Multa circular arcén ,posibles recursos/pronto pago

hiplord99

Curveando
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Quería saber el importe por circular por el arcén ,los posibles recursos si alguien le ha prosperado y si hay algún tipo de descuento por pronto pago.
Según dicen hace años era 60€ luego 200€ con 50% por pronto pago y según comentan en otros foros ahora en Madrid 300€ Y 2 puntos(en la m30 de Madrid).
Gracias!
 
El Reglamento General de Circulación establece con respecto a los arcenes (subrayo la parte que te interesa):
ARCENES
Artículo 36 Conductores obligados a su utilización

1. Los conductores de vehículos de tracción animal, vehículos especiales con masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos, ciclos, ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida o vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada. Deberán también circular por el arcén de su derecha, o, en las circunstancias a que se refiere este apartado, por la parte imprescindible de la calzada, los conductores de aquellos vehículos cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos que, por razones de emergencia, lo hagan a velocidad anormalmente reducida, perturbando con ello gravemente la circulación.

En cuanto al tipo de infracción el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial considera en su artículo 76 como Infracciones graves:
c) Incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.

El tipo de sanción dice esta misma norma en su Artículo 80 que Las infracciones graves, serán sancionadas con multa de 200 euros.

Por último sobre el descuento: Artículo 94. Procedimiento sancionador abreviado.
Una vez realizado el pago voluntario de la multa, ya sea en el acto de entrega de la denuncia o dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación, concluirá el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:
a) La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción.

Espero haberte sido de ayuda...
 
El recurso te lo desaconsejo por tener escasas posibilidades de éxito. Si has cometido la infracción y te la han notificado convenientemente, yo pagaría con descuento.
 
Segun tengo entendio es "mejor" circular por el arcen que hacerlo entre coches, ya que hacerlo entre coches se considera conduccion temeraria y conlleva perdida de puntos. Al menos es lo que me han dicho, yo suelo ir siempre bien detras de los coches, pero los viernes al salir del curro en la m-30 se suele liar una que me decanto por el arcen.
Saludos

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