Consulta Técnica Se pueden llevar los faros auxiliares encendidos?

lRafita

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Buenas tardes. Podemos llevar los faros auxiliares led en mi caso en la Adventure encendidos sin problemas? En el conce me dicen que son legales llevarlos encendidos. Pero hay tantas cosas que dicen en el conce...

Alguien sabe algo a ciencia cierta?

Un saludo
 
No. Solo en caso de niebla, lluvia intensa, granizado, o similar, es decir, en condiciones climatológicas adversas.
También te digo que yo las he puesto alguna vez en carreteras de doble sentido con poca luz por mi seguridad, para ser más visto, sabiendo que no deslumbran

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No, solo en situaciones de mal tiempo. He leído algún caso de denuncias en otras motos con el mismo tipo de faro auxiliar
 
Yo siempre puestas.
Es una multa q pagaré con gusto. Creo q todo lo q sea aumentar visibilidad es imprescindible y si tengo esa posibilidad la usaré al máximo.

Me ha parado la GC en controles de documentación y no me han dicho nada nunca.
 
La verdad es que llama mucho mucho mas la atencion, si te cruzas con una moto que las lleve encendidas, que si lo haces con otra que no las lleve
Asi que me parecen muy utiles.
Perooooo... legalmente no se pueden llevar encendidas ( solo en el caso que han comentado los compañeros) por ser consideradas tecnicamente como anti nieblas. Si las denominaran auxiliares de cruce, por ejemplo, ya no seria una falta sancionable.
 
Legalmente no se debe a menos que sea por motivos climatológicos pero para mí son imprescindibles para conducir por la noche, aumenta el radio de luz de los laterales a pocos metros y para mí es un punto de seguridad bestial.
 
en el manual de la moto especifica que es para usar con condiciones adversas, niebla, etc,
 
Te puedo asegurar, que en niebla o malas condiciones, he rodado con ellas y he tenido que quitarlas, pues se ve mucho peor. Son luces adicionales, no antinieblas.

Yo, al igual que muchos compañeros, las llevo puestas casi siempre. El truco está en llevarlas bien, es decir, que no deslumbren a los demás. Yo las llevo un pelín por debajo de las cortas, y así me aseguro que no molesten. Cuando las tengo mal colocadas, si es cierto que me han llamado la atención, pero cuando las tengo bien ajustadas, me he cruzado varias veces con la GC y nunca me han dicho nada.

Parece una tontería, pero parece que te respeten mucho mas con las luces encendidas.
 
El reglamento es clarísimo. De día luz de cruce encendida obligatoria. Puedes reemplazarla por las luces de día de origen (anda que no les ha costado aceptarlo).

Y si llevas antinieblas, las pones cuando ha niebla, lluvia intensa o cualquier otra circunstancia que dificulte la visibilidad...

La GC de tráfico tiene hace tiempo una instrucción que dice no denunciar por temas de luces, salvo casos flagrantes de ofensa a la razón lumínica, dejando en manos de la ITV la obligación de vigilar por el uso de luminarias legales.

Esta instrucción surgió por el tema de las dudas con las DayLIghts...

Manuel
 
¿O sea que ya está permitido por ley llevar solo las diurnas?

Está publicada en este foro la circular a las unidades de la agrupación de tráfico sobre este tema, que indica no denunciar el uso de las luces de día durante el día como alternativa a la preceptiva luz de cruce...

M
 
La semana pasada me paró la Guardia Civil en un control rutinario y llevaba las luces antiniebla encendidas..., de hecho, siempre las llevo porque considero que la moto es más visible en carretera. Bueno las llevo también algo bajas para no deslumbrar. Pues bueno, el agente me indicó que solo podría llevarlas encendias en caso de niebla, lluvia o carreteras muy entrecortadas de curvas" ? " y me indicó que si no quería pagar 200€ de multa, que circulara con ellas apagadas. No me multó pero me acojono y desde entonces las llevo apagadas:_(:_(
 
Yo siempre puestas.
Es una multa q pagaré con gusto. Creo q todo lo q sea aumentar visibilidad es imprescindible y si tengo esa posibilidad la usaré al máximo.

Me ha parado la GC en controles de documentación y no me han dicho nada nunca.
+1
 
Una cosa es no denunciar por llevar las luces de día en vez de la luz de cruce, y otra cosa es no denunciar/amonestar por llevar las luces de niebla cuando no son necesarias, ojo...

Manuel
 
El reglamento es clarísimo. De día luz de cruce encendida obligatoria. Puedes reemplazarla por las luces de día de origen (anda que no les ha costado aceptarlo).

Y si llevas antinieblas, las pones cuando ha niebla, lluvia intensa o cualquier otra circunstancia que dificulte la visibilidad...


La GC de tráfico tiene hace tiempo una instrucción que dice no denunciar por temas de luces, salvo casos flagrantes de ofensa a la razón lumínica, dejando en manos de la ITV la obligación de vigilar por el uso de luminarias legales.

Esta instrucción surgió por el tema de las dudas con las DayLIghts...

Manuel

Que raro que en españa que se aplique la lógica de vez en cuando....

Por cierto, tenía entendido que las viseras oscuras y/o cromadas estaban tambien en el límite de lo legal.
Hace un par de semanas por zaragoza provincia, todos los GC que me crucé en moto llevaban viseras cromadas....
 
Que raro que en españa que se aplique la lógica de vez en cuando....

Por cierto, tenía entendido que las viseras oscuras y/o cromadas estaban tambien en el límite de lo legal.
Hace un par de semanas por zaragoza provincia, todos los GC que me crucé en moto llevaban viseras cromadas....
Tu puedes llevar viseras ahumadas hasta un porcentaje que no me acuerdo cuanto era.....pero como caiga la tarde y no la lleves transparente si que pueden multarte. Tampoco que multan por llevar gafas de sol bajo el casco, pero como te paren con poca luz y lleves las gafas ye pueden multar. Es por seguridad, visibilidad siempre en las mejores condiciones.

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Seguro que lo entiende, pero el reglamento es lo que pone .....
Hay cantidad de cosas en esta vida que aun teniendo logica, las normas dicen justo lo contrario
 
Yo las uso con niebla, con lluvia fuerte y en carreteras secundarías con malas condiciones de visibilidad. Si me multan en cualquiera de estos casos, pagaré a gusto.
 
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