"Carecer del seguro obligatorio, un vehículo para cuya conducción se exige el permiso de la calse B": Art 2 del RD 8/04 800 euros.
"Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuya conducción requiere permiso de la clase B": Art 3 del Rd 8/04 1500 euros.
La diferencia entre circular y estar estacionado es de 800 a 1500 euros. Es decir 500 euros.
Aunque el RD 8/04 se puede aplicar, en algunos casos en recintos privados, como comunidades de vecinos, si el vehículo está estacionado en zona privada, nunca podrá ser denunciado por este concepto.
¿Que se entiende por vía publica y zona privada? Viene definido en el Articulo 2 de la Ley de Seguridad Vial y en el articulo 1 del Reglamento General de Circulación.
La clave está en si ese espacio, zona, via aparcamiento es utlizado por un númro DETERMINADO o INDETERMINADO de personas, con ejemplos lo vemos mejor:
-Aparcamiento de Carrefour: estacionamiento privado pero de uso inedterminado, ya que puede entrta cualquiera: considereción ES VIA PUBLICA.
-Aparcamiento de una comunidad con barrera y mando o llave para entrar: estacionamiento privado de uso DETERMINADO (solos los que tengan la llave o mando): consideración NO ES VIA PUBLICA.
-Aparcamiento del corte ingles, con barrera y ticket y pago al final, este caso crea controversia, pero como puede ser utilizado por todo el mundo, es de uso INDETERMINADO y por tantop es VIA PUBLICA.
-Aparcamiento de una comunidad pero sin control de acceso y puede entrar todo el mundo: VIA PUBLICA.
La palabra clave cvomo he comentado es INDETERMINADO o DETERMINADO.
La Policía Local no tiene como norma ir comprobando si los vehículos estacionados en la vía publica tienen o no concertado seguro, pero..... se pueden dar muchas circunstancias, por ejemplo, esta semana se ha rodado en Sevilla una película, en la que había persecuciones y demás... pues solicitan ayuda porque un vehículo está estacionado en un lugar que estorba a los de la pelicula, el vehículo estaba bien estacionado, el policía local comprueba los datos del vehículo, con la intención de que si es un vecino avisarlo, para que cambie el vehículo de lugar, y resulta que el vehículo carece seguro, pues son 800....
Que un coche lleva estacionado mucho tiempo en la vía publica y los propios vecinos llaman y se comprueba que no tiene seguro: 800 euros.
Que el coche está estacionado en la vía publica y viene un loco con una tasa de alcohol de caballo y se estrella contra el coche, pues desgraciadamente, además son 800 euros.
Es una pasada pero la ley está de esa forma.....
Por tanto, cuando un vehículo no está segurado hay que tener mucho cuidado con donde se deja....
Saludos y perdon por el toston...