k1200s del 2006 inportada!!!

takel03

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Hola buenas tardes.

Queria haceros una pregunta para ver si me podeis ayudar, estoy en negociaciones para comprarme una k1200s 2006 con 24000km a muy buen precio, a una tienda de madrid. La he probado y en principio no la encuentro fallos, pero tanto el tacometro como el ordenador de abordo viene en millas, sabeis de la posibilidad de modificar el ordenador de abordo, aunqeu sea por medio de la casa???

muchisamas gracias de antemano. 8-)
 
Pregunta de donde viene la moto y mira bien la ficha técnica, sé que en algunos paises están limitadas por ley a 100 CV, cosa que creo que no te hará mucha gracia
 
Y sobre todo ojo a la garantía, en las motos importadas la garantía te la da la tienda que te la vende, mira bien que se le ha echo a la moto, temas de embrage y tensores.
Aparte de lo que te han dicho los compañeros...
Piensa que si se te casca el embrage, si cuesta con las "nacionales" que bmw se haga cargo imagina con la de importación paralela
 
el velocimtetro viene con km y millas, no? El cuentakilometros te lo cambia BMW en el software.
Yo tengo una ingles y me lo van a cambiar el 12 de abril...
 
uhhhh... no tendria que haber problema,,, pero tal vez mejor recurrir a alguna nacional y todo sellado aqui..
 
ahora la compras a buen precio pero el dia de mañana no te daran ni las gracias por una moto importada
 
Pero que hablais de importada o nacional???
Señores, es una moto de segunda mano del año 96. Va a tener la misma garantia que una nacional comprada de segunda mano: Ninguna si la compra es a un particular y un año si es a una empresa que se dedique a ello.

Y esa garantia que te dan no es nada oficial de la marca, es una garantía privada entre el vendedor y tu.
 
686A696A676764676468642B0 dijo:
Pero que hablais de importada o nacional??? 
Señores, es una moto de segunda mano del año 96. Va a tener la misma garantia que una nacional comprada de segunda mano: Ninguna si la compra es a un particular y un año si es a una empresa que se dedique a ello.

Y esa garantia que te dan no es nada oficial de la marca, es una garantía privada entre el vendedor y tu.
creo que te equivocas, es del 2006, y se estan haciendo reparaciones en motos de ese año, siempre que sean en conces oficiales, un reventa cambiara un embrage si se le jode? O pondrá excusas y mas excusas, jo no me la jugaba mas de lo necesario
 
716E7A75787A69777468282F696F1B0 dijo:
[quote author=686A696A676764676468642B0 link=1301498251/7#7 date=1301642081]Pero que hablais de importada o nacional??? 
Señores, es una moto de segunda mano del año 96. Va a tener la misma garantia que una nacional comprada de segunda mano: Ninguna si la compra es a un particular y un año si es a una empresa que se dedique a ello.

Y esa garantia que te dan no es nada oficial de la marca, es una garantía privada entre el vendedor y tu.
creo que te equivocas, es del 2006, y se estan haciendo reparaciones en motos de ese año, siempre que sean en conces oficiales, un reventa cambiara un embrage si se le jode? O pondrá excusas y mas excusas, jo no me la jugaba mas de lo necesario
[/quote]


La mia es de 2005 y no se está haciendo ninguna reparación. A los 2 meses de acabar la garantía se me jodió el ESA trasero, con todas las revisiones en la casa me dijeron que nanai.

Y si compras una de segunda mano y se jode el embrague en periodo de garantía te lo van a cambiar si o si. Y no hace falta que lo cambien en la bmw, se compra el embrague y se monta en 10 minutos, que los mecánicos de bmw no son neurocirujanos, sino cambiapiezas.
Tienes un reprom de tu moto? Es que con el programa y un juego de llaves torx desmontas todo a poco "hábil" que seas.
 
545655565B5B585B585458170 dijo:
[quote author=575C405D0A02320 link=1301498251/8#8 date=1301642510]una duda, ¿y en la itv no te dirán algo?


Si, te dirán buenos dias si vas por la mañana o buenas tardes si vas por la tarde  :D[/quote]
Eso es cierto pero antes te dirán pase por caja
Caballoloco en tu comentario anterior en parte tienes razón, pero no todo el mundo tiene esas herramientas, o se atreve a meter mano, de talleres bmw eso es un mundo, depende del taller, todabia queda alguno competente,
A mi un r sport 2007, me cambiaron el embrage, sin preguntarme nada, el esa se me colgó y me lo ressetearon, a un muy buen amigo uns S del 2006 tambien le cambiaron el embrage, un 10 por cayma en Mataro y yo la lleve schatch en terrasa.
Un saludo
 
Muchas gracias a atodos, al final me decante por acercarme a motorrad y preguntar si tenian alguna y al final me la compro ahi. Es del 2008 y con menos km que la otra...pero aun asi muchas gracias... ya me direis cuando hay alguna concentracion de bmw para estrenarla con gusto....
 
1B191A1914141714171B17580 dijo:
Pero que hablais de importada o nacional??? 
Señores, es una moto de segunda mano del año 96. Va a tener la misma garantia que una nacional comprada de segunda mano: Ninguna si la compra es a un particular y un año si es a una empresa que se dedique a ello.

Y esa garantia que te dan no es nada oficial de la marca, es una garantía privada entre el vendedor y tu.

aqui te equivocas, si comprais una moto de segundamano a un particular lo que teneis que hacer es un contrato particular de compra-venta, especificando el objeto de la transaccion y ese papel refleja la compra, legalmente es suficiente para una garantia que cubre la ley de compras y ventas entre particulares.
 
39312D356F6C6E6E2D5E0 dijo:
[quote author=1B191A1914141714171B17580 link=1301498251/7#7 date=1301642081]Pero que hablais de importada o nacional??? 
Señores, es una moto de segunda mano del año 96. Va a tener la misma garantia que una nacional comprada de segunda mano: Ninguna si la compra es a un particular y un año si es a una empresa que se dedique a ello.

Y esa garantia que te dan no es nada oficial de la marca, es una garantía privada entre el vendedor y tu.

aqui te equivocas, si comprais una moto de segundamano a un particular lo que teneis que hacer es un contrato particular de compra-venta, especificando el objeto de la transaccion y ese papel refleja la compra, legalmente es suficiente para una garantia que cubre la ley de compras y ventas entre particulares.

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Las compraventas entre particulares se rigen por el código civil, no por la ley de garantías.

Aclarando algo más:

El día 11 de septiembre de 2003 entró en vigor la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, de acuerdo con la Directiva Europea 1999/44/C.

Al tratarse el automóvil de un bien eminentemente de consumo, esta Ley se aplica específicamente a éste, ampliando las garantías tanto al comprador de vehículos nuevos como al de usados, viniendo a recibir ambos una mayor protección en sus derechos.

El Texto Legal establece que todas las marcas de vehículos nuevos habrán de ampliar su garantía a dos años, si bien es cierto que antes de la entrada en vigor de la Ley, casi todas las marcas cubrían ese período de dos años o más, lo cual hacían más que apoyándose en la legislación que ahora rige, en una garantía comercial. Pero la novedad de esta Ley estriba en los vehículos de ocasión o usados que ven cubierta su garantía en un año, cuestión que antes de esta Ley era dudosa el derecho que los garantizaba.

Distingue también la Ley de Garantías aquellas Compra-Ventas de vehículos nuevos y usados que se realicen entre profesionales de aquellas otras que se realizan [highlight]entre particulares, ya que en este caso no regirán los períodos de garantía de la Ley[/highlight], tal y como establece el artículo 1, párrafo 2º que dispone lo siguiente: “ A los efectos de esta Ley son vendedores las personas físicas o jurídicas que, en el marco de su actividad profesional, venden bienes de consumo. Se consideran aquí bienes de consumo los bienes muebles corporales destinados al consumo privado.”  [highlight]De lo que se desprende que cuando una empresa o particular venda un bien de consumo al margen de su actividad profesional, no se aplicará esta Ley[/highlight].

Por lo tanto, [highlight]se aplicará el Código Civil a las Compra-Ventas de vehículos en las que intervengan particulares.[/highlight]
Podemos resumir como aspectos más relevantes de la Ley los siguientes:

• Garantía de dos años para vehículos nuevos y un año para vehículos usados.
• Ampliación de los plazos de reclamación de los compradores para ejercitar las acciones legales oportunas a tres años.
• La Garantía Legal puede ser ampliada con una garantía comercial, la cual deberá establecerse por escrito en documento.
• El vendedor profesional correrá no sólo con la reparación, sino también con los gastos que supongan el desplazamiento, la mano de obra y en su caso el perjuicio que pueda suponer la privación del uso del vehículo al comprador.

La presente Ley no tiene efectos retroactivos y afecta a las Compra-Ventas que se produzcan desde que la Ley es efectiva.
 
Pues eso, me reitero en lo dicho. Dos años nueva, un año si la compras a un taller o un compra-venta y CERO a un particular.

;)
 
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