Motos en comisión de ventas

sirlosley

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Saludos...

Siempre ando mirando en el mercado de segunda mano, manías que tiene uno, y últimamente veo con demasiada asiduidad profesionales de la compra/venta de motocicletas que anuncian motos en venta con el sistema de comisión de venta, pero que:

1.- Puedes entregar tu moto como forma del pago
2.- El importe anunciado sube un tanto si la entregas.
3.- Como es comisión de venta, no hay garantía del profesional

Me llama la atención, que la comisión de ventas la tenga que pagar el comprador si entregas la moto como parte de la operación.
Porque, si entregas la moto como parte de la operación, es que el profesional te la está comprando para que tu tengas efectivo para pagarle la moto al particular que la tiene en gestión de venta con el profesional.

-Si en la operación de compra-venta, entregas tu moto al concesionario, el profesional te la tasa, te la compra y tu con ese dinero, que obviamente en la operación no ves, porque es inmediato, compras la moto al particular que la tiene en gestión de venta con el profesional, la que compras vale X+ cambio de nombre + la comisión que tiene que pagar el particular al profesional por la gestión de venta.

-Y sin embargo, si vas dos días antes, el profesional te tasa tu moto, te la compra, te la paga y dos días después tu vas a comprar la moto en gestión de venta, entonces no pagas esa comisión, si no que la paga el particular.

Si la moto vale 1000 y por la mía me das esos 1000, por qué tengo que sumarle 400 de la comisión de venta si lo hago todo a la vez?

Sigo sin entender ¿por qué?
 
Veamos: no se donde has mirado, yo llevo mis motos a una tienda que vende motos nuevas y de segunda mano en comisión de venta, ellos llevan una comisión si te venden la moto, pero es que dan un año de garantía al que la compra, por tanto entiendo perfectamente su comisión, ten en cuenta que la ley te obliga a dar garantía seas particular o profesional, por tanto si uno vende la moto por su cuenta estás obligado a dar garantía durante un año (ojo ya se que luego pueden pasar muchos imponderables), pero la ley obliga a ello, por tanto si yo dejo mi moto en un profesional el se hace cargo de dicha garantía, por tanto yo me olvido.
Luego entonces cada cual tiene que valorar que prefiere, en mi caso particular prefiero quitarme de historias de gente llamando y dando la brasa, para regatear o probar la moto, la dejo en un profesional de confianza, se lleva su comisión y yo me olvido. Cada uno decide que prefiere, pero el profesional está obligado a dar un año de garantía al igual que un particular.
 
Veamos: no se donde has mirado, yo llevo mis motos a una tienda que vende motos nuevas y de segunda mano en comisión de venta, ellos llevan una comisión si te venden la moto, pero es que dan un año de garantía al que la compra, por tanto entiendo perfectamente su comisión, ten en cuenta que la ley te obliga a dar garantía seas particular o profesional, por tanto si uno vende la moto por su cuenta estás obligado a dar garantía durante un año (ojo ya se que luego pueden pasar muchos imponderables), pero la ley obliga a ello, por tanto si yo dejo mi moto en un profesional el se hace cargo de dicha garantía, por tanto yo me olvido.
Luego entonces cada cual tiene que valorar que prefiere, en mi caso particular prefiero quitarme de historias de gente llamando y dando la brasa, para regatear o probar la moto, la dejo en un profesional de confianza, se lleva su comisión y yo me olvido. Cada uno decide que prefiere, pero el profesional está obligado a dar un año de garantía al igual que un particular.
Saludos...

El profesional tiene que dar mínimo un año, el particular no la tiene que dar, es inherente a la venta y solo por 6 meses para vicios ocultos. No son la misma, aunque lo parezca.

La realidad es que si la venden en comisión de venta, es una venta entre particulares, ahí el profesional solo actúa de intermediario y no debería dar garantía de la misma. Entiendo que se lleve una comisión por la venta, nada mas y en todo caso, por ello deba pagarle el particular que vende la moto.

Lo que no entiendo es que si el profesional aprovecha la operación o la facilita con la entrega de un vehículo, esa comisión la tenga que soportar el comprador, y no el particular que deja su moto en comisión de ventas.

Ahora, tampoco entiendo que tu dejes una moto en un profesional en comisión de venta, el profesional te la venda, tu le pagues una comisión y el profesional le de un año de garantía. En tu caso, la compraventa se hace entre particulares o entre profesional y particular?. Y quien establece el precio?

Mas lío aún, jaja.
Gracias por el aporte
 
Veamos: no se donde has mirado, yo llevo mis motos a una tienda que vende motos nuevas y de segunda mano en comisión de venta, ellos llevan una comisión si te venden la moto, pero es que dan un año de garantía al que la compra, por tanto entiendo perfectamente su comisión, ten en cuenta que la ley te obliga a dar garantía seas particular o profesional, por tanto si uno vende la moto por su cuenta estás obligado a dar garantía durante un año (ojo ya se que luego pueden pasar muchos imponderables), pero la ley obliga a ello, por tanto si yo dejo mi moto en un profesional el se hace cargo de dicha garantía, por tanto yo me olvido.
Luego entonces cada cual tiene que valorar que prefiere, en mi caso particular prefiero quitarme de historias de gente llamando y dando la brasa, para regatear o probar la moto, la dejo en un profesional de confianza, se lleva su comisión y yo me olvido. Cada uno decide que prefiere, pero el profesional está obligado a dar un año de garantía al igual que un particular.
Garantia entre particulares. 6 mesea. No es un año. Y hay seguros que te cubren esta garantia que has de dar. Para una rt2018 con 5 años y 25.000km el seguro de garantia es de 150€

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Cierto, entre particulares son 6 meses de garantia. Lo que veo es que no todos los compra-venta actuan del mismo modo.
En mi caso he vendido varias motos en comisión de venta, acordamos el precio y la comisión que ellos se llevan, dan un año de garantia al comprador (así trabajan donde hago estas operaciones), son serios totalmente.
Personalmente siempre perfecto y he cobrado la cantidad estipulada una vez vendida. Son ya varias las motos que he vendido así.
 
Cierto, entre particulares son 6 meses de garantia. Lo que veo es que no todos los compra-venta actuan del mismo modo.
En mi caso he vendido varias motos en comisión de venta, acordamos el precio y la comisión que ellos se llevan, dan un año de garantia al comprador (así trabajan donde hago estas operaciones), son serios totalmente.
Personalmente siempre perfecto y he cobrado la cantidad estipulada una vez vendida. Son ya varias las motos que he vendido así.
Saludos...
Pero, luego vas tú a firmar el contrato de compraventa? O se lo dejas firmado antes? O no hay contrato de compraventa?
Porque si venden en gestión de venta, venden por ti, debería ser una venta entre particulares,no? Ahí entiendo perfectamente la comisión. Y que la pague el particular vendedor.

Lo que me rechina es que estando en gestión de venta, no haya contrato de compraventa entre particulares y que si encima entregas la moto, tenga que pagar la comisión el comprador.
 
Yo he vendido casi todas mis motos con esa modalidad.
Me parece una buena forma de venderla y si no hay picaresca, bastante honesta.
Yo pido X por mi moto, la pongo en una tienda que se lleva una comisión por venderla. Ahí yo decido si meter esa comisión en el precio o se la sumo.
El dueño de la tienda a cambio me deja tener mi moto en su tienda, donde podrán verla en directo y decidir si la compran.
Si al final me la compran, el responsable de la garantía, entre particulares, soy yo.

Vamos, que básicamente es pagar una comisión a cambio de darle visibilidad a tu moto a través de la tienda y te quita la molestia de tener que convencer al posible comprador de lo bien que está la moto.

En mi caso, la tienda es bastante honesta. Recuerdo una vez que le llevaron una R1200RT y cuando llevaba allí unos días, el dueño se enteró que esa moto había tenido un accidente y se había reconstruido casi entera. Le hizo sacar la moto de su tienda, simplemente por no haberle avisado, porque como él decía, al final, es la reputación de su tienda la que está en juego.

SI no hay inventos raros, a mi me parece una buena forma de vender tu moto, mejor que tenerla en la cochera, donde no la ve nadie, más allá de los que la hayan visto en un anuncio en internet. No hay nada mejor que ver la moto en directo para enamorarte o no de ella. Ahora bien, si el dueño de la tienda es un pirata y empieza a inventar cosas raras para sacar más dinero del que ha pactado, se terminará pudriendo esa "simbiosis"
 
El particular que vende no esta obligado a dar garantía. El comprador tan sólo podrá reclamar averias o vicios ocultos que pudieran existir en el momento de la compra y durante 6 meses. Ojo que mucha gente se lía con este concepto. Y algo casi tan importante es destacar que será el comprador el que deberá demostrar el vicio oculto, que este existÍa en el momento de la compra, y que el vendedor era conocedor de ello, y lo vendía así, a mala fe. Otra cosa distinta sería que se ponga en el contrato de compraventa la existencia de esa avería y el precio vaya en consonancia.
 
Yo he vendido casi todas mis motos con esa modalidad.
Me parece una buena forma de venderla y si no hay picaresca, bastante honesta.
Yo pido X por mi moto, la pongo en una tienda que se lleva una comisión por venderla. Ahí yo decido si meter esa comisión en el precio o se la sumo.
El dueño de la tienda a cambio me deja tener mi moto en su tienda, donde podrán verla en directo y decidir si la compran.
Si al final me la compran, el responsable de la garantía, entre particulares, soy yo.

Vamos, que básicamente es pagar una comisión a cambio de darle visibilidad a tu moto a través de la tienda y te quita la molestia de tener que convencer al posible comprador de lo bien que está la moto.

En mi caso, la tienda es bastante honesta. Recuerdo una vez que le llevaron una R1200RT y cuando llevaba allí unos días, el dueño se enteró que esa moto había tenido un accidente y se había reconstruido casi entera. Le hizo sacar la moto de su tienda, simplemente por no haberle avisado, porque como él decía, al final, es la reputación de su tienda la que está en juego.

SI no hay inventos raros, a mi me parece una buena forma de vender tu moto, mejor que tenerla en la cochera, donde no la ve nadie, más allá de los que la hayan visto en un anuncio en internet. No hay nada mejor que ver la moto en directo para enamorarte o no de ella. Ahora bien, si el dueño de la tienda es un pirata y empieza a inventar cosas raras para sacar más dinero del que ha pactado, se terminará pudriendo esa "simbiosis"
Saludos...

Claro, yo también lo he hecho, creo que esa forma es muy acertada, porque estás pagando por la visibilidad de tu venta, como si eliges el pack " destacado" en wallapop 😁, pero sigue siendo venta entre particulares.
 
Saludos...

Claro, yo también lo he hecho, creo que esa forma es muy acertada, porque estás pagando por la visibilidad de tu venta, como si eliges el pack " destacado" en wallapop 😁, pero sigue siendo venta entre particulares.
Por supuesto. Es venta entre particulares.
Sobre el pack "destacado" de wallapop... pues no creo que sea lo mismo que tu moto salga de las primeras en fotos, que verla en directo. Ahí está la ventaja.
 
El particular que vende no esta obligado a dar garantía. El comprador tan sólo podrá reclamar averias o vicios ocultos que pudieran existir en el momento de la compra y durante 6 meses. Ojo que mucha gente se lía con este concepto. Y algo casi tan importante es destacar que será el comprador el que deberá demostrar el vicio oculto, que este existÍa en el momento de la compra, y que el vendedor era conocedor de ello, y lo vendía así, a mala fe. Otra cosa distinta sería que se ponga en el contrato de compraventa la existencia de esa avería y el precio vaya en consonancia.

Menos mal que alguien lo ha aclarado.

Solo un apunte: el vendedor es responsable AUNQUE DESCONOCIESE EL VICIO OCULTO EXISTENTE (siempre y cuando no se haya pactado otra cosa, claro), según el artículo 1485 del Código Civil.

Pero como bien dices, NO HAY GARANTÍA ENTRE PARTICULARES.
 
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