A los abogados del foro sobre alquiler.

kubrick

Curveando
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Resulta que tengo un piso en propiedad destinado a alquiler. Hasta ahora el inquilino me había pagado religiosamente pero este mes parece que se resiste y me ha comentado que lo hará al mes que viene, por lo que le he prorrogado para que en el mes que viene me pague los dos meses juntos.

¿Alguien sabe si sigue sin pagar como puedo desahuciarle?
 
la unica solucion es acudir al juzgado a denunciar, ya que es un tema civil que solo se puede denunciar en el juzgado, en comisarias solo temas penales ;)

no se le puede hechar sin una resolucion judicial, no vayas a hacer como algun listo que ha entrado al piso, ha sacado todo y cambiado la cerradura, aunque sea de tu propiedad ese es SU domicilio y es inviolable, osea que no puedes entrar ;), espero que el mes que viene se arregle y quede en el susto, ten en cuenta que igual va justillo y espera a la paga doble, pero si el tema se va repitiendo.....pues tu mismo, que pase una vez vale, un mal momento lo tiene cualquiera :-/
 
Sin duda alguna que en un individuo que hasta ahora a pagado religiosamente durante casi más de un año le voy a dar tregua de un mes pero si no...
 
kubrick dijo:
  Sin duda alguna que en un individuo que hasta ahora a pagado religiosamente durante casi más de un año le voy a dar tregua de un mes pero si no...
Si pasado el periodo de "gracia" no te paga le haces un requerimiento y si aun así no paga un juicio para deshauciarlo, para ello tendrás que interponer una demanda civil, pues no puedes recuperar la posesión sin sentencia en la que que se declare resuelto el contrato por falta de pago, además del deshaucio tendrás quie reclamar las rentas que te ha dejado de abonar con los intereses correspondientes a menos que sea insolvente en cuyo caso date por satisfecho con recuperar la vivienda.salud2 ;)
 
marcos dijo:
la unica solucion es acudir al juzgado a denunciar, ya que es un tema civil que solo se puede denunciar en el juzgado, en comisarias solo temas penales ;)

no se le puede hechar sin una resolucion judicial, no vayas a hacer como algun listo que ha entrado al piso, ha sacado todo y cambiado la cerradura, aunque sea de tu propiedad ese es SU domicilio y es inviolable, osea que no puedes entrar ;), espero que el mes que viene se arregle y quede en el susto, ten en cuenta que igual va justillo y espera a la paga doble, pero si el tema se va repitiendo.....pues tu mismo, que pase una vez vale, un mal momento lo tiene cualquiera :-/

Un procedimiento civil se inicia siempre con demanda, nunca con denuncia; ésta es siempre penal. Por tanto, no puedes "denunciar" por la via civil.
Forma de proceder: comunicación fehaciente al inquilino y tras 4 meses, desahucio por fala de pago. Si desahucias sin requerimiento, el inquilino podrá pagar antes de la contestación a la demanda (enervación de la acción) y tema terminado, aunque con costas. Pero esto sólo lo puede hacer una vez, a la siguiente ya no la puede enervar.
 
Kubric, si la consulta la pones en temas legales, es más facil que la vea algún abogado, además hay varios en el foro.
 
no te pagara, iras al juez con la denuncia, pagara y te quedaras con cara de fabe y con 360 E menos que te va a cobrar el abogado, y asi hasta tres veces puede hacerlo, despues el juez puede ordenar algun tipo de acuerdo, como que le pagues si quieres echarlo 3 años del alquiler que te ha pagado a ti, o puede ordenar el deshaucio sin mas, pero si hay niños de por medio te va a costar una pasta y mucha paciencia
V,s
 
CHARLYE39 dijo:
no te pagara, iras al juez con la denuncia, pagara y te quedaras con cara de fabe y con 360 E menos que te va a cobrar el abogado, y asi hasta tres veces puede hacerlo, despues el juez puede ordenar algun tipo de acuerdo, como que le pagues si quieres echarlo 3 años del alquiler que te ha pagado a ti, o puede ordenar el deshaucio sin mas, pero si hay niños de por medio te va a costar una pasta y mucha paciencia
V,s
Estás equivocado.

La acción sólo se enerva una vez, y con costas.
De acuerdos, nada de nada.
Es irrelevante el que haya niños de por medio.
El procedimiento se inica con demanda, no con denuncia.
 
CHARLYE39 dijo:
no te pagara, iras al juez con la denuncia, pagara y te quedaras con cara de fabe y con 360 E menos que te va a cobrar el abogado, y asi hasta tres veces puede hacerlo, despues el juez puede ordenar algun tipo de acuerdo, como que le pagues si quieres echarlo 3 años del alquiler que te ha pagado a ti, o puede ordenar el deshaucio sin mas, pero si hay niños de por medio te va a costar una pasta y mucha paciencia
V,s

CHARLY te has quedado en la prehistoria de la LAU, jejejeje. HERBERT tiene razón sólo se puede enervar la acción de desahucio en una ocasión, y siempre y cuando no medie un requerimiento de pago con cuatro meses de antelación a la interposición de la demanda de desahucio, que si es solo de desahuicio se tramitará por el juicio verbal, y si acumulas la acción de reclamación de rentas, por el procedimiento que corresponda en función de la cuantía (si es superior a 3.000,- € por el procedimiento ordinario).

Quiero matizar que no basta con obtener sentencia de desahucio, sino que además es necesario ejecutarla. No vaya a ser que obtengas sentencia de desahucio, "te lies la manta a la cabeza" y entres en el inmueble. Necesitas ejecutar la sentencia o bien acreditar la entrega de llaves.

Por lo demás, imagino que si ha pagado sin problemas durante este tiempo, el inquilino habrá tenido algun apretoncillo, supongo que pagará tb sin problemas. Puedes aprovechar para negociar con él una garantía como el aval bancario. si cuela, fantástico, y si no, no pierdes nada.

Suerte

Vssssssssssssssssss
 
es mas a mi un amigo que tiene pisos en alquiler en galicia me ha dicho que en dos meses una vez que no ha pagado y lo ha puesto en conocimiento del juzgado, lo han desahuciado y le han hechado. yo lo tengo claro a menos que me ofrezca otras garantiasy sea de confianza si no paga al mes ya estoy presentando la demanda de desahucio. >:(
 
Surcribo todo lo dicho por Herbert, es correcto en todos los puntos, y añado que, yo le requeriría de pago mediante burofax y si se retrasa el segundo mes interpondría la correspondiente demanda de desahucio, lo más rápido posible, ya que la tramitación de un procedimiento de desahucio, en SS-Guipúzcoa, puede tardar más de 6 meses, y luego hay que tramitar la ejecución de sentencia y el lanzamiento del sujeto. En total de 7 a 8 meses, si todo va bien.

Si en el 1º procedimiento de desahucio, enerva la acción, pagando las rentas debidas, puede al mes siguiente, dejar de pagar (suele ser lo más común, ya que el inquilino habrá tenido que hacer frente al pago de las rentas atrasadas, intereses, y costas), con lo cual, tendrías que ir a un 2º procedimiento de desahucio, repitiéndose los plazos del párrafo anterior.

En fin cuando un inquilino deja de pagar, mal asunto. Espero que tengas suerte, saludos
 
eso si es verdad cuando un inquilino deja de pagar la cosa es jodida pues tienes qeu andar en pleitos y en gastos y encima te dejan la casa hecha un asco, despeus quiere la administracion que se alquilen viviendas si te tienen desamparado totalmente, en caso de impago en un mes o dos maximo deberia poder ponerlo de patitas en la calle y listo asi seguroquehabria mas alquilers en el mercado >:(
 
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