Increíble: El Cannabis y la Política

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Wikom

Invitado
No es cachondeo... aunque lo tiene. ;D

Resulta que en las pasadas elecciones se presentó...
EL PARTIDO CANNABIS POR LA LEGALIZACION Y NORMALIZACION.

Asi como suena.La sede la tienen en C/ Duque de Gaeta, 18- 3º en Valencia y fue inscrito en el Registro de Partidos del Ministerio del Interior el 08/04/2003 (hace un añito).


Y ha recibido los siguientes votos en:

-Alicante / Alacant: 5.446
-Valencia / València: 9.563
-Valladolid: 1.836

Total Estatal: 16.845 (lo que viene a ser un 0,07% del total)

Imagina: 16.845 mendas´ votando a la `maría´. Es que este país es de lo flipas´ :o ;D ;D ;D ;D ;D ;D


Podríamos formar un Partido Motero tronkos!!! A ver si así eliminamos los guardarraíles de una puñetera vez. ::)

Y si lo llamamos PaMotolaMía. jejejejejeje prometo que no pruebo la yerba esa. ;)
 
Wikom dijo:
No es cachondeo... aunque lo tiene.  ;D


Podríamos formar un Partido Motero tronkos!!! A ver si así eliminamos los guardarraíles de una puñetera vez. ::)

Y si lo llamamos PaMotolaMía.   jejejejejeje prometo que no pruebo la yerba esa. ;)
Wiky for president
;D ;D ;D ;D ;D Ya tienes un voto
 
En Mallorca, Unió Mallorquina, un partido de los de toda la vida,sacó 10.500 y eso que han llegado a presidir el consell, y al principio de la noche electoral, les otorgaban un diputado. Si el partido del cánabis se hubiera presentado en baleares, y hubiese obtenido estos votos, hubiera obtenido un diputado.

Hay que ver lo rara que es la ley electoral
 
ita dijo:
Wiky for president
;D ;D ;D ;D ;D Ya tienes un voto

Jejejeje... en vez de kedadas haríamos congresos... y mejor alrededor de una mesa de ricas viandas...

Y las coaliciones con los "verdes estos" serían la repera... a ver como pillas el amoto luego. ;D
 
Es que en Valladolid somos independentistas.

;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D

Si no nos la dan, nos fumamos unos petas y somos libres e independientes

;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D

Saludos
 
donde esta ese presidente? que hay marijuana? y encima no se curra? pos yo me apunto y to , donde hay que flipar osea firmar? jejejjej :P
 
blanco dijo:
  Yo me se de uno que les ha votao. ;D ;D ;D ;D ;D


  VSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS


;D ;D ;D ;D ;D

Si pillo yo las papeletas y no hubiese pasado lo que pasó, les habría dado mi voto.

;D ;D ;D ;D ;D

Saludos
 
Y que me decis de:

Ciudadanos Agobiados y Cabreados(CAYC)
Ciudadanos en blanco (¡Ei! poca broma con estos que es muy interesante lo que dicen, en serio.)
Partido Antitaurino contra el maltrato animal (PACMA)
Partido Mútuo Apoyo Romántico(PMAR)
Partido de los Autonomos, Jubilados y Viudas(PAE)
Partido de la Asociacion de Viudas y Esposas Legales(PAVIEL)
......................... Y mas!!!!!
 
Que flipe .... pamotolamia,.... yo voto.....aaahhhh...


Pasa que tendriamos que ir todos en LT, que en la GS me se apaga el peta....

8) 8) 8) 8) 8) 8)
 
Que requisitos hay que cumplir para inscribir un partido? porque está claro que deben ser bastante suaves...
 
AMON dijo:
Que requisitos hay que cumplir para inscribir un partido? porque está claro que deben ser bastante suaves...

El artº 44 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que los tipos de formaciones que pueden concurrir a un proceso electoral son los siguientes:

- Partidos y Federaciones inscritas en el Registro correspondiente.
- Coaliciones Electorales.
- Agrupaciones de Electores.

La Ley 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, reconoce la distinción de las formaciones políticas según deban estar inscritas (Partidos Políticos, Federaciones, Confederaciones y Uniones de partidos), o no (Agrupaciones de Electores y Coaliciones Electorales) en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.

De modo que las formaciones políticas que se encuentran excluidas del Registro de Partidos Políticos son las siguientes:
  • Coaliciones Electorales:Son formaciones de carácter temporal, constituidas por partidos y/o federaciones, cuya finalidad es la de presentar candidaturas en un proceso electoral concreto.

    Por su propia naturaleza una vez celebrado el proceso deberían extinguirse todas las relaciones entre los componentes, si bien en la práctica suele ser habitual que las mismas se mantengan durante toda la vigencia del mandato de los elegidos, si hubieran logrado algún candidato electo.

    No existe un Registro específico de Coaliciones debiéndose comunicar la constitución de la coalición a la Junta Electoral Provincial o la de Zona, según el tipo de proceso que se trate.
  • Agrupaciones de Electores: Son formaciones políticas que se constituyen con el aval de un número variable de firmas de electores del municipio correspondiente, y sólo y exclusivamente para poder presentar candidatura en un proceso electoral concreto y determinado.

    No tienen, pues vocación alguna de permanencia y, de hecho, si quieren presentarse en otro proceso electoral, ha de procederse a la nueva recogida de las firmas.

    La Junta Electoral Central- órgano supremo de la Administración Electoral- ha ido delimitando el concepto, régimen jurídico y funcionamiento de las Agrupaciones de Electores


Pero si lo que queremos es inscribir un partido en toda regla como preguntas ahí te va el rollo:

Los partidos políticos son entes privados de base asociativa que forman parte esencial de la arquitectura constitucional lo que les otorga una cierta garantía institucional, cuya organización y funcionamiento debe ser democráticos y su actuación, sujeta a la Constitución y a las Leyes.

Su finalidad es la de aunar convicciones y esfuerzos para incidir en la dirección democrática de los asuntos públicos. Contribuir al funcionamiento institucional y provocar cambios y mejoras desde el ejercicio del poder político.

Se rigen por el principio de Libertad, que tiene una triple vertiente:

- Libertad positiva de creación ("Los españoles podrán crear libremente partidos políticos conforme a lo dispuesto en la Constitución y en la presente ley Orgánica").

- Libertad positiva de afiliación( "La afiliación a un partido político es libre y voluntaria").

- Libertad negativa de pertenencia o participación ("Nadie puede ser obligado a constituir un partido o a integrarse o permanecer en el mismo").

Se regirán por el Régimen Jurídico:

- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
- Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación.
- Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos. - Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos.
- Real Decreto 2281/1976, de 16 de septiembre, por el que se regula el Registro de Asociaciones Políticas.

¿Y cómo se crea un partido? ::)

Debe haber un acuerdo de constitución que se formalizará mediante Acta fundacional, que deberá constar en documento público (a pagar al notario) y contener:

Identificación personal de los promotores. Los Promotores de un partido políticos- en número mínimo de tres - deben ser:

- Personas físicas.
- Mayores de edad.
- En el pleno ejercicio de sus derechos.
- No sujetos a ninguna condición legal para el ejercicio de sus derechos.
- No penalmente condenados por asociación ilícita.
-No hayan sido penalmente condenados por algunos de los delitos graves previstos en los Títulos XXI a XXIV del Código Penal. (No afecta a los judicialmente rehabilitados).

Denominación del partido:

- no podrá incluir términos o expresiones que induzcan a error o confusión sobre su identidad.
- no podrá ser contraria a las leyes o los derechos fundamentales de las personas.
- no podrá coincidir, asemejarse o identificarse, aún fonéticamente, con la de ningún otro partido previamente inscrito en el Registro o declarado ilegal, disuelto o suspendido por decisión judicial.
- no podrá coincidir con la identificación de personas físicas ni con la denominación de entidades preexistentes o marcas registradas.

-Integrantes de los órganos directivos provisionales.

- Domicilio social.

- Estatutos del Partido
. (Los partidos políticos podrán establecer en sus estatutos la creación de organizaciones juveniles)



La documentación citada anteriormente deberá presentarse en el Registro de Partidos Políticos (Ministerio del Interior, Registro de Partidos Políticos. C/ Amador de los Ríos, 7. 28071.- Madrid).

Si en 20 días el registro no encuentra problema alguno quedará registrado y con personalidad jurídica.

Luego los afiliados tendrán derechos y obligaciones. Entre estas últimas se encuentran:

-Compartir las finalidades del partido y colaborar para la consecución de las mismas.
- Respetar los dispuesto en los estatutos y las leyes.
- Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos directivos.
- Abonar las cuotas y otras aportaciones que con arreglo a los estatutos correspondan.

También quedan recogidos los límites de los partidos, modos de disolverse,...


Prácticamente es como crear una empresa... pero sin pagar tantos impuestos. ;D
 
Tonibali dijo:
Y que me decis de:

Ciudadanos Agobiados y Cabreados(CAYC)
Ciudadanos en blanco (¡Ei! poca broma con estos que es muy interesante lo que dicen, en serio.)
Partido Antitaurino contra el maltrato animal (PACMA)
Partido Mútuo Apoyo Romántico(PMAR)
Partido de los Autonomos, Jubilados y Viudas(PAE)
Partido de la Asociacion de Viudas y Esposas Legales(PAVIEL)
......................... Y mas!!!!!


Ciudadanos Agobiados y Cabreados(CAC): Registrado en Madrid el 26/02/1993.
Ciudadanos en blanco(CENB): Registrado en Menorca el 08/04/2003. Votos en 2004: 39.877
Partido Antitaurino contra el maltrato animal (PACMA): Registrado en Bilbao el 24/02/2003.
Partido Mútuo Apoyo Romántico(pMAR): Registrado en Galapagar (Madrid) el 27/02/2003. Votos en 2004:1.569
Partido de los Autonomos, Jubilados y Viudas(PAE): Registrado en Madrid el 10/04/1995. Votos en 2004: 2.014
Partido de la Asociacion de Viudas y Esposas Legales(PAVIEL): Registrado en Madrid el 24/01/2000


El Partido con menos votos en las últimas elecciones fue el GPHAE: Grupo Político Honradez Absoluta Española, con 50 votos.

En el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior hay inscritos y dados de alta, a 31 de diciembre de 2003, 2467 Partidos Políticos.

El primer Partido que se inscribió se denominaba "Partido Popular". Fue inscrito el 4 de octubre de 1976 y cancelado por sus promotores el 2 de noviembre de 1978. ???
 
¿No me tiene vigilao´ Hacienda por tos laos? :P

Pues yo les tengo controlaos´ también. ;D
 
Stia Wikom, de donde sacas tiempo, de donde eres, a que te dedicas, y que haras por las noches...?
 
mocoton dijo:
Stia Wikom, de donde sacas tiempo, de donde eres, a que te dedicas, y que haras por las noches...?


Jejeje... bueno, ahora tengo algo más de tiempo que el último año; vivo en Madrid; trabajo solo por las mañanas; y por las noches... generalmente duermo... acompañado afortunadamente. ;D
 
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