Algún compañero abogado¿?

Hola, a ver si algún compañero, abogado, o gestor, me ayuda.
Si recibes una herencia familiar en metálico y pones el dinero en una cta conjunta con tu mujer, eso es una donación,¿?
Estado matrimonial, gananciales.
Muchas gracias 🙏


Sentencia del TS
 
Las herencias son bienes privativos y, por lo tanto, no influye el tipo de régimen matrimonial en que se esté casado.

Es decir: el/la cónyuge no tiene ningún tipo de derecho ni razón sobre una cantidad y/o bien heredado.

Para recibir la herencia ya se habrán tenido que tributar los impuestos correspondientes (que en algunas CCAA son testimoniales), por lo que carece de sentido volver a tributar si se ingresa en una cuenta conjunta.
 
tal y como te cuentan....

es un bien privativo adquirido a titulo gratuito por lo que no tiene carácter ganancial y por tanto no tiene derecho el cónyuge
idem donaciones
 
Ponlo en una cuenta tuya y listo, y si fuese al revés también.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
 
Hola, a ver si algún compañero, abogado, o gestor, me ayuda.
Si recibes una herencia familiar en metálico y pones el dinero en una cta conjunta con tu mujer, eso es una donación,¿?
Estado matrimonial, gananciales.
Muchas gracias 🙏
Todo lo q se recibe por herencia es un bien privativo, si quieres aportarlo a una cuenta conjunta deberías hacer una escritura de “aportación a gananciales” está exenta de impuestos
 
Atrás
Arriba