Pingu
Curveando
Caray, Parodri, te citas a tí mismo sin aportar nada más, (y van varias veces en este mismo post) y sólo te falta ponerte un +1 y darte al Me Gusta en plan masturbador (sin menosprecio, que es la forma más pura de amor propio).
Follow along with the video below to see how to install our site as a web app on your home screen.
Se debe tener en cuenta: This feature may not be available in some browsers.
Se dice el noble arte de la autocomplacencia, Pingu, que queda mas fisno...jejeje
Se dice el noble arte de la autocomplacencia, Pingu, que queda mas fisno...jejeje
Caray, Parodri, te citas a tí mismo sin aportar nada más, (y van varias veces en este mismo post) y sólo te falta ponerte un +1 y darte al Me Gusta en plan masturbador (sin menosprecio, que es la forma más pura de amor propio).
a mí tampoco me salen ya. No te enfades, hombre, que es coña.![]()
Yo no se de que nos quejamos si otros estan peores que nosotros...Viendo estas imagenes casi casi que mejor calladito.:shocked:
:shocked::shocked::embarassed:Por lo menos la bocina sonara fuerte...:cheesy:
mercado mas peligroso del mundo - Buscar con Google
¿Qué es lo que dice el Reglamento General de Circulación? ¿Que requisitos debe cumplir nuestro hijo o nuestro pasajero ocasional para poder circular con él según las normas? Veamos lo que dice el Reglamento:ARTÍCULO 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas
1. Los ciclos (bicicletas) que, por construcción, no puedan ser ocupados por más de una persona podrán transportar, no obstante, cuando el conductor sea mayor de edad, un menor de hasta siete años en asiento adicional que habrá de ser homologado.
2. En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero con tal de que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y se cumplan las siguientes condiciones:
2.1. Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
2.2. Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.
2.3. En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.
3. Excepcionalmente los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior de este artículo (artículo 11.4, del texto articulado).
Y de este que me dices Pablo? 30 cms de carril peatonal con postes de farolas en medio, ya me dirán como pasa un cochesito de minusvalido, ademas a parte del casco tendrán que poner obligatorio ruedas de campo para la arena del carril, bajo mi punta de vista esto no es mas que ganas de dejar una acera intransitable, tanto para bicis como para peatones.
![]()
Ir en moto coñe, que no hay que dar pedales......:tongue:
Yo tuve una moto con pedales