Precio de moto en contrato

altuce

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Hola chic@s. Estoy preparando el papeleo para hacer una compraventa de una moto y me encuentro con la siguiente duda: en el contrato privado que se firma (por ejemplo: Cómo es el contrato de compraventa de un coche) se pone un precio que, se supone, será el precio que le abonas al vendedor. Sin embargo, cuando vas a Hacienda a pagar las tasas, el precio de la moto se calcula en base a unas tablas. Mi pregunta es:
  • Han de ser iguales los dos precios? No creo que se parezcan demasiado (ojalá !!!) y prefiero cubrirme las espaldas con la cifra real en el contrato de compraventa.
Como hay que entregar los contratos firmados en Hacienda (creo) prefiero solucionar esta duda para evitarme sorpresas.

Venga, gracias de nuevo y un saludo a tod@s.
 
Da igual si en el contrato pones 1€ o 10.000 te lo calculan en base a las tablas
 
Última edición:
Esto es porque antes las compraventas se hacían por 100 pesetas, y claro, la tasa era ridícula, entonces dijeron que si alguien tenia que ganar era el estado, asi que hicieron esas tablas y independientemente del valor de compraventa, la tasa es fija.
 
Yo creo que no da igual. El precio de las tablas suele ir bastante por debajo del precio de mercado. Por lo menos en Coruña si pones el precio por debajo de lo que marca la tabla, te calculan el impuesto a pagar en base a la tabla. Si lo pones por encima, te sacuden el impuesto por lo que aparece en el contrato. Supongo que así sería lo correcto.
 
La base imponible o valor para Hacienda viene dado en función del modelo de moto así como los años que tiene desde la primera matriculación y se obtiene de unas tablas; después se calcula la cuota aplicando un porcentaje a esa base. Ese valor inicial suele estar por lo general por debajo del de mercado y mi consejo es que en el contrato de compraventa pongas el valor real...
 
Pues es simple para las motos. Se calcula año y cilindrada, no modelo como los coches. Es una página. El otro día tenia el BOE y lo estaba mirando. Si quieres te lo busco y pones el precio. Mi r850r vale unos 750 euros para hacienda (7500 por valor de cilindrada y como tiene la tira de años (más de 12) es el 10% de su valor. Si te interesa mucho te pongo el.BOE luego

(Creo que la tuya es exactamente la misma que la mía así que vale 750€)


te lo pongo que lo he encontrado.
 

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En serio hay que llevar el contrato a Hacienda? Tengo en venta un coche y no sabia tal cosa, aunque si que tengo previsto copiar el mismo contrato que usé en la compra hace cinco años. Tampoco es que sea ninguna pega, sólo que me ha sorprendido.
 
En serio hay que llevar el contrato a Hacienda? Tengo en venta un coche y no sabia tal cosa, aunque si que tengo previsto copiar el mismo contrato que usé en la compra hace cinco años. Tampoco es que sea ninguna pega, sólo que me ha sorprendido.

Así te trincan el 4% de transmisiones patrimoniales.
 
Entonces el rollo es que si en el contrato de compraventa pongo 20 y a ellos les da 3... Pago el 4% de 20 o de 3?


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Ya, si eso me queda claro, pero que no sabia que hubiera que presentar el documento del contrato, suponía que sólo el impreso 600 o el que sea, de transmisiones patrimoniales. Entonces, por poner un ejemplo, si mi moto está entre 550 y 750 cc y tiene más de 12 años, con lo cual esta valorada en 500 € para Hacienda, si no me equivoco, quiere eso decir que tasa es de 20 €?, supongo que tráfico se lleva otro pico por la gestión, aparte de lo que se lleva la gestoria si te hace el trámite.
Por curiosidad, la tasa de tráfico como se calcula?
Gracias.
 
Ya, si eso me queda claro, pero que no sabia que hubiera que presentar el documento del contrato, suponía que sólo el impreso 600 o el que sea, de transmisiones patrimoniales. Entonces, por poner un ejemplo, si mi moto está entre 550 y 750 cc y tiene más de 12 años, con lo cual esta valorada en 500 € para Hacienda, si no me equivoco, quiere eso decir que tasa es de 20 €?, supongo que tráfico se lleva otro pico por la gestión, aparte de lo que se lleva la gestoria si te hace el trámite.
Por curiosidad, la tasa de tráfico como se calcula?
Gracias.

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Esto también va por comunidades???? Vaya follón (...)

Casi: en el País Vasco va por provincias (Diputaciones Forales). En el caso de Vizcaya es el 4%. Yo llevé el contrato porque me había traído la moto de Lérida y tenía los papeles, fotocopia del DNI del vendedor y el contrato de compraventa. Lo llevé a la Hacienda Foral y pagué el impuesto. Después a Tráfico y fin...
 
... obviamente pagué lo que indicaban las tablas. El contrato fue para reforzar el hecho de presentarme para hacer el cambio de titularidad sin que estuviera presente el vendedor...
 
... obviamente pagué lo que indicaban las tablas. El contrato fue para reforzar el hecho de presentarme para hacer el cambio de titularidad sin que estuviera presente el vendedor...

Ya tengo más datos: todo depende de la comunidad. En Galicia es cierto que es un 8% pero el valor no es el mismo, si vas a la aplicación de Hacienda para mí moto me da 500 euros (de 750 pasa a 1000) así que el 8% de 500 son 40 euros.

Ojo: es el mayor de los precios, el de las tablas o el del contrato, así que si en el contrato se pone oro precio... El inconveniente es que, ante reclamaciones, solo vas a poder reclamar por el dinero del contrato.

Salud !!!


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Lo conveniente es hacer un contrato donde conste el precio real satisfecho, más que nada por futuras reclamaciones...

Y a la hora de liquidar el impuesto de transmisiones, (modelo 600 normalmente) se adjunta un modelo de contrato de compraventa (creo que es el modelo 620) donde se hace constar el valor que las tablas oficiales establecen para la moto.

Así sabes que pagas el impuesto acorde al precio fijado por las tablas, y si has pagado otro precio distinto, tienes tu contrato real.
 
A mí nunca me han pedido el contrato :huh: y eso que lo he llevado siempre. De todas formas lo que cuenta a la hora de pagar el impuesto son las tablas.
 
La liquidación en Cantabria se hace por inernet y con pago por transferencia con VISA u otro medio de pago. Y es tan sencillo como ir siguiendo los pasos de la web e introducir los datos que te va pidiendo. Luego si hay que ir haciendo un contrato de compraventa para presentar en Tráfico jjunto con la documentación del vehículo y DNI de comprador y vendedor y el justificante del pago del ITPYAJD. El precio que hay que poner en el contrato es el real que pactéis para posibles consecuencias no deseadas de reclamaciones entre las partes por vicios ocultos.
 
Hola a todos/as
al final no me ha quedado muy claro los anteriores posts
intento preguntarlo a mi manera
voy a comprar una K1600GTL.
Como sabéis y podéis ver por las webs de compra y venta, el precio medio de venta de un K1600GTL del 2013 ronda los 18.000€
vale, yo voy a comprar una por 18.000 y haremos el correspondiente contrato de compra y venta, hasta aquí todo bien.
he entrado a la pagina web de la hacienda catalana y me sale un resultado a pagar de 336€ (ver foto abajo)
la pregunta es:
¿yo al final que debo pagar el 5% de 18.000€ (valor real de compra) o el 5% de lo que dice la hacienda catalana?
Captura1600.jpg
 
Hola a todos/as
al final no me ha quedado muy claro los anteriores posts
intento preguntarlo a mi manera
voy a comprar una K1600GTL.
Como sabéis y podéis ver por las webs de compra y venta, el precio medio de venta de un K1600GTL del 2013 ronda los 18.000€
vale, yo voy a comprar una por 18.000 y haremos el correspondiente contrato de compra y venta, hasta aquí todo bien.
he entrado a la pagina web de la hacienda catalana y me sale un resultado a pagar de 336€ (ver foto abajo)
la pregunta es:
¿yo al final que debo pagar el 5% de 18.000€ (valor real de compra) o el 5% de lo que dice la hacienda catalana?
Ver el archivo adjunto 54511

Debes pagar un 5% (que listos sois los catalanes, los gallegos un 8%, ) de lo que pongas en el contrato de compra venta. Si pones 18.000 pues son 900 euros. Hacienda solo se va a meter si pones un valor de venta menor al indicado por sus tablas. Si es mayor... como si pones 1.800.000, para ellos mejor.

U saludo.


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Yo en Hacienda, y he vendido 3 motos de segunda mano, nunca he tenido que decir en cuanto vendía la moto, ni me lo preguntaban, ellos directamente metían el valor que les salía en la tabla, que siempre fue menor del valor real de la venta.
Por cierto, en Asturias un 4%, si no ha cambiado en el último año claro.




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Yo en Hacienda, y he vendido 3 motos de segunda mano, nunca he tenido que decir en cuanto vendía la moto, ni me lo preguntaban, ellos directamente metían el valor que les salía en la tabla, que siempre fue menor del valor real de la venta.
Por cierto, en Asturias un 4%, si no ha cambiado en el último año claro.




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Hola Luis , gracias por la info....pero tu como entiendes esto?
son las instrucciones de como rellenar el formulario
Captura16001.jpg
la palabra mágica es puede (puede no significa debe)
"La persona que declara puede especificar el valor que consta en el contrato, pero hay que tener en cuenta que en este caso, la Administración puede girar una declaración complementaria como consecuencia de la comprobación de valores"
 
Última edición:
bueno....aclaradas todas la dudas
he llamado a la Hacienda Catalana
se paga lo que diga la tabla
:cheesy:
No tiene nada que ver el importe del contrato de compra y venta

gracias a todos/as
 
Pues yo lo dejaría en blanco y si no el valor que te salga en la tabla, que va a ser el que pongan ellos si tú no pones nada.

La comprobación es cuando, por ej, se pone un valor de venta en el contrato de compraventa, pongamos en tu caso, de 3000 , y pagas en negro el resto al vendedor.
Y vas con ese contrato al menda de Hacienda y le dices que la compraste por 3000, el 5% 150euros. Entonces sí que comprueban, que tontos no son y saben de sobra que los valores de las tablas son inferiores a los valores de mercao. Vamos que saben que tú futura moto te va a costar más de lo que les sale a ellos en las tablas, como para que encima quieras pagar menos.

Ya te digo que yo tenía mis contratos de compraventa con los valores en los que vendí las motos, y luego en Hacienda ellos no me los pedían, y hasta la primera vez, les dije si hacía falta que les enseñara el contrato, y me dijeron que no hacía falta.




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Ojo, que el contrato, si es el que presentas en la administración, es lo que vale, te cobrarían el porcentaje de lo que pongas allí. Otra cosa es que tú tengas otro contrato aparte para ti


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Ya te lo calculan ellos, antes ponías tu el precio pero había mucha gente que ponía de menos para pagar menos en hacienda. Se han dado cuenta...

Enviado desde la Chitocueva
 
esta claro que la consulta no esta bien hecha , ya que el que abre el post solo lo pregunta por no pagar mas y lo de la legalidad no va con el.

ya que por seguridad en caso de reclamacion es poner el importe real y la forma de pago.

si tuvieras que reclamar por un vicio oculto y le reclamaras el retorno por engaño o estafa (cuenta km tocado) solo estaria obligado a devolver lo que ambos habéis firmado ya que es la unica verdad.
 
Muy sencillo, pones "precio convenido" en lugar del importe y listo, hace años que mi gestoria lo hace asi...
 
En mi caso pusimos el valor de las tablas de hacienda (valir venal?) Y asi no hay problema

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Nada tiene que ver el contrato con lo que se paga enHacienda por el traspaso de un vehículo, es más, en Asturias, por ejemplo, nopiden ese contrato dado que vas a pagar según las tablas

El contrato es importante entre las partes y solo lasvincula a ellas (a la Administración ni de lejos) pero digo que es importanteporque si hay un problema y se quiere resolver la venta se podrá reclamar quese devuelva el dinero que se pagó; si hacemos constar que el precio eran 100por pagar menos a Hacienda y después hay problemas solo podremos reclamar 100aunque se hayan pagado 1000.

Por eso creo que en el contrato hay que poner lo que se pagade verdad y si lo abonas por transferencia, perfecto

 
Confirmo todo lo escrito por MikoGS.
He vendido y comprado una moto hace dos semanas y es así como se hace.


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Nada tiene que ver el contrato con lo que se paga enHacienda por el traspaso de un vehículo, es más, en Asturias, por ejemplo, nopiden ese contrato dado que vas a pagar según las tablas

El contrato es importante entre las partes y solo lasvincula a ellas (a la Administración ni de lejos) pero digo que es importanteporque si hay un problema y se quiere resolver la venta se podrá reclamar quese devuelva el dinero que se pagó; si hacemos constar que el precio eran 100por pagar menos a Hacienda y después hay problemas solo podremos reclamar 100aunque se hayan pagado 1000.

Por eso creo que en el contrato hay que poner lo que se pagade verdad y si lo abonas por transferencia, perfecto

Una pregunta, si lo abonas por transferencia, en el contrato pones el precio real, hacienda investiga el caso y ve que el valor puesto en la transferencia es inferior hay multa de por medio seguro no?
 
No creo o nunca lo he visto, si lo prefieres

Es la hacienda autonómica, no la gran hacienda estatal, la que interviene en estos casos
 
En todas las comunidades se puede hacer la simulación on line a través de la web recaudatoria.
Si pones un precio superior al mínimo que ellos estiman, te cobran el impuesto sobre tu cantidad, si pones uno inferior, siempre sale su mínimo.
Así que, tontos no son, aunque si juegas un poco con las cantidades se ven las variaciones.
Un saludo
 
Disculpad pero sigo sin tener esto claro. Para hacer una transferencia de un vehículo se entrega en hacienda el modelo 620 con el valor de la moto (podemos poner el vaor segun las tablas), y despues en trafico se entrega la documentación de la moto, junto con la copia del modelo 620 y el contrato de compra-venta. Por tanto, en trafico es donde se pueden dar cuenta de que no coincide el precio de venta con lo declarado, no en hacienda. Y si vamos mas alla, si hacemos una transferencia por el precio de venta pero en hacienda hemos dicho que nos ha costado mucho menos, ¿hay alguna forma de que puedan cruzar todos estos datos y sancionarte por fraude?

No se si esto depende tambien de cada comunidad autonoma, por si acaso yo pregunto por Valencia. Cualquier luz sobre este tema sera bien recibida ya que tengo que hacer una compra-venta en los proximos dias.

Gracias, un saludo
 
Lenko, no te compliques:

- Vas a la hacienda autonómica con el modelo 620 sin poner el precio, que ya te lo calcularán los chicos del mostrador con la marca, modelo y antigüedad.. Si quieres saber previamente cuanto es, te vas al portal web de tu comunidad y tienes una calculadora para averiguarlo. Cada comunidad decide el porcentaje que aplica sobre el valor del vehículo en el listado anual que emite la Agencia Tributaria nacional.

- Y luego vas a Tráfico, donde desde hace tiempo, al menos en la provincia de Zaragoza, lo que te piden es: el formulario de solicitud de cambio de ttular firmado por ambas partes, el recibo de que has pagado previamente la tasa del cambio de titular en caja, la identificación de vendedor (vale fotocopia) y comprador (dni real), la documentación original del vehículo (permiso y ficha técnica), y el modelo 620 con la diligencia de pago, y el contrato de compraventa ni lo miran.

Si te preocupa que te pidan , o exhibir el contrato, haz caso de lo que te han dicho unos post más arriba, y en el contrato sustituyes el importe del precio, por la expresión "el precio convenido".

De cara a una posible reclamación económica posterior, que el pago se haga por transferencia indicando en el concepto compraventa del vehículo matrícula XXXX. Allí tienes la prueba del importe eal.

Manuel
 
He visto que según la comunidad autónoma tienen en cuenta el precio del contrato o no, ¿alguien tiene experiencia sobre estos trámites en la comunidad valenciana? Gracias
 
Bueno, pues ya están hechos todos los trámites indicando en el modelo 620 de hacienda el valor fiscal de la moto (el que sale en las tablas) y en el contrato la cantidad de "precio convenido" para evitar futuros problemas. Solo comentar que en Valencia me pidieron el contrato tanto en hacienda como en trafico, aunque no me hicieron ningun comentario sobre la cantidad, pero se quedaron copia.
De todas formas, tanto el vendedor como yo firmamos tambien el mismo contrato con el precio real de la moto y nos quedamos copia para que todo este en orden por si alguna vez tuviera algun problema con la moto.

Gracias a todos (en especial a ManuelZGZ) por los comentarios y la ayuda. Estas cosas son fáciles cuando ya lo has hecho alguna vez, pero cuando es la primera es bueno tener los consejos de alguien que ya ha pasado por ello.

Un saludo
 
Esto también va por comunidades???? Vaya follón. Cuánto os trincan por allá? El 4% en el norte de Afr... Digoo Andalucía :cheesy:

En una moto de más de 10 años puedes ir desde el "exenta" en Aragón o Cataluña, a que en Baleares te den una ostia por intentra seguri usando una cascarria contaminante...

¿A que es injusto?

Manuel
 
Para pagar las tasas me lo dejaron muy claro. Este es el valor mínimo de la moto pero hay que poner el real si es superior. Cómo lo persiguen o cómo pueden verlo, no lo sé.
 
Si firmas el contrato, pero no lo registras no tienen forma de saber ni te lo tienen que pedir, las partes acuerdan un cambio de titularidad, como.si.es.regalada, y se pagan los impuestos que corresponden. Si te preguntan por el contrato, pues que no hay, el documento oficial.de cambio de titularidad esta firmado por ambas partes y con eso vale. Al menos asi lo hice yo

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Si firmas el contrato, pero no lo registras no tienen forma de saber ni te lo tienen que pedir, las partes acuerdan un cambio de titularidad, como.si.es.regalada, y se pagan los impuestos que corresponden. Si te preguntan por el contrato, pues que no hay, el documento oficial.de cambio de titularidad esta firmado por ambas partes y con eso vale. Al menos asi lo hice yo

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Yo no estoy tan seguro de que no sea necesario tener un contrato, a mi me lo pidieron en hacienda y también en tráfico y se quedaron una copia del mismo. Otra cosa es que en cada comunidad autonoma tengan unos requerimientos diferentes, yo hablo de la comunidad valenciana.
 
Yo no estoy tan seguro de que no sea necesario tener un contrato, a mi me lo pidieron en hacienda y también en tráfico y se quedaron una copia del mismo. Otra cosa es que en cada comunidad autonoma tengan unos requerimientos diferentes, yo hablo de la comunidad valenciana.
Si pedir te lo pueden pedir... pero no e s necesario para cambiar el vehículo de nombre, así que dices que no hay contrato y ya está. Yo, al menos, así lo hice y lo hice porque me asesoraron para hacerlo así
 
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