Aparcar moto en acera. Listado de ciudades

jesus492

Allá vamos
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Hola a todos,

Os propongo, a todo aquel que quiera participar, que hagamos un listado de las ciudades en las que vivimos informando de si es posible aparcar las motos en acera o no. De esta forma podemos ayudar a los moteros viajeros por España y ahorrar el buscar en la ordenanza municipal de turno.

Para que sea fácil de localizar, podemos ir copiando y pegando el listado por orden alfabético. Empiezo por Málaga

1. Almería: Permitido en determinadas circunstancias. Artículo 73 http://www.aytoalmeria.es/db/www.ns...256e7b002ed918/$FILE/Ordenanza de Tráfico.pdf
http://www.aytoalmeria.es/db/www.ns...256e7b002ed918/$FILE/Ordenanza de Tráfico.pdf
2. Alicante: Prohibido. Multan e inlcuso plantean prohibir aparcar en zona azul sin sacar ticket.

3. Barcelona: (salvo señal que lo prohiba) se puede aparcar en aceras superiores de 5 metros.

4. Bilbao: Prohibido

5. Cádiz: Prohibido en aceras (nadie lo hace generalmente) pero hay aparcamientos reservados para motos por toda la ciudad bien repartidos debido al gran numero que existen.

6. Donostia/San Sebastián: Prohibido siempre. Hay muchos aparcamientos para motos, sobre todo en el centro, pero suelen estar llenos. Se puede aparcar en zona OTA sin ticket.

7. Gijón: Permitido siempre que no se moleste a los peatones la policia local es bastante permisiva, aunque hay algunas exclusivas para motos son pocas todavia, se puede aparcar en zona azul sin ticket.

8. Granada: Prohibido

9. Madrid, se puede aparcar con ciertos condicionantes: https://sede.madrid.es/FrameWork/gen..._48&cacheKey=2. artículo 62.

10. Málaga: Permitido en determinadas circunstancias. Artículo 36 http://www.malaga.eu/inter/visor_co...player/DocumentoNormativa474?id_contenido=474
http://www.malaga.eu/inter/visor_co...player/DocumentoNormativa474?id_contenido=474
11. Oviedo: Prohibido Están empezando a multar. Antes se toleraba

12. Palencia: Permitido siempre que no estorbe peatones

13. Santander: Prohibido aparcar sobre la acera, pero se puede aparcar en zona OLA y suele haber parking para motos que normalmente están ocupados en horas puntas.

14. Sevilla: Permitido en determinadas circunstancias. Artículo 92 http://www.sevilla.org/ayuntamiento...movilidad/ordenanza-de-circulacion-de-sevilla

15. Tarragona: No permitido. Existen bastantes zonas para motos pero en verano bastante colapsadas. Tolerancia en Rambla Vella junto zona motos.

16. Valencia: Permitido en determinadas circunstancias.Se regula en la Ordenanza de Circulación Artículo 60 http://www.valencia.es/twav/ordenanz...lang=1&nivel=4

17. Valladolid: Prohíbido. No hay normativa específica de motocicletas http://www.valladolid.es/es/ciudad/...amiento-circulacion-seguridad-vial-reglamento

18. Vigo: Permitido. ordenanza de Vigo (del año 1993) aparcar en aceras de al menos 5 metros de ancho. En la práctica toleran el aparcamiento en aceras mucho más estrechas. Eso si, hay algunas calles (Marqués de Valladares, Plaza de Compostela... ) donde hay que fijarse en las señales que prohiben aparcar en la acera (bajo la señal aparece un rótulo que dice "incluso motos en acera").

19. Zamora: Permitido en aceras de mas de 3 metros de ancho aparcando en sentido longitudinal y en la parte exterior de la acera es decir pegada a la calzada

20. Zaragoza: Permitido en determinadas circunstancias: Artículo 27 https://www.zaragoza.es/ciudad/norma...rmativa?id=229
 
Última edición:
1. Álava
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. Donostia/San Sebastián: Prohibido siempre. Hay muchos aparcamientos para motos, sobre todo en el centro, pero suelen estar llenos. Se puede aparcar en zona OTA sin ticket.
2. Málaga: Permitido en determinadas circunstancias. Artículo 36 http://www.malaga.eu/inter/visor_con..._contenido=474
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.Tarragona: No permitido. Existen bastantes zonas para motos pero en verano bastante colapsadas. Tolerancia en Rambla Vella junto zona motos.
Zaragoza
 
1. Álava
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. Donostia/San Sebastián: Prohibido siempre. Hay muchos aparcamientos para motos, sobre todo en el centro, pero suelen estar llenos. Se puede aparcar en zona OTA sin ticket.
2. Málaga: Permitido en determinadas circunstancias. Artículo 36 http://www.malaga.eu/inter/visor_con..._contenido=474
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.Tarragona: No permitido. Existen bastantes zonas para motos pero en verano bastante colapsadas. Tolerancia en Rambla Vella junto zona motos.
Zaragoza
. Madrid, se puede aparcar con ciertos condicionantes: https://sede.madrid.es/FrameWork/ge...5680aRCRD&nombreFichero=ANM2005_48&cacheKey=2. artículo 62.
 
GRacias por las aportaciones!!

Que rapidez! VOy actualizando el primer mensaje para que la gente que entre lo vea de un vistazo
 
Bilbao: prohibido.
Granad: prohibidisimo. He visto a la grua llevarse motos.
 
Zaragoza

Ordenanza General de Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza

https://www.zaragoza.es/ciudad/normativa/detalle_Normativa?id=229

"Estacionamiento de Motocicletas, Ciclomotores y Bicicletas.

Art. 27.- Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas, de no existir espacios destinados específicamente a este fin, podrán estacionar encima de las aceras, paseos o andenes de más de tres metros de anchura, en forma paralela a la acera y a una distancia de cincuenta centímetros del extremo lateral de ésta más próxima a la calzada. La distancia longitudinal mínima entre dos vehículos de este tipo, estacionados en la forma que se cita, será de dos metros.

Para acceder al lugar del estacionamiento, se hará circulando con el motor parado, excepto para remontar el bordillo si existe y sin ocupar el asiento.

La autorización de estacionamiento precedente no será válida en las zonas de circulación señalizadas como calle residencial. "

Atención a las aceras que tienen señales de "prohibido aparcar" con la placa adicional "Incluso motos encima de la acera".

Manuel
 
Cadiz: Prohibido en aceras (nadie lo hace generalmente) pero hay aparcamientos reservados para motos por toda la ciudad bien repartidos debido al gran numero que existen.
 
1. Álava
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. Donostia/San Sebastián: Prohibido siempre. Hay muchos aparcamientos para motos, sobre todo en el centro, pero suelen estar llenos. Se puede aparcar en zona OTA sin ticket.
2. Málaga: Permitido en determinadas circunstancias. Artículo 36 http://www.malaga.eu/inter/visor_con..._contenido=474
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.Tarragona: No permitido. Existen bastantes zonas para motos pero en verano bastante colapsadas. Tolerancia en Rambla Vella junto zona motos.
Zaragoza
Tampoco se puede aparcar en zona OTA donde esté indicado en el suelo 15" .donde se puede aparcar los 15 primeros minutos gratis.
 
1. Álava
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. Donostia/San Sebastián: Prohibido siempre. Hay muchos aparcamientos para motos, sobre todo en el centro, pero suelen estar llenos. Se puede aparcar en zona OTA sin ticket.
2. Málaga: Permitido en determinadas circunstancias. Artículo 36 http://www.malaga.eu/inter/visor_con..._contenido=474
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.Tarragona: No permitido. Existen bastantes zonas para motos pero en verano bastante colapsadas. Tolerancia en Rambla Vella junto zona motos.
Zaragoza


Muy buenas, tengo intención de viajar este verano a San Sebastian con la moto. No se puede aparcar en la acera??
 
En Madrid se esta dejando de poder aparcar en zonas com ola calle Serrano solo se puede en las perpendiculares, hay unos cartelitos pequeños de unos 30 cm de ancho a la altura de un jugador de baloncesto, "mas menos" donde lo indica. Y no se llevan la moto pero multan, y ya tampoco se puede aparcar en la puerta del sol recordareis que donde se situa ahora el oso y el madroño antes se podia pues ya no igual mismo cartelito. Ahí me lleve yo una multa hace cosa de un año.
 
Muy buenas, tengo intención de viajar este verano a San Sebastian con la moto. No se puede aparcar en la acera??

Ni se te ocurra ,en un cerrar y abrir de ojos te lo lleva la grua.Y ojo con el nuevo radar móvil que han comprado lo colocan en un trípode escondido ,es la ciudad donde más multas ponen.
 
Última edición:
Ni se te ocurra ,en un cerrar y abrir de ojos te lo lleva la grua.Y ojo con el nuevo radar móvil que han comprado lo colocan en un trípode escondido ,es la ciudad donde más multas ponen.

Pues muchas gracias lo tendré muy en cuenta.
 
Ojo en Madrid que se están empezando a poner serios. De momento parece que están solo dando toques de atención excepto a los casos mas evidentes.

He de decir que me parece estupendo, en las principales zonas de oficinas suele reinar la ley del todo vale en cuanto a aparcar la moto se refiere cuando llega el buen tiempo, molestando a vecinos, viandantes e incluso al resto de usuarios de motos. Cosas como lo que yo llamo doble fila motera, aparcar tapando papeleras, bancos u otro tipo de mobiliario urbano, pegados o detras de paradas de autobus etc son la imagen del dia a dia en algunas zonas.
Hay unas normas bastante claras que algunos no quieren entender y me parece correcto que, por el bien del colectivo en general, se avise y si se insiste se multe.
 
Zamora permitido en aceras de mas de 3 metros de ancho aparcando en sentido longitudinal y en la parte exterior de la acera es decir pegada a la calzada
 
En Santander también está prohibido aparcar sobre la acera, pero se puede aparcar en zona OLA y suele haber parking para motos que normalmente están ocupados en horas puntas.

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Buenas noches. Rn Sevilla, las ordenanzas aprobadas en 2014 dicen lo siguiente:

Artículo 92  Estacionamiento de motocicletas y ciclomotores. Las motocicletas y ciclomotores se estacionarán en los espacios destinados especialmente a este fin, sin que puedan ocupar un espacio destinado y delimitado para otro tipo de vehículo En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de 2 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada Las motocicletas y ciclomotores no podrán estacionar de tal manera que impidan el acceso a otros vehículos, u obstaculicen las maniobras de entrada o salida del estacionamiento.
No se autoriza el estacionamiento de motocicletas y ciclomotores en estacionamientos destinados a bicicletas y viceversa No se podrá estacionar este tipo de vehículos anclados al mobiliario urbano, ni sobre tapas de registro y servicios. En los espacios específicamente reservados para el estacionamiento de motocicletas y ciclomotores, queda prohibido el estacionamiento de vehículos de cuatro ruedas, salvo que exista señalización específica que lo permita.
Cuando no sea posible el estacionamiento en los espacios previstos en el apartado anterior y no esté prohibido o no exista reserva de carga y descarga en la calzada, de estacionamiento para personas con movilidad reducida, zonas de estacionamiento prohibido y paradas de transporte público, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de tres metros y medio de anchura, con las siguientes condiciones: a) A una distancia de cincuenta centímetros del bordillo b) A dos metros de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público c) Entre los alcorques, si hay, sin sobrepasarlos d) Paralelamente al bordillo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura de entre tres metros y medio y seis metros, y se garantice el itinerario peatonal accesible e) En semibatería, cuando la anchura de las aceras, andenes o paseos sea superior a seis metros f) Accediendo a las aceras, andenes y paseos con el motor parado y sin ocupar el asiento. Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel del bordillo, sin que pueda accederse por los pasos destinados a los peatones con el motor en marcha y sentado en el asiento g) En todos los casos, deberá dejarse un espacio libre para los peatones de tres metros.
No podrá estacionarse este tipo de vehículos en plazas, zonas ajardinadas, calles de prioridad peatonal o calles peatonales, salvo señalización en contrario
 
Sobre lo de madrid, la calle serrano es cierto yo deje la moto sin darme cuenta de la señal tienes que ir mirando al cielo pero como la matricula era extranjera hablando con el municipal me lo dejo como toque de atencion y no me denuncio

sobre sol ya no se puede aparcar delante de la tienda de appel pero si en la continuacion direccion sevilla, justo mirando la tienda de apple, la que sube por la izquierda, enfrende dle edificio de caja madrid, actual bankia.

yo trabajo muchas veces por esa zona y aparco la vespa hay y jamas me han denunciado, es mas le pregunte en varias ocasiones a los municipales y me dijeron que me denunciaba si aparcaba enfrente de la tienda de appel en la lateral no, cuando no hay sitio la subo a la zona de sevilla (metro)

normalmente en todas las aceras con mas de 3 metros desde donde dejas la moto hasta el eficio esta permitido aparcar y para cuando llevo la moto grande, a veces la intento dejar en zona ser ya que es bastante grande (k100rs con carenado LT con maletas) pero muchos conductores se enfadan y hasta me han dicho que me valla de ese sitio que el quiere aparcar.

deberian sacar una normativa a nivel nacional, porque no me parece justo que en ciudades como madrid se pueda aparcar y en otras pongan problemas, en valencia se estan llevando las motos y en otras por el norte tambien
 
Actualizado el primer mensaje con vuestra información

GRacias a todos por las aportaciones!!
 
En Vigo se puede aparcar excepto al final de la calle del príncipe donde hay un espacio habilitado y se puede circular por el carril Bus, también hay un espacio reservado en la primera fila de los semáforos para motos, estos últimos aun no están en todas las calles
 
EN VALENCIA NI ESTÁN DE CAMBIOS NI VA POR ZONAS, ESTA REGULADO DESDE 2010

11. Valencia: Están de cambios. Las motos se bajan de la acera en cuatro distritos más de Valencia - Levante-EMV
Va por zonas, al menosDon Giuseppe da alternativasNO ESTO NO ES ASÍ

EN VALENCIA SE PUEDE APARCAR EN LA ACERA PERO TIENES QUE LLEVARTE UN METRO, LA ESCUADRA, EL CARTABON Y .....

En Valencia el aparcamiento en la acera se regula en la Ordenanza de Circulación que fue aprobada en 2010 y no ha cambiado http://www.valencia.es/twav/ordenan...rculación 2010.pdf?openElement&lang=1&nivel=4
lo que ocurría es que ni se cumplía ni se hacia cumplir, en gran medida, porque apenas había espacios reservados a las motos, ahora han creado más espacios, aunque insuficientes.

en el articulo 60 de dicha ordenanza dice:

ARTÍCULO 60 Las motocicletas y ciclomotores de dos ruedas estacionarán en los espaciosespecíficamente reservados al efecto.

En el supuesto de que no los hubiera, siempre que estépermitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada, junto a la acera en forma oblicua ala misma y ocupando una anchura máxima de un 1,30 m, de forma que no se impida el acceso aotros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.

Cuando no sea posible el estacionamiento en los espacios previstos en el apartado anterior y noestuviera prohibido o existiera reserva de carga y descarga en la calzada, podrán estacionar en lasaceras, andenes y paseos de más de 3 m de ancho con las siguientes condiciones:

1. Paralelamente al bordillo, lo más próximo posible al mismo, a una distancia mínima de0,50 m, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 3 m e inferior a6 m y siempre a más de 2 m de los límites de un paso de peatones o de una parada detransporte público.

2. En zonas señalizadas entre los alcorques, siempre y cuando el anclaje del vehículo no serealice en los árboles u otros elementos vegetales o de mobiliario urbano.

3. En semibatería, cuando la anchura de las aceras, andenes o paseos tengan una anchurasuperior a 6 m y siempre a más de 2 m de los límites de un paso de peatones o de una paradade transporte público.

4. El acceso a las aceras, andenes y paseos se realizará con diligencia. Únicamente se podráutilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera.

5. Queda prohibido obstruir o dificultar el paso de viandantes, coches de niños, coches deminusválidos, carros de compra, etc.

6. Con ocasión de festejos y actos públicos, en especial en la festividad de las Fallas, losconductores de motocicletas y ciclomotores estacionarán en su caso en las zonas que especialmentese establezcan a tal efecto, atendiendo en todo momento a las instrucciones delos agentes de autoridad encargados de su regulación.

...

El incumplimiento de cualquiera de las anteriores obligaciones constituirá infracción a las normasde seguridad vial y serán tipificadas y sancionadas conforme a dichas normas, sustanciándoseel procedimiento en ellas establecido.

ARTÍCULO 61 Queda prohibido igualmente: el estacionamiento:

1. El estacionamiento junto a las fachadas y en ningún caso se obstruirán puertas, ventanas,escaparates, etc.
2. Encadenar o amarrar mediante dispositivos de seguridad el vehículo a farolas, árboles ocualquier otro elemento ornamental o mobiliario urbano que no sea el expresamente colocadopara ese fin.

El incumplimiento de esta norma se considerará como infracción leve sancionable con multa dehasta 750 € salvo que afecten de manera grave a la seguridad de los viandante, del tráfico en generalo al normal funcionamiento de un servicio público o entrañen un especial riesgo, peligro ogravedad y serán sancionadas con multa de hasta 1,500 € o hasta 3.000 € según se clasifique comograve o muy grave.


Por cierto al principio se armo bastante revuelo con esto en Valencia, e incluso retiraron motos con la grúa...... pues bien, un día pasaba una pareja de policía local cerca de mi casa y les pregunte sobre la posibilidad de aparcar en tal acera y de que forma había que dejar la moto, bueno pues uno dudada y el otro me contradecía, y como llevaba una copia de la ordenanza se la enseñe y acabaron dandome la razón, pero vaya tela ....
 
En gijon permitido siempre que no se moleste a los peatones la policia local es bastante permisiva, aunque hay algunas exclusivas para motos son pocas todavia, se puede aparcar en zona azul sin ticket.
En Pola de Allande un pueblo donde cristo perdio las alpargatas prohibidisimo 200 euros, aunque en el pueblo no haya ni dios y la dejes en una plaza de 50 metros de ancho, algunos como siempre promocionando el turismo rural.:D:D
 
Voy a valladolid la semana que viene y no encuentro información sobre donde aparcar la moto. Sabéis algo?

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No vivo en Almería capital, pero según veo en el primer post, aún nadie la ha puesto, allí la mitad de las motos están sobre las aceras, si es así, supongo que es porque no multan.
 
No vivo en Almería capital, pero según veo en el primer post, aún nadie la ha puesto, allí la mitad de las motos están sobre las aceras, si es así, supongo que es porque no multan.

Hola Chemavity.

Buscando sobre Almería he encontrado esto:

http://www.aytoalmeria.es/db/www.ns...256e7b002ed918/$FILE/Ordenanza de Tráfico.pdf

Articulo 73

1. El estacionamiento en la calzada de motocicletas o ciclomotores se har· en semibaterÌa, ocupando un ancho máximo de un metro y medio.
2. Cuando se estacione una motocicleta o ciclomotor entre dos vehÌculos estacionados en baterÌa, se hará de forma que no impida el acceso a estos vehÌculos.
3. Se prohÌbe el estacionamiento de motocicletas,ciclomotores y ciclos en los sectores de aparcamientosregulados con limitaciÛn horaria. El Ayuntamiento proveera los espacios reservados al estacionamiento de estos
vehículos.
4. Asimismo, se prohÌbe el estacionamiento de estos vehÌculos enunciados en el apartado anterior sobre las aceras, andenes y paseos, salvo que se autorice expresamente mediante la señalización correspondiente.
 
Voy a valladolid la semana que viene y no encuentro información sobre donde aparcar la moto. Sabéis algo?

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En cuanto a Valladolid, en este enlace puedes ver la ordenanza de movilidad. (Aprece en un cuadro amarillo a la derecha que menciona archivos diponibles)

Tráfico, Aparcamiento, Circulación y Seguridad Vial, Reglamento - Ayuntamiento de Valladolid

No encuentro apartado esepcífico para motocicletas.el artículo 98 y siguientes hablan de parada y estacionamiento. Si no dice nada específico entiendo que deben seguir las mismas normas que el resto de vehículos
 
Solo vi que se puede estacionar en la zona ora sin ticket. A menos que haya plaza de aparcamiento. Hice la consulta al ayuntamiento a ver si me responden

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Hola Chemavity.

Buscando sobre Almería he encontrado esto:

http://www.aytoalmeria.es/db/www.ns...256e7b002ed918/$FILE/Ordenanza de Tráfico.pdf

Articulo 73

1. El estacionamiento en la calzada de motocicletas o ciclomotores se har· en semibaterÌa, ocupando un ancho máximo de un metro y medio.
2. Cuando se estacione una motocicleta o ciclomotor entre dos vehÌculos estacionados en baterÌa, se hará de forma que no impida el acceso a estos vehÌculos.
3. Se prohÌbe el estacionamiento de motocicletas,ciclomotores y ciclos en los sectores de aparcamientosregulados con limitaciÛn horaria. El Ayuntamiento proveera los espacios reservados al estacionamiento de estos
vehículos.
4. Asimismo, se prohÌbe el estacionamiento de estos vehÌculos enunciados en el apartado anterior sobre las aceras, andenes y paseos, salvo que se autorice expresamente mediante la señalización correspondiente.
Eso será la teoría, sólo es cuestión de darse una vuelta, lo que pasa es que interesa hacer la vista gorda para evitar que la ciudad se congestione. De todas formas, muy buen aporte.
 
En Valladolid yo no aparcaría la moto en la aceras de la zona centro. Están controlando mucho el tema. Hay aparcamientos para motos que en horario laboral están a tope. Se permite el aparcamiento gratuito en zona azul... pero mucho cuidado con los cocheros que aparcan de oído...
En los barrios las autoridades son más permisivas, pero usa el sentido común...
 
En Barcelona (salvo señal que lo prohiba) se puede aparcar en aceras superiores de 5 metros.
 
En Oviedo están empezando a multar a las motos fuera de los lugares establecidos como parking. En la plaza de Longoria y Carbajal vi a la policia multando a todas las motos esta semana.
 
Si, ya llevan unos cuantos días multando toda aquella que no está aparcada en el sitio adecuado, Salesas,Alsas etc... que menos que hasta ahora se podia aparcar en sitios que no molestaban, avisen antes de sancionar y viendo el cutre aparcamiento de la calle Quintana...... que amplien los que hay.....
 
En Alicante no se puede, te multan. Están planteándose incluso el multarte por aparcar en zona azul, quieren obligarte a sacar ticket, pero en las aceras ni se os ocurra que os crujen.
 
Llevaba tiempo sin pasar por aqui pero ya esta actualizado todo.

GRacias una vez más por las aportaciones
 
En Vigo se puede aparcar excepto al final de la calle del príncipe donde hay un espacio habilitado y se puede circular por el carril Bus, también hay un espacio reservado en la primera fila de los semáforos para motos, estos últimos aun no están en todas las calles

Realmente lo que permite la ordenanza de Vigo (del año 1993) es aparcar en aceras de al menos 5 metros de ancho. En la práctica toleran el aparcamiento en aceras mucho más estrechas. Eso si, hay algunas calles (Marqués de Valladares, Plaza de Compostela... ) donde hay que fijarse en las señales que prohiben aparcar en la acera (bajo la señal aparece un rótulo que dice "incluso motos en acera").

Vs.
 
Alguien más se anima a participar??

En el primer post del hilo podéis ver las ciudades que han ido aportando los otros usuarios. Echad un vistazo y si no véis la vuestra (o hay algún error) comentad y añadimos la información

Vsss
 
Arriba