Accidente y juicio

cbr601

Acelerando
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He tenido un accidente con mi moto que explico por si alguien os vale mi experiencia. En conducción interurbana por una doble vía, circulaba por el carril izquierdo detrás de un coche sin más tráfico. Al llegar a un cruce regulado por semáforos y con una señal de prohibido girar a la izquierda. De repente el coche que me precedía decide hacer un cambio de sentido en el cruce para incorporarse a la otra vía también de dos sentidos y se atraviesa delante de mí con el coche ya girado.
Al ser todo tan repentino no me da tiempo a reaccionar y choco con él. El conductor del coche reconoce su temeridad y viene la policía local para tomar nota de los hechos.
Cuando llega el atestado me hacen a mi responsable por no cumplir la distancia de seguridad. Y él que ha hecho una gran infracción no tiene ninguna responsabilidad.
Como la situación no es justa no me cabe otra posibilidad que ir a juicio. Porque con el atestado el seguro ya obra en consecuencia y le arregla al contrario el coche.
Me han hecho una peritación de la moto, casi 7.000,00 €. Las piezas de Bmw son muy caras.

A la espera del juicio que va a tardar me surge el problema porque no puedo esperar a la sentencia. Hay varias opciones:

- Arreglar la moto con el mínimo coste para circular.
- Esperar a la sentencia para arreglarla.

Y me surgen 2 dudas . En el primer caso me puede perjudicar el arreglo al mínimo coste porque no me valoren bien el siniestro luego en el juicio. Y si espero para arreglarla me pagan el total de la peritación si lo gano o tengo que arreglar la moto y presentar la factura.

Agradecría que alguien me asesorará o me relatara su experiencia similar para tomar una decisión, porque mi abogado no me lo aclara.

He aprendido mucho con respecto al atestado, el trato con el seguro etc.. y si alguien quiere más información la puedo facilitar.

Un saludo y ráfagas a todos
 
Pues no puedo ayudarte, lo siento, pero sí te agradecería que cuentes tu experiencia para aprender (algún día me tocará, me temo). Pero te sugiero que sea en otro hilo para no desvirtuar este (vamos, que puede generar "ruido" y quedarte sin las respuestas que esperabas).
Gracias, y suerte con el juicio.
 
a ver sin tienes suerte ...es complicado cuando te ponen que no mantienes la distancia de seguridad ....pero si arrancas de un semáforo y hace giro prohibido el de adelante ...puedes decir que te limitasteis a frenar y que el suelo no tenía buena adherencia ..y la maniobra del contrario te equivoco y al desviarte de la reacción del contrario le diste ....en muchos casos los jueces dan la razón al más débil.

yo no arreglaría ...si por casualidad la parte contraria pide otra valoración del siniestro por que es cara ...que haces ?.

cuando veas que das por detrás ....intentar .....(ya se que es difícil )pero si miráis a otro lado seguro que vais aunque no os lo creáis ..ñ.en muchos casos a donde miráis !!!

suerte!!!


 
Hola Ketekasko. ¿ en que otro hilo podría tratar el tema?

Un saludo
 
Si has dado por detrás dudo que te den la razón, o el golpe lo diste lateral o tienes las de perder..
A ver si te va a salir más cara la broma, si el seguro da por perdido el caso, no sé hasta qué punto te costeará la defensa jurídica.
Suerte con lo que decidas pero piénsatelo bien y hazlo si ves posibilidades reales de ganar el caso, si fue un alcance no ganarás, lo máximo que conseguirías en todo caso es que tu seguro no pague al contrario, pero que el contrario te pague a tí lo veo imposible (repito, si hablamos de un alcance, golpeaste por detrás al turismo).
Saludos.
 
El coche estaba girando y prácticamente de lado. Le golpeé justo en la esquina lateral trasera izquierda y en el faro. Al coche contario con el atestado en contra mía ya le deben haber arreglado el coche. El seguro me paga la defensa jurídica porque me he roto una pierna y me han tenido que operar y rehabilitar. Y querrá recuperar los gastos.
Mi duda es si arreglar la moto porque como el juicio se va a retrasar mucho...
Saludos
 
El coche estaba girando y prácticamente de lado. Le golpeé justo en la esquina lateral trasera izquierda y en el faro. Al coche contario con el atestado en contra mía ya le deben haber arreglado el coche. El seguro me paga la defensa jurídica porque me he roto una pierna y me han tenido que operar y rehabilitar. Y querrá recuperar los gastos.
Mi duda es si arreglar la moto porque como el juicio se va a retrasar mucho...
Saludos


las compañias se arreglan entre ellas habla con tu seguro ...a ver que te dice
 
Me extraña que el atestado diga que la causa está asociada a no mantener la distancia de seguridad. Y que al mismo tiempo el contrario declare que realizó una maniobra no reglamentaria (sin intermitente, brusquedad, etc.).
Es raro que los Agentes contradigan a las dos partes. Pues pueden salir retratados en la foto.
De entrada. Si tu circulas por tu carríl y no tienes ningún vehículo delante. La distancia de seguridad es cuasi infinita. No tienes por que mantener una distancia con un vehículo que circule a menos velocidad por el carril de la derecha.
Imagino que tu aseguradora se presentó al juicio con una pericial de reconstrucción del accidente. Pues de otro modo, la palabra de la autoridad será la que tenga mas valor en el juicio.
 
Yo les aplicaría la misma ley a los intervinientes, a ver si también guardan la debida distancia de seguridad. Y con lo que saques del seguro, te compras una moto nueva.
 
Hola Ketekasko. ¿ en que otro hilo podría tratar el tema?

Un saludo

Hola. Me refería a una tontería: si en el mismo hilo pides consejo y a la vez cuentas tu experiencia detallada es probable que opine gente de una o ambas cosas generando muchos posts que te hagan difícil tener una respuesta clara a tu pregunta. Vamos, solo era un consejo en base a mi (corta) experiencia. Disculpa si te he liado. Hay un foro de temas legales o administrativos x ahí (no recuerdo el nombre exacto).
Saludos
 
Me extraña que el atestado diga que la causa está asociada a no mantener la distancia de seguridad. Y que al mismo tiempo el contrario declare que realizó una maniobra no reglamentaria (sin intermitente, brusquedad, etc.).
Es raro que los Agentes contradigan a las dos partes. Pues pueden salir retratados en la foto.
De entrada. Si tu circulas por tu carríl y no tienes ningún vehículo delante. La distancia de seguridad es cuasi infinita. No tienes por que mantener una distancia con un vehículo que circule a menos velocidad por el carril de la derecha.
Imagino que tu aseguradora se presentó al juicio con una pericial de reconstrucción del accidente. Pues de otro modo, la palabra de la autoridad será la que tenga mas valor en el juicio.

Yo le he entendido que el vehículo circulaba delante pero en el mismo carril (que de hecho si el del coche pensaba hacer la maniobra seguro que ya la estaba preparando), por tanto, se debe mantener esa distancia.
Puede darse una culpabilidad compartida en el juicio, pero a ti te colocan tu parte si o si por no guardar la distancia de seguridad.
 
Hola. Me refería a una tontería: si en el mismo hilo pides consejo y a la vez cuentas tu experiencia detallada es probable que opine gente de una o ambas cosas generando muchos posts que te hagan difícil tener una respuesta clara a tu pregunta. Vamos, solo era un consejo en base a mi (corta) experiencia. Disculpa si te he liado. Hay un foro de temas legales o administrativos x ahí (no recuerdo el nombre exacto).
Saludos

Me autocito, je je: me refería al foro General: Temas legales y seguros. Pero vamos, ponlo donde te parezca mejor, se leerá igual.
Saludos
 
Me extraña que el atestado diga que la causa está asociada a no mantener la distancia de seguridad. Y que al mismo tiempo el contrario declare que realizó una maniobra no reglamentaria (sin intermitente, brusquedad, etc.).
Es raro que los Agentes contradigan a las dos partes. Pues pueden salir retratados en la foto.
De entrada. Si tu circulas por tu carríl y no tienes ningún vehículo delante. La distancia de seguridad es cuasi infinita. No tienes por que mantener una distancia con un vehículo que circule a menos velocidad por el carril de la derecha.
Imagino que tu aseguradora se presentó al juicio con una pericial de reconstrucción del accidente. Pues de otro modo, la palabra de la autoridad será la que tenga mas valor en el juicio.


........en los atestados hay que mirar siempre cuales son las causas del accidente y que es lo que lo ha causado, en este caso concreto, la causa del accidente, según lo que deduzco y por lo que he leído, es que la moto colisiona con el vehículo cuando éste circula delante de él, por tanto, es un alcance de la moto al vehículo que le precede, ahora bien, en este caso concreto, el vehículo que va delante, se prepara para efectuar una maniobra antirreglamentaria, por lo que el Juez actuará en consecuencia y sancionará al infractor por esa maniobra incorrecta, pero la causa del accidente es el despiste o el no guardar distancia de seguridad con el vehículo que le precede.......


........si ese vehículo, realiza el mismo giro no reglamentario y el que le alcanza es el vehículo que circula en sentido contrario, la culpa sería del que gira, pero si tu hubieras llevado o guardado la distancia de seguridad correspondiente y obligatoria, te hubiera dado tiempo (en teoría), a frenar o reducir la velocidad, y no hubiera tenido lugar el accidente...............
 
Última edición:
Pues lo he entendido mal. No se de donde he sacado lo de dos carriles por sentido y que el vehículo circulaba por el de la derecha.
Como circulaba por el mismo carril, a no ser que tuviese fuera de servicio las luces de freno, está claro que la causa está asociada a no mantener la distancia reglamentaria.
Me temo que hay poco que rascar. Como máximo una concurrencia.
 
Pues desde mi humilde opinión, yo no tengo tan claro que se pueda considerar al compañero culpable por alcance al no mantener la distancia de seguridad, y os comento por qué y como dicen en las pelis de antena 3: "basado en hechos reales"

Imaginaos una situación similar: circulas en una vía de sentido único por tu carril y de pronto un vehículo se incorpora al mismo saltándose una señal vertical de stop, colocándose delante tuyo a velocidad mucho menor que la que llevas (la legal para la vía) y lo alcanzas por detrás porque no puedes frenar a tiempo.

Se puede decir que es una colisión por alcance, pero lo que la motiva es la infracción cometida por el vehículo que te antecede, no la insuficiente distancia de seguridad. Es mi opinión. Mucha suerte!

PD: el juicio lo perdí en primera instancia pero recurrí y finalmente lo gané y me indemnizaron, 4 años más tarde, eso sí.
 
Pues desde mi humilde opinión, yo no tengo tan claro que se pueda considerar al compañero culpable por alcance al no mantener la distancia de seguridad, y os comento por qué y como dicen en las pelis de antena 3: "basado en hechos reales"

Imaginaos una situación similar: circulas en una vía de sentido único por tu carril y de pronto un vehículo se incorpora al mismo saltándose una señal vertical de stop, colocándose delante tuyo a velocidad mucho menor que la que llevas (la legal para la vía) y lo alcanzas por detrás porque no puedes frenar a tiempo.

Se puede decir que es una colisión por alcance, pero lo que la motiva es la infracción cometida por el vehículo que te antecede, no la insuficiente distancia de seguridad. Es mi opinión. Mucha suerte!

PD: el juicio lo perdí en primera instancia pero recurrí y finalmente lo gané y me indemnizaron, 4 años más tarde, eso sí.


.....cada caso hay que estudiarlo por separado Rodrigs, no se puede generalizar en los accidentes, en tu caso concreto está medio claro que ha habido una incorporación incorrecta a la vía, de manera imprevista y rápida, y a ti no te da tiempo de frenar precisamente por esa sorpresa y encima al tratarse de una incorporación lenta, habría que mirar bien las circunstancias de tu accidente, ya que dependía de la distancia a la que tu circulabas y de la velocidad de incorporación del otro vehículo...............

.....pero en el caso que nos ocupa, el vehículo circula delante NO SE INCORPORA, sino que como va circulando delante, tú tienes que ir viéndolo y por tanto, has de guardar distancia de seguridad (cosa que por otra parte casi nadie hace), y si el vehículo comete una infracción es su problema, pero se puede cruzar un perro, una persona, darle un infarto al otro conductor, etc., por tanto, aunque el otro vehículo cometa una infracción, la causa del accidente es que tu no has tenido tiendo a frenar ante una circunstancia anómala...¿porque?....
 
Eraser lo q dices está claro, pero hay que tener en cuenta que el otro coche hace una maniobra inesperada y a mi entender brutal en un sitio peligroso. Por lo q esperamos una concurrencia de culpas. Además el abogado q no me cuesta porque es de la compañía me da posibilidades.

Esta muy bien lo de la distancia de seguridad. Pero me gustaría ver a algunos de vosotros en un caso parecido

Saludos
 
Eraser lo q dices está claro, pero hay que tener en cuenta que el otro coche hace una maniobra inesperada y a mi entender brutal en un sitio peligroso. Por lo q esperamos una concurrencia de culpas. Además el abogado q no me cuesta porque es de la compañía me da posibilidades.

Esta muy bien lo de la distancia de seguridad. Pero me gustaría ver a algunos de vosotros en un caso parecido

Saludos

La culpabilidad del accidente seguramente te la lleves tu, aunque la otra parte se lleve su sanción correspondiente por el giro prohibido. Y tu te llevarás esa sanción por la misma razón que le hubieses alcanzado en caso de que este conductor hubiese frenado de emergencia por algún motivo como algo o alguien que se cruce en la calzada.
 
A mí me pasó algo similar hace muuuuuucho tiempo. Un día de nieve en un camino rural (tierra) en la Sierra de los Filabres en Almería, circulando tras un Mitsubishi Pajero que llevaba unos neumáticos más anchos que el coche, dentro del cual iba el típico garrulo con toda la familia "a ver la nieve". Estábamos en una zona de ligera pendiente descendiente, y debíamos ir unos 30 metros detrás, a una velocidad que no creo que fuera más de 15 ó 20. De pronto, y para alegría de los niños que iban dentro del Pajero, y terror nuestro, el individuo pega un frenazo en seco para hacer deslizar el coche, dejándo detrás de sí una perfecta pista de patinaje que terminaba en su paragolpes trasero. Aún puedo recordar cómo se veían los niños chillando (por sus expresiones) de alegría, mientras nosotros igualmente chillábamos (de pánico) "hijo de....", la pista de patinaje que dejaron los neumáticos al aplastar la nieve, junto a la pendiente hizo el resto....rotura de un faro en mi caso y rotura del conector eléctrico del enganche de remolque en su caso. Primero, todo disculpas, "perdona, que no te había visto.....culpa mía, etc.." Intercambiamos los seguros y tal, pero a los pocos días, me dice que su seguro dice que no, que el que da. por detrás paga, etc.... Me costó mucho convencerlo de que se hiciera cargo, pero al final lo conseguí, y el hombre entró en razón :)
 
Después de más de dos años después del accidente ya se ha terminado el proceso judicial que paso a detallaros para expresar mi satisfacción y por si a alguien ahora o en el futuro os puede servir.

Estoy bastante bien después del accidente ya que me preocupe de hacer la mejor rehabilitación posible que costó casi 3.000,00 €. Es necesario trabajar y "sufrir" para conseguir unos buenos resultados.

Me costó decidirme en el abogado que me iba a representar porque además el atestado de la policía lo tenía en contra. Por cierto después del juicio me enteré que en mi caso los policías que acudieron no eran especialistas en atestados.

El caso es que después de buscar mucho, me decidí por una abogada seria y profesional que tenía claro el accidente para representarme.

El juicio se celebró en verano del año pasado y el juez citó a los dos policías que intervinieron. Por cierto me sorprendió muchísimo que no multaran al vehículo contrario después de la maniobra prohibida que realizó cuando la reconoció en el momento del accidente y la policía así lo hizo constar en el accidente.

Sin embargo a pesar de que el vehículo contrario que me antecedía, para hacer un cambio de sentido prohibido en un cruce regulado por semáforos se abrió invadiendo los dos carriles y al cortarme el paso colisioné con él. Según el atestado policial soy culpable por distancia de seguridad. Para la policía parece que sólo importaba la culpabilidad y no la bestialidad de la infracción.

El caso es que la policía " según su experiencia" siguió insistiendo en la distancia de seguridad sin poder argumentar ningun motivo o explicación más para el accidente. El conductor del vehículo contrario, que tampoco se jugaba tanto porque ya le habían arreglado el coche al poco del accidente, cambió la versión de los hechos a pesar de su testimonio en el momento del accidente. Pero no valió para nada, porque gracias a la buena labor de mi abogada y el perito que llevamos, la sentencia fue totalmente favorable a mi al 100 %. La aseguradora contraria apeló . Y la audiencia ha ratificado la sentencia inicial con lo que me han pagado lo que el forense dictaminó en base a mi tiempo de hospitalización, días de baja, días de tratamiento médico, cicatrices etc... Me han arreglado la moto e incluso pagado intereses de demora.

Estoy muy satisfecho con la sentencia y agradezco a todos los que me han apoyado, incluido miembros del foro. Porque encontré muchos obstáculos en el camino y me costó mucho tomar determinadas decisiones. Y aprovecho la oportunidad para ofrecer mi experiencia a quien le pueda ayudar
 
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