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Vuelvo a desdecirme, jolín como estoy ultimamente :-? :-?ramones dijo:Muchas gracias, pero si lees hasta el final de la página verás:
IMPEDIMENTOS:
-En el caso de constar en el Registro de Vehículos la constitución de cualquier limitación de disposición, no se realizará el cambio de titularidad, debiendo solicitar directamente la previa cancelación de dicha limitación, en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la persona favorecida por tal inscripción.
-El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos.
-La existencia de orden de precinto , que supondrá la no-emisión del permiso de circulación.
El tener caducada la Inspección Técnica periódica, que supondrá la no entrega del permiso de circulación hasta que no se acredite la Inspección Técnica en vigor.
Por lo que entiendo que si la podría vender, salvo que el comprador no tendrá el permiso de circulación hasta que no pase la ITV ¿estoy en lo cierto?
Gracias
mas claro el agua....marcos dijo:si se puede vender, lo que no podras es ponerla a nombre del nuevo propietario hasta haber pasado la ITV
buscacosas dijo:Hola ramones:
Pues yo creo que el estar al dia con la ITV, es un dato que comprueban en Trafico a la hora de cambiar de propietario.
Esto es que con la ITV NO pasada NO se puede hacer la transferencia (yo, todos los vehiculos que he transferido, y te aseguro que han sido unos cuantos tenian la ITV al dia) .
De todas formas para asegurarte, consultalo en la Delegacion de Trafico de tu provincia.
Saludos