¿Son legales las Bandas Rugosas?

Santa

Acelerando
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Veamos, ultimamente por mis lares estamos asistiendo a un incremento, creo yo que exagerado, de proliferacion de bandas rugosas o como se la llame, cuya finalidad me supongo es la de ralentizar la velociad de los vehiculos que por alli circulan...
Y yo me pregunto ¿son legales?, ¿Con que criterio se establecen? ¿Bajo que normativa estan regularizadas?, etc....
el caso es que me he encontrado con mas de un susto, tanto en lata como en moto, algunas aparecen de la noche a la mañana sin señalizacion previa, otras la señal vertical está a menos de 4 metros de la banda , unas tienen pintura horizontal como los pasos cebra, otras la tienen en rojo, etc...Aparecen en zonas con distintas limitaciones de velocidad e incluso algunas sin previo aviso....unas son anchas i de poca altura, otras todo lo contrario, las hay con pintura reflectante y de pequeño tamaño, pero en formacion de tres lineas las hay de dos y las hay de una sin pintura, etc...
Muchas de ellas aparecen en zonas urbanas de pequeños pueblos otras en rondas i variantes de ciudades y en fin creo que durante un tiempo estuvieron prohibidas por considerarselas peligrosas....

Ah ! y finalmente lo que si es peligroso, son las maniobras para evitarlas que algunos vehiculos realizan
con invasion del carril contrario....
Me suena que este es un tema que ya se vio hace un tiempo en nuestro foro, pero no lo he encontrado
Aver si alguien me puede dar un poco de luz sobre que normas se rigen y de que departamento dpenden, etc...
Santa
>:(
 
Supongo que su misión será "advertir" o "alertar" al conductor de la proximidad de un punto peligroso...cruce o lo que sea debido a que al circular sobre ellas se incrementa el ruido de rodadura....claro esto como muchas cosas aplicable a las "Latas"...para las motos un verdadero peligro....muchos recordareis Despeñaperros...una verdadera PUTADA.....como siempre lo que es "bueno" para los coches supone un peligro para las motos.

Hace años al igual que en muchos pueblos y ciudades se colocaban unas tachuelas o "setas" a modo de bandas sonoras para disuadir a los conductores de circular rapido....bién pues recuerdo que no sé donde a raiz de caidas de motociclistas (especialmente gente mayor con ciclomotor) y amortiguadores jodidos en algun coche....hubo quien se querelló a los Ayuntamientos en base a que eran consideradas como obstaculos en la via pública con riesgo para el transito rodado....en poco tiempo desaparecieron de la faz de la tierra.

Ahora la "moda" de los Ayuntamientos parece ser esta...es curioso como copian en toda España....no así los impuestos y otros asuntos de mayor relevancia.


SALUDOS
 
Gracias Podenco por tus aclaraciones, aunque creo que yo me equivoque al titular la pregunta, creo que las bandas rugosas son esas que aparecen antes de cruzar un arcen de la izquierda (en autovias iautopistas)coincidiendo con la linea blanca continua y que realmente si son efectivas, pues yo mismo personalmente tuve ocasion de comprobar al quedarme dormido hace dos años en Alemania bajando de Finlandia y con un monton de Km i horas encima de la moto, lo cierto es que te llevas un susto y rapidamente vuelves a tu carril y al primer area de descanso te paras y hechas una sistecilla...
Yo me referia a estos monticulos de asfalto sobreelevado u otros materiales que cruzan perpendicularmente la calzada y que si no hay una señal previa te pegas un salto del demonio ! y que en un tiempo aparecieron por urbanizaciones privadas, pero que ahora veo y me (sobre)salto cada vez que cruzo un pueblo....seguramente tienen otro nombre o sea que enuncie mal la cuestion......sorry
Gracias
Santa
 
Las bandas sonoras y ese tipo de elementos son legales en tanto en cuanto están recogidos en el Catálogo de Señales que se aprueba a través de la Ley 339/90 sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial.

Otra cosa sería analizar el resultado que estas ofrecen para la seguridad de la circulación y en eso si que podríamos estar deacuerdo. Asi todo se suelen colocar en vías en las que la velocidad de los vehículos de cuatro ruedas suele ser elevada. De manera que con estas bandas se consigue que aminoren la velocidad, aunque es jodidillo pa´las motos. :p :p
 
Efectivamente. la ley citada ( 339/90 sobre señalizaciones) recoge la legalidad de las bandas transversales de advertencia, ¿ pero quien o que regula la altura , el ancho, el color, la advertencia anterior, en cuantos metros, la distancia entre ellas y todo lo respecto a su instalacion? En esto reina la anarquia total, ¿quien determina la necesidad de la colocacion de las bandas? ¿ el responsable de la via? ( ayuntamiento, cumunidad autonoma, trafico, el presidente de la asociacion de vecinos? Es otro ejemplo de la desorganizacion y falta de coordinacion entre los distintos espamentos, y de como vuelve a prevalecer la ley........de la selva.- Saludos y cuidado, preferible un llantazo o romper un amortiguador, que pegarse un estampido Rafagasssssss
 
Compañero Puretaguay, es el mismo Catálogo de Señales el encargo de especificar las características de todas y cada una de las señales que rigen el comportamiento en la carretera.
Los encargados de establecer la señalización son los técnicos municipales de tráfico. Luego, una vez establecida la señalización de las vías de nueva creación o remodeladas, los Agentes de Tráfico de los Cuerpos de Policía Local, Autonómica o Guardia Civil (dependiendo de la competencia de cada uno) elaboran informes relativos a las modificaciones o añadidos a la señalización que se deben llevar a cabo. Eso dependiendo de lo observado en el desarrollo de la circulación en el lugar, conflictividad en el tráfico, confusión y otros valores.
Por ejemplo en la TF-28 en el tramo desde Taco hacía Barranco Grande se han instalado este tipo de elementos transversales a la vía. A mi juicio no constituyen ningún obstáculo, eliminan la elevada velocidad que se puede alcanzar en la vía y se encuentran perfectamente señalizados en antelación y dimensiones.
Claro que también la administración y los técnicos se equivocan.  :-[ :-[

Nadie es perfecto....
 
Pues debería existir una instrucción o una orden circular del ministerio o unas recomendaciones......me ocupare en averiguarlo con los colegas.....(es ke soy ITOP y no se me ha planteado nunca el tema)

Prueba a ver si esta en http://www.carreteros.org

tienen mucha normativa técnica sobre carreteras y legislación.
 
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