Roban y queman su moto y además debe pagar 466 euros al Ayuntamiento de Huesca

........hace bastante tiempo que se cobran este tipo de servicios según donde se produzcan.....bomberos, ambulancias, grúas, rescates en montaña, etc.......y hay otros sitios en que no...................el dinero no llega para todo y hay que buscar soluciones ante posibles abusos, ya se hablaba de ello hace más de 10 años......(no es el caso, pero alguien, para no pagar desguaces ni gastos de residuos, puede quemar su moto en el campo y decir que se la han robado)....

Que se estudie cada caso concreto y, si hay lugar, pues que se cobre lo que corresponda......hay muchas negligencias y llamadas que no se producirían si no fueran gratuitas, de ahí lo del cobro........

PD...Cuando el Tribunal de Justicia de Aragón recomienda........pues el Ayuntamiento tendrá que realizar una pequeña genuflexión..............

Mis respetos.
 
Hola.
¿La tasa no la paga el seguro?.Cuando hay un siniestro la minuta de retirar restos,reponer señales,etc la paga el seguro.
 
Hola a todos:

Perdonad mi ignoracia, Es el Justicia de Aragón quien recomienda al Ayutamiento de Huesca que exima a ese ciudadano de abonar la correspondiente tasa. Una recomendación no es una obligación.

Y si el Ayuntamiento no quiere????????. Está en su perfecto derecho de no hacerlo. Es el Justicia quién obligará al Consistorio a eximir a ese ciudadano de abonar la tasa????. Creo que mas bien será el Juzgado, quien mediante sentencia, obligue.

Dicho esto, me parece inaudito que un ciudadano tenga que pagar esa cantidad en un caso como el que nos ocupa (si realmente es cierto). Como dicen por aquí "encima de cornudo, apaleado." Quien haya sido "el inteligente" que haya ordenado que se diese curso a semejante disparate, debería ser expedientado. Será un "carguillo" del Ayuntamiento que solo piensa en recaudar.

Pero, también, estoy deacuerdo con ERASER, en que ese tipo de tasas tienen que ser abonadas por las personas cuando existe una negligencia, se causan daños intencionados, se usa la picaresca etc. etc. Los recursos de un Ayuntamiento no son ilimitados.

Debemos de acostumbrarnos en este país a pagar por nuestros errores. Lo que pasa es que siempre son los mismos los que pagan.
 
miguel Strogoff, con todos mis respetos, el que hace la recomendación es el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (si esto no es un Juzgado, mal vamos), que es el Órgano Jurisdiccional en el que culmina la Organización Judicial en Aragón, y ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales, sin perjuicio de las posteriores competencias del tribunal Supremo..........

...le está diciendo al Ayuntamiento que no ha lugar al cobro pecuniario y da vía a la posible reclamación del particular, diciéndole que le dará la razón si recurre........

Mis respetos......

 
Hola, en primer lugar coincido en que es una putada por lo de "encima de cornudo...", pero.... nuestras opiniones no son norma legal, ni base de reclamación.

En todas las ciudades de España los servicios de los bomberos se cobran. Cada intervención tiene una tasa. Lo que ocurre es que normalmente estos servicios están relacionados con temas que están cubiertos por un seguro, por lo que el propietario recupera su importe de la compañía de seguros.

No hay ni listos, ni espabilados, ni recaudadores, en el Ayuntamiento de Huesca. Se cursaría un parte de la intervención, que siguió su proceso administrativo, parte del cual es generar una orden de pago de una tasa. ¿A quien se le cobra? Pues al dueño de la propiedad sobre la que se intervino. Esa es la maquinaria.

Para quien no sea de Aragón, aclarar que el "Justicia de Aragón" que solicita al Ayuntamiento de Huesca que se lo piensa, es el "Defensor del Pueblo" de esta región, por lo que su recomendación tiene el valor que tiene.

Si el compañero de la moto robada tenía seguro con cobertura de incendios, su compañía le devolverá la tasa. Si no, sospecho que la tendrá que acabar pagando, por que recurrir el pago sobre la base de que la moto había sido robada no va contra el principio de la tasa.

Manuel.
 
yo me refiero a éste:

El Poder Judicial en Aragón
Artículo 63. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
  1. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Aragón, y ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales cuando no hayan concluido ante otro órgano jurisdiccional radicado en la Comunidad Autónoma, y sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo.
  2. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón conocerá, en todo caso, de los recursos de casación fundados en la infracción del Derecho propio de Aragón, así como de los recursos extraordinarios de revisión que contemple la ley contra las resoluciones firmes de los órganos jurisdiccionales radicados en Aragón. También ejercerá las demás funciones que en materia de Derecho estatal establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  3. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón es el representante del Poder Judicial en Aragón. Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
  4. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón podrá presentar ante las Cortes de Aragón la memoria anual.
 
miguel Strogoff, con todos mis respetos, el que hace la recomendación es el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (si esto no es un Juzgado, mal vamos), que es el Órgano Jurisdiccional en el que culmina la Organización Judicial en Aragón, y ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales, sin perjuicio de las posteriores competencias del tribunal Supremo..........

...le está diciendo al Ayuntamiento que no ha lugar al cobro pecuniario y da vía a la posible reclamación del particular, diciéndole que le dará la razón si recurre........

Mis respetos......


El Justicia de Aragón no es el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, sino el Defensor del Pueblo regional, por lo que efectivamente se trata de una recomendación.

Las recomendaciones del Justicia de Aragón en el 90% de los casos valen lo que las mías.

Manuel
 
yo me refiero a éste:

El Poder Judicial en Aragón
Artículo 63. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
  1. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón es el órgano jurisdiccional en que culmina la organización judicial en Aragón, y ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales cuando no hayan concluido ante otro órgano jurisdiccional radicado en la Comunidad Autónoma, y sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo.
  2. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón conocerá, en todo caso, de los recursos de casación fundados en la infracción del Derecho propio de Aragón, así como de los recursos extraordinarios de revisión que contemple la ley contra las resoluciones firmes de los órganos jurisdiccionales radicados en Aragón. También ejercerá las demás funciones que en materia de Derecho estatal establezca la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  3. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón es el representante del Poder Judicial en Aragón. Es nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
  4. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón podrá presentar ante las Cortes de Aragón la memoria anual.

Eraser, que nooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooooo

Manuel
 
Jolines, pero si no era una moto, era un ciclomotor !!! mmm no creo que lo tuviera asegurado con incendio y robo...

Texto de la recomendación del Justicia de Aragón: http://www.eljusticiadearagon.com/gestor/ficheros/resoluciones/_n005250_201200097.pdf

El Justicia recomienda que le anulen la tasa por que el dueño no ha obtenido ningún beneficio de la actuación de los bomberos porque la moto estaba rota y robada...

¿Cada vez que se queme un coche o una moto se tendrán que parar los bomberos a verificar que el vehículo ni está roto ni está robado? ¿Deberán llamar al propietario para asegurarse de que acepta el servicio?

La historia no es tan simple en mi humilde opinión, y reitero que lo siento por el dueño del ciclomotor.

Manuel
 
Última edición:
Pues entonces me callo.......no había oído que el defensor del Pueblo de Aragón se llamara tambien "Justicia de Aragón", por tanto he de callarme ante un Zaragozano que sabrá más de esto que yo.

Mis respetos....ah...y te admiro, ya que si tu palabra vale igual que la del defensor del Pueblo...podían ahorrarse su sueldo ..¿no?...a dártelo a tí.......jajajaja......


FUÍ YO EL QUE QUEMÓ LA MOTO........:cheesy::cheesy::cheesy::cheesy:
 
Pues entonces me callo.......no había oído que el defensor del Pueblo de Aragón se llamara tambien "Justicia de Aragón", por tanto he de callarme ante un Zaragozano que sabrá más de esto que yo.

Mis respetos....ah...y te admiro, ya que si tu palabra vale igual que la del defensor del Pueblo...podían ahorrarse su sueldo ..¿no?...a dártelo a tí.......jajajaja......


FUÍ YO EL QUE QUEMÓ LA MOTO........:cheesy::cheesy::cheesy::cheesy:

Eraser, te juro que si yo fuera Mariano, mañana mismo quitaba los 17 defensores del pueblo autonómicos, que tienen sueldo, coche, chófer, asesores,administrativos, sede, responsable de prensa...

El "Defensor del Pueblo" se llama en Aragón "Justicia de Aragón" en memoria de la figura histórica que protegía, según los viejos Fueros de Aragón, a los ciudadanos de los desmanes del Rey.

Saludos

Manuel
 
Eraser, con el debido respeto como no podía ser de otra forma, por favor: lee bien la noticia.:rolleyes2::rolleyes2:

Manuel ZGZ, "ha clavado" lo que iba a decirte.

EL JUSTICIA DE ARAGON, es el Defensor del Pueblo. Lo único que puede hacer son recomendaciones. Igual que las puedes hacer tu o yo.

Y como bien has dicho EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, es el máximo órgano jurisdiccional dentro de Aragón.

Pero son dos instituciones completamente diferentes.


MANUEL ZGZ
Estoy deacuerdo contigo en que cuando los bomberos efectúan un servicio, en muchos casos no es gratuito. Pero ellos siempre que actúan deben de emitir un infome (que me corrija sino un firefighter:cheesy:). En el cual quedan reflejados todos los pormenores de la intervención efectuada, que normalmente es con la colaboración con las FF y CC. de Seguridad. En ese informe preliminar deben estar incluidos una serie de datos, entre ellos los datos y el estado del vehículo siniestrado. Cuando ya se sabe de antemano que el vehículo ha sido robado y denunciado, bajo mi punto de vista, el resto debe quedar sin efecto. Con lo cual cursar esa tasa me parece completamente fuera de lugar. Y el único fin que hay es el recaudatorio. Sino no es entendible.

También es verdad que la mayoría de los seguros cubren este tipo de incidencias. Pero....... y si no le cubre a ese ciudadano?????.

Salu2 a ambos.:):)
 
Eraser, te juro que si yo fuera Mariano, mañana mismo quitaba los 17 defensores del pueblo autonómicos, que tienen sueldo, coche, chófer, asesores,administrativos, sede, responsable de prensa...

El "Defensor del Pueblo" se llama en Aragón "Justicia de Aragón" en memoria de la figura histórica que protegía, según los viejos Fueros de Aragón, a los ciudadanos de los desmanes del Rey.

Saludos

Manuel

Así es paisano.

Yo, también si fuera Mariano, los quitaba a la velocidad del rayo.
 
Si yo voy a un descampado y le pego fuego a mi moto pa calentarme las manos y va un listillo de lapolicia local y llama a los bomberos que pague él la tasa de los apagafuegos. ¿O no?
En el Ayuntamiento de Huesca no parecen muy listos.
Esa tasa, en todo caso, no tiene efecto legal sobre el propietario al haber puesto denuncia de robo; o es que, despues de ser robada y denunciado el hecho, si con la moto se hace un tirón, ¿es el propietario el que iría a la carcel? Obviamente no.
 
Pues entonces me callo.......no había oído que el defensor del Pueblo de Aragón se llamara tambien "Justicia de Aragón", por tanto he de callarme ante un Zaragozano que sabrá más de esto que yo.

Mis respetos....ah...y te admiro, ya que si tu palabra vale igual que la del defensor del Pueblo...podían ahorrarse su sueldo ..¿no?...a dártelo a tí.......jajajaja......


FUÍ YO EL QUE QUEMÓ LA MOTO........:cheesy::cheesy::cheesy::cheesy:

No es que se llame también. Es que la figura del Justicia de Aragón existe desde mucho antes que la figura del del Defensor del Pueblo a nivel nacional y es independiente de este. Tenía el poder de revocar sentencias del propio rey en el territorio de la Corona de Aragón hasta que un cabronazo llamado Felipe II mandó cortarle la cabeza al que ocupaba el cargo por entonces, Juan de Lanuza. Todo por osar cumplir con su deber aunque fuera en contra de la opinión del rey y sus intereses. Actualmente tiene un poder mucho mas limitado. Felipe II se salió con la suya.

Saludos.
 
Eraser, te juro que si yo fuera Mariano, mañana mismo quitaba los 17 defensores del pueblo autonómicos, que tienen sueldo, coche, chófer, asesores,administrativos, sede, responsable de prensa...

El "Defensor del Pueblo" se llama en Aragón "Justicia de Aragón" en memoria de la figura histórica que protegía, según los viejos Fueros de Aragón, a los ciudadanos de los desmanes del Rey.

Saludos

Manuel

Pues no se yo, porque si quitarlos va ha conllevar hacer bastante mas grande el defensor del pueblo del estado, para compensar el incremento de gestiones, no se si iba ha ser lo comido por lo servido, perdiendo la cercania, otra es lo de coches oficiales, etc., que entiendo que es innecesario, y como el pueblo cada vez esta mas indefenso casi seria mejor darle poder como antes ( según se ha comentado ) así en este caso en vez de recomendar lo que haría es decirle al ayuntamiento que se ha pasado siete pueblos jaja
 
Hay una cita latina que leí el otro día por el internet y que viene al pelo para todas estas sentencias absurdas que dictan cada vez más a menudo los jueces españoles: "Sumum ius summa iniuria". Textualmente parece ser que quiere decir "maximo derecho, máxima injusticia", y el sentido con que se usaba es "la ley aplicada al pié de la letra es injusta". Parece que ya los romanos hace dos mil años nos adventían. Salvo en las motos, y quizás en la medicina, no parece que se haya avanzado mucho no? XD

Este caso concreto es un síntoma más de que el sistema no funciona demasiado bien.

Ultimamente me han llegado un par de ejemplos más de esto. En caso de dos ladrones de casas que salen escaldados tras sendos intentos de robo, ahullentados por el dueño en un caso y el perro del dueño en otro. Tras las denuncias puestas por los ladrones contra los propietarios por las lesiones sufridas, salían peor parados los propietarios que los ladrones por los intentos de robo. Desgraciadamente no guardé los enlaces, una lástima porque eran realmente absurdos.
 
Mejor dicho "el justicia" :rolleyes2:


No se si has leído bien el hilo. "El Justicia", es el "Justicia de Aragón". Es el Defensor del Pueblo de esa Comunidad. Solo hace una recomendación al Ayto. de Huesca. Que como bien sabrás no tiene carácter vinculante.

Como ya bien ha dicho mi paisano ManuelZGZ, esa "recomendación" es como si la hacemos cualquiera de nosotros. No sirve para nada.

Imaginemos que el Ayto. en cuestión no quiere aceptarla. Que pasa?????. Pues que si ese ciudadano no está conforme, tendrá que ir a la justicia ordinaria para intentar ganar el juicio. Y como el resto ya lo sabes....... no te cuento mas.:D:D:D:D:D:D:D:D

Salu2.
 
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