Las sociedades de inversión de capital variable, conocidas comúnmente por su acrónimo sicav, son el más criticado privilegio impositivo. Una sociedad anónima que sólo aporta a las arcas públicas el 1% de su ganancia de valor frente al 30% (25% las pymes) que pagan las demás por sus beneficios. Para ser constituida obliga a una inversión mínima de 2,4 millones de euros, es decir, no apta para la mayoría de los bolsillos. Pero, además, han falseado sus condiciones y requisitos, lo que es un hecho no sólo generalizado sino conocido y permitido.Primero: para constituir una sicav es necesario tener, al menos, cien partícipes (socios). El propietario de una gran fortuna acude a una gestora (banco de inversión, etc.) que le aporta los datos, firmas, etc. de 99 personas para que llegue al mínimo de titulares exigido. A esos 99 partícipes, que no se apellidan Koplowitz ni Almodóvar pero aparecen junto a ellos como socios de una sicav, se les llama los mariachis.Segundo: los fondos en los que pueden invertir ciudadanos de a pie los lleva un gestor y los partícipes que ponen dinero no intervienen en las decisiones de inversión. En las sicav elpropietario de la gran fortuna puede tener el 99,99% de la sociedad y los demás, el 0,01%. El primero decide.Tercero: se dice que una sicav es un instrumento para diferir impuestos (retrasar en el tiempo su pago) porque sólo se paga IRPF cuando se deshace parte de la inversión, es decir, se venden títulos en los que se había invertido y se obtiene una ganancia (plusvalía). En ese caso, tributaría como renta de capital, es decir, al 19% o 21% (aunque lo normal es reinvertir y así no pagar). Hasta hace un año, los propietarios de las sicav tenían un truco más para no pagar ni siquiera cuando convertían en efectivo sus inversiones: reducían capital en la sociedad, en lugar de efectuar una operación de reparto de beneficio, pues es una operación generalmente exenta, con lo que esquivaban el pago en el IRPF. En septiembre de 2010, el Gobierno modificó la normativa para cerrar esa vía de escape.Cuarto: las sicav sólo pueden invertir en activos financieros (acciones, deuda, etc). Expertos fiscalistas comentan que, en la práctica, un millonario que quiere una mansión, un yate, un avión privado, no lo compra directamente, sino mediante una sociedad, que aparece como propietaria. Luego la sicav adquiere las acciones de esa sociedad, ahorrándose el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o el IVA.