regalo de moto a familiar

Jose_antonio_73

Allá vamos
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Hola, quería regalarle una moto que tengo a un familiar, y claro ponerla a su nombre.
No sé si me llega con cambiar de nombre en tráfico o tengo que hacer una compra-venta normal, es decir, liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales con un contrato de compra-venta, el tema era ahorrarme este trámite.

Un saludo.
 
Para cambiar el nombre del titular en trafico, te piden que liquides primero el impuesto de transmisiones patrimoniales, donde según los años de antigüedad de la moto, tienen unas tarifas sobre las que pagas el impuesto. Aunque la moto se la regales.

Un saludo.
 
...tiene razón tomazu, sea regalo, venta, permuta, etc., si quieres que el vehículo esté a nombre de la persona a la que se lo regalas, hay que hacerlo en la Jefatura de Tráfico como si fuera una compra venta normal..............si es una moto y ya tiene unos años, tampoco te va a salir muy caro..............
 
Exacto.
Pero te recomiendo que hagas un papel de compraventa por 100 euros de valor de la moto.
Ellos tienen unas tasas segun modelo y año, y lógicamente te la tasarán por encima de ese valor, pero así pagarás lo minimo de impuesto.;)

Saludossss
 
Exacto.
Pero te recomiendo que hagas un papel de compraventa por 100 euros de valor de la moto.
Ellos tienen unas tasas segun modelo y año, y lógicamente te la tasarán por encima de ese valor, pero así pagarás lo minimo de impuesto.;)

Saludossss

En las dos ocasiones que he pagado menos del minimo establecido por la tasación, me han reclamado posteriormente lo que no habia pagado. Te lo reclama hacienda y no queda mas remedio que pagar.
Mejor que pagues lo que toca, y te ahorras futuras reclamaciones...
Ahora estamos todos muy vigilados
 
Perdón, no te habia leido bien, CHIN.
Efectivamente, en el papel de compraventa, puedes poner el valor que quieras, pero no pongas más que el valor mínimo por tasasión.
 
No estoy de acuerdo. El contrato de compra-venta es privado y no hay por qué enseñarlo. En consecuencia, te recomiendo que pongas el precio real de venta. Y si es un regalo, que así conste indicando fecha de la entrega. En Hacienda se paga según las tablas y después a Tráfico con el resguardo de haber liquidado el impuesto de transmisiones. Nada más.
 
Añado: dos casos:

1) Si vendes -o regalas- una moto por un valor muy bajo Hacienda te cobrará lo que tiene estipulado. ¿Por qué? Porque no es tonta y sabe que si cobrara por el valor real habría de repente muchas motos regaladas en España.

2) Si vendes al valor de mercado -por lo general por encima del valor de Hacienda salvo que la moto esté en un estado lamentable- te interesará que el comprador te firme el contrato con el importe real. Así, cuando los de fraude, blanqueo y delitos económicos en general llamen a tu puerta y te pregunten -Dios no lo quiera- que de dónde han salido los 10.000 € que ingresaste en tu cuenta, les das tu palabra y les muestras el contrato de compra-venta...
 
...Carolus, para cambiar un vehículo de nombre es necesario presentar una factura de compra venta, y además, que vaya firmada por las dos partes, vendedor y comprador, aunque en la misma figure un precio simbólico, pero sin factura no te cambian un vehículo de nombre.......o es que no he entendido lo que quieres decir.....
 
lo que el compañero que ha iniciado el hilo ha planteado es sencillamente una donación...lo dice claramente...regalo de una moto a un familiar....se hace un documento privado de donación..no hace falta pasar por notario...se presenta el documento a liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y después se cambia de titularidad en Tráfico.

Otra cosa es que le interese simular una compraventa porque page menos Impuesto de Transmisiones pero desde luego queda claro que pago del precio no hay....a gusto del consumidor.
 
...Carolus, para cambiar un vehículo de nombre es necesario presentar una factura de compra venta, y además, que vaya firmada por las dos partes, vendedor y comprador, aunque en la misma figure un precio simbólico, pero sin factura no te cambian un vehículo de nombre.......o es que no he entendido lo que quieres decir.....

En serio.... no es así !!!!
NO es ni necesario, ni obligatorio, ni te lo piden NUNCA en tráfico el contrato compraventa para hacer una transferencia ordinaria..... otra cosa son rehabilitaciones, transferencias con baja temporal, etc etc....

Se de que hablo, en lo que va de año habré hecho unas 6 o 7 transferencias de moto..... y nunca he llevado ni me han pedido el contrato C/V.... aunque es un documento que SIEMPRE lo hago, por sentido común y por seguridad, tanto si vendo como si compro.
Es MUY importante hacerlo, aunque no lo necesites para hacer la transferencia.... una cosa no quita la otra.
 
Última edición:
Exacto. Estamos hablando de particulares, amigo Eraser, y aquí no hay facturas.

En cuanto a lo de la donación es como dice el amigo Aresten, pero hay que matizar, porque la pregunta del hilo habla de familiares y no es lo mismo un hijo que un sobrino-nieto, supongo. Ante determinados supuestos se podrá donar un bien y no tributar en Hacienda por la transmisión, sólo las tasas de tráfico...
 
.......pues os doy la razón, yo no me dedico expresamente a hacer transferencias y hace más de cinco años que no hago ninguna, pero os de señalar que en la página actual de tráfico, en su apartado relativo a transferencias de vehículos, se reseña claramente que hay que presentar un documento acreditativo de la trasmisión, incluyendo los supuestos de divorcio, fallecimiento, separación, sentencia, convenio regulador, etc.............

http://www.dgt.es/was6/portal/conte...aridad/Cambio_de_Titularidad_del_Vehiculo.pdf

http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/oficina_virtual/vehiculos/bajas/transveh.pdf
 
Así es, Alejandro. Aunque la pregunta del amigo José_Antonio_73 se refiere a Hacienda y no a Tráfico, nunca está de más esta información.

Saludos,

Juan Carlos
 
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