Auriculares/altavoces en el casco.

pasko

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Hola.

No he encontrado información al respecto y me gustaría formular la siguiente cuestión:

¿Es LEGAL conducir con auriculares/altavoces dentro del casco?
¿En qué casos podrían denunciarme?
¿Son válidos los que no se introducen en el conducto auditivo o son todos ilegales?.

Saludos y gracias.
 
Sobre este tema se ha escrito ya mucho.

Lo sancionable no es llevar los cascos o auriculares en el casco sino usarlos. Tal y como está redactado el reglamento deja la puerta abierta a la denuncia, incluso usando altavoces en el interior del casco puesto que añade "o instrumentos similares" y los altavoces se pueden considerar instrumentos similares a los cascos o auriculares.

Te podrán denunciar siempre que uses unos u otros y lo que es peor, si los llevas instalados y en el boletín de denuncia reseñan que los estabas usando conectados a un aparato receptor o reproductor de sonido, aunque no sea así, te va a tocar pagar la sanción.
 
Hola.

Muchas gracias por todo. Era lo que me temía.

Saludos.
 
Aprovechando el post porque creo que también esta relacionado.
¿Y con tapones para los oídos se puede circular? Antes los usaba bastante, pero no se si es legal, ilegal o alegal. :undecided:
 
Aprovechando el post porque creo que también esta relacionado.
¿Y con tapones para los oídos se puede circular? Antes los usaba bastante, pero no se si es legal, ilegal o alegal. :undecided:

Hola pacote. Como tal no es infracción y no debería ser denunciable ni sancionable, lo que no quita que algún agente con exceso de celo pudiera interpretar que con los tapones no prestas la debida atención a la conducción y te formulara denuncia por ello. Una vez la denuncia puesta la administración suele tirarla siempre para adelante y salvo casos muy palmarios no quitan la razón al agente.
 
Gracias Dibi.
En viajes largos siempre es una tentación usarlos por el descanso que proporcionan, sobre todo si hay viento.
 
Recordar que los tapones en los oidos muy ajustados, nos pueden hacer perder toralmente la audicion y al mismo tiempo el equilibrio.
El oido es parte del sentido del equilibrio
 
Sobre los auriculares/altavoces .., en los cascos .., yo no me plantearia si es o no sancionable.

Creo que el debate seria si es o no compatible con la conduccion de motos, estoy mas que cansado de ver vehiculos automoviles que van en auto-via, vias urbanas e interurbanas, haciendo conducciones extrañas, anomalas, extrañamente lentas e incluso descoordinadas, al llegar a su altura .,, siempre lo mismo un individu@ que va tan ricamente a 70 por el carril de la izquierda de la A- 42 de turno., asi mismo también he presenciado muuchas veces ir detras de un amigo o desconocido haciendo una curva .. y soltar gas.. estirarse.. y contestar una llamada ..,

si quieres escuchar música conduciendo ve en coche, si quieres recibir una llamada cuando lleges a tu punto de destino o donde vayas a hacer una parada .. devuelves una llamada perdida como hemos echo todos alguna vez ... Pero conducir motos y escuchar musica, hablar por el movil, etc ..., no es buen negocio independientemente de si es o no sancionable

;)
 
Aprovechando el post porque creo que también esta relacionado.
¿Y con tapones para los oídos se puede circular? Antes los usaba bastante, pero no se si es legal, ilegal o alegal. :undecided:


......no se puede conducir con tapones en los oídos, ya que te limita la audición y no eres consciente de los ruidos que te envuelven, ni en coche ni en moto............distinto es que te puedan pillar con ellos puestos, porque es dificil si vas con casco, pero no, no se puede llevar nada en los oídos que disminuya o limite tu audición, lo que, sin duda, distrae tu atención en la conducción......y no hay que tener exceso de celo para denunciarte, basta con tener un poco de sensatez......
 
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Hola.

No he encontrado información al respecto y me gustaría formular la siguiente cuestión:

¿Es LEGAL conducir con auriculares/altavoces dentro del casco?
¿En qué casos podrían denunciarme?
¿Son válidos los que no se introducen en el conducto auditivo o son todos ilegales?.

Saludos y gracias.
El articulado del reglamento sancionador del Reglamento de Circulación, capítulo 3, artículo 18, apartado 2,opciones 5 a y b te lo deja claro..
Los auriculares, prohibidos, los altavoces, permitidos.. Lo que se sanciona es la manipulación de móviles, GPS, etc en marcha..
En cuanto a lo de los tapones discrepo.. Los simples tapones de espuma de farmacia sólo atenúan el sonido del viento en marcha y por el contrario se sigue escuchando el motor y el tráfico e incluso mantener una conversación sin gritar... Tu mismo..
7645c1df660ca87f8e0696cf75963433.jpg


"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Yo los llevo siempre la salud de mis oidos vale más que una posible sanción

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......no se puede conducir con tapones en los oídos, ya que te limita la audición y no eres consciente de los ruidos que te envuelven, ni en coche ni en moto............distinto es que te puedan pillar con ellos puestos, porque es dificil si vas con casco, pero no, no se puede llevar nada en los oídos que disminuya o limite tu audición, lo que, sin duda, distrae tu atención en la conducción......y no hay que tener exceso de celo para denunciarte, basta con tener un poco de sensatez......

Discrepo. Tú serías de los que actúan con exceso de celo en este tema. Unos tapones de los concebidos para ir en moto sólo filtran y atenúan algunos tipos de sonido, pudiendo ser percibidos perfectamente los procedentes de la circulación sin afectar en absoluto a la seguridad vial.
 
El articulado del reglamento sancionador del Reglamento de Circulación, capítulo 3, artículo 18, apartado 2,opciones 5 a y b te lo deja claro..
Los auriculares, prohibidos, los altavoces, permitidos.. Lo que se sanciona es la manipulación de móviles, GPS, etc en marcha..
En cuanto a lo de los tapones discrepo.. Los simples tapones de espuma de farmacia sólo atenúan el sonido del viento en marcha y por el contrario se sigue escuchando el motor y el tráfico e incluso mantener una conversación sin gritar... Tu mismo..
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."

En ningún sitio pone que el uso de los altavoces en lugar de los auriculares o cascos no esté prohibido. El segundo párrafo del artículo 18.2 deja la puerta abierta a la interpretación pues hace referencia a "instrumentos similares" y los altavoces que pueden ir dentro de un casco pueden entenderse perfectamente como tales:

18.2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).
 
Si nos vamos al ámbito de las conductas antijurídicas yo interpreto que lo que no está expresamente prohibido esta permitido... hubiera sido muy sencillo incluir la acepción " altavoz "..que es lo que llevan los automóviles, esa ambigüedad le viene muy bien al legislador... .creo que a la hora de sancionar lo determinante será el uso, obviamente interfiriendo la normal conducción y si ya está expresamente prohibido.. Todos conocemos los efectos de la música a volúmen muy alto, con auriculares o por cualquier medio... Total aislamiento..
De hecho hace mucho que no leo de ninguna denuncia por este tema y sin embargo creo que la venta de intercomunicadores va en alza...


"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
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Discrepo. Tú serías de los que actúan con exceso de celo en este tema. Unos tapones de los concebidos para ir en moto sólo filtran y atenúan algunos tipos de sonido, pudiendo ser percibidos perfectamente los procedentes de la circulación sin afectar en absoluto a la seguridad vial.



....pues que Dios te conserve el oído, yo, si me pongo unos tapones para los oídos y éstos cumplen bien su función, me limitan enormemente la audición.......si tu tienes unos especiales que te limitan unos tipos concretos de ruidos y otros no, pues no me queda más remedio que felicitarte.......

...y no se trata de exceso de celo, se trata de ser justo, ya que si una persona que tiene limitada su audición por ser sordo o haber perdido más de un tanto por cierto de su audición, se ve obligada a cumplir unos requisitos para conducir, incluida la limitación de velocidad, al que lo hace por gusto no le vamos a premiar y mirar para otro lado..........


.....son distintos pareceres, y si te pillan con tapones te denuncian.........y enhorabuena por esos pedazo tapones que tenéis.......


...un saludo respetuoso desde Australia....
 
.......y para finalizar, sería una incongruencia muy gorda y una necedad tremenda, que permitieran circular con tapones en los oídos y luego te denunciaran por llevar intercomunicadores en el casco, que ni siquiera van metidos en el pabellón auditivo.........y no me pesa mi exceso de celo Dibi, nunca lo he tenido ni lo he necesitado en mi ámbito laboral, tal vez un poco, sí, en el plano sexual.........

..eso sí, retiro todo lo expresado si me demostrais que hay tapones que distinguen los sonidos de sirenas, voces, claxons, gritos, etc. y solo te limitan el ruido de la moto.........
 
Si nos vamos al ámbito de las conductas antijurídicas yo interpreto que lo que no está expresamente prohibido esta permitido... hubiera sido muy sencillo incluir la acepción " altavoz "..que es lo que llevan los automóviles, esa ambigüedad le viene muy bien al legislador... .creo que a la hora de sancionar lo determinante será el uso, obviamente interfiriendo la normal conducción y si ya está expresamente prohibido.. Todos conocemos los efectos de la música a volúmen muy alto, con auriculares o por cualquier medio... Total aislamiento..
De hecho hace mucho que no leo de ninguna denuncia por este tema y sin embargo creo que la venta de intercomunicadores va en alza...


"La moto cura cosas que la medicina no puede ."

El problema Finn, es que no se trata de lo que tú interpretes sino de lo que se puede interpretar y de lo que está abierto a interpretación. Sin duda esa coletilla de "instrumentos similares" deja abierta esa interpretación y, consecuentemente, queda a discrecionalidad de los agentes denunciar o no lo que consideren una infracción. En cualquier caso, si hay denuncia la administración la tramita y, por norma general, no da favorables los recursos.
 
Mi experiencia es que atenúan notablemente los ruidos aerodinámicos del casco generados por la velocidad ( ruidos muy cercanos a nuestros oídos) y que apenas obstruyen los demás ruidos del ambiente..
Yo no sabría como demostrarlo...algún vendedor de tapones tendrá algún estudio... Supongo... No creo.. :)
Nueva Zelanda me gustó más que Australia...

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
.......y para finalizar, sería una incongruencia muy gorda y una necedad tremenda, que permitieran circular con tapones en los oídos y luego te denunciaran por llevar intercomunicadores en el casco, que ni siquiera van metidos en el pabellón auditivo.........y no me pesa mi exceso de celo Dibi, nunca lo he tenido ni lo he necesitado en mi ámbito laboral, tal vez un poco, sí, en el plano sexual.........

..eso sí, retiro todo lo expresado si me demostrais que hay tapones que distinguen los sonidos de sirenas, voces, claxons, gritos, etc. y solo te limitan el ruido de la moto.........

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Aparte del tema de los tapones, parece que cuando hablamos de sistemas de comunicación estamos pensando siempre en hablar por teléfono o escuchar música. Yo al menos lo utilizo para hablar con el pasajero, sin tener que gritar o hacer gestos peligrosos. De la misma manera que mantienes una conversación dentro de un coche. El viaje se hace mas relajado y agradable, y el pasajero te ayuda en la ruta.
Tal y como comentabais antes, pienso que sí que es buen negocio. La experiencia me dice que no dificulta sino que ayuda a la conducción segura.
 
El problema Finn, es que no se trata de lo que tú interpretes sino de lo que se puede interpretar y de lo que está abierto a interpretación. Sin duda esa coletilla de "instrumentos similares" deja abierta esa interpretación y, consecuentemente, queda a discrecionalidad de los agentes denunciar o no lo que consideren una infracción. En cualquier caso, si hay denuncia la administración la tramita y, por norma general, no da favorables los recursos.
Entiendes entonces que todos los GC y demás te van a denunciar solamente por llevarlos o por llevarlos y hacer un mal uso?... Creo que la discrecionalidad del agente denunciante, que no es técnico en telecomunicaciones, es lo que determinará si denuncia o no y la actitud del usuario para con el agente... Entre otras cosas. :cool: . como bien dices el primer pliego de alegaciones le va al agente denunciante y ahi depende mucho de si el recurrente argumenta algo fundamentado, con sentido común y que no falte a la verdad o si es un pliego de agencia de recursos con un poupurri infumable de jurisprudencia...

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Última edición:
Aparte del tema de los tapones, parece que cuando hablamos de sistemas de comunicación estamos pensando siempre en hablar por teléfono o escuchar música. Yo al menos lo utilizo para hablar con el pasajero, sin tener que gritar o hacer gestos peligrosos. De la misma manera que mantienes una conversación dentro de un coche. El viaje se hace mas relajado y agradable, y el pasajero te ayuda en la ruta.
Tal y como comentabais antes, pienso que sí que es buen negocio. La experiencia me dice que no dificulta sino que ayuda a la conducción segura.
Si haces una interpretación rígida de la ley debieras pararte y comunicarte fuera de la calzada porque como mínimo para que te oiga tu pareja deberás bajar la velocidad y prestarle atención y eso habrá quien lo interprete como una negligencia.. Pienso como
tú, el uso del intercomunicador en pareja o con otros vehículos que viajan en grupo es impagable... Sin entrar en clasicismos y demás :)

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Entiendes entonces que todos los GC y demás te van a denunciar solamente por llevarlos o por llevarlos y hacer un mal uso?... Creo que la discrecionalidad del agente denunciante, que no es técnico en telecomunicaciones, es lo que determinará si denuncia o no y la actitud del usuario para con el agente... Entre otras cosas. :cool: . como bien dices el primer pliego de alegaciones le va al agente denunciante y ahi depende mucho de si el recurrente argumenta algo fundamentado, con sentido común y que no falte a la verdad o si es un pliego de agencia de recursos con un poupurri infumable de jurisprudencia...

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."

La palabra "todos", no cabe cuando hablamos de interpretaciones de una norma abierta ni yo creo haberla utilizado. Denunciar por llevarlos es una denuncia que SÍ es recurrible y que se debería estimar el recurso, puesto que la norma sanciona el uso, no la instalación, sin más interpretaciones. Si se usan no hay mal uso ni bueno, hay un uso y como tal "puede" que no "debe" ser denunciable puesto que el artículo supuestamente infringido está sujeto a interpretación. El agente no es técnico en telecomunicaciones ni falta que le hace, tampoco es químico y denuncia la tenencia para consumo de sustancias estupefacientes, ni es juez y detiene cuando considera que se ha cometido un delito. Si yo denuncio a un conductor por una infracción que en mi opinión ha cometido, es difícil que en el recurso argumente un motivo que justifique la infracción y que no me haya verbalizado en el momento de la denuncia, pero todo puede ser, claro...
 
La palabra "todos", no cabe cuando hablamos de interpretaciones de una norma abierta ni yo creo haberla utilizado. Denunciar por llevarlos es una denuncia que SÍ es recurrible y que se debería estimar el recurso, puesto que la norma sanciona el uso, no la instalación, sin más interpretaciones.

Cierto, no sé porqué he escrito "todos", no viene al caso...coincido en el resto.

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Mi aporte. Yo uso frecuentemente, hasta para dormir, tapones de espuma. Si los uso enteros para el casco no oigo nada, voy como en una burbuja y no me entero de nada. Lo que hago es cortarlos por la mitad y apenas atenúan el ruido, lo que quitan es la turbulencia (FLOHFLOHFLOH) y se va comodísimo, y puedes mantener una conversación con el casco puesto con el de la gasolinera.
 
O si un trailer sin control te pita y no te enteras de na por que estas en la parra con tu musiquita o con las orejas en el cajon de la cocina
 
Si un agente aprecia una conducción anormal y para al conductor y se encuentra con que lleva tapones y éstos pueden ser los responsables, con seguridad le denunciará, pero sinceramente, creo que esto no es frecuente.

Por otro lado, los sordos también conducen, no lo olvidéis, y creo recordar que las únicas limitaciones están en la velocidad máxima a 100 km/h y en llevar los dos espejos retrovisores que ya llevamos todos.
 
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