Condenado por verter calumnias.

¡Coño! Es Extremoto, una tienda bastante importante en Cáceres.
Yo he estado varias veces allí cuando estuve interesado en la VStrom 1000 y tengo que decir que me trataron de forma muy profesional y con mucha paciencia. Un trato excelente. Al final no nos pusimos de acuerdo con el tema de la recogida de mi moto pero me fui con un buen sabor de boca.
Sobre la noticia, pues leyendo parece que está redactada con la versión de una sola de las dos partes. No me cuadra.
 
"La sentencia es firme por mutuo acuerdo de las partes."

No parece que haya mucho más que comentar.

Manuel
 
Compra una moto de ocasión para su mujer. Al poco vuelve exigiendo la reparación de una avería y el concesionario recepciona la moto. Al día siguien la retira sin reparar... Aquí falta algo.
 
el delito de injurias es definido como “la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves”. Mientras que, según el Código Penal “es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”.
 
cuidadín con lo que decimos en los foros, tenerlo documentado mejor y hacer sólo una exposición de los hechos...
 
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