150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!   AHORA SON 300 €

BIGGY

Allá vamos
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Pues eso... que ayer en un viaje de trabajo con el coche de la empresa me sancionaron con 4 puntitos....   :'(  y 150 €...   Diferencia de opiniones....

La sanción fue porque empece a adelantar a un camión en una carretera que terminaba en curva hacia la izquierda y la carretera se perdía detrás de un terraplen...  pues nada que miro, no viene nadie y empiezo a adelantar al camión y cuando estaba a la altura de la cabina del camión pues detras de la curva aparecio un coche de la Guardia Civil circulando en sentido contrario....   reducción, acelerón, paso al camión y a mi carril....   Todo dentro de la linea discontinua y antes de cruzarme con el vehículo en dirección contraria....    (El coche de la GC se hizo a un lado por si acaso.....    

Pues unos Km despues me intercepto el coche de la GC..  el agente y yo comentamos muy amablemente el  adelantamiento... El agente comentaba que debía de haber abortado el adelantamiento al verle...  y yo decia que estaba a la altura de la cabina del camión y que vi más seguro terminar de adelantar que pegar el frenazo y dejar que pasara el camión para meterme de nuevo detras de este.... que cuando empecé a adelantar las condiciones eran seguras para iniciar el adelantamiento....  El agente comento que incluso la señalización que estaba puesta ( Permitido adelantar) quizas estubiera mal colocada, pero que el lo consideraba una acción peilgros ....  Distintos criterios....     En fin...  lo dicho que 4 puntitos...y 150 €... que por cierto ya me llegará la notificación a casa porque se les estropeó no se que aparato....

Venian conmigo 2 compañeros de trabajo y no se creían que por eso me pudieran sancionar..... para ellos el adelantamiento fué seguro y no una acción peligrosa que obligara al vehículo contrario a frenar....

Creo que nada que pueda alegar en mi favor...   solo son distintas opiniones de ver una misma acción......

Por cierto también me sancionaron porque el agente no consideró que una fotocopia compulsada por un ayuntamiento fuera válida como documento acreditativo de la Tarjeta de Inspección Técnica de vehiculos y por el Permiso de Circulación...  En fin 7 € por cada uno de los documentos....  Eso ya lo ha recurrido la empresa...  

Solo tenía que desahogarme....    

Ale a seguir bien....


18-4:  Modifico el título del post....    la multa es de 300 € y el agente me dijo 150 €.....       >:(
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Buenas,

como bien dices, no creo que puedas alegar nada, puesto que siendo tu palabra contra la suya la que cuenta es la de ellos, o sea que eso de la presuncion de inocencia.....

Salut i Vsss
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

ademas como es algo que queda a la interpretacion del agente..... pues no hay nnada que hacer :-? :-?
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Lo único que se me ocurre es que recurras y cites a los testigos que llebabas en el coche, pero no creo que puedas hacer nada.

Yo creo que "el poder notarial" del que disponen los agentes debería cambiar un poco, porque aunque tengamos la conviccion de que los agentes obran de buena fe, no veo lógico que su palabra valga mas que la tuya y la de 5 personas mas.

Hombre tampoco que su palabra no valga nada, porque al fin y al cabo son la autoridad, pero no se, que se pueda recurrir de alguna manera y que el recurso no vaya a la papelera directamente....

Todos sabemos que la GC en moto muchas veces circulan con el System IV abierto, cuando está prohibico ( bueno yo tambien lo hago ;) ) pero imaginaros que se le ocurre a alguien denunciarlo......
de verdad alguien cree que esa denuncia sirve para algo?.
En cambio si es al revés, si el agente te denuncia por ello, te toca pagar.

O si te estas rascando la oreja y un agente dice que estabas hablando por el móvil.......a pagar.

Pero bueno, con el futbol pasa parecido, si el arbitro dice que es penalti, lo es......

Saludossssssssss
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

En las denuncias administrativas los agentes tiene presunción de veracidad asi que lo tienes un poco dificil.
Si tuviste que bajar una marcha para terminar en condiciones seguras el adelantamiento es que lo viste un poco apurado ¿no?. Yo reduzco antes de empezar o lo hago con las misma velocidad que llevo pero hacerlo en mitad del adelantamiento significa que estaban más cerca de lo previsto.
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Hola....

La verdad es que no creo que recurra porque no tengo nada que hacer.... Lo único que me queda es que la multa venga con un defecto de forma, error el en Km de la carretera, el sentido o algo así...

Lo se ponerlo en el foro... más que nada por desahogarme un poco...

Ale, a seguir bien...
 
Re: 150 [ch8364] Y 4 PUNTOS....!!!!!

El reglamento general de circulación dice:

SECCIÓN 3; EJECUCIÓN DEL ADELANTAMIENTO

ARTÍCULO 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra

1. Durante la ejecución del adelantamiento, el conductor que lo efectúe deberá llevar su vehículo a una velocidad notoriamente superior a la del que pretende adelantar y dejar entre ambos una separación lateral suficiente para realizarlo con seguridad (artículo 34.1, del texto articulado).

2. Si después de iniciar la maniobra de adelantamiento advirtiera que se producen circunstancias que puedan hacer difícil la finalización del mismo sin provocar riesgos, reducirá rápidamente su marcha y regresará de nuevo a su mano, advirtiéndolo a los que le siguen con las señales preceptivas (artículo 34.2 del texto articulado).

3. El conductor del vehículo que ha efectuado el adelantamiento deberá reintegrarse a su carril tan pronto como le sea posible y de modo gradual, sin obligar a otros usuarios a modificar su trayectoria o velocidad y advirtiéndolo a través de las señales preceptivas (artículo 34.3 del texto articulado).

4. Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario.

Cuando el adelantamiento se efectúe a cualquier otro vehículo distinto de los aludidos en el párrafo anterior, o tenga lugar en poblado, el conductor del vehículo que ha de adelantar dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.

5. El conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda adelantar fuera de poblado a otro cualquiera lo hará de forma que entre aquél y las partes más salientes del vehículo que adelanta quede un espacio no inferior a 1,50 metros.

6. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.


Yo creo que la clave de la cuestión está en la interpretación de la frase Si después de iniciar la maniobra de adelantamiento advirtiera que se producen circunstancias que puedan hacer difícil la finalización del mismo sin provocar riesgos.... No parece que el reglamento obligue a abortar la maniobra en todos los casos, lo deja a juicio del conductor, si tú argumentas que juzgaste que habías sobrepasado ya el punto en el que suponía menos riesgo finalizar la maniobra que abortarla y aludiendo al hecho de que efectivamente se hizo sin más incidencias, yo creo que tienes posibilidades de que te quiten la sanción.

Ale, saludos!
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Gracias por el comentario SWarrior... Aún no se si la reclamaré....

Ya os diré algo...

Ale, a seguir bien...
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

SWarrior dijo:
El reglamento general de circulación dice:

SECCIÓN 3; EJECUCIÓN DEL ADELANTAMIENTO

ARTÍCULO 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra

1. Durante la ejecución del adelantamiento, el conductor que lo efectúe deberá llevar su vehículo a una velocidad notoriamente superior a la del que pretende adelantar y dejar entre ambos una separación lateral suficiente para realizarlo con seguridad (artículo 34.1, del texto articulado).

2. Si después de iniciar la maniobra de adelantamiento advirtiera que se producen circunstancias que puedan hacer difícil la finalización del mismo sin provocar riesgos, reducirá rápidamente su marcha y regresará de nuevo a su mano, advirtiéndolo a los que le siguen con las señales preceptivas (artículo 34.2 del texto articulado).

3. El conductor del vehículo que ha efectuado el adelantamiento deberá reintegrarse a su carril tan pronto como le sea posible y de modo gradual, sin obligar a otros usuarios a modificar su trayectoria o velocidad y advirtiéndolo a través de las señales preceptivas (artículo 34.3 del texto articulado).

4. Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario.

Cuando el adelantamiento se efectúe a cualquier otro vehículo distinto de los aludidos en el párrafo anterior, o tenga lugar en poblado, el conductor del vehículo que ha de adelantar dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.

5. El conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda adelantar fuera de poblado a otro cualquiera lo hará de forma que entre aquél y las partes más salientes del vehículo que adelanta quede un espacio no inferior a 1,50 metros.

6. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.


Yo creo que la clave de la cuestión está en la interpretación de la frase Si después de iniciar la maniobra de adelantamiento advirtiera que se producen circunstancias que puedan hacer difícil la finalización del mismo sin provocar riesgos.... No parece que el reglamento obligue a abortar la maniobra en todos los casos, lo deja a juicio del conductor, si tú argumentas que juzgaste que habías sobrepasado ya el punto en el que suponía menos riesgo finalizar la maniobra que abortarla y aludiendo al hecho de que efectivamente se hizo sin más incidencias, yo creo que tienes posibilidades de que te quiten la sanción.

Ale, saludos!

El problema es que se trata de un criterio subjetivo y el agente opina que debía abortar. Con esos argumentos no sé lo que ocurriría ante un juez, si se diera el caso.
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

pedrogv dijo:
Buenas,

como bien dices, no creo que puedas alegar nada, puesto que siendo tu palabra contra la suya la que cuenta es la de ellos, o sea que eso de la presuncion de inocencia.....

Salut i Vsss

La presuncion de inocencia es un principio y una garantia en el procedimiento penal, no tiene nada que ver con el administrativo...
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Chin dijo:
Lo único que se me ocurre es que recurras y cites a los testigos que llebabas en el coche, pero no creo que puedas hacer nada.

Yo creo que "el poder notarial" del que disponen los agentes debería cambiar un poco, porque aunque tengamos la conviccion de que los agentes obran de buena fe, no veo lógico que su palabra valga mas que la tuya y la de 5 personas mas.

Hombre tampoco que su palabra no valga nada, porque al fin y al cabo son la autoridad, pero no se, que se pueda recurrir de alguna manera y que el recurso no vaya a la papelera directamente....

Todos sabemos que la GC en moto [highlight]muchas veces circulan con el System IV abierto, cuando está prohibico[/highlight] ( bueno yo tambien lo hago  ;) ) pero imaginaros que se le ocurre a alguien denunciarlo......
de verdad alguien cree que esa denuncia sirve para algo?.
En cambio si es al revés, si el agente te denuncia por ello, te toca pagar.

O si te estas rascando la oreja y un agente dice que estabas hablando por el móvil.......a pagar.

Pero bueno, con el futbol pasa parecido, si el arbitro dice que es penalti, lo es......

Saludossssssssss


Qué está prohibido circular con el casco abierto?????  :eek: :eek:  Y eso dónde lo pone???? Porque en el Reglamento General de Circulación no lo menciona  ;)

Antes de hacer afirmaciones hay que estar seguros  ;)

Salu2 desde la Costa del Sol  :cool:
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

CITA:
"La sanción fue porque empece a adelantar a un camión en una carretera que terminaba en curva hacia la izquierda [highlight]y la carretera se perdía detrás de un terraplen[/highlight]...  pues nada que miro, no viene nadie y empiezo a adelantar al camión y cuando estaba a la altura de la cabina del camión pues detras de la curva aparecio un coche de la Guardia Civil circulando en sentido contrario....   reducción, acelerón, paso al camión y a mi carril....   Todo dentro de la linea discontinua y antes de cruzarme con el vehículo en dirección contraria....    (El coche de la GC se hizo a un lado por si acaso.....  ""  

Sin querer pinchar, creo que la clave de la supuesta infracción es por adelantar sin que se disponga de espacio libre suficiente para realizarlo con seguridad, ya que según describes aunque hay línea discontinua la visión de la carretera se pierde tras un terraplén (cambio de rasante), con lo cual no es un lugar seguro para adelantar a un camión. Y viendo lo visto se confirma lo que digo.

Salu2 desde la Costa del Sol  :cool:
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Si lo dice el guardia, date por jodido.
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Gracias por los comentarios....

Estoy seguro que el agente tiene suficientes motivos para sancionarme según su punto de vista, pero comentando con él, le indicaba que bajo mi punto de vista era más seguro terminar el adelantamiento que frenar y quedarme en el carril contrario sin velocidad "esperando" a que pasaran los 10 metros de camión que ya llevaba adelantados...

Bueno, pues cuando me llegue la sanción ya os contaré.... A fecha de hoy no creo que reclame nada...

Ale, a seguir bien.
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

cobra dijo:
[quote author=Chin link=1235036646/0#3 date=1235129402]Lo único que se me ocurre es que recurras y cites a los testigos que llebabas en el coche, pero no creo que puedas hacer nada.

Yo creo que "el poder notarial" del que disponen los agentes debería cambiar un poco, porque aunque tengamos la conviccion de que los agentes obran de buena fe, no veo lógico que su palabra valga mas que la tuya y la de 5 personas mas.

Hombre tampoco que su palabra no valga nada, porque al fin y al cabo son la autoridad, pero no se, que se pueda recurrir de alguna manera y que el recurso no vaya a la papelera directamente....

Todos sabemos que la GC en moto [highlight]muchas veces circulan con el System IV abierto, cuando está prohibico[/highlight] ( bueno yo tambien lo hago  ;) ) pero imaginaros que se le ocurre a alguien denunciarlo......
de verdad alguien cree que esa denuncia sirve para algo?.
En cambio si es al revés, si el agente te denuncia por ello, te toca pagar.

O si te estas rascando la oreja y un agente dice que estabas hablando por el móvil.......a pagar.

Pero bueno, con el futbol pasa parecido, si el arbitro dice que es penalti, lo es......

Saludossssssssss


Qué está prohibido circular con el casco abierto?????  :eek: :eek:  Y eso dónde lo pone???? Porque en el Reglamento General de Circulación no lo menciona  ;)

[highlight]Antes de hacer afirmaciones hay que estar seguros [/highlight];)

Salu2 desde la Costa del Sol  :cool:
[/quote]

Cobra, no es que esté prohíbido, es que el casco no está HOMOLOGADO para circular con él abierto. A pesar de eso (ahora estoy en la oficina y no puedo buscarlo) trataré de buscarlo.

A pesar de todo, no hay que ser tan taxativos, no te parece? Por que lo mismo se te puede aplicar a tí... seamos un poco más permisivos, recordad que estamos charlando distendidamente, no? ;)

Un saludo
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

El system IV ( y supongo que tambien el system V ) no estan homologados para vender en USA.

Por lo menos en las instrucciones de mi casco ( si esas que nadie lee ;D ) así lo indica.

No se exactamente si esta prohibido circular con los abatibles abiertos bmw o con todos, pero lo que si se es que con mi casco y con los de la GC ( que es el mismo ) te pueden sancionar si lo llevas abierto.

Otra cosa es que sean tan estrictos, claro. ;)

Saludosssssssssss
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Chin dijo:
El system IV ( y supongo que tambien el system V ) no estan homologados para vender en USA.

Por lo menos en las instrucciones de mi casco ( si esas que nadie lee  ;D ) así lo indica.

No se exactamente si esta prohibido circular con los abatibles abiertos bmw o con todos, pero lo que si se es que con mi casco y con los de la GC ( que es el mismo ) te pueden sancionar si lo llevas abierto.

Otra cosa es que sean tan estrictos, claro. ;)

Saludosssssssssss

Saludos Chin, Con este dialogo no pretendo hacer polémica alguna, conste ;)

En USA están prohibidos los castos abatibles. Sus motivos tendrán. Afortunadamente aquí no.

Tengo un Sistem IV que lo llevo siempre con el kit BMW que tapa los discos laterales para cuando quitas el mentón. Y así está homologado. Es el mismo casco pero sin mentonera. Por lo que si el casco puede ser utilizado con mentón y sin él, puede ser utilizado con la mentonera arriba. Máxime que en el Reglamento General de Circulación no hace mención alguna a este caso de cascos abatibles.

Con estos argumentos además de que no te deben sancionar, caso de que ocurriese (lo dudo), vía recurso no prosperaría. Así de claro lo veo yo. Pero no tengo el poder de la verdad absoluta... ;D

Lo dicho, buen royo y... Salu2 desde la Costa del Sol :cool:
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

cobra dijo:
[quote author=Chin link=1235036646/15#15 date=1236760841]El system IV ( y supongo que tambien el system V ) no estan homologados para vender en USA.

Por lo menos en las instrucciones de mi casco ( si esas que nadie lee  ;D ) así lo indica.

No se exactamente si esta prohibido circular con los abatibles abiertos bmw o con todos, pero lo que si se es que con mi casco y con los de la GC ( que es el mismo ) te pueden sancionar si lo llevas abierto.

Otra cosa es que sean tan estrictos, claro. ;)

Saludosssssssssss

Saludos Chin, Con este dialogo no pretendo hacer polémica alguna, conste  ;)

[highlight]En USA están prohibidos los castos abatibles. Sus motivos tendrán[/highlight]. Afortunadamente aquí no.

Tengo un Sistem IV que lo llevo siempre con el kit BMW que tapa los discos laterales para cuando quitas el mentón. Y así está homologado. Es el mismo casco pero sin mentonera. Por lo que si el casco puede ser utilizado con mentón y sin él, puede ser utilizado con la mentonera arriba. Máxime que en el Reglamento General de Circulación no hace mención alguna a este caso de cascos abatibles.

Con estos argumentos además de que no te deben sancionar, caso de que ocurriese (lo dudo), vía recurso no prosperaría. Así de claro lo veo yo. Pero no tengo el poder de la verdad absoluta...  ;D

Lo dicho, buen royo y... Salu2 desde la Costa del Sol  :cool:[/quote]

Tienen coj----s estos americanos.
Hay estados en los que no es obligatorio el casco, y resulta que prohiben los modulares ???

Vsssssssssss
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

No se exactamente si esta prohibido circular con los abatibles abiertos bmw o con todos, pero lo que si se es que con mi casco y con los de la GC ( que es el mismo ) te pueden sancionar si lo llevas abierto.

Hola a todos:

Como han comentado antes, en el codificado de infracciones de tráfico no figura ningún artículo el cual prohiba circular con el casco modular abierto, únicamente se hace mención a circular sin él o que no sea adecuada la forma de usarlo , refiriéndose este último a llevarlo desabrochado.En mi caso tengo un schubert modular y en las instrucciones no me indica la prohibición de circular con este abierto, únicamente hacen referencia a que a alta velocidad la mentonera junto con la pantalla puede salir disparada hacia atrás. Pensad que entonces los cascos jet también estarían prohibidos, ¿no?, es lo que más se asemeja a llevar abierto el casco modular.

Un saludo y v´ssssssss.
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Lo ideal sería ver el boletin de denuncia para saber exactamente la acción denunciada, de todas formas en cuanto a la veracidad del agente hay un articulo que dice<.

Art. 76 sobre la presunción juridica de veracidad del Agente, hemos de señalar que esta no ha de estar exenta de un componente de objetividad.

Por eso digo de ver el boletin de denuncia, si no refleja que en ningún momento se sobrepaso la linea discontinua y la dificil apreciación del nivel de peligro que entrañaba la maniobra, estaremos admitiendo la posibilidad de subjetividad y por tanto inexactitud de la denuncia.

Saludos
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Hola RaTero....

Lo que me mosquea es que no me entrego boletín de denuncia del adelantamiento, y si me entrego boletin de denuncia en soporte informatico de no considerar como documentación valida las fotocopias compulsadas por un ayuntamiento de la documentación del vehículo....

Del adelantamiento como infracción no me entregó boletín.... ¿ No debería entregármelo aunque fuera relleno a mano...?

Un saludo

Ale, a seguir bien...
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Las fotocopias compulsadas son documentos oficialmente válidos, sino para que se hacen?, si te denuncian por este motivo con un pliego lo tienes ganado. En cuanto al adelantamiento, si no tienes denuncia, pues no te preocupes, en caso de que te llegue, haces un pliego de descargo, en primer lugar por no haberte informado y entregado la denuncia en ese momento, pues como queda demostrado te paro y te hizo entrega de la denuncia anterior en formato informático, su obligación es darte la copia del boletin de denuncia en ese momento, y segundo le aplicas el art. 76 en el pliego, alegando que seguistes efectuando el adelantamiento ya que estabas a una altura del camión que era mas peligroso abortar el adelantamiento que terminarlo.

Un saludo ;)
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Gracias por tu comentario...

Las denuncias por el bastanteo de la documentación del vehículo ya están presentadas (lo hace directemente la empresa de renting del coche) En cuanto a la sanción del adelantamiento es verdad que no me entregaron boletín de denuncia.. y de eso llevo de testigos a mis compañeros de trabajo....

Así que a esperar a ver si llega la sanción a casa.... y despues a recurrir....

Lo dicho que gracias y ya os dire como sigue el culebrón....

Ale, a seguir bien
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Si como dices, empezaste adelantar en un lugar en le que no pudiste ver al vehículo que se aproximaba en sentido contrario, entonces lo que tienes que hacer hincapié, en tu recurso si te llega la sanción (que no creo), es en esa circunstancia y si debería estar permitido el adelantamiento en ese lugar o todo se debe a una mala señalización de la vía.

Aportando para ello todo tipo de pruebas como fotografías del lugar
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

Hola a todos

Yo sigo esperando..... a ver si con un poco de suerte no llega nunca la notficación....

Hay varias cosas raras... como lo de que no me diera boletín de denuncia del adelantamiento y si de la documentación del vehículo "NO" compulsada......

Respecto a la señalización el propio agente me indicó que probablemente el tramo pudiera estar mal señalizado al permitir el adelantamiento en una zona donde había una perdida de visibilidad...

En fin... que seguimos con el culebrón...

Ale, a seguir bien...
 
Re: 150 € Y 4 PTOS..!!    AHORA 300 €

Pues nada que al final llegaron a casa las tres multas..    :-[
1º Por no presentar al agente el Permiso de circulación                         10 €
2º Por no presentar al agente la Tarjeta de Inspección Técnica               10 €


( Estas dos son porque el agente no consideraba que una fotocopia bastanteada por un ayuntamiento fuera considerada original....)   De estas dos sanciones me dieron el boletin de sanción cuando me pararon...  así que a reclamarlas junto con la compañía de renting dueña del vehículo...

3º  ( no la tengo aqui pero dice algo así como ) porque durante un adelantamiento el vehiculo que venia en sentido contrario tubo que variar su velicidad y/o desplazarse....    300 € de multa y 4 puntos....

DE ESTA SANCIÓN NO ME DIERON BOLETIN.....    ¿Se puede considerar defecto de forma por no entregarme ese boletin de denuncia y si los otros dos...?   Tengo 2 testigos que venían conmigo en el coche por si sirve de algo indicar que no me dieron boletin de sanción.....  

Según eso ( el no darme boletín de denuncia....)  no hubiera podido hacer el pago de la sanción con el descuento correspondiente y solo me entero cuando me llega a casa.....


En fin que un poco de ayuda no me vendría mal...     :-[


Muchas gracias...
 
Re: 150 € Y 4 PUNTOS....!!!!!

cobra dijo:
CITA:
"La sanción fue porque empece a adelantar a un camión en una carretera que terminaba en curva hacia la izquierda [highlight]y la carretera se perdía detrás de un terraplen[/highlight]...  pues nada que miro, no viene nadie y empiezo a adelantar al camión y cuando estaba a la altura de la cabina del camión pues detras de la curva aparecio un coche de la Guardia Civil circulando en sentido contrario....   reducción, acelerón, paso al camión y a mi carril....   Todo dentro de la linea discontinua y antes de cruzarme con el vehículo en dirección contraria....    (El coche de la GC se hizo a un lado por si acaso.....  ""  

Sin querer pinchar, creo que la clave de la supuesta infracción es por adelantar sin que se disponga de espacio libre suficiente para realizarlo con seguridad, ya que según describes aunque hay línea discontinua la visión de la carretera se pierde tras un terraplén (cambio de rasante), con lo cual no es un lugar seguro para adelantar a un camión. Y viendo lo visto se confirma lo que digo.

Salu2 desde la Costa del Sol  :cool:
Aquí parece estar la clave de todo. Hay muchas veces que está permitido adelantar en 50 mts. Y ¿cómo es posible? pues cuando hay un tractor, etc. Y ese criterio que hay que tener de si, además de la línea discontinua, estimo que es viable adelantar, pues lo hago.
Ahora, si como dicen en un post anterior, tienes que reducir y dar un pisotón es que te metiste en el cambio rasante y ahí ya no ves si viene alguien. Todo ello durante la maniobra de adelantamiento, pues es chungo.
Si llegas a ver venir a la GC de lejos seguro que no te sales, pero te pudiste encontrar de frente a cualquiera.
Todo ello sin perjuicio de que tengas suerte y puedas recurrir la sanción. Suerte! ;)
Nota: A mí, desde la M50 a tomar la R2 hacia Madrid, hay una curva de casi 1 km, fíjate lo abierta que es pero pone 90 primero y 70 después. La curva da para que se ponga a la izquierda un radar parado y más adelante la GC a la derecha. Cuando entras no ves a nadie, primero ves al radar y luego ves a la GC. Me pillaron hace dos años y 300 moscos + 1 mes de carné, que no me quitaron por "haber sido bueno" hasta entonces. Quiero decir con esto que iba a 120 km/h saliendo de una M50 nueva y a una R2 de peaje, lo comenté a los guardias, que sitios tiene España donde hacen falta má que aquí. Pero hay algo por encima de todo: las placas ponían 70 y yo iba a 120.
Moraleja: Estoy convencido de siempre que cada uno de los conductores no puede aplicar sus propios criterios. Las normas están para cumplirlas.
Joder, Yo también me he desahogado.
Salu2
 
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