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Lo normal es que no puedas. Yo jamás he podido transferir la parte no consumida a otro tomador, aunque sí me han hecho extorno de prima.
....el seguro pertenece al titular que contrata el seguro de la moto, que es el que ha pagado y que puede aprovechar lo que resta de plazo del propio seguro para otro vehículo de su propiedad, siempre con autorización de la compañía, el hecho de transferir un vehículo no conlleva la transferencia del seguro, aunque éste todavía tenga vigor......
...creo que los seguros de vehículos son pólizas nominativas......las compañías no tienen porque respetar las condiciones firmadas en caso de que se transfiera el vehículo a otra persona sin comunicarlo a la propia compañía de seguros.........sin querer quitarte la razón.
Pues a mí, cuando vendí la moto, de extorno del seguro nada de nada. Sólo si contrataba un nuevo seguro me aplicaban en éste la parte no consumida.
Resultado: me cambio de compañía todos los seguros en cuanto venzan (moto, coche y vivienda).