Hola Andalucia04, eso es una reforma de importancia que no creo que sean capaces de hacer en muchos sitios que luego tendrías que homologar, estoy seguro que con todo esto ya cuentas, pero antes de liarte (y ahora me estoy metiendo donde no me llaman), deberías asegurarte que vas a poder conducir la moto legalmente, pues una cosa es legalizar la reforma y otra que hayas tenido un accidente recientemente y que, por propia iniciativa, te pongas a reformar una moto para conducirla con las nuevas limitaciones. Si lo hicieras de este modo te podrían parar en cualquier momento e iniciar de oficio un expediente de declaración de pérdida de vigencia del permiso de conducir por la desaparición de las aptitudes psicofísicas según el art. 34 y SS del RD 818/2009 (Reglamento General de Conductores). Lo ideal sería que te anticiparas y solicitaras la revisión para que te digan exactamente cómo debes modificar la moto para poder conducirla.
Quizá todo eso ya lo has hecho, en ese caso (y en cualquier otro) disculpa si te he molestado pues no ha sido esa mi intención sino echarte una mano aunque no era esto lo que pedías.
Saludos.