Reclaman a mi madre fallecida una factura del 2013

Ya pueden enviarte lo que quieran.
Repito, para los que hayan entrado nuevos al hilo y no lo sepan: LA COMUNICACIÓN HA DE SER POR PARTE DEL JUZGADO, bien sea una carta certificada remitida desde los Juzgados, bien sea una notificación realizada por un Agente Judicial (ahora Auxilio Judicial) del SACE, si no NO ES JUICIO NI ES NADA, SOLO LO HACEN PARA METER MIEDO.
Tu ni caso.
 
Yo estoy en situación exactamente igual. Reclaman a mi padre (fallecido) recargo por no haber pagado el impuesto de circulación 2015. El falleció en 2014 y vendimos su vehículo en 2015. Teóricamente no podríamos haberlo vendido sin tener todo pagado pero nos permitieron hacerlo y transferirlo. Como ahora no hay nada a su nombre, el resultado va a ser que el Ayuntamiento se va a tener que comer el impago. Por supuesto ninguno de sus hijos hemos dado a nadie nuestros datos.

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Compañero Rafa. Esa situación es bien distinta, y no sé hasta qué punto pueden reclamaros la deuda, ya que se trata de un impuesto municipal impagado. Si hicisteis declaración de herederos, alguien de la familia se quedaría el vehículo y ese es el que ha de pagar dicho impuesto. Si vendisteis el vehículo sin haberlo hecho así...
 
Yo no haría ni caso eibon. Has mirado si tiene registro de entrada en el juzgado? Lo dudo, pero aunque lo tenga, si os llegase el requerimiento del juzgado tendréis que informar al mismo de que la persona a la que se requiere la supuesta deuda falleció en tal fecha y aportar la partida de defunción y si quieren que muevan ficha, pero nada de esto va a suceder, y si no al tiempo...
 
Yo no haría ni caso eibon. Has mirado si tiene registro de entrada en el juzgado? Lo dudo, pero aunque lo tenga, si os llegase el requerimiento del juzgado tendréis que informar al mismo de que la persona a la que se requiere la supuesta deuda falleció en tal fecha y aportar la partida de defunción y si quieren que muevan ficha, pero nada de esto va a suceder, y si no al tiempo...


Buah, si tampoco hay que darle mas vueltas. En caso de que de verdad hubieran presentado escrito en el Juzgado, ni se molestarían en comunicarse con la parte demandada, pues ya les reclamarían todas las costas y gastos que generase dicho procedimiento. Vamos, que no serían tan idiotas de mandar un triste papel sin sellar en el que pone "es copia". Es para reirse en su cara. Así, sin anestesia.
 
Compañero Rafa. Esa situación es bien distinta, y no sé hasta qué punto pueden reclamaros la deuda, ya que se trata de un impuesto municipal impagado. Si hicisteis declaración de herederos, alguien de la familia se quedaría el vehículo y ese es el que ha de pagar dicho impuesto. Si vendisteis el vehículo sin haberlo hecho así...
Completamente de acuerdo pero tenían que haber impedido la transferencia del vehículo al nuevo propietario. Así que, se lo come el ayuntamiento.

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Pues los chic@s del bufete de reclamaciones son perseverantes. Esto es lo que acabo de recibir:

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No soy abogado (aunque trabajé en un despacho de abogados hace años) pero digo yo que el texto es un poco pobre para ser una reclamación interpuesta en el juzgado. Y debería llevar un registro de entrada. En fin, supongo que es otro paso más en su proceso de acoso y derribo, ya que ni sus llamadas ni sus SMS me llegan desde que les bloqueé en el teléfono.

Saludos,

Yo de ti, les llamaria y les diria que hiciesen las falsificaciones esas mejor.
Trabajo en unas graficas y concursamos al estado para hacer oficios y ni de largo son asi.

Es mas, si los hiciesen iguales, creo que les podrian denunciar por falsificar un documento publico.

Que se vayan a la playa a tomarse una cerveza, que ganaran mas.
 
Completamente de acuerdo pero tenían que haber impedido la transferencia del vehículo al nuevo propietario. Así que, se lo come el ayuntamiento.

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Estás equivocado, el vehículo se trnasfirió en los primeros meses del año, cuando aun no se han generado los recibos, por eso se permite venderlo con el impuesto del año anterior pagado, si no lo hiciesen así, no se podría vender ningún coche de segunda mano hasta más o menos mayo que es cuando están los recibos generados.

El impuesto va a cargo del titular del vehículo que conste el día 1 de enero del años, es decir, si vendes el vehículo el día 2 de enero, el impuesto es responsabilidad de tu padre (o sus herederos en este caso), pagarlo antes de que genere recargos
 
Estás equivocado, el vehículo se trnasfirió en los primeros meses del año, cuando aun no se han generado los recibos, por eso se permite venderlo con el impuesto del año anterior pagado, si no lo hiciesen así, no se podría vender ningún coche de segunda mano hasta más o menos mayo que es cuando están los recibos generados.

El impuesto va a cargo del titular del vehículo que conste el día 1 de enero del años, es decir, si vendes el vehículo el día 2 de enero, el impuesto es responsabilidad de tu padre (o sus herederos en este caso), pagarlo antes de que genere recargos
El vehículo se vendió en Septiembre de 2015. El impuesto en esa fecha no había llegado. Insisto, se lo come el ayuntamiento. Lo que, desde luego no voy a hacer, es contactar con ellos para que me la metan a mi !!!

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Yo de ti, les llamaria y les diria que hiciesen las falsificaciones esas mejor.
Trabajo en unas graficas y concursamos al estado para hacer oficios y ni de largo son asi.

Es mas, si los hiciesen iguales, creo que les podrian denunciar por falsificar un documento publico.

Que se vayan a la playa a tomarse una cerveza, que ganaran mas.

Ya te digo yo que ese documento se puede denunciar.
 
Ya te digo yo que ese documento se puede denunciar.

Aquí, y desde mi leguleya opinión, sí que discrepo. Es un documento perfectamente legal. Se trata de una demanda por un proceso monitorio en el que se reclama una cantidad. Le están diciendo que la tienen preparada para su presentación en el juzgado, algo que en mi opinión nunca harán porque va a ser muy difícil que la ganen y si bien no es preceptivo el abogado, si ellos lo llevan, para que el demandado no se encuentre en inferioridad de condiciones, también podría llevarlo (lo puede llevar en cualquier caso, me refiero a que en estos casos he visto la condena en costas) y si pierden el procedimiento, como digo, perfectamente pueden ser condenados en costas.
 
Pero es que ellos, en el momento en el que envían al compañero esa carta, no han presentado esa demanda, motivo por el cual es fraudulenta y solo busca la intimidación ante el que no conoce las leyes. Si saco un rato le pregunto a mi hermano.
 
Gracias por vuestras aportaciones. Estoy aprendiendo un montón (sin ironía, eh?). Lo que tengo claro es que sea una fantasmada o vayan en serio, si quieren cobrar tendrán que llevarme a los tribunales. Ellos afirman tener sus pruebas, vale yo también tengo las mías. No soy abogado y no entiendo mucho de leyes pero sí que soy informático y sé que no cumplieron su parte del contrato.

Casi que hasta me gustaría que me llevaran a los tribunales, a ver qué pruebas son esas de las que disponen.

En fin, este tema no merece ni el desgaste de teclado que estamos haciendo :rolleyes2:.

Saludos,
 
Nanotecno, todas las actuaciones que hace la empresa de cobros encaminada a conseguir que paguen, pasan por intentar intimidar a quienes las dirigen, pero no por ello tienen que ser ilegales pues la actuación con la que "amenazan" es legal: poner una demanda. No sólo es atípica penalmente sino que es perfectamente legal.

Salvo mejor criterio, como siempre.
 
Ese documento, no se puede denunciar, porque solo es un avio.
Eso si, va encaminado a crear confusion al requiriente porque es un modelo que se suele utilizar en forma y texto a los oficiales.

Si fuesen mas alla en intentar emular a los oficiales, siendo no oficiales, entonces otro gallo cantaria.

Yo tambien tengo una reclamacion de Canal plus de hace años y de vez en cuando me llaman y me amenazan, pero les dejo hablando solos.

Me reclaman ua factura de 58 euros de cuando me di de baja.
Me di de baja en mayo y me reclaman la factura de agosto.
 
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