefour, Lidl, DIA, El Corte Inglés, Mercadona, el Polvillo (panadería, mal pensaos) y el supersol. Los que no sepan hablarla irán a clases los martes y jueves después de comer.

Artículo 8

En el proceso de normalización lingüística de nuestro idioma se eliminará la grafía "J" que será sustituida por la hache, llamada, a partir de ahora, "ashe sevillana".

Artículo 9

La bandera. Sevilla tendrá dos banderas, una azul celeste y otra negra que se usarán respectivamente de día y de noche para no ser vistas.

TÍTULO PRIMERO

Artículo 1.

Financiación. El Tesoro Real será sufragado por un impuesto inversamente proporcional a la riqueza de sus súbditos así como por un canon sobre el jabón Lagarto y el papel higiénico, y, solidariamente, por lo que le sobre a Cataluña.

Artículo 2.

Con la aprobación de este articulado se colman las reivindicaciones históricas de Dos Hermanas y así pués por fin DOS HERMANAS ES UNA PROVINCIA sin discriminación sobre el resto de las que componen el Reino Sevillano.

Artículo 3.

Todas las provincias dependen orgánica y administrativamente de Sevilla capital, como capital del Reino, incluida Dos Hermanas.

Artículo 4

La Asamblea es la cámara de representación de todos los Sevillanos y estará constituida por un solo escaño.

Artículo 5

Por el culo te la hinco.

TÍTULO SEGUNDO

Artículo 1.

Moneda. La moneda del imperio es el Leuro, divisible a su vez en piezas de menor valor, así 1 Leuro equivale a sien séntimoh.

Artículo 2

La unidad de medida es la Mijita ó Mihita.

Artículo 3

La Mihita se divide en 10 Miajas. La unidad fraccionaria de la Miaja es la Miajita, también llamada Mijinina. Es decir, son lo mismito.

Como unidades superiores a la Mijita se adoptan la Jartá y el Lote.

Artículo 4

La Caña cúbica es la medida de capacidad. La Caña cúbica se mide al revés. Ejemplo: un barril de Cruzcampo lleno es igual a 1.000 cañas, un Barril de Cruzcampo vacío es igual a una jartá de cañas.

Artículo 5
(Por el culo te la hinco)

El Reino de Sevilla protegerá el Río Guadalquivir para evitar transvases de éste a otras cuencas. El Guadalquivir pasa a ser navegable hasta Palma del Río.

Artículo 6

Festividades. La Semana Santa, la feria de Abril, el 19 de Marzo (San José) y el Corpus Christi serán declaradas fiestas nacionales, y se establece el día 15 de Agosto -festividad de la Virgen de los Reyes- como el día de la Fiesta Nacional.

Artículo 7

La comida nacional es el Gazpacho, incluyendo el pescaito frito, el Bacalao con tomate, la Ensaladilla, el Cocido con su Pringá, y las Torrijas como platos de la gastronomía nacional. La bebida nacional es la Sangría, y por supuesto la cerveza Cruzcampo, la Manzanilla de Sanlucar y el tinto de verano.


DISPOSICIONES ADICIONALES

Artículo Único

El poder en el Reino Sevillano emana del pueblo. El pueblo emana de la prima, y la prima hermana hace años que no vive aquí.

Este Estatuto es incuestionable y legítimo, y para que conste lo firmo:
 
josepmaria dijo:
Si yo hago lo mismo referente a Catalunya , aunque sea de coña, la que se lia.

El doble rasero de los españoles, para catalanes y para el resto...
JosepMaría!!!! que se te va el perol camarada!!! Nada nada, un brindis con Champagne francés y pelillos a la mar  ;D  :P
Y a Castilla? con que rasero se mide a Castilla amigo JosepMaría? Castilla que, además de dividirnos en 3 (divide y venceras), además de quitarnos partes importantísimas de nuestra tierra, además... ni siquiera es "región histórica"??? Juuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuas juas juas juas  :P :-X

Bueno, y si nos centramos en la coña del Post, que es de lo que va, de humor, y nos dejamos de complejos? Qué tal tu CBR? Bajas a Xerez?
 
Siguiendo con el caracter humorístico del post... un estatuto madrileño (bastante incompleto) que me he encontrado por ahí. ;)


Iº. Articulo-> Los Madrileños, no conducimos, ejercitamos un arte, y como tal arte es algo imcompresible para cualquier otro ciudadano del mundo.

IIº. Las distancias en Madrid se miden en "Aqui al lado", cada "Aqui al lado" equivale a 12 manzanas, por ejemplo, la moncloa esta a "al lado del clinico" que esta al lado de "Jose Abascal" que esta aqui al lado de "la castellana", "siques tooo recto (sigues tooo recto es equivalente a 2 Aqui al lado), y ya estas en Atocha.

IVº. Madrid tiene una identidad nacional, nadie la conoce pero es la mejor, la mas bonita y ademas es la que mas titulos tiene.

Vº. En Madrid el plato típico es el Socabon, la Zanja y la Obra de mejora, un plato que un madriño llega a tragarse hasta 12 veces en una semana.

VIº. Los madrileños, no decidimos, no eljimos, no podemos actuar... pero nos tragamos todas las manifestaciones....

VIIº. Cuando un madrileño viaja a otra ciudad de españa, siempre alguien le pregunta "Eres de madrid?, entonces seguro que conoces a mi hijo Jose, que estudia en Agricolas."... por cierto, alguien conoce al Jose de los cojones?---

VIIIº. Variado.

IXº. 4 de cada 5 Madrileños saben que salir a las 5 de la tarde un viernes a la sierra es estar 5 horas de retenciones.... 4 de cada 5 madrileños salen a las 5 de la tarde para hacerse compañia.

Xº. En Madrid NO HAY taxistas nacidos en Madrid, nos los comemos.

XIº. Todo el mundo sabe que el patron de Madrid es el Hipercor, y su dia es el dia de 7 enero REBAJAS.

XIIº. Todo Madrileño tiene una oportunidad al año para hacer el ridiculo, con mallas a -5ºC y disfrazado con gorrito de navidad... lo llamamos San Silvestre Vallecana.

XIIIº. Pasear por la Gran Via Por la noche no es peligroso es excitante... pasear por la casa del campo por la noche no es excitante es emocionante.... pasear por las barranquillas no es emocionante es letal.

Y todo se reume en:

LOS MADRILEÑOS NO SOMOS CHULOS; SIMPLEMENTE SOMOS SUPERIORES.

Amén.

(si otro día encuentro uno antiguo que leí del Emirato Independiente de Vallecas City Ciudad Sin Ley sus lo pongo, ese sí que era bueno)
 
que majos.

pero no dice lo de la parte contratante..........

voy a copiarlo pa mi comunida de vecinos. :)
 
Raindog- dijo:
IIº. Las distancias en Madrid se miden en "Aqui al lado", cada "Aqui al lado" equivale a 12 manzanas, por ejemplo, la moncloa esta a "al lado del clinico" que esta al lado de "Jose Abascal" que esta aqui al lado de "la castellana", "siques tooo recto (sigues tooo recto es equivalente a 2 Aqui al lado), y ya estas en Atocha.
Juuuuuuuuuuuuuuuuuuas juas juas juas
Tal cual, macho, es tal cual. Vamos, yo vivo en Las Rozas que está al ladito del Bernabeu. Ya sabes, Las Rozas está al ladito de Majadahonda, localidad vecina a Pozuelo, de Pozuelo a Moncloa llego en 5min, y en Moncloa (aqui se enlaza con lo del clínico, y seguimos igual hasta llegar a Castellana, allí no giramos a la dcha. para ir a Atocha, sino a la izqda.) y llegamos al Bernabeu! Un paseito jejejeje.
;D
 
Atrás
Arriba