H
Herbie
Invitado
Esta no es una cuestión de motos, ni de nada relacionado con el mundo de los amotos, aunque segurmanete es un tema que afecte a más de uno. Y como ando un poco perdido, lanzo esta consulta por si alguien me puede echar un cable.
Estoy separado judicialmente, tengo una hija de 8 años y la relación con mi todavía mujer es muy conflictiva.
El problema que se me plantea y que someto a vuestra consideración y consejo, es el siguiente:
Tengo un régimen de visitas establecido judicialmente para ver a mi hija cada 2 fines de semana (supongo que será un caso aislado
).
Para no perder el contacto con mi hija, y dado que se queda al comedor en el centro escolar, suelo acercarme de vez en cuando al centro, entre las 14:00 y las 15:00 horas, para estar con ella en el patio.
La Directora del Centro me ha pegado el toque diciéndome, aunque no directamente, que no es grata mi presencia y que en lo sucesivo no vaya más a ver a mi hija. Al preguntarle el motivo concreto o, en su caso, la regulación legal de sus manifestaciones, me ha salido con un Régimen Interno del Colegio en el que pone algo, aunque sin concretar nada, por lo que sospecho que se está marcando un farol.
La semana que viene le voy a pedir mediante BuroFax una copia del citado Reglamento.
¿Teneis alguna idea de cómo afrontar esta cuestión? Si la Directora se niega a dejarme entrar en el Centro para ver a mi hija, ¿qué puedo hacer?... suponiendo que en el Reglamento Interno no se diga nada al respecto.
¿Conoceis normativa que permita a los padres a estar en compañia de sus hijos durante la hora después del comedor, dentro del centro?
(estoy en la Comunidad Valenciana)
Asias
Estoy separado judicialmente, tengo una hija de 8 años y la relación con mi todavía mujer es muy conflictiva.
El problema que se me plantea y que someto a vuestra consideración y consejo, es el siguiente:
Tengo un régimen de visitas establecido judicialmente para ver a mi hija cada 2 fines de semana (supongo que será un caso aislado

Para no perder el contacto con mi hija, y dado que se queda al comedor en el centro escolar, suelo acercarme de vez en cuando al centro, entre las 14:00 y las 15:00 horas, para estar con ella en el patio.
La Directora del Centro me ha pegado el toque diciéndome, aunque no directamente, que no es grata mi presencia y que en lo sucesivo no vaya más a ver a mi hija. Al preguntarle el motivo concreto o, en su caso, la regulación legal de sus manifestaciones, me ha salido con un Régimen Interno del Colegio en el que pone algo, aunque sin concretar nada, por lo que sospecho que se está marcando un farol.
La semana que viene le voy a pedir mediante BuroFax una copia del citado Reglamento.
¿Teneis alguna idea de cómo afrontar esta cuestión? Si la Directora se niega a dejarme entrar en el Centro para ver a mi hija, ¿qué puedo hacer?... suponiendo que en el Reglamento Interno no se diga nada al respecto.
¿Conoceis normativa que permita a los padres a estar en compañia de sus hijos durante la hora después del comedor, dentro del centro?
(estoy en la Comunidad Valenciana)
Asias