Impuesto municipal de circulacion

jjgoliver

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Hola.

Mi padre y yo acabamos de recibir una sorpresa no grata ni gratis. Tengo una Ossa del año 58 y mi padre una R65 del 78, y ambos acabamos de recibir una carta del ayuntamiento de Cartagena con el "sello". La verdad es que nunca habiamos pagado este impuesto por ser ambas motos clasicas. Mi pregunta es ¿es legal?¿tenemos obligacion de pagarlo?

Un saludo.
 
Quizas en el apartado de consultas legales te respondan mejor a eso, creo que no se puede ir contra quien tiene el poder, en este caso el ayuntamiento, tener poder no significa tener sabiduria ni ser justo pero, a tragar
 
Al final es algo que decide cada ayuntamiento :( Por ejemplo, en San Sebastián tenemos suerte y estamos exentos...pero en Zarautz (localidad muy cercana), creo que se paga el 100%...¿no es así Mikel?

Saludos
 
Antiguamente habia ayuntamientos que no cobraban los famosos sellos,ahora si te descuidas te cobran hasta dos veces,,,
Si trafico no les comunica que has cambiado de titular,o le has dado de baja,,te siguen cobrando,,ah! y si reclamas tuercen el morro y te cuentan una de indios,,,y claro sales sin pasta porque no tienen metalico para devolverte,,
Al merme,,,
 
Yo no la he recibido, pero vaya "alegría" que me acabas de dar :cry:, cada vez apretando mas, claro que tenemos lo que nos merecemos :smash:.
Como decía un amigo, no me jode que me den por culo lo que me fastidia es que me echen el aliento en el cogote :angry:.
 
Es un impuesto municipal y por tanto depende del ayutamiento de la localidad donde esté domiciliada la moto.
En el caso de Barcelona, para vehículos de mas de 25 años, se debe presentar una instancia ROGANDO se exonere el vehiculo del impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica, al cual se deben adjuntar:
Copia de ficha técnica
Copia de permiso de circulación
Un CERTIFICADO emitido por una asociación o Club reconocido por el gobierno autonómico (al corriente de sus obligaciones fiscales, asociativas, legales, registrales, etc etc) sobre la materia (vehículos históricos) donde se certifique que el vehículo es conforme a las especificaciones articuladas en la Ley (no recuerdo cual) y figuren cuatro fotos selladas por el Club, del meritado vehículo.
Luego, si te contestan, pueden aceptar total o parcialmente la exoneración (de la forma más arbitraria que te puedas imaginar) y si no te contestan, a pagar el año y vuelta a empezar, que el año siguiente puedes tener más suerte.
No hace falta que la moto esté matriculada histórica; les es indiferente.
 
Al final es algo que decide cada ayuntamiento :( Por ejemplo, en San Sebastián tenemos suerte y estamos exentos...pero en Zarautz (localidad muy cercana), creo que se paga el 100%...¿no es así Mikel?

Saludos

Pues sí, aqui pagan todos, 100 % historicos incluidos. Antes no se pagaba pero lo modificaron en un pleno y a cobrar a todo pitxitxi.
En Donosti, tiempo al tiempo...
 
Lo que no acabo de entender es que si nunca habiais pagado el impuesto porqué ahora si... ¿las habeis dado de alta hace poco?¿donde figuraba el domicilio del titular? Lo normal es que se hubiese ido pagando todos los años donde radica el domicilio del titular...
El que sean clásicas no tiene que ver ...
Por supuesto el pago del impuesto es legal y obligatorio para todos los vehiculos matriculados en España.
Y respecto a la exencion del impuesto de circulacion, según la ley, son los propios los ayuntamientos los que gestionan este impuesto y son ellos los que tienen facultad para cobrarlos o eximir del pago normalmente por por antigüedad de los mismos.
Hay muchos aytmtos. de España que por la antigüedad hacen bonificaciones en el citado impuesto, puede ser un alto porcentaje o la exencion total del pago.
En Valladolid tenemos suerte y los vehiculos que pasen de 30 años tienen exencion...eso si, hay que solicitarlo por escrito al alcalde....
 
En Alcalá automáticamente se deja de pagar a los 25 años (de momento).
Lo de que antes no lo reclamaran y ahora si, es que los ayuntamientos están buscando dinero debajo de las piedras y una buena forma es reclamar deudas antiguas que estaban archivadas y olvidadas en el cuarto sotano. Consulta en el subforo de "Consultas legales" si tienes que pagar lo que te pidan, sólo el último año, o bien sólo los últimos cinco años.
 
Si el legal o no. La respuesta a mi entender ES QUE ES COMPLETAMENTE LEGAL. El ayuntamiento tiene la facultad de eximir total o parcialmente o de no eximir, del pago del IMVTM, que así se llama el "sello"
 
Hola.

Mi padre y yo acabamos de recibir una sorpresa no grata ni gratis. Tengo una Ossa del año 58 y mi padre una R65 del 78, y ambos acabamos de recibir una carta del ayuntamiento de Cartagena con el "sello". La verdad es que nunca habiamos pagado este impuesto por ser ambas motos clasicas. Mi pregunta es ¿es legal?¿tenemos obligacion de pagarlo?

Un saludo.
Si tu pregunta concreta es si es legal, , mi respuesta es que ES COMPLETAMENTE LEGAL. Si el ayuntamiento ha modificado la ordenanza reguladora del impuesto en tiempo y forma correctos, no te queda mas remedio que pagar o bien , empadronarte en otro ayuntamiento. Esto te serviría para el año que viene.Pero lo de este año , no tiene remedio.
 
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