leer bien y vereis al final de la demanda , como Reyes se hace rico , acosta de sus trabajadores y los incautos que creen en la AMM y su nueva junta directiva.
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AL JUZGADO DE LO SOCIAL
E.P.R., mayor de edad, con DNI XX.XXX.XXX.X Y, vecina de Granada, con domicilio para notificaciones en el despacho del abogado J.S.P. en C/ Xxxxxx (Granada), ante el Juzgado, comparezco y DIGO:
Que por medio del presente escrito formulo DEMANDA sobre extinción de contrato de trabajo, en razón a la concurrencia de incumplimiento contractual por existencia de acoso laboral,
• la empresa Asociación Mutua Motera (AMM) con CIF: XXXXXX, frente a:
• la empresa Moteros S.L.U. con CIF XXXXXXX,
• Asociación Fondo Mutual, CIF: XXXXXXX,
• y frente al presidente de ésta D. J.M.R.M, con NIE XXXXXX con domicilio todas las partes en Camino de Ronda, 89. Bajo, CP 18004,
Es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal a tenor de lo prevenido en el artículo 175,3 de la Ley procesal a cuyo efecto debe ser emplazado a la vista oral con remisión copia del escrito de demanda.
Son de aplicación los siguientes:
H E C H O S
Primero.- Vengo prestando para la demandada con una antigüedad de 16/12/2005, en calidad de Directora de Oficina y Tesorera –si bien en nómina aparece categoría de contable-, siendo el salario aplicable el de 2.700’67 €/mes incluida prorrata.
Segundo.- Antecedentes laborales
• Diciembre 2005.- Inicio de la relación laboral. Más tarde .
con fecha 10/09/2008 se produce el nombramiento como Directora de Oficina
• 2006.- Por exigencias de la empresa, desarrollo trabajos para Asociación Mutua Motera y Asociación Fondo Mutual, ambas del mismo grupo, estando contratada y siendo remunerada solo por la primera. , si bien en nómina sigue apareciendo la categoría de contable.
• 2007.- También desarrollo trabajos para las dos asociaciones anteriormente mencionadas y comencé a trabajar sin contrato ni remuneración para Moteros SLU, Mercantil propiedad de Asociación Mutua Motera.
• Junio 2009.- Se me propone por parte de la Presidencia y Vicepresidencia el cargo sin remunerar de Tesorera y miembro de Junta Directiva
(JD) de Asociación Mutua Motera y Asociación Fondo Mutual, aceptando tal cargo.
Segundo.- Incumplimientos de carácter salarial y de categoría profesional.
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Pese a que la exponente fue nombrada (y es Directora de oficina) desde 10/09/2008 en nómina figura la categoría de CONTABLE, con salario por tanto claramente inferior al legal
Durante marzo a julio estoy en situación de incapacidad temporal, pero he seguido –. (Convenio colectivo de mediación de seguros privados. BOE 5 de noviembre de 2009) (art. 17. Grupo I. Responsable de administración. 2.026,69 € de salario base en lugar de 1.676,96 € que figuran en nómina).
bajo la amenaza de despido- trabajando, por lo que la empresa se ahorra salarios, dietas, desplazamientos, impidiendo de hecho la recuperación de mi estado de salud que se ha agravado de forma notable.
Tercero.- Inicio de acoso laboral continuado y creciente.
FECHA DE LA PRIMERA INCAPACIDAD TEMPORAL 02/03/10 A 12/07/10, de 4 meses de duración, con dos intentos de suicidio y con la imposición empresarial de mantener la prestación de servicios laborales como si no existiera baja laboral
El 2/03/2010 se inicia un proceso de IT con diagnóstico “depresión” cuyo desencadenante inicial si bien está justificado por motivos de índole personal, desde el primer momento está condicionado por el acoso laboral. He sido presionada para trabajar durante todo el periodo citado, situación que me he visto obligada a mantener para no perder el puesto de trabajo. Durante todo este tiempo de IT se me ha obligado a trabajar (sin remuneración, ni dietas). Para evitar la eventual actuación de la Inspección de Trabajo- se me obliga a desplazarme a diferentes puntos de la geografía nacional tales como Madrid, donde acudía cada semana, y a los siguientes destinos: .
a. Madrid: Desde Febrero hasta Agosto-Septiembre. Asisto en calidad de Directora de Oficina, Responsable de Correduría de Seguros, Responsable de varios proyectos, y Miembro de Junta Directiva.
b. Sevilla: 07/04/10; Reunión con la Consejera de Obras Públicas. Asisto en calidad de Secretaria de Dirección. (en este caso de la Presidencia)
c. Gran Premio de Jerez de la Frontera- (Cádiz)- 29 de Abril a 2 de Mayo 2010; Asisto en calidad de personal perteneciente de forma oficial al PROYECTO ROSA, Proyecto de Seguridad Vial a nivel Europeo.
d. Gran Premio de Mugello – Florencia-( Italia): 3 al 7 de Junio 2010; Asisto en calidad de personal perteneciente de forma oficial al PROYECTO ROSA, Proyecto de Seguridad Vial a nivel Europeo.
e. Zamora: 11/06/10 a 13/06/10; Asamblea General anual de AMM y AFM. Asisto en calidad de Directora de Oficina y Responsable de Contabilidad y Responsable del Sistema de Gestión de Calidad.
f. León: 12/06/10; Recogida de Diploma como reconocimiento al trabajo que se viene desarrollando en materia de Seguridad Vial desde AMM. Asisto en calidad de Miembro de Junta Directiva.
g. Gran Premio de Montmeló – (Barcelona): 1 a 7 de Julio 2010; Asisto en calidad de personal perteneciente de forma oficial al PROYECTO ROSA, Proyecto de Seguridad Vial a nivel Europeo. La empresa me obliga a pagar de mi bolsillo la estancia correspondiente a los días 6 y 7 de julio, pagado con mi propia tarjeta.
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El alta del día 12 de julio no es por curación sino ALTA VOLUNTARIA forzada.
Existe justificación documental de la actividad desarrollada (asistencias, reuniones, dirección de la rehabilitación de las nuevas oficinas de Camino de Ronda (anterior domicilio: C/ Manuel de Falla, 17. Bajo. 18005), consecución de certificación ISO, preparación de auditoría, de cuentas, etc.
• Sábado 22/05/10.- Se produce el traslado a las nuevas instalaciones. Gran parte del personal laboral de la AMM colaboró en el traslado de forma voluntaria. Pese a que la exponente había preparado la “inauguración” de la oficina, el Presidente la PROHIBE.
• Jueves 29/07/10.- El Presidente me prohíbe telefónicamente asistir a un evento (concentración en Burriana (Castellón) “Lagartijas 2010”, al que tenía previsto asistir en calidad de máxima responsable, del que fui la encargada de la organización durante las varias semanas que duró el proceso, por lo que hube de excusar mi inasistencia.
Ante esta nueva humillación, sufro una gran crisis de ansiedad teniendo que ser hospitalizada. En el hospital ante la impotencia de no poder contar por miedo, lo que me sucedía, lo achaco a mi vida personal. FECHA DE LA SEGUNDA IT 06/09/10 A 06/09/10.
Nuevo proceso de incapacidad temporal en que SOLICITO ALTA VOLUNTARIA POR AMENAZAS DEL PRESIDENTE
• 06/09/10. Sufro una crisis de ansiedad como consecuencia de amenazas del presidente .
intentando provocar mi “salida voluntaria” de la empresa
“… . Por toda la presión existente voy al médico de cabecera a solicitarle ayuda médica; el médico manda un tratamiento muy fuerte, me insta a realizarlo de forma adecuada, con la advertencia de que me “sedaría” de forma que durante una semana no podría hacer vida normal, ni trabajar. Ese día en que se expide baja médica, se manda la baja a la empresa y es al día siguiente (7/09/2010) a las 10’13 horas de la mañana se envía un mensaje por el Presidente:
muchas gracias por dejarnos colgados en el peor momento por fastidiarme a mí estás poniendo en riesgo a la empresa y fastidiando a tus amigas en el trabajo, estamos a punto de perder el (Proyecto) Rosa II que son 25.000 €, el sueldo de 1 año de un puesto de trabajo de la oficina
“… …”.
que te diviertas en tus nuevas vacaciones, estás dando una imagen estupenda, que te aproveche…
Ante esa situación de presión me veo obligada para no perder el puesto de trabajo a solicitar al médico de cabecera que deje sin efecto la baja médica, el cual (día 7/09/2010) me plantea que lo tiene que hacer con fecha del día anterior. Así de este modo tenemos una baja laboral el día 6/06/2010 con alta el mismo día. El médico en cualquier caso “certifica” que por “problemas laborales anula la aludida baja médica”. ”
Sin embargo, el Sr. Presidente que no tuvo suficiente con obligarme a trabajar durante 4 meses de baja, no contento con forzar el alta laboral, el día 10/09/2010, remite nuevo SMS en el que textualmente invita a la exponente a irse de la empresa –si bien
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posteriormente este niega la realidad documentada y alega que es la trabajadora la que quiere irse bajo la amenaza de baja laboral indefinida- donde se indica:
“…Te pediría que si tienes un poco de dignidad te fueras de la AMM, tómate el tiempo que quieras pero vete, no quiero a nadie como tu cerca de mí ni de mi gente. Ya se que te preocupa mucho tu indemnización, así que hazme una propuesta cuando lo veas oportuno, y no te preocupes, si te quieres quedar lo puedes hacer, esto no va a afectar al trabajo, pero no tendrás dignidad…”
FECHA DE LA TERCERA IT 30/09/10 en adelante.
SITUACIÓN ACTUAL DE IT, DEPRESIÓN MOTIVADA POR ACOSO LABORAL CONSTANTE. Cese en la práctica de la condición de Tesorera, corte de acceso a correo electrónico y ubicación de despacho de directora en el sótano
• Existen varios e-mails en los que se me exigen tareas laborales durante mi IT, apremiándome para que continúe con mi prestación de servicios. .
• Existen movimientos bancarios con mi visto bueno y mi firma después de iniciada la baja, quedando justificante electrónica a través de banca electrónica (Entidad Caja Rural).
• Viernes 08/10/10
1.-Envío e-mail a Junta Directiva solicitando se reconsidere la decisión de cesarme en el cargo como Tesorera y miembro de la Junta Directiva, explicando que el cese no es por decisión propia sino por coacción del Presidente hacia mi persona.
2.- La medida que ha tomado la Junta Directiva ha sido cortarme el acceso a mi correo electrónico
• Lunes 01/11/10.- Las claves de Banca Electrónica que tenía asignada en calidad de Tesorera tanto de AMM como de AFM dejan de funcionar. En la página web de la Asociación ( personal, acentuándose la situación de acoso laboral.
http://www.mutuamotera.org) en el enlace Junta Directiva aparece la exponente sustituida por el M.A.S.G., que aparece debajo del rótulo TESORERA
• 01/11/10. Ubicación de la exponente (Directora de Oficina) en el sótano. Por orden expresa del Vicepresidente, . El Presidente explica al respecto que “como yo había pedido voluntariamente en su momento mi cese como tesorera y que ya se había hecho efectivo”. Pese a ello no se ha notificado en momento alguno tal cese, ni por la Junta Directiva, ni por nadie en particular.
mi puesto de trabajo es ubicado en el sótano
TERCERO.- Se ejercita acción mixta de resolución de contrato de trabajo con tutela a derechos fundamentales ex art. 50 1º c) ET, en relación con el art. 4.2º d) del ET. Y los arts. 4.2º, 4.3º, 14.2º y 15 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales; arts. 10.1º, 14, 15 y 18.1º de la CE; art. 180 y 181 LPL. . El ordenador en el que trabajo habitualmente se instala en la última mesa que queda libre en el sótano, bajo unas escaleras.
CUARTO.- Se ha celebrado acto de conciliación con el resultado de intentado sin efecto. Compareceré a juicio asistida de letrado.
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Por cuanto antecede,
SUPLICO AL JUZGADO: tenga por presentado este escrito, por formulada DEMANDA sobre extinción de contrato, señale día y hora para los preceptivos actos de conciliación y juicio y previos los trámites procesales oportunos dicte sentencia por la que:
1) Se declare la vulneración de derechos fundamentales de la trabajadora, declarando la nulidad radical de la conducta del empleador, y como consecuencia de la misma se declare la extinción del contrato de trabajo con derecho a la indemnización legal procedente, condenando a las demandadas solidariamente a su abono.
2) Se declare el derecho a una indemnización adicional derivada de la grave situación de acoso laboral descrita –ex artículo 181 LPL- y que esta parte cifra en la cantidad de 9.000 €, cuyo contenido económico puede justificarse sobradamente en función de: a) El valor de los salarios que la empresa deja de abonar durante el tiempo de 4 meses (marzo a julio de 2010) en que ha estado de baja médica y obligada a seguir prestando servicios. B) El tiempo en que ha estado de baja médica desde el 30/09/2010 en adelante tras verse obligada a anular la baja médica de 7 de septiembre de 2010 por imposición de la empresa (el valor de la IT puede efectuarse en atención al baremo orientador de la ley del seguro).
OTROSI DIGO: esta parte para la vista oral solicita la práctica de los siguientes MEDIOS DE PRUEBA:
INTERROGATORIO DE PARTE del represente legal de las empresas codemandadas quienes habrán de ser citados con los apercibimientos legales de ser tenido por confeso en supuesto de incomparecencia.
INTERROGATORIO DE PARTE de D. J.M.R.M, Presidente de AMM quien habrá de ser citado con los apercibimientos legales de ser tenido por confeso en supuesto de incomparecencia.
DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones con domicilio en (C/ Amador de los Ríos, 7 - 28010 Madrid, con objeto de que remita copia de las actas o documentos donde figuren los miembros de la Junta Directiva de: Asociación Mutua Motera (AMM) con CIF: XXXXXX y Asociación Fondo Mutual, CIF: XXXXXX, durante los años 2009, 2010 y 2011.
MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se requiera a los demandados la aportación de los siguientes documentos:
1º.- Dado que la empresa opone que la prestación de servicios durante el periodo de baja de Marzo a julio de 2010 se debe a una prestación “graciosa” –de dudosa credibilidad al coincidir con el proceso de baja en que se encontraba sometida a fuerte medicación- y la existencia de un “contrato de voluntariado” se requiere la aportación del mismo a las demandadas.
2º.- Asimismo se solicita a quien alega la existencia de la realización “gratuita” por la demandante de tal actividad (el Sr. Presidente) que aporte las facturas percibidas por él mismo [highlight]en el ejercicio 2010 (y que suman el importe de 46.742 €, 30.400 € por una empresa, 16.742 € por otra) con el [/highlight]oportuno desglose de iguala y dietas. El objeto de la
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prueba es comprobar si quien alega la prestación “gratuita” de servicios por parte de los demás –estando en IT- realiza esos trabajos gratuitos de imposición obligada para los demás.
3º.- Los requerimientos efectuados (vía email) a la trabajadora durante los periodos en que se ha encontrado de baja médica para realizar trabajos o proyectos de la empresa.
4º.- Acta de la asamblea de Asociación Mutua Motera y de Asociación Fondo Mutual de fecha 27 de junio de 2009 en que se nombra como Tesorera a la trabajadora actora, así como los estatutos de estas dos asociaciones.
5ª.- El acuerdo de la Junta Directiva para cesar a la trabajadora como tesorera de Asociación Mutua Motera y Asociación Fondo Mutual, así como la comunicación a la interesada del mencionado cese, obligatorio según los estatutos.
6ª.- Solicitud de subvención para el Proyecto Rosa en la que se detalla el personal de la Asociación Mutua Motera que trabaja en tal Proyecto, enviada a CIDAUT –empresa que gestiona la subvención ante el organismo europeo-.
La solicitud de la prueba documental se tiene que realizar con la prevención contenida en el artículo 94 de la LPL, esto es, con el expreso apercibimiento de ser tenidas por probadas las alegaciones de la demanda si no se presentaren sin causa justificada. También a tenor de lo prevenido en el artículo 78 de la LPL, se interesa la aportación de la prueba solicitada al menos con 10 días de antelación al señalamiento de la vista oral.
MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio a la Entidad Caja Rural de Granada, con domicilio en Avda. de Don Bosco, nº 2 (Granada) CP 18006, con objeto de que se certifique o informe la identidad de las personas autorizadas en el servicio de Banca Electrónica correspondiente a las empresas Asociación Mutua Motera (AMM) con CIF: XXXXXX y Asociación Fondo Mutual, CIF: XXXXXXX, durante los años 2009, 2010 y 2011, concretando el periodo en el que Dª E.P.R., con DNI XXXXXXXX, ha dispuesto de claves para realizar pagos y operaciones en nombre de las empresas citadas. La prueba tiene por objeto acreditar la efectiva condición de Tesorera y apoderada de las demandadas y la irregularidad del cese sin seguir los procedimientos estatutarios (y por tanto sus responsabilidades y su correcta clasificación profesional en Grupo 1 del convenio).
MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio a la empresa MOVISTAR (Telefónica de España S.A.U.) C/ Gran Vía n.º 28, 28013 Madrid con objeto de que certifique, informe o acompañe acreditación documental de los siguientes extremos:
[ch61656] Titularidad de los teléfonos móviles 677 400 839 y 616 703 277.
[ch61656] Soporte documental o desglose de factura con relación de mensajes de móvil remitidos entre los teléfonos citados los días en los meses de septiembre y octubre de 2010.
[ch61656] Trascripción (si hubiera soporte donde estuvieran archivados) de los mensajes enviados desde el teléfono 677 400 839 al teléfono 616 703 277, en los días concretos:
- Día 7 de de septiembre de 2010 a las 10,33 horas.
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- Día 10 de septiembre de 2010 a las 18:54 horas.
TESTIFICAL (o pericial) consistente en que se cite a juicio al médico de cabecera de la exponente cabecera D. M.L.A. , con domicilio en Centro de Salud de la Chana (Calle Virgen de la Consolación s/n 18015 (Granada) debiendo ser citado el Dr. a juicio con los apercibimientos legales.
Subsidiariamente dada la importancia de la prueba a evacuar por el Sr. médico de cabecera, se solicita para el supuesto de la no admisión de la prueba como testifical, se admita la misma bajo la fórmula de MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio al médico de con objeto de que certifique o informe acerca de los siguientes extremos:
1) Si el 12/07/2010 se emitió alta médica sin que la trabajadora estuviera efectivamente curada de sus dolencias.
2) Si el 6/09/2010 se sugirió por el médico a la paciente iniciar una terapia que implicaba dosis altas de tranquilizantes, totalmente incompatible con la prestación de trabajo.
3) Si la trabajadora solicitó en 2 ocasiones en 2010 el alta voluntaria sin estar completamente curada en el primer caso (12/07/2010), y sin poder iniciar el tratamiento en el 2º caso (6/6/2010).
4) Si ante la manifestación de la paciente de que la no asistencia a la empresa podía perder su puesto de trabajo, hubo de remitir un fax a petición de la paciente a la empresa anulando la indicada baja laboral el día 7/09/2010.
5) Si existe una evolución tórpida de la enfermedad que ha provocado su agudización, en parte por no haberse mantenido el tratamiento en forma adecuada o mantenida.
6) Si existen motivos médicos que justifican el proceso de incapacidad temporal.
SUPLICO: acuerde la práctica de la prueba interesada.
Granada a 24 de febrero de 2011.
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AL JUZGADO DE LO SOCIAL
E.P.R., mayor de edad, con DNI XX.XXX.XXX.X Y, vecina de Granada, con domicilio para notificaciones en el despacho del abogado J.S.P. en C/ Xxxxxx (Granada), ante el Juzgado, comparezco y DIGO:
Que por medio del presente escrito formulo DEMANDA sobre extinción de contrato de trabajo, en razón a la concurrencia de incumplimiento contractual por existencia de acoso laboral,
• la empresa Asociación Mutua Motera (AMM) con CIF: XXXXXX, frente a:
• la empresa Moteros S.L.U. con CIF XXXXXXX,
• Asociación Fondo Mutual, CIF: XXXXXXX,
• y frente al presidente de ésta D. J.M.R.M, con NIE XXXXXX con domicilio todas las partes en Camino de Ronda, 89. Bajo, CP 18004,
Es preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal a tenor de lo prevenido en el artículo 175,3 de la Ley procesal a cuyo efecto debe ser emplazado a la vista oral con remisión copia del escrito de demanda.
Son de aplicación los siguientes:
H E C H O S
Primero.- Vengo prestando para la demandada con una antigüedad de 16/12/2005, en calidad de Directora de Oficina y Tesorera –si bien en nómina aparece categoría de contable-, siendo el salario aplicable el de 2.700’67 €/mes incluida prorrata.
Segundo.- Antecedentes laborales
• Diciembre 2005.- Inicio de la relación laboral. Más tarde .
con fecha 10/09/2008 se produce el nombramiento como Directora de Oficina
• 2006.- Por exigencias de la empresa, desarrollo trabajos para Asociación Mutua Motera y Asociación Fondo Mutual, ambas del mismo grupo, estando contratada y siendo remunerada solo por la primera. , si bien en nómina sigue apareciendo la categoría de contable.
• 2007.- También desarrollo trabajos para las dos asociaciones anteriormente mencionadas y comencé a trabajar sin contrato ni remuneración para Moteros SLU, Mercantil propiedad de Asociación Mutua Motera.
• Junio 2009.- Se me propone por parte de la Presidencia y Vicepresidencia el cargo sin remunerar de Tesorera y miembro de Junta Directiva
(JD) de Asociación Mutua Motera y Asociación Fondo Mutual, aceptando tal cargo.
Segundo.- Incumplimientos de carácter salarial y de categoría profesional.
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Pese a que la exponente fue nombrada (y es Directora de oficina) desde 10/09/2008 en nómina figura la categoría de CONTABLE, con salario por tanto claramente inferior al legal
Durante marzo a julio estoy en situación de incapacidad temporal, pero he seguido –. (Convenio colectivo de mediación de seguros privados. BOE 5 de noviembre de 2009) (art. 17. Grupo I. Responsable de administración. 2.026,69 € de salario base en lugar de 1.676,96 € que figuran en nómina).
bajo la amenaza de despido- trabajando, por lo que la empresa se ahorra salarios, dietas, desplazamientos, impidiendo de hecho la recuperación de mi estado de salud que se ha agravado de forma notable.
Tercero.- Inicio de acoso laboral continuado y creciente.
FECHA DE LA PRIMERA INCAPACIDAD TEMPORAL 02/03/10 A 12/07/10, de 4 meses de duración, con dos intentos de suicidio y con la imposición empresarial de mantener la prestación de servicios laborales como si no existiera baja laboral
El 2/03/2010 se inicia un proceso de IT con diagnóstico “depresión” cuyo desencadenante inicial si bien está justificado por motivos de índole personal, desde el primer momento está condicionado por el acoso laboral. He sido presionada para trabajar durante todo el periodo citado, situación que me he visto obligada a mantener para no perder el puesto de trabajo. Durante todo este tiempo de IT se me ha obligado a trabajar (sin remuneración, ni dietas). Para evitar la eventual actuación de la Inspección de Trabajo- se me obliga a desplazarme a diferentes puntos de la geografía nacional tales como Madrid, donde acudía cada semana, y a los siguientes destinos: .
a. Madrid: Desde Febrero hasta Agosto-Septiembre. Asisto en calidad de Directora de Oficina, Responsable de Correduría de Seguros, Responsable de varios proyectos, y Miembro de Junta Directiva.
b. Sevilla: 07/04/10; Reunión con la Consejera de Obras Públicas. Asisto en calidad de Secretaria de Dirección. (en este caso de la Presidencia)
c. Gran Premio de Jerez de la Frontera- (Cádiz)- 29 de Abril a 2 de Mayo 2010; Asisto en calidad de personal perteneciente de forma oficial al PROYECTO ROSA, Proyecto de Seguridad Vial a nivel Europeo.
d. Gran Premio de Mugello – Florencia-( Italia): 3 al 7 de Junio 2010; Asisto en calidad de personal perteneciente de forma oficial al PROYECTO ROSA, Proyecto de Seguridad Vial a nivel Europeo.
e. Zamora: 11/06/10 a 13/06/10; Asamblea General anual de AMM y AFM. Asisto en calidad de Directora de Oficina y Responsable de Contabilidad y Responsable del Sistema de Gestión de Calidad.
f. León: 12/06/10; Recogida de Diploma como reconocimiento al trabajo que se viene desarrollando en materia de Seguridad Vial desde AMM. Asisto en calidad de Miembro de Junta Directiva.
g. Gran Premio de Montmeló – (Barcelona): 1 a 7 de Julio 2010; Asisto en calidad de personal perteneciente de forma oficial al PROYECTO ROSA, Proyecto de Seguridad Vial a nivel Europeo. La empresa me obliga a pagar de mi bolsillo la estancia correspondiente a los días 6 y 7 de julio, pagado con mi propia tarjeta.
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El alta del día 12 de julio no es por curación sino ALTA VOLUNTARIA forzada.
Existe justificación documental de la actividad desarrollada (asistencias, reuniones, dirección de la rehabilitación de las nuevas oficinas de Camino de Ronda (anterior domicilio: C/ Manuel de Falla, 17. Bajo. 18005), consecución de certificación ISO, preparación de auditoría, de cuentas, etc.
• Sábado 22/05/10.- Se produce el traslado a las nuevas instalaciones. Gran parte del personal laboral de la AMM colaboró en el traslado de forma voluntaria. Pese a que la exponente había preparado la “inauguración” de la oficina, el Presidente la PROHIBE.
• Jueves 29/07/10.- El Presidente me prohíbe telefónicamente asistir a un evento (concentración en Burriana (Castellón) “Lagartijas 2010”, al que tenía previsto asistir en calidad de máxima responsable, del que fui la encargada de la organización durante las varias semanas que duró el proceso, por lo que hube de excusar mi inasistencia.
Ante esta nueva humillación, sufro una gran crisis de ansiedad teniendo que ser hospitalizada. En el hospital ante la impotencia de no poder contar por miedo, lo que me sucedía, lo achaco a mi vida personal. FECHA DE LA SEGUNDA IT 06/09/10 A 06/09/10.
Nuevo proceso de incapacidad temporal en que SOLICITO ALTA VOLUNTARIA POR AMENAZAS DEL PRESIDENTE
• 06/09/10. Sufro una crisis de ansiedad como consecuencia de amenazas del presidente .
intentando provocar mi “salida voluntaria” de la empresa
“… . Por toda la presión existente voy al médico de cabecera a solicitarle ayuda médica; el médico manda un tratamiento muy fuerte, me insta a realizarlo de forma adecuada, con la advertencia de que me “sedaría” de forma que durante una semana no podría hacer vida normal, ni trabajar. Ese día en que se expide baja médica, se manda la baja a la empresa y es al día siguiente (7/09/2010) a las 10’13 horas de la mañana se envía un mensaje por el Presidente:
muchas gracias por dejarnos colgados en el peor momento por fastidiarme a mí estás poniendo en riesgo a la empresa y fastidiando a tus amigas en el trabajo, estamos a punto de perder el (Proyecto) Rosa II que son 25.000 €, el sueldo de 1 año de un puesto de trabajo de la oficina
“… …”.
que te diviertas en tus nuevas vacaciones, estás dando una imagen estupenda, que te aproveche…
Ante esa situación de presión me veo obligada para no perder el puesto de trabajo a solicitar al médico de cabecera que deje sin efecto la baja médica, el cual (día 7/09/2010) me plantea que lo tiene que hacer con fecha del día anterior. Así de este modo tenemos una baja laboral el día 6/06/2010 con alta el mismo día. El médico en cualquier caso “certifica” que por “problemas laborales anula la aludida baja médica”. ”
Sin embargo, el Sr. Presidente que no tuvo suficiente con obligarme a trabajar durante 4 meses de baja, no contento con forzar el alta laboral, el día 10/09/2010, remite nuevo SMS en el que textualmente invita a la exponente a irse de la empresa –si bien
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posteriormente este niega la realidad documentada y alega que es la trabajadora la que quiere irse bajo la amenaza de baja laboral indefinida- donde se indica:
“…Te pediría que si tienes un poco de dignidad te fueras de la AMM, tómate el tiempo que quieras pero vete, no quiero a nadie como tu cerca de mí ni de mi gente. Ya se que te preocupa mucho tu indemnización, así que hazme una propuesta cuando lo veas oportuno, y no te preocupes, si te quieres quedar lo puedes hacer, esto no va a afectar al trabajo, pero no tendrás dignidad…”
FECHA DE LA TERCERA IT 30/09/10 en adelante.
SITUACIÓN ACTUAL DE IT, DEPRESIÓN MOTIVADA POR ACOSO LABORAL CONSTANTE. Cese en la práctica de la condición de Tesorera, corte de acceso a correo electrónico y ubicación de despacho de directora en el sótano
• Existen varios e-mails en los que se me exigen tareas laborales durante mi IT, apremiándome para que continúe con mi prestación de servicios. .
• Existen movimientos bancarios con mi visto bueno y mi firma después de iniciada la baja, quedando justificante electrónica a través de banca electrónica (Entidad Caja Rural).
• Viernes 08/10/10
1.-Envío e-mail a Junta Directiva solicitando se reconsidere la decisión de cesarme en el cargo como Tesorera y miembro de la Junta Directiva, explicando que el cese no es por decisión propia sino por coacción del Presidente hacia mi persona.
2.- La medida que ha tomado la Junta Directiva ha sido cortarme el acceso a mi correo electrónico
• Lunes 01/11/10.- Las claves de Banca Electrónica que tenía asignada en calidad de Tesorera tanto de AMM como de AFM dejan de funcionar. En la página web de la Asociación ( personal, acentuándose la situación de acoso laboral.
http://www.mutuamotera.org) en el enlace Junta Directiva aparece la exponente sustituida por el M.A.S.G., que aparece debajo del rótulo TESORERA
• 01/11/10. Ubicación de la exponente (Directora de Oficina) en el sótano. Por orden expresa del Vicepresidente, . El Presidente explica al respecto que “como yo había pedido voluntariamente en su momento mi cese como tesorera y que ya se había hecho efectivo”. Pese a ello no se ha notificado en momento alguno tal cese, ni por la Junta Directiva, ni por nadie en particular.
mi puesto de trabajo es ubicado en el sótano
TERCERO.- Se ejercita acción mixta de resolución de contrato de trabajo con tutela a derechos fundamentales ex art. 50 1º c) ET, en relación con el art. 4.2º d) del ET. Y los arts. 4.2º, 4.3º, 14.2º y 15 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales; arts. 10.1º, 14, 15 y 18.1º de la CE; art. 180 y 181 LPL. . El ordenador en el que trabajo habitualmente se instala en la última mesa que queda libre en el sótano, bajo unas escaleras.
CUARTO.- Se ha celebrado acto de conciliación con el resultado de intentado sin efecto. Compareceré a juicio asistida de letrado.
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Por cuanto antecede,
SUPLICO AL JUZGADO: tenga por presentado este escrito, por formulada DEMANDA sobre extinción de contrato, señale día y hora para los preceptivos actos de conciliación y juicio y previos los trámites procesales oportunos dicte sentencia por la que:
1) Se declare la vulneración de derechos fundamentales de la trabajadora, declarando la nulidad radical de la conducta del empleador, y como consecuencia de la misma se declare la extinción del contrato de trabajo con derecho a la indemnización legal procedente, condenando a las demandadas solidariamente a su abono.
2) Se declare el derecho a una indemnización adicional derivada de la grave situación de acoso laboral descrita –ex artículo 181 LPL- y que esta parte cifra en la cantidad de 9.000 €, cuyo contenido económico puede justificarse sobradamente en función de: a) El valor de los salarios que la empresa deja de abonar durante el tiempo de 4 meses (marzo a julio de 2010) en que ha estado de baja médica y obligada a seguir prestando servicios. B) El tiempo en que ha estado de baja médica desde el 30/09/2010 en adelante tras verse obligada a anular la baja médica de 7 de septiembre de 2010 por imposición de la empresa (el valor de la IT puede efectuarse en atención al baremo orientador de la ley del seguro).
OTROSI DIGO: esta parte para la vista oral solicita la práctica de los siguientes MEDIOS DE PRUEBA:
INTERROGATORIO DE PARTE del represente legal de las empresas codemandadas quienes habrán de ser citados con los apercibimientos legales de ser tenido por confeso en supuesto de incomparecencia.
INTERROGATORIO DE PARTE de D. J.M.R.M, Presidente de AMM quien habrá de ser citado con los apercibimientos legales de ser tenido por confeso en supuesto de incomparecencia.
DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones con domicilio en (C/ Amador de los Ríos, 7 - 28010 Madrid, con objeto de que remita copia de las actas o documentos donde figuren los miembros de la Junta Directiva de: Asociación Mutua Motera (AMM) con CIF: XXXXXX y Asociación Fondo Mutual, CIF: XXXXXX, durante los años 2009, 2010 y 2011.
MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se requiera a los demandados la aportación de los siguientes documentos:
1º.- Dado que la empresa opone que la prestación de servicios durante el periodo de baja de Marzo a julio de 2010 se debe a una prestación “graciosa” –de dudosa credibilidad al coincidir con el proceso de baja en que se encontraba sometida a fuerte medicación- y la existencia de un “contrato de voluntariado” se requiere la aportación del mismo a las demandadas.
2º.- Asimismo se solicita a quien alega la existencia de la realización “gratuita” por la demandante de tal actividad (el Sr. Presidente) que aporte las facturas percibidas por él mismo [highlight]en el ejercicio 2010 (y que suman el importe de 46.742 €, 30.400 € por una empresa, 16.742 € por otra) con el [/highlight]oportuno desglose de iguala y dietas. El objeto de la
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prueba es comprobar si quien alega la prestación “gratuita” de servicios por parte de los demás –estando en IT- realiza esos trabajos gratuitos de imposición obligada para los demás.
3º.- Los requerimientos efectuados (vía email) a la trabajadora durante los periodos en que se ha encontrado de baja médica para realizar trabajos o proyectos de la empresa.
4º.- Acta de la asamblea de Asociación Mutua Motera y de Asociación Fondo Mutual de fecha 27 de junio de 2009 en que se nombra como Tesorera a la trabajadora actora, así como los estatutos de estas dos asociaciones.
5ª.- El acuerdo de la Junta Directiva para cesar a la trabajadora como tesorera de Asociación Mutua Motera y Asociación Fondo Mutual, así como la comunicación a la interesada del mencionado cese, obligatorio según los estatutos.
6ª.- Solicitud de subvención para el Proyecto Rosa en la que se detalla el personal de la Asociación Mutua Motera que trabaja en tal Proyecto, enviada a CIDAUT –empresa que gestiona la subvención ante el organismo europeo-.
La solicitud de la prueba documental se tiene que realizar con la prevención contenida en el artículo 94 de la LPL, esto es, con el expreso apercibimiento de ser tenidas por probadas las alegaciones de la demanda si no se presentaren sin causa justificada. También a tenor de lo prevenido en el artículo 78 de la LPL, se interesa la aportación de la prueba solicitada al menos con 10 días de antelación al señalamiento de la vista oral.
MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio a la Entidad Caja Rural de Granada, con domicilio en Avda. de Don Bosco, nº 2 (Granada) CP 18006, con objeto de que se certifique o informe la identidad de las personas autorizadas en el servicio de Banca Electrónica correspondiente a las empresas Asociación Mutua Motera (AMM) con CIF: XXXXXX y Asociación Fondo Mutual, CIF: XXXXXXX, durante los años 2009, 2010 y 2011, concretando el periodo en el que Dª E.P.R., con DNI XXXXXXXX, ha dispuesto de claves para realizar pagos y operaciones en nombre de las empresas citadas. La prueba tiene por objeto acreditar la efectiva condición de Tesorera y apoderada de las demandadas y la irregularidad del cese sin seguir los procedimientos estatutarios (y por tanto sus responsabilidades y su correcta clasificación profesional en Grupo 1 del convenio).
MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio a la empresa MOVISTAR (Telefónica de España S.A.U.) C/ Gran Vía n.º 28, 28013 Madrid con objeto de que certifique, informe o acompañe acreditación documental de los siguientes extremos:
[ch61656] Titularidad de los teléfonos móviles 677 400 839 y 616 703 277.
[ch61656] Soporte documental o desglose de factura con relación de mensajes de móvil remitidos entre los teléfonos citados los días en los meses de septiembre y octubre de 2010.
[ch61656] Trascripción (si hubiera soporte donde estuvieran archivados) de los mensajes enviados desde el teléfono 677 400 839 al teléfono 616 703 277, en los días concretos:
- Día 7 de de septiembre de 2010 a las 10,33 horas.
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- Día 10 de septiembre de 2010 a las 18:54 horas.
TESTIFICAL (o pericial) consistente en que se cite a juicio al médico de cabecera de la exponente cabecera D. M.L.A. , con domicilio en Centro de Salud de la Chana (Calle Virgen de la Consolación s/n 18015 (Granada) debiendo ser citado el Dr. a juicio con los apercibimientos legales.
Subsidiariamente dada la importancia de la prueba a evacuar por el Sr. médico de cabecera, se solicita para el supuesto de la no admisión de la prueba como testifical, se admita la misma bajo la fórmula de MÁS DOCUMENTAL.- Consistente en que se remita oficio al médico de con objeto de que certifique o informe acerca de los siguientes extremos:
1) Si el 12/07/2010 se emitió alta médica sin que la trabajadora estuviera efectivamente curada de sus dolencias.
2) Si el 6/09/2010 se sugirió por el médico a la paciente iniciar una terapia que implicaba dosis altas de tranquilizantes, totalmente incompatible con la prestación de trabajo.
3) Si la trabajadora solicitó en 2 ocasiones en 2010 el alta voluntaria sin estar completamente curada en el primer caso (12/07/2010), y sin poder iniciar el tratamiento en el 2º caso (6/6/2010).
4) Si ante la manifestación de la paciente de que la no asistencia a la empresa podía perder su puesto de trabajo, hubo de remitir un fax a petición de la paciente a la empresa anulando la indicada baja laboral el día 7/09/2010.
5) Si existe una evolución tórpida de la enfermedad que ha provocado su agudización, en parte por no haberse mantenido el tratamiento en forma adecuada o mantenida.
6) Si existen motivos médicos que justifican el proceso de incapacidad temporal.
SUPLICO: acuerde la práctica de la prueba interesada.
Granada a 24 de febrero de 2011.