Comprar BMW con descuento por minusvalia

Marc 74

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Buenas!!

Pues mi duda viene si se puede comprar una moto y ponerla a nombre de una persona que tenga un grado de minusvalia superior al 33%.

Ya que asi, te estarias ahorrando ya de entrada, el 14,75% de Impuesto de Matriculacion, a parte del descuento que se pueda conseguir en la moto, harian un buen pico.

Gracias de antemano
 
Te estas coronando...

Para nada, no sera el primero, ni el ultimoq ue pone coche a nombre de algun familair con minusvalia para ahorrarse una pasata.

Mi cuñada es minusvalida y obviamente cuando se cambian el coche, va a su nombre.

El ultimo, este verano, una Renault Space Initiale.
Se han ahorrado un paston.

LAs motos no lo se, si se puede hacer
 
Si, por casualidad, te pillan y el minusválido no va en el coche (entiéndase también en la moto) el puerro es interesante y lo digo con conocimiento de causa por un familiar y por motivos profesionales

Teóricamente el minusválido tiene que ser quien directa o indirectamente use el vehículo
 
Para nada, no sera el primero, ni el ultimoq ue pone coche a nombre de algun familair con minusvalia para ahorrarse una pasata.

Mi cuñada es minusvalida y obviamente cuando se cambian el coche, va a su nombre.

El ultimo, este verano, una Renault Space Initiale.
Se han ahorrado un paston.

LAs motos no lo se, si se puede hacer

Pues que nos dé un paseo, porque el pastón que se ha ahorrado lo hemos pagado entre todos, (tú el primero): el 17% del IVA y el 100% del impuesto de matriculación, y seguro que su ayuntamiento se lo ha puesto fácil en el Impuesto de Circulación.

Por cierto, buen gusto al comprar el coche:

renault_espace-initiale-2015_r11.jpg


¿Se ha cogido el de 140, el de 160 o el de 200 CV?

Manuel
 
Última edición:
a título informativo os comento que la denominación minusvalido no es aceptado su uso y obligado el término DISCAPACITADO (2007)

si el vehiculo a adquirir no es para uso discapacitado, no es legal hacerlo aunque se hace
se entiende uso como servicio para...

se puede usar perfectamente aunque no vaya el discapacitado

es un vehiculo cada 4 años

no se si se puede una moto

¿Comorrrrrr?

:)

Manuel
 
Barcenas de todos los niveles. Luego nos quejamos...
 
La persona con discapacidad no necesita ir en el vehículo necesariamente, solo si tiene tarjeta de aparcamiento por dificultad en la movilidad, imagina que no tiene carnet de conducir, tú eres la persona que conduce y tienes que ir a recogerla a cualquier sitio ( trabajo, médico, etc) como lo haces si para usar el vehículo tiene que ir el discapacitado. Y lo digo desde mi minusválida del 40%


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Pues que nos dé un paseo, porque el pastón que se ha ahorrado lo hemos pagado entre todos, (tú el primero): el 17% del IVA y el 100% del impuesto de matriculación, y seguro que su ayuntamiento se lo ha puesto fácil en el Impuesto de Circulación.

Por cierto, buen gusto al comprar el coche:

renault_espace-initiale-2015_r11.jpg


¿Se ha cogido el de 140, el de 160 o el de 200 CV?

Manuel

Yo pago lo de la mitad de España, es lo que tiene ser autonomo pluriempleado. :angry:

El de 160 Cv Full equipe, lo unico que no quiso, fueron las pantallas en los asientos traseros.

Va como la seda y no veas como anda.
 
No se si se podrá hacer eso con una moto, porque muy lógico no es........si tienes una minusvalía, no se hasta que punto podrás montar en moto...........pero si se puede........hazlo.

Aunque a muchos les parezca mal, pues mira, hay tantas cosas que habitualmente hacemos que no son políticamente correctas.........
( no me cobres el IVA, etc )
Por ejemplo, con la ley en la mano, yo no podría usar la furgoneta del trabajo los sábados ni los domingos.......pero como hacienda no me puede estar controlando a cada momento, para eso solo puedo desgravar la mitad de los gastos del vehículo, cuando el mes tiene 8 fines de semana, no 15........

Pero pregunta bien, no sea que te salga mas caro el collar que el perro.
 
Despues de hablar con un comercial de motos.

SI que se puede comprar y ponerla a nombre de una persona con minusvalia

El ya ha vendido varias asi
 
creo que el impuesto de matriculacion va en funcion de las emisiones de co2, por lo que si esta por debajo de 120 paga un 4,75%.
Solo hay que mirar el la pagina oficial de bmw, que te especifican el importe de cada moto.
 
Despues de hablar con un comercial de motos.

SI que se puede comprar y ponerla a nombre de una persona con minusvalia

El ya ha vendido varias asi

El ser minusvalido, no siempre te impide llevar una moto, hay gente que lleva en una mano freno y embrague, incluso los dos frenos en la misma mano, seguro que ellos tienen reconocida esa minusvalia y el descuento es aplicable.
 
Una moto es un vehículo, por lo tanto podría beneficiarse de estos descuentos.

El minúsvalido no necesariamente debe ser el conductor del vehículo. Debe servir para transportarlo habitualmente.

Si, por ejemplo, voy a recoger a mi hijo minusválido de un cumpleaños en la cafetería del Corte Inglés, podría aparcar el coche perfectamente en la plaza de minusválidos del parking (para ir a recogerlo), aunque aparentemente para los que me vieran aparcar fuese un tío con un morro impresionante...

Es perfectamente legal y está así estipulado en el uso de la tarjeta.

En el caso de la moto es más raro, pero un discapacitado puede serlo de muchas cosas y no afectarle a la condución, con lo que estaría eximido (en su condición de tener más de un 33% de minusvalía) del impuesto de matriculación (si lo hubiese) y de el de circulación. Esto sólo puede hacerlo con un vehículo solamente.

Y ahora llegamos al caso del iva superreducido del 4%...
Imaginemos una gran ciudad que sea más útil una moto (scooter, por ejemplo) que un coche. Si sirve para transportar al pasajero minusválido acreditado con movilidad reducida podría valer perfectamente.

Alguien me podría argumentar que un discapacitado con movilidad reducida dificilmente podría ir de pasajero en una moto... pues sí que podría... un discapacitado visual con una minusvalía superior al 65% se considera con movilidad reducida y no tendría ningún problema de subirse/bajarse de una moto/scooter como pasajero.

Un saludo.
 
Una moto es un vehículo, por lo tanto podría beneficiarse de estos descuentos.

El minúsvalido no necesariamente debe ser el conductor del vehículo. Debe servir para transportarlo habitualmente.

Si, por ejemplo, voy a recoger a mi hijo minusválido de un cumpleaños en la cafetería del Corte Inglés, podría aparcar el coche perfectamente en la plaza de minusválidos del parking (para ir a recogerlo), aunque aparentemente para los que me vieran aparcar fuese un tío con un morro impresionante...

Es perfectamente legal y está así estipulado en el uso de la tarjeta.

En el caso de la moto es más raro, pero un discapacitado puede serlo de muchas cosas y no afectarle a la condución, con lo que estaría eximido (en su condición de tener más de un 33% de minusvalía) del impuesto de matriculación (si lo hubiese) y de el de circulación. Esto sólo puede hacerlo con un vehículo solamente.

Y ahora llegamos al caso del iva superreducido del 4%...
Imaginemos una gran ciudad que sea más útil una moto (scooter, por ejemplo) que un coche. Si sirve para transportar al pasajero minusválido acreditado con movilidad reducida podría valer perfectamente.

Alguien me podría argumentar que un discapacitado con movilidad reducida dificilmente podría ir de pasajero en una moto... pues sí que podría... un discapacitado visual con una minusvalía superior al 65% se considera con movilidad reducida y no tendría ningún problema de subirse/bajarse de una moto/scooter como pasajero.

Un saludo.

Será sólo en un aparcamiento privado, porque en uno público solo se puede hacer uso del aparcamiento cuando el minusválido está dentro del vehículo, no sirve la excusa de ahora viene que le estoy esperando, sino se haría mal uso por parte de los familiares o amigos (que se hace mucho más de lo que la gente piensa).
Respecto a lo de tener minusválida e ir en moto, yo tengo el 40% con dificultad de movilidad y ni siquiera he tenido que modificar la moto, ni el coche, solo puedes estar exento del la viñeta de uno de los vehículos que tengas, en mi caso es la moto que el que más cobra el ayuntamiento.

Por cierto, tengo compañeros de curro con minusválida visual de 65 o más y no tienen movilidad reducida, trabajó en un centro especial de empleo asociado con una conocida empresa que reparte ilusión. :)

Un saludo.


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Será sólo en un aparcamiento privado, porque en uno público solo se puede hacer uso del aparcamiento cuando el minusválido está dentro del vehículo, no sirve la excusa de ahora viene que le estoy esperando, sino se haría mal uso por parte de los familiares o amigos (que se hace mucho más de lo que la gente piensa).
Respecto a lo de tener minusválida e ir en moto, yo tengo el 40% con dificultad de movilidad y ni siquiera he tenido que modificar la moto, ni el coche, solo puedes estar exento del la viñeta de uno de los vehículos que tengas, en mi caso es la moto que el que más cobra el ayuntamiento.

Por cierto, tengo compañeros de curro con minusválida visual de 65 o más y no tienen movilidad reducida, trabajó en un centro especial de empleo asociado con una conocida empresa que reparte ilusión. :)

Un saludo.


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No, no es así. Si yo tengo mi padre minusválido en el hospital y voy a recogerlo en su coche (o en el mío) cuando es dado de alta, puedo aparcar su coche (el mío o cualquier coche) con su tarjeta (sin estar él dentro) mientras subo a buscarlo y así está estipulado en el uso de la tarjeta de aparcamiento de discapacitados. La tarjeta no está asociada al vehículo, está asociada al discapacitado en cualquier vehículo.

Un discapacitado visual con más del 65% puede no tener reconocida la movilidad reducida en su certificado de minúsvalía.

Sin embargo, muchas comunidades autónomas (se terminará imponiendo en todas ellas) están equiparando la discapacidad visual superior al 65% a la movilidad reducida (aunque en su certificado original no lo ponga). Ponen una coletilla similar a la siguiente "... con movilidad reducida o con una discapacidad visual superior al 65%". Me consta que es así en varias comunidades (Galicia, Madrid, Andalucía, por ejemplo).

Además por ser afiliado a la Once, por un acuerdo desde el 2015 (creo recordar), puedes tener acceso a la tarjeta de aparcamiento de discapacitados (independientemente de tu grado de discapacidad, obviamente superior al 33%, ni que aparezca la movilidad reducida en tu certificado).

Por cierto, yo trabajo en esa empresa que reparte ilusión... ;)

Un saludo.
 
Última edición:
Yo lo plantearia de otra manera y porque no se quita el impuesto de matriculación para todos los usuarios y vehículos y bajamos IVA e impuestos en los combustibles?

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No, no es así. Si yo tengo mi padre minusválido en el hospital y voy a recogerlo en su coche (o en el mío) cuando es dado de alta, puedo aparcar su coche (el mío o cualquier coche) con su tarjeta (sin estar él dentro) mientras subo a buscarlo y así está estipulado en el uso de la tarjeta de aparcamiento de discapacitados. La tarjeta no está asociada al vehículo, está asociada al discapacitado en cualquier vehículo.

Un discapacitado visual con más del 65% puede no tener reconocida la movilidad reducida en su certificado de minúsvalía.

Sin embargo, muchas comunidades autónomas (se terminará imponiendo en todas ellas) están equiparando la discapacidad visual superior al 65% a la movilidad reducida (aunque en su certificado original no lo ponga). Ponen una coletilla similar a la siguiente "... con movilidad reducida o con una discapacidad visual superior al 65%". Me consta que es así en varias comunidades (Galicia, Madrid, Andalucía, por ejemplo).

Además por ser afiliado a la Once, por un acuerdo desde el 2015 (creo recordar), puedes tener acceso a la tarjeta de aparcamiento de discapacitados (independientemente de tu grado de discapacidad, obviamente superior al 33%, ni que aparezca la movilidad reducida en tu certificado).

Por cierto, yo trabajo en esa empresa que reparte ilusión... ;)

Un saludo.
No te digo que en centro comercial, hospital o ambulatorio que son aparcamientos privados, si lo puedes hacer, de hecho cuando llamas a la local porque hay alguien sin tarjeta te dicen que ellos no pueden ir porque es privado, en mi ciudad si te pilla uno de movilidad o policía aparcando te da 10min de cortesía, si no vuelves en tiempo te multa ( eso evita que se aparque sin ser el minusválido y se diga que vas a buscar al minusválido, sea mentira y tardes 3 horas por que te has ido a hacer unos recados),o si no colocas bien la tarjeta.

Respecto a la tarjeta de aparcamiento en mi provincia solo lo dan si cuando acudes al tribunal te ponen, dificultad de movilidad y tienes más de ese 33%, de todas maneras les preguntaré a los compañeros para que se cercioren, pero nos me suena, de todas formas gracias por la información. ;)

Un saludo.

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No te digo que en centro comercial, hospital o ambulatorio que son aparcamientos privados, si lo puedes hacer, de hecho cuando llamas a la local porque hay alguien sin tarjeta te dicen que ellos no pueden ir porque es privado

Hombre!! con todos mis respetos, un lugar privado de uso PÚBLICO es denunciable y no sólo eso, hasta se instruyen atestados por accidentes (tuve un golpe en el parquing de El Corte Ingles, planta 2ª, y sin problemas vino la Policía Local a instruir diligencias). Siempre que el acceso sea libre para cualquier persona, aún pagando, se considera público.......eso sí, el reservado para personas con movilidad reducida debe estar correctamente señalizado (pintado y con señal vertical).
Eso es todo....
Saludos
 
En mi caso comunidad de Castilla y León (Zamora) la tarjeta de aparcamiento por movilidad reducida si va asociada a matrícula. En mi casa hay dos coches y tengo asociadas las dos matrículas, y estás figuran en la tarjeta.
 
Entiendo que una cosa es tener derecho a reducción de impuestos en la compra (de un sólo vehículo?) y otra cosa es tener derecho a tarjeta de aparcamiento por movilidad reducida. Y que una cosa es defraudar y otra acceder a esos descuentos cuando tu familiar (pueda o no conducir) tiene reconocida esa discapacidad, puesto que esa ventaja fiscal suple dificultades cotidianas que muchos no podemos ni imaginarnos (desde el más difícil acceso a un puesto de trabajo, a pesar de las ventajas y legislación a nivel empresarial, hasta la integración social, sin hablar de las más obvias).
 
Por cierto, cuando sacas cita en Hacienda para cualquier cosa, uno de los puntos es "consultas sobre familia numerosa y discapacidad", así que supongo que allí te informan perfectamente de todo, y supongo que segun comunidades, puede haber alguna diferencia. Una cosa que me llama la atención es el compañero que ha dicho que prefiere tener asociada a la discapacidad a la moto, que es la que más impuesto de circulación tiene en el Ayuntamiento, en mi caso, mis coches pagan unos 115 € mientras que la moto paga 57, creo. Es una 650, desconozco cuanto pagan las 1.200, o los megascooters. Mi ciclomotor paga 7 €, y gasta 2 € de gasolina al año, siempre lo digo, jeje, eso si de seguro, casi más que la BMW.
 
Y otra duda que me surge, los seguros hacen algún tipo de rebaja, por ventaja fiscal o corporativa a las personas con discapacidad? O pagan como el resto de los mortales?
 
Y otra duda que me surge, los seguros hacen algún tipo de rebaja, por ventaja fiscal o corporativa a las personas con discapacidad? O pagan como el resto de los mortales?

Ningún tipo de descuento, pagamos como el resto de los mortales.


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No te digo que en centro comercial, hospital o ambulatorio que son aparcamientos privados, si lo puedes hacer, de hecho cuando llamas a la local porque hay alguien sin tarjeta te dicen que ellos no pueden ir porque es privado

Hombre!! con todos mis respetos, un lugar privado de uso PÚBLICO es denunciable y no sólo eso, hasta se instruyen atestados por accidentes (tuve un golpe en el parquing de El Corte Ingles, planta 2ª, y sin problemas vino la Policía Local a instruir diligencias). Siempre que el acceso sea libre para cualquier persona, aún pagando, se considera público.......eso sí, el reservado para personas con movilidad reducida debe estar correctamente señalizado (pintado y con señal vertical).
Eso es todo....
Saludos

Efectivamente RDL 6/2015:

Artículo 2 Ámbito de aplicación

Los preceptos de esta ley son aplicables en todo el territorio nacional y obligan a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud, sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.
 
No, no es así. Si yo tengo mi padre minusválido en el hospital y voy a recogerlo en su coche (o en el mío) cuando es dado de alta, puedo aparcar su coche (el mío o cualquier coche) con su tarjeta (sin estar él dentro) mientras subo a buscarlo y así está estipulado en el uso de la tarjeta de aparcamiento de discapacitados. La tarjeta no está asociada al vehículo, está asociada al discapacitado en cualquier vehículo.

Un discapacitado visual con más del 65% puede no tener reconocida la movilidad reducida en su certificado de minúsvalía.

Sin embargo, muchas comunidades autónomas (se terminará imponiendo en todas ellas) están equiparando la discapacidad visual superior al 65% a la movilidad reducida (aunque en su certificado original no lo ponga). Ponen una coletilla similar a la siguiente "... con movilidad reducida o con una discapacidad visual superior al 65%". Me consta que es así en varias comunidades (Galicia, Madrid, Andalucía, por ejemplo).

Además por ser afiliado a la Once, por un acuerdo desde el 2015 (creo recordar), puedes tener acceso a la tarjeta de aparcamiento de discapacitados (independientemente de tu grado de discapacidad, obviamente superior al 33%, ni que aparezca la movilidad reducida en tu certificado).

Por cierto, yo trabajo en esa empresa que reparte ilusión... ;)

Un saludo.

Además de los casos previstos en la normativa que hay para la valoración y reconocimiento de la movilidad reducida, se considera también en estos casos:

a) Las personas ciegas o con deficiencia visual y, en todo caso, las afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) que acrediten su pertenencia a la misma mediante el correspondiente certificado.

Así que sí.

Edito.- Hay tarjetas de movilidad reducida para personas que son conductores y van asociadas a su vehículo y para personas que no conducen y que sirven para cualquier vehículo. Por supuesto siempre que se trate de un uso exclusivo para la persona con movilidad reducida.
 
Edito.- Hay tarjetas de movilidad reducida para personas que son conductores y van asociadas a su vehículo y para personas que no conducen y que sirven para cualquier vehículo. Por supuesto siempre que se trate de un uso exclusivo para la persona con movilidad reducida.

En Cantabria, da igual que conduzcas o no, la tarjeta es para el vehículo donde vaya el minusválido, y en mi opinión tiene su logica ya que si el coche se estropea o simplemente vas en el coche de un familiar o amigo tienes que aparcar igualmente.

Respecto a las tarjetas para personas con deficiencia visual, ninguno de los compañeros que trabajan conmigo y que están afiliados a la ONCE tienen la tarjeta, se la han denegado, y os puedo asegurar que no ven tres en un burro y tienen mucho más que el 33% que piden como mínimo.

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Como bien dice el enlace de dos mensajes más arriba, " la solicitud es previa a la compra del vehículo", es tan fácil como presentarla, y si te la dan bien , y si no te la dan, pues ya tu ves.

Manuel
 
el detalle esta en dos palabras, movilidad reducida, no llega solo con el 33%

Con movilidad reducida superior a 7 puntos.

Baremo de movilidad reducida:

http://famma.org/preguntas-frecuentes/100687-baremo-de-movilidad

"¿Cuándo se otorga el Baremo de Movilidad Reducido?

Se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los apartados A, B, C.

Si el solicitante no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriores, se aplicarán los siguientes apartados D, E, F, G y H, sumando las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos. Se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario obtenga en estos apartados un mínimo de 7 puntos.

A) Usuario de silla de ruedas

B) Depende absolutamente de dos bastones para deambular

C) Puede deambular pero presenta conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales que dificultan la utilización de medios normalizados de transporte

Los apartados D al H miden si "No tiene dificultad" , "tiene Limitación leve" , "tiene Limitación grave" o "tiene limitación muy grave (no puede)":

D) Deambular en un terreno llano
E) Deambular en terreno con obstáculos
F) Subir o bajar un tramo de escaleras
G) Sobrepasar un escalón de 40 cm
H) Sostenerse en pie en una plataforma de un medio normalizado de transporte "

Manuel
 
Madre mía, menudo chocho os estáis montando colega!!

Uno. No tiene nada que ver la movilidad reducida con la discapacidad, es decir, yo tengo un 33% y no tengo movilidad reducida.
Y tengo compañeros de trabajo con su tarjeta de movilidad reducida con tan sólo ese 33%

Dos. Para aparcar en los aparcamientos de minusválido como se les conoce, necesitas tener la tarjeta de movilidad reducida, y para nada tiene algo que ver con lo que habláis del descuento. El descuento es por la discapacidad, no por la movilidad.

Tres. Cuando te compras un vehículo teniendo el 33% de discapacidad como dice la ley, te puedes beneficiar de esos descuentos de los que habláis cuando es vehículo nuevo. Ya sea moto, coche o burro. Pero lo de movilidad sigue yendo por otro lado...

Y por último, el autor del hilo pregunta con toda coherencia y se le acusa de bárcenas, de ilegal y cosas de esas... Vaya tela.
Yo soy discapacitado, conduzco moto y precisamente mi discapacidad me la hice en un accidente de moto. Discapacidad que para nada me impide seguir conduciendo motos, ya que me jodí clavícula y rodilla. Me impiden ciertos movimientos, pero vamos, hago vida normal... He tenido después del accidente motos de enduro, motos R, trail...
No sé, es que algunos no veis más allá del término minusvalía o discapacidad... Hasta el punto de decir por ahí arriba que con el 33 ya no se pueden coger motos, jajaja... Patéticos algunos comentarios, en serio...

En respuesta al autor, sí que puedes beneficiarte de esos descuentos, un compañero de trabajo se acaba de comprar nueva la MT 09 tracer y lo único es que le han tardado unos 10 días más en matricular... Ya está.

P.D. Si alguna vez tengo una duda respecto a mi discapacidad, me iré a preguntarlo a otro lado para que aquí no me traten de ladrón... Vaya tela... Te estás coronando le decía otro...
 
Por cierto... Escribo otro porque me han cabreado realmente algunos comentarios...

Según la legislación vigente, el hecho de que te reconozcan una incapacidad permanente total para la profesión habitual ya te reconoce un 33% de discapacidad.
Eso quiere decir que si soy albañil, por ejemplo, y de repente me entra alergia al cemento, no puedo desarrollar mi profesión habitual, si me reconocen la incapacidad para mi profesión habitual, albañil, me darían automáticamente ese 33%
Curioso verdad? Un tío perfectamente normal tendría un 33% sólo por haber adquirido una alergia... Y voy a más, le darían una pensión de IPT y a la vez podría trabajar en todo lo que no tenga que ver con albañilería. Cosa, evidentemente que no tiene nada que ver con poder aparcar en los aparcamientos azules o con poder conducir motos...

A ver si con ciertos conocimientos se le abre un poco la mente al cerrado, jeje
 
Pregunta directa y así me aclaro, con una incapacidad permanente absoluta SIN movilidad reducida ( que Hacienda por defecto considera esto por defecto un 33℅ ) ¿ se puede beneficiar del descuento del IVA en la compra de moto coche nuevo ?
Yo entiendo que no, pero con tanta diversidad de comentarios ya me lie
 
Última edición:
Pregunta directa y así me aclaro, con una incapacidad permanente absoluta SIN movilidad reducida ( que Hacienda por defecto considera esto por defecto un 33℅ ) ¿ se puede beneficiar del descuento del IVA en la compra de moto coche nuevo ?
Yo entiendo que no, pero con tanta diversidad de comentarios ya me lie
Sí. Yo es la que tengo, no la absoluta, la permanente total. Y tengo los mismos beneficios que cualquier discapacitado
 
Vale, entonces, movilidad reducida va por un lado, para aparcar y esas cosas de dificultad para moverse y por otro lado está la incapacidad total o absoluta que ya de por si tiene un 33. Dos ramas distintas según para qué. Bien, hasta aquí esta claro, y según tu último escrito puedo beneficiarme de pagar solo el 4℅ de IVA con la incapacidad permanente absoluta incluido matriculación e impuesto de rodaje, sin que en este apartado tenga nada que ver la movilidad.
Pues es lo que voy hacer la semana que viene. Y sin ánimo de molestar, una cosa más, ¿ todo esto lo arregla el concesionario o tengo que ir yo a presentar los certificados a algún sitio ? Gracias por la atención.
 
Tienes que presentar documentación que certifique la minusválida y el grado, aquí en Cantabria tenemos una tarjeta que indica todos los datos, emitida por el gobierno de la región.


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Vale, entonces, movilidad reducida va por un lado, para aparcar y esas cosas de dificultad para moverse y por otro lado está la incapacidad total o absoluta que ya de por si tiene un 33. Dos ramas distintas según para qué. Bien, hasta aquí esta claro, y según tu último escrito puedo beneficiarme de pagar solo el 4℅ de IVA con la incapacidad permanente absoluta incluido matriculación e impuesto de rodaje, sin que en este apartado tenga nada que ver la movilidad.
Pues es lo que voy hacer la semana que viene. Y sin ánimo de molestar, una cosa más, ¿ todo esto lo arregla el concesionario o tengo que ir yo a presentar los certificados a algún sitio ? Gracias por la atención.
Mañana mismo voy a ver al compañero que se ha comprado la tracer, se lo pregunto y te lo confirmo, él está exactamente en la misma condición, incapacidad permanente total para la profesión que desarrollaba, por ende el 33.
Creo recordar que le pidieron los certificados en el concesionario y se encargaron ellos de todos los papeles. Y sé que en vez de días, 2/3 como es normalmente, fueron casi 15 días.
Se lo pregunto mañana y te confirmo.

Por cierto, yo también trabajo en un centro especial de empleo, filial de esa que reparte ilusión, jajaja. De ahí que todos los compañeros tengan como mínimo el 33.
 
gracias, bueno la mia es permanente absoluta que para el caso es igual o mejor, eso si, yo no tengo movilidad reducida aunque no tenga que ver
 
Grogorio dice lo contrario que Devilgame.
el lunes al concesionario y que se arreglen, el no ya lo tengo y si es que si pues mejor.
gracias a todos pero no lo tengo claro por que os contradecis
 
Pregunta directa y así me aclaro, con una incapacidad permanente absoluta SIN movilidad reducida ( que Hacienda por defecto considera esto por defecto un 33℅ ) ¿ se puede beneficiar del descuento del IVA en la compra de moto coche nuevo ?
Yo entiendo que no, pero con tanta diversidad de comentarios ya me lie

No se puede. Para beneficiarte del IVA súper reducido debes tener al menos un 33% de grado de discapacidad y acreditar la movilidad reducida.
 
No se puede. Para beneficiarte del IVA súper reducido debes tener al menos un 33% de grado de discapacidad y acreditar la movilidad reducida.
Ah, exactamente el descuento que tiene no lo sé, perdón. No leí el post correctamente entonces.
Pero que tienen descuento, sí que lo tienen...

A ver, te comento lo que me acaba de decir el compañero, me dice que él llevó directamente al concesionario la resolución de la seguridad social que le declaraba la IPT. El concesionario se encargó de llevarlo a hacienda y de todo lo demás. Exactamente no sé si será iva súper reducido o qué, yo sé que se ha ahorrado en el impuesto de matriculación y alguna cosa más, la tracer puesta en casita por 9.100€
Echa cuenta del descuento, eso ya no lo sé.
Un saludo
 
Me corrijo a mí mismo...
Me confirma el compañero que lo que te ahorras en la compra de un vehículo nuevo es el 4'75 sobre el valor inicial de dicho vehículo, es decir, la tracer por ejemplo que cuesta 10.300, no es su valor inicial, porque ahí me dice que meten todo el tema de euro 4, etc etc. El valor inicial está en torno a 8 y pico.
Pues de eso un 4'75.
Ya más no sé...
 
Lo que te ahorras es el IEDMT, vamos, el impuesto de matriculación de toda la vida, sea el que sea. En el caso de tu amigo el 4,75% parece ser. También te ahorras el IVTM, que no es otra cosa que el impuesto de circulación que pagas todos los años a tu ayuntamiento. Hay que solicitar la exención del primero a Hacienda y del segundo al ayuntamiento.
 
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