Tenemos alguna sentencia a favor de la legalidad
Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Zaragoza.
Sentencia de 22/06/2010
Estima en su totalidad el recurso del administrado contra la resolucion del Tte Alcalde Delegado de Trafico del Ayto de Zaragoza, de 22/10/2009 que impuso al recurrente una sancion de 150,00€ con 3 puntos de retirada del permiso por infraccion del Art 18.2 RGC (Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores. Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).
Si quieres te la paso, la tengo en PFD
Un abrazo