recursos de multas

aldapa

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buenassssssssssssss

hace un par de días salió en el periódico que una sentencia del tribunal supremo daba por compatibles los descuentos por pronto pago de las multas y realizar los correspondientes recursos, osea que no tenemos que pagar el descuento si perdemos los recursos.

decía también que la sentencia creaba jurisprudencia por lo que era de aplicación inmediata

a ver si los leguleyos ;D que caminan por los foros nos pueden confirmar éstos datos :D :D :D :D

vssssssssssss......................
 
Hombre tengo entendido que para que haya

jurisprudencia, a de haber dos sentencias iguales, quizá

la sentencia sea para una denuncia en concreto.
 
estoy de acuerdo con ello. Aunque eso es cosa de la administración.
En principio te quitaban el descuento puesto que no te acogias al plazo de gracia que te daba la administración, ahora si deciden aplicarla aún así...
 
Creo recordar que son tres sentencias mínimo, y precisamente del Tribunal Supremo.

Saludos.
 
haber donald, venga confirmalo pero creo al 90% que son tres sentencias del tribunal supremo que crea jurisprudencia
Yo sin que llegara a eso hace dos años me pusieron una multa de radar, hice los pertinentes recursos ( no sirvio de na ;D) y despues les made la pasta pero descontandoles el 30% y hasta la fecha no me han reclamado na de na :p
 
Más de una, asi que bastan DOS, y tienen que ser del Tribunal Supremo, aunque de unos años a esta parte se viene hablando, aunque incorrectamente, de "jurisprudencia menor" para referirse al cuerpo de doctrina que se contiene en las sentencias dictadas por los Tribunales mal llamados "menores" esto es, Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, y Audiencias Provinciales, en aquellas materias que no tienen acceso a casación, y por tanto al conocimiento del asunto en concreto por el Tribunal Supremo.

Así que COYOTE, una vez más ........ PIERDES :D :D :)

Vssssssssssssss

P.D.: Sobre el tema de la bonificación por prontopago, y el derecho a recurrir, aun cuando ya hayas pagado con bonificación, se habló en el post cuyo link pongo a continuación. Y allí, yo escribí, y perdón por citarme:

Donald dijo:
Pagar en período "voluntario", y recurrir NO ES INCOMPATIBLE: es ejercitar los derechos que la ley te reconoce. Más aún en un procedimiento sancionador que se rige por los mismos principios que el proceso penal, y al que por supuesto le es aplicavble la Constitución Española, y en concreto su artículo 24.

La ley te reconoce el derecho a pagar con bonificación si lo haces observando unos requisitos concretos; y también el de hacer alegaciones y recurrir. Y si estiman el recurso, s eha procedido al cobro de lo indebido: nunca se debió la cantidad porque para que se debiera es necesario la imposición de una sanción mediante una resolución definitiva que así lo acuerde; y si finalmente no lo acuerda has pagado lo indebido. Luego ¿por qué no se va a poder recurrir y pagar a la vez?.

Vsssssssssss

Este es el link al post completo:

http://www.bmwmotos.com/cgi-bin/yabb/YaBB.pl?board=LEGALES;action=display;num=1086804279;start=34#34
 
Donald dijo:
Más de una, asi que bastan DOS, y tienen que ser del Tribunal Supremo, aunque de unos años a esta parte se viene hablando, aunque incorrectamente, de "jurisprudencia menor" para referirse al cuerpo de doctrina que se contiene en las sentencias dictadas por los Tribunales mal llamados "menores" esto es, Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, y Audiencias Provinciales, en aquellas materias que no tienen acceso a casación, y por tanto al conocimiento del asunto en concreto por el Tribunal Supremo.

Así que COYOTE, una vez más ........ PIERDES :D :D :)

seras madikita eso no vale tu juegas con ventaja, ;D ;D ;D ;D
te lo cobrare en birras por cierto haber cuando nos vemos por los madriles tranquilamente tomando unas birritas que ahora ya toy por aqui so bandido ;D
 
LLevas casi dos años diciendo que a ver si nois vemos, y cuando llega el momento sales huyendo coballllllldeeeeee :D :D :D

Vsssssssssssss
 
pos na este fin de semana no trabajo es decir el sabado y el domingo (hasta las 23 horas que entro a contyroles de alcoholemia ;D)
Asi que si no te pillo este mes en enero no te me escapas de unas buenas charlas delante de unas birras ya te llamare por telefono te tengo fichao ;D :p
 
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