CHALECO REFLECTANTE OBLIGATORIO 1/10/26

Bardenero

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Ya llega el dia de la obligación de los chalecos, Real Decreto 518/2026 que entra en vigor el 1 de octubre de 2026.


"Chaleco reflectante de alta visibilidad entre la dotación obligatoria de la moto, de uso obligado al bajarse y ocupar calzada o arcén en vía interurbana.
Chaleco puesto en todo momento para quienes desarrollan su actividad profesional sobre dos ruedas."

"Qué chaleco cumple la norma
El real decreto no cita una norma técnica concreta. Exige que el chaleco reúna los requisitos de los equipos de protección individual, lo que remite al Reglamento (UE) 2016/425 y, en la práctica, a las prendas de alta visibilidad certificadas conforme a la EN ISO 20471 con su marcado CE y su etiqueta. Un chaleco decorativo, con bandas cosidas de aspecto reflectante pero sin certificación, no es un equipo de protección individual por mucho que sea amarillo.
Merece la pena señalar que el texto anterior del artículo 118 remitía al Real Decreto 1407/1992, hoy superado por el reglamento europeo. La nueva redacción corrige esa remisión obsoleta, aunque a cambio pierde concreción."

Homologado en Europa = marcado CE + cumplimiento de EN ISO 20471 Clase 2.


No hay que tramitar nada, no hay registro en la DGT, no hay número de homologación.
Solo hay que comprar un chaleco que lleve esa etiqueta y que esté en buen estado (sin desgarros, sin bandas desgastadas, sin haber perdido fluorescencia con los lavados).



Y creo que la norma deja dudas sin cubrir:
• los pasajeros,
que igual que el piloto al bajarse de la moto en las mismas condiciones debiera usarlo y no se nombran.

•y los chalecos airbag de alta visivilidad en color fluor, podrian ser compatibles y no necesitar ponerse algo más por encima?


En fin, sobre la marcha nos iremos enterando.



Vsss


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Yo llevo un chaleco homologado DE NIÑO.

Cumple la ley.



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