Hola a todos,
Recientemente me interesé por este tema y creo que puedo aportar algo más de información, aunque no sé si muchas más soluciones.
Por lo que he podido comprobar, la particularidad de la nueva normativa (
http://stopaccidentes.org/uploads/file/reglamento de conductores junio09.pdf), aprobada en junio del 2009, reside en la limitación que esta vez se fija para la limitación, valga la redundancia, es decir, con el nuevo permiso A2, para poder limitar la moto, ésta no podrá sobrepasar de origen (sin limitar, es decir, potencia de fábrica) los
70 Kw.
Como todos sabeis, las K100RS de 16válvulas fueron los últimos modelos de K, llegando a fabricarse hasta el año 1992, con la particularidad de que éstas, a diferencia del resto de las K100 de 90CV, alcanzaban de origen los
100CV de potencia, es decir, unos 74 Kw.
La consecuencia es pues que la K100RS de 16v., sobrepasando de origen los 70 Kw., no sería susceptible de ser limitada con lo que, siguiendo lo que dice la normativa, aún disponiendo kit de limitación, no "podría" legalmente limitarse ni conducirse con el permiso A2, no al menos hasta haber transcurrido dos años desde su obtención, en cuyo caso se podría obtar a una mayor e ilimitada potencia después de pasar nuevamente por caja y superar unas pruebas cuyo contenido aún se desconoce.
Una de las opciones que se barajan es adquirir el kit y acudir a un mecánico de confianza que certifique que el kit está instalado (sin instalarse) y después acudir a la ITV para que la limitación conste en la tarjeta de inspección técnica ya que en la ITV no lo verifican (en teoría), cosa que por otro lado se venía haciendo hasta ahora.
No obstante, al riesgo (físico y legal) que conllevaría hacer eso, habría que añadirle el tema del seguro ya que, aún teniendo la moto limitada en papeles, etc., ¿qué compañía de seguros va a asegurar una moto de 74kw de potencia y cuyo titular únicamente tiene el A2 con el que se supone que no puede llevarla, ni aún limitada? Al contratar el seguro es imprescindible presentar el permiso de conducir vigente y verificar ese dato es muy sencillo: la moto tiene tanta potencia de origen, bien, está limitada, muy bien, pero el permiso que tiene el motorista le permite llevar motos limitadas hasta tanto, se cumple? no, con lo que no hay seguro porque ese motorista no puede llevar esa moto, porque para empezar no la debería haber limitado porque no se le permite.
En fin, con todo el rollo espero haber transmitido la idea...los que ahora mismo disponen de kits de limitación son los siguientes aunque el tema de los nuevos kits no lo tienen aún muy claro:
http://www.alphatechnik.es/
http://www.atimpex.com/index.php
http://www.limitarmotos.com/
En fin, el tema da para una eterna discusión y aunque me parece perfecto que las medidas se tomen en aras de la protección del motorista, ya no lo parece tanto cuando el horizonte para muchos futuros motoristas se pierde en el abismo de la burocracia, las tasas, exámenes y pruebas que aún no han sido concretadas, etc.
Espero haberos ayudado en algo, un saludo y ánimo, seguiremos investigando sobre el tema!