Estare yo equivocado...????

onil

Curveando
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Pues el caso es que me denunciaron en un pueblo por aparcar el camion en una calle sin ningun tipo de prohibicion de estacionamiento ni de na de na...mi camion estaba perfectamente alineado con la el bordillo a una distancia de pocos centimetros(entre 5 y 10)la calle era de doble sentido raya discontinua y entre mi camion y el bordillo del otro lado quedaba mas de 3.5 metros,la denuncia era segun un articulo que dice que no se puede aparcar en el centro de la calzada...articulo 91/2 creo recordar no lotengo delante ahora...el caso es que presente el recurso y ademas hable con el agente que me denuncio y con su superior...bueno del agente que me denuncio lo mas bonito que puedo decir de el es prepotente y chulesco....pero del cabo es que todavia estoy alucinando en colores,segun el cabo jefe del anterior mi vehiculo aunque deje un espacio de mas de 3.5 m al bordillo contrario esta ¡¡¡aparcado en el centro de la calzada!!!...el tio confunde centro de calzada con un carril ??? ??? ??? :eek: :eek: :eek: y por mas que trato de explicarle que yo estoy dentro de un carril de la cazada no en el centro de la misma lo maximo que llega a decirme es que presente el recurso que suma es quien tiene que decir quien tiene razon(parece ser que en los pequeños pueblos es suma quien se encarga del cobro o gestion) total que presente el recurso y ahora me viene ratificada la denuncia...pero es que el que la confirma vuelve a ser el mismo cabo jefe de puesto,ahora si vuelvo a presentar el recurso quien la revisa?? donde la presento??tengo que añadir algun elemento nuevo o puede ser el mismo recurso?en fin alguno de los estimados foreros que de esto entienden ¡¡¡¡socorrooooo!!!! ;D ;D ;D
 
Depende de la circunstancia de la via si que puedes estar en el centro de la calzada. Por ejemplo en vias de doble sentido separadas por una isleta en medio que parece una acera, es posible, puesto que hay dos calzadas. En vias que estan separados los sentidos por lineas longirudinales o marcas viales... solo hay una (eso lo explica la ley de tráfico y seguridad vial, en el apartado de definiciones ;)).
Habría que mirar el espacio que dejabas al resto de usuarios de tu sentido, porque al bordillo contrario dejabas 3'5 mts aproximadamente, pero ¿cuanto espacio había entre el camión y la linea longitudinal discontinua? porque es posible que estuvieras dificultando la circulación al resto de vehículos a los cuales obligabas a hacer una maniobra antireglamentaria, porque aunque sea discontinua no puedes llevarla entre las ruedas del coche ni tienes porqué circular en dirección contraria, con el añadido de que si hay circulación abundante en el sentido contrario, los vehículos que esperan para pasar porque no les dejas espacio generan una cola que puede ser abundante dependiendo del tipo de via.
En muchas poblaciones te puedes encontrar a la entrada de la localidad una señal de prohibición de estacionamiento a ciertos vehículos (por ejemplo camiones de cierto tonelaje).
 
A mi lo que me estraña, es que estubiese permitido el estacionamiento dentro del casco urbano del pueblo, en Sant Cugat, en los accesos al termino municipal, hay paneles informativos, con la señal y especificacion escrita, de la prohibicion de estacionamiento en toda la poblacion a camiones de mas de 3500kg y vehiculos de trasporte de personas de mas de 9 plazas, excepto en los lugares autorizados. El que no estuviese expresamente prohibido estacionar en el lugar, no quiere decir que se pueda hacer, tendrias que darnos unos cuantos datos mas ;) ;) ;) ;) ;) ;)
 
Efectivamente a la entrada de este pueblo hay una señalizacion de prohibicion de aparcar a camiones excepto en los lugares habilitados para ello pero no se me denuncia por eso hay que tener en cuenta que es dia de mercado(me dedico a la venta ambulante) y estan todos los camiones aparcados en los alrededores no puedes aparcar a las afueras del pueblo por que a lo mejor te has dejado genero en el camion y te hace falta a media mañana(estaba aparcado a menos de 50 metros de donde estaba yo si tanto molestaba solo era cuestion de decir que lo quitaramos,sabian que era del mercado...es un pueblo pequeño) la calle no pasan al final del dia ni 20 coches es una calle con bancales y alguna cochera en el lado que yo estaba(no tapaba ni una) y aparcamientos en bateria en el otro lado,en cuanto a lo de que hay que pisar raya al rebasar mi camion en ese caso practicamente no se podria aparcar en ninguna calle excepto en las avenidas principales que suelen ser muy anchas(de mi camion a la raya discontinua habria mas de 1.5 m)en el articulo 91 dice textualmente en el apartado(a):cuando la distancia entre el vehiculo y el borde opuesto de la calzada o una marca "longitudinal"(las comillas las pongo yo para recalcarlo)sobre la misma que indique prohibicion de atravesarla sea inferior a tres metros o,en cualquier caso,cuando no permita el paso de otros vehiculos.fin del apartado,luego en el apartado (e)se refiere a lo que me comentabais de las isletas o medianas:cuando se efectue en las medianas,separadores,isletas u otros elementos de canalizacion del trafico.fin.y ya por ultimo en el apartado por el que se me denuncia dice textualment(L):cuando el estacionamiento se efectue en medio de la calzada.fin.es que no se pero yo creo que lo dice muy corto conciso y claro "en medio de la calzada"se entiende que la calzada sera en todo caso la que en ese momento este el vehiculo estacionado ¿no? y si ni tiene medianas ni isletas ni nada de eso pues para eso esta el apartado(a).en fin contestadme por favor por que si no tengo razon pues tampoco es cuestion de perder el tiempo presentando descargos.gracias.
 
Tendria que ver el lugar exactamente, para poder valorar con total criterio profesional, pero por lo que expones, yo creo que el agente la a "cagado", se ha equivocado de concepto de denuncia, a mas a mas si existe la señalizacion que me indicas a la entrada de la poblacion, se ha complicado la vida aplicando un articulo erroneo. Lo que no entiendo es el tema que te ratifique la denuncia el Cabo responsable (aun que fuese el Jefe de Policia y actuase como instructor de los expedientes de los agentes), tendria que notificartelo el Ayuntamiento de la poblacion o en nombre de el, la empresa gestora de las denuncias, que supongo que sera esa que mencionas como "SUMA". Tendras que presentar nuevo recurso, indicando este tema, que se han equivocado en el concepto denunciado y que no entiendes el motivo que sea el Cabo responsable el que te hace la notificacion de desestimacion del recurso.
 
Totalmente de acuerdo. Si existe la señal a la entrada del pueblo... error de articulado.
 
yo me informaría si tienen la ejecutiva, o convenio con tyráfico o hacienda, por si un día te quitan el dinero del banco o te lo meten en la renta. si no es así, que le den por c...a la multa y ni te molestes en el recurso.
 
Entonces quiere decir que al estar la señal de prohibicion de estacionamiento a la entrada del pueblo para camiones no me pueden denunciar por ningun otro concepto que no sea ese?...pero yo imagino que la mejor argumentacion sigue siendo el que no es cierto que yo estaba estacionado donde ellos dicen ¿no?....el olvidarme y no pagar no lo puedo hacer ya que la pague para pagar el % menos por pronto pago y por que se que ahora se puede recurrir aunque este pagada. :-/ :-/ :-/
 
ahhh...por cierto,para mas jodienda,a los pocos dias eran fiestas en ese pueblo y por gusto me pase por esa calle¡¡estaba llena de coches!!y ni uno solo estaba denunciado...(hice fotos).
 
onil dijo:
Entonces quiere decir que al estar la señal de prohibicion de estacionamiento a la entrada del pueblo para camiones no me pueden denunciar por ningun otro concepto que no sea ese?...pero yo imagino que la mejor argumentacion sigue siendo el que no es cierto que yo estaba estacionado donde ellos dicen ¿no?....el olvidarme y no pagar no lo puedo hacer ya que la pague para pagar el % menos por pronto pago y por que se que ahora se puede recurrir aunque este pagada. :-/ :-/ :-/
Las denuncias se ponen dependiendo de la infracción que se comete. Si está prohibido el estacionamiento y estacionas, pues no te van a denunciar por parar si estas estacionado. Ahora que el agente se equivocó de codificado de infracción... es posible. A mi parecer intentó denunciarte por una infracción más grave que el estacionamiento por placa, de ahí que usara lo de estacionar en el centro de la calzada, que a la vista está (por lo que explicas) no es correcto puesto que no estas en el centro de la calzada, como mucho obligabas a otros usuarios a hacer maniobras antirreglamentarias u ocupabas todo el carril dificultando la circulación (serian las dos posibles infracciones a parte del estacionamiento por señal de prohibición). Yo veo un defecto de forma claro.
 
a mi entender hay un defecto de forma muy clara y consisa.
yo haria un recurso de alzada apuntando ese punto de defecto de forma.
 
vale gracias recurso presentado...ya veremos.gracias.
 
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