Si me permitís alguna puntualización
El abogado de elección propia, en el caso de que tengas esa posibilidad en la póliza (que suele estar), no lo paga la compañía, te dará una cantidad ya fijada para ello, pero puede que no cubra toda su minuta; quiero decir, que si en la póliza te pone abogado de elección hasta 500 euros, eso es lo que la compañía le pagaría, pero si el cobra 1.000 euros la diferencia es tuya
Respecto a los daños, no es lo mismo día impeditivo que día de baja laboral, no van parejo porque por esa regla de tres los que no curran no cobrarían; son días en los que no has podido realizar tus quehaceres habituales y que ahora tienen otra denominación ´(perjuicio personal básico, moderado, grave y muy grave) con una cuantía distinta (entre 30 y 100 euros) y que tiene un carácter bastante subjetivo, es decir, lo que para ti es moderado para otro (el contrario) puede ser básico
Yo lo único que recomiendo es que no te pongan en manos de las compañías para nada, ni la propia y menos la ajena; la determinación de los días vendrá fijada por la fijación definitiva de las lesiones que se convierten en secuelas, es decir y para que se entienda, un dolor en un brazo no puede eternamente, duele 5 días, por ejemplo, y a partir de ahi es un dolor crónico y con ello una secuela. Las compañías van a querer limitarte al máximo los días impeditivos referidos así que si vas a sus médicos o dejas que sus fisios te traten, en cuatro días te dirán que estás perfecto
Si me permites, busca un abogado, si tiene experiencia en el tema tendrá también profesionales médicos con los que trabaja y aseguras tus derechos.